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Este trabajo de grado analiza el marco legal que protege los derechos de las personas mayores en colombia, con un enfoque en el derecho al trabajo. Se examinan leyes y convenios internacionales que garantizan la igualdad de oportunidades y trato en el ámbito laboral para las personas mayores de 45 años, incluyendo la constitución política de colombia, el convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), la ley 2055 de 2020 y la ley 2040 de 2020. El documento destaca la importancia de prevenir la discriminación laboral por edad y promover la inclusión de las personas mayores en el mercado laboral.
Tipo: Tesis
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“Análisis de la vulneración del Derecho al Trabajo en personas de 45 Años en adelante en entidades privadas” INTEGRANTES Paola de los Ángeles Calderón Zambrano Daniela Katherine Erazo Araujo GRUPO 8H DOCENTE Laura Gabriela López Facultad de Ciencias Sociales y Humanas Programa de Derecho San Juan de Pasto, 05 de noviembre de 2024
Existen leyes y reglamentos tanto nacionales como internacionales que garantizan la protección de los derechos de personas mayores, en especial la protección del derecho al trabajo, por ende, es importante dar un reconocimiento a las mismas; siendo así, el presente proyecto de investigación se encuentra respaldado por las siguientes normativas: Constitución Política de Colombia (1991). La Constitución Colombiana es considerada como la norma de normas, por ende, el Estado Colombiano se encuentra en la obligación de velar por el cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales de toda la ciudadanía, en especial, se encuentra en la obligación de proteger a la población más vulnerable, como lo es la población mayor. Siendo así, es importante tener en cuenta los siguientes artículos constitucionales: Artículo 1: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. (p.p 1, ACNUR, 2011) Este artículo constitucional garantiza el respeto de la dignidad humana con la finalidad de que toda la ciudadanía (sin distinción alguna) sea valorada, respetada y tratada de manera digna en todas las circunstancias, como por ejemplo en el ámbito laboral. Articulo 25: El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas o justas. (p.p 4, ACNUR, 2011) Convenio Sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación), 1958 (num.111), La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo establece el concepto de “discriminación” como cualquier distinción, preferencia o exclusión basada en motivos de raza, color, religión, sexo, opinión política, entre otras; que tengan por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el ámbito laboral. (ILO, 1960)
promover el empleo formal de la persona mayor y regular las distintas formas de autoempleo y el empleo doméstico, con miras a prevenir abusos y garantizar una adecuada cobertura social y el reconocimiento del trabajo no remunerado. Los Estados Parte promoverán programas y medidas que faciliten una transición gradual a la jubilación, para lo cual podrán contar con la participación de las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores y de otros organismos interesados. Los Estados Parte promoverán políticas laborales dirigidas a propiciar que las condiciones, el ambiente de trabajo, horarios y la organización de las tareas sean adecuadas a las necesidades y características de la persona mayor. Los Estados Parte alentarán el diseño de programas para la capacitación y certificación de conocimiento y saberes para promover el acceso de la persona mayor a mercados laborales más inclusivos. Esta convención fue incorporada por Colombia el 27 de septiembre de 2022 en la sede de la OEA, en Washington D.C Estados Unidos. OEA :: SAJ :: Departamento de Derecho Internacional :: Tratados Multilaterales Interamericanos Pretende que lo Estados parte o firmantes cumplan con sus obligaciones y objetivos, en los cuales se reafirma la universalidad, la indivisibilidad, la interdependencia y así mismo la interrelación de los derechos humanos y libertades fundamentales. Eliminando todo tipo de forma de discriminación por razones de edad, resaltado principalmente que la persona mayor posee las mismas libertades fundamentales y derechos humanos que las demás personas. Se reconoce que la persona a medida que envejece debe de seguir gozando de una vida plena, autónoma, independiente, con integración, y una participación activa. Permite una mayor certeza que existirá un mayor cumplimiento de leyes y programas de prevención de exclusión al adulto mayor. LEY 2040 De 2020 "Por Medio De La Cual Se Adoptan Medidas Para Impulsar El Trabajo Para Adultos Mayores Y Se Dictan Otras Disposiciones" Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto impulsar el empleo de las personas adultas mayores que no gozan de pensión, promoviendo la autonomía y autosuficiencia
económica del adulto mayor, garantizando así el envejecimiento activo, satisfactorio y saludable de la población colombiana. Ley 2040 de 2020 - Gestor Normativo - Función Pública La presente ley busca fomentar el trabajo de las personas mayores que a la fecha no gozan con ningún ingreso estable, en donde lo empleadores obligados a declarar renta recibirán beneficios tributarios por vincular en su equipo de trabajo y planta personal adultos mayores que hayan cumplido con la edad de pensión establecido en la ley y que no gocen de ningún derecho pensional ya sea familiar, de vejez, o sobrevivencia. Por medio de esta ley también se crea el sello amigable adulto mayor, distintivo para las empresas que asocien es su planta de personal adultos mayores en las condiciones mencionadas con antelación. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0219.pdf