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trabajo practico 4 bancario, Ejercicios de Derecho Laboral

trabajo practico numero 4 derecho bancario

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 12/08/2020

pvilar
pvilar 🇦🇷

5

(1)

4 documentos

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Pregunta 1
Si al tercero portador del cheque de pago diferido que le entregó el Sr. Rogelio
Canepa, libró el mismo en el exterior del país, pero pagadero en la República
Argentina, ¿cuál es el plazo de tiempo que le otorga la normativa vigente para
que presente al cobro el cheque?
El término de presentación de un cheque librado en el extranjero y pagadero en
la República Argentina, es de sesenta días contados desde la fecha de su
creación.
El término de presentación de un cheque librado en el extranjero y pagadero en
la República Argentina, es de treinta días contados desde la fecha de su
creación.
El término de presentación de un cheque librado en el extranjero y pagadero en
la República Argentina, es de noventa días contados desde la fecha de su
creación.
Pregunta 2
Indique cuáles de las siguientes estructuras jurídicas comprende el cheque que
el Sr. Rogelio Canepa recibió del Banco Alborada SA a su pedido y que
entregó como pago a sus proveedores de materia prima para la Pyme “El
Hornito Cordobés SRL”.
El cheque es un título de crédito que cotiza en bolsa y que debe ser autorizado
previamente por el BCRA.
El cheque es un título de crédito que cotiza en bolsa sin ningún tipo de
autorización previa por la CNV.
El cheque es una orden de pago para que el titular de la cuenta corriente la
utilice de esa manera, y es un título que contiene una promesa de pago.
El cheque es un título que no contiene una promesa de pago.
El cheque es el cotitular de la cuenta corriente.
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Pregunta 1

Si al tercero portador del cheque de pago diferido que le entregó el Sr. Rogelio Canepa, libró el mismo en el exterior del país, pero pagadero en la República Argentina, ¿cuál es el plazo de tiempo que le otorga la normativa vigente para que presente al cobro el cheque?

El término de presentación de un cheque librado en el extranjero y pagadero en la República Argentina, es de sesenta días contados desde la fecha de su creación.

El término de presentación de un cheque librado en el extranjero y pagadero en la República Argentina, es de treinta días contados desde la fecha de su creación.

El término de presentación de un cheque librado en el extranjero y pagadero en la República Argentina, es de noventa días contados desde la fecha de su creación.

Pregunta 2

Indique cuáles de las siguientes estructuras jurídicas comprende el cheque que el Sr. Rogelio Canepa recibió del Banco Alborada SA a su pedido y que entregó como pago a sus proveedores de materia prima para la Pyme “El Hornito Cordobés SRL”.

El cheque es un título de crédito que cotiza en bolsa y que debe ser autorizado previamente por el BCRA.

El cheque es un título de crédito que cotiza en bolsa sin ningún tipo de autorización previa por la CNV.

El cheque es una orden de pago para que el titular de la cuenta corriente la utilice de esa manera, y es un título que contiene una promesa de pago.

El cheque es un título que no contiene una promesa de pago.

El cheque es el cotitular de la cuenta corriente.

Pregunta 3

Al momento en que el Sr. Rogelio Canepa retire del Banco Alborada SA el cheque de pago diferido librado contra el Banco Norte SA por la suma de $ 20.000,00, devuelto por la causal de rechazo “sin fondos suficientes acreditados en cuenta”, ¿qué elementos deberá contener para poder ejercer la acción cambiaria por vía ejecutiva?

El Banco Norte SA deberá hacer constar la negativa en el mismo título, con expresa mención del motivo “sin fondos suficientes acreditados en cuenta”, la fecha y la hora de la presentación del domicilio del librador registrado en el girado; la constancia del rechazo deberá ser suscrita por una persona autorizada. Igual constancia deberá anotarse cuando el cheque sea devuelto por una cámara compensadora. La constancia consignada por el girado producirá los efectos del protesto, con ello quedará expedita la acción ejecutiva que el tenedor (Sr. Canepa) podrá iniciar contra librador, endosantes y avalistas.

La constancia del rechazo deberá ser suscrita por persona autorizada, igual constancia deberá anotarse cuando el cheque sea devuelto por una cámara compensadora. La constancia consignada por el girado producirá los efectos del protesto, con ello quedará expedita la acción ejecutiva que el tenedor (Sr. Canepa) podrá iniciar contra librador, endosantes y avalistas.

El Banco Norte SA deberá hacer constar la negativa en el mismo título, con expresa mención del motivo en el que se funda, “sin fondos suficientes acreditados en cuenta”, consignar la fecha y la hora de la presentación del domicilio del librador registrado en el girado.

Pregunta 4

Respecto al pagaré librado por el matrimonio Carballo-Rosales, si en el hipotético caso de que el Sr. Muñoz hubiera endosado el pagaré, ¿por qué elemento se caracteriza la acción cartular de regreso?

Ante la pretensión de cobro por parte del Sr. Muñoz, la acción cartular de regreso presupone poderse iniciar si abonó el firmante para ir en contra de los garantes.

Ante la pretensión de cobro por parte del Sr. Muñoz, la acción cartular de regreso se caracteriza por poderse ejercer contra de todos los obligados cambiarios, es decir los endosantes registrados a partir de que el Sr. Muñoz endosó el pagaré, con excepción de los obligados directos (el matrimonio Carballo-Rosales).

cheque (Sr. Rogelio Canepa), se cumple al año desde la expiración del plazo para la presentación.

El plazo que dispone la normativa vigente para la prescripción de las acciones judiciales que el portador, endosantes y avalistas tienen contra el librador del cheque (Sr. Rogelio Canepa), se cumple a los 2 años desde la expiración del plazo para la presentación.

El plazo que dispone la normativa vigente para la prescripción de las acciones judiciales que el portador, endosantes y avalistas tienen contra el librador del cheque (Sr. Rogelio Canepa), se cumple a los 180 días desde la expiración del plazo para la presentación.

Pregunta 7

Con respecto al pagaré que el matrimonio Carballo-Rosales libró a favor del Sr. Mateo Muñoz, si en el hipotético caso de que este lo hubiera endosado a un tercero y así sucesivamente el tercero a otro tercero, etc., ¿en qué consistiría la solidaridad cambiaria en relación al portador del pagaré?

La solidaridad cambiaria consiste en que el portador del pagaré, tercero que recibió el título de crédito a su vez de un tercero a quien el Sr. Mateo Muñoz endosó el pagaré que tenía en su poder, tiene derecho de accionar contra todas esas personas individual o colectivamente.

La solidaridad cambiaria consiste en que el portador del pagaré, tercero que recibió el título de crédito a su vez de un tercero a quien el Sr. Mateo Muñoz endosó el pagaré que tenía en su poder, tiene acción contra el transmitente del título por cesión de créditos.

La solidaridad cambiaria consiste en que el portador del pagaré, tercero que recibió el título de crédito a su vez de un tercero a quien el Sr. Mateo Muñoz endosó el pagaré que tenía en su poder, sólo puede accionar contra el librador y no contra el aceptante, endosante o avalistas.

Pregunta 8

Respecto a los cheques de pago diferido que recibió el Sr. Rogelio Canepa a su pedido por parte del Banco Alborada SA, ¿qué elementos formales contiene que los diferencia del cheque de pago común

Los elementos formales que contiene y que los diferencia del cheque de pago común son: que dice expresamente cheque de pago diferido, y que posee una

fecha de emisión del cheque y una fecha de pago, la cual no debe exceder a un plazo de 360 días de la de emisión.

Los elementos formales que contiene y que los diferencia del cheque de pago común son: que dice expresamente cheque de pago común, y que posee una fecha de emisión del cheque y una fecha de pago, la cual no debe exceder a un plazo de 180 días de la de emisión.

Los elementos formales que contiene y que los diferencia del cheque de pago común son: que dice expresamente cheque certificado, y que posee una fecha de emisión del cheque y una fecha de pago, la cual no debe exceder a un plazo de 90 días de la de emisión.

Pregunta 9

Quien haya reembolsado un cheque de los de pago diferido que emitió el Sr. Rogelio Canepa, entregándolo como pago a uno de sus proveedores, puede reclamar a sus garantes:

Los gastos efectuados, la suma íntegra pagada, pero no puede reclamar intereses.

La suma íntegra pagada, los intereses de dicha suma al tipo bancario corriente en el lugar del pago a partir del día del desembolso, los gastos efectuados.

Parte de la suma pagada, los intereses de dicha suma, parte de los gastos efectuados.

Puede reclamar a sus garantes únicamente la suma íntegra pagada.

Únicamente la suma íntegra pagada, más los intereses de dicha suma, si el librador lo solicita.

Pregunta 10

¿Qué persona se encuentra legitimada para el cobro del pagaré que libraron el matrimonio Carballo-Rosales y que hipotéticamente endosó el Sr. Mateo Muñoz entregándolo a un tercero?

Se encuentra legitimada, la persona que aparezca como tenedora legítima del documento mediante una cadena regular de endosos, no pudiendo ejercer su derecho por sí o por apoderado.

Respecto al pagaré que libró el matrimonio Carballo-Rosales se debe indicar sólo la localidad.

Respecto al pagaré que libró el matrimonio Carballo-Rosales se debe indicar lugar y dirección de pago.

Pregunta 13

El tercero portador del cheque de pago diferido que le entregó el Sr. Rogelio Canepa como pago de materia prima, que éste le vendió para su empresa “El Hornito Cordobés SRL”, ¿cuál es el plazo de tiempo que le otorga la normativa vigente al tercero portador del cheque de pago diferido a presentar al cobro el cheque?

El plazo que la normativa vigente dispone para que el tercero portador del cheque de pago diferido presente al cobro el cheque, por ventanilla del banco o depositado en su cuenta corriente, es de 90 días corridos desde su creación.

El plazo que la normativa vigente dispone para que el tercero portador del cheque de pago diferido presente al cobro el cheque, por ventanilla del banco o depositado en su cuenta corriente, es de 30 días corridos desde su creación.

El plazo que la normativa vigente dispone para que el tercero portador del cheque de pago diferido presente al cobro el cheque, por ventanilla del banco o depositado en su cuenta corriente, es de 60 días corridos desde su creación.

Pregunta 14

Respecto al protesto por falta de pago, que deberá materializar el Sr. Mateo Muñoz contra los libradores, el matrimonio Carballo Rosales ¿cómo debe formalizarse?

El protesto por falta de pago es el que debe formalizarse dentro de los 10 (diez) días posteriores al vencimiento.

El protesto por falta de pago es el que puede formalizarse dentro de los 5 (cinco) días posteriores al vencimiento.

El protesto por falta de pago debe formalizarse dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores al vencimiento.

El protesto por falta de pago puede formalizarse dentro de cualquier plazo antes del vencimiento.

Pregunta 15

En el hipotético caso de que el vencimiento de la obligación cambiaria que surge del pagaré que libró el matrimonio Carballo-Rosales a favor del Sr. Mateo Muñoz, correspondiera a un día feriado, ¿qué día podría exigirse el pago?

El pago podría exigirse al siguiente día par del calendario.

El pago podría exigirse a la semana próxima.

El pago podría exigirse el mismo día hábil del mes siguiente.

El pago podría exigirse al siguiente día impar del calendario.

El pago podría exigirse al día hábil siguiente.

Pregunta 16

Con respecto a la acción cambiaria que nació al momento en que el matrimonio Carballo-Rosales libró un pagaré a favor del Sr. Mateo Muñoz, ¿a qué hecho o acontecimiento se denominaría la acción causal desde el punto de vista cambiario?

La acción causal es la que emerge del negocio que dio origen al título o acto cambiario.

La acción causal es la que se configura cuando el portador perdió la acción cambiaria contra todos los obligados.

La acción causal es la que se ejerce contra todos los obligados cambiarios con excepción de los obligados de regreso.

La acción causal es la que puede ejercerse sólo contra el aceptante de la letra de cambio

La acción causal es cuando un codeudor pagó toda la deuda y repite contra los otros el monto que excede de su parte.

El plazo de prescripción que tiene la acción cambiaria directa es de cinco años desde la fecha del vencimiento.

Pregunta 19

Respecto del pagaré que libró el matrimonio Carballo-Rosales, a favor del Sr. Mateo Muñoz, ¿contra quién se ejerce la acción cambiaria directa?

La acción cambiaria directa se ejerce contra el suscriptor de la letra.

La acción cambiaria directa se ejerce contra el suscriptor y el banco.

La acción cambiaria directa se ejerce contra los obligados de regreso.

La acción cambiaria directa se ejerce contra el aceptante de la letra, suscriptor del pagaré y sus respectivos avalistas.

La acción cambiaria directa se ejerce contra el banco.

Pregunta 20

De los cheques de pago diferido que recibió el Sr. Rogelio Canepa en la chequera que le entregó el Banco Alborada SA, si este quisiera entregar a algún proveedor uno de ellos cuyo pago seguro esté certificado por el Banco. Indique cuál es una de las características que posee un cheque certificado.

Consiste en poseer una fecha posterior a su libramiento.

Consiste en poseer una declaración del girado, que deja constancia en el título de que el cheque tiene fondos y que están afectados a abonar ese cheque.

Consiste en contener la indicación precisa del pago por indicación concreta al dorso inserta por el librador.

Consiste en tener que depositarse siempre en una cuenta bancaria.

Consiste en poseer 2 (dos) barras paralelas colocadas en el anverso.

Pregunta 21

Si en el hipotético caso de que el Sr. Mateo Muñoz le debiera al matrimonio Carballo-Rosales la misma suma que estos se han comprometido a pagarle, en virtud del pagaré que estos libraron a su favor, ¿como se denomina la excepción que el matrimonio Carballo-Rosales podría oponer ante la acción judicial de cobro que el Sr. Mateo Muñoz entablara contra ellos?

Excepción por compensación porque se configura cuando se atribuye a una persona real o imaginaria una firma sin ser el autor material de ella.

Excepción por compensación porque se configura cuando materializa la falta de aptitud o representación de las partes para estar en juicio.

Excepción por compensación porque se configura cuando existe un juicio en trámite entre las mismas partes con el mismo objeto y por la misma causa.

Excepción por compensación porque se configura cuando dos personas son recíprocamente acreedor y deudor al mismo tiempo.

Excepción por compensación porque se configura cuando se adultera o modifica un documento verdadero.

Pregunta 22

En el caso de que el tercero endosante del pagaré librado por el matrimonio Carballo-Rosales, que a su vez recibió endosado por el Sr. Mateo Muñoz, abonara el título de crédito y luego actuara contra los obligados caratulares. ¿Cuando se produce la prescripción de la acción?

La prescripción de las acciones judiciales se produce a los 180 días desde la expiración del plazo para la presentación.

La prescripción de las acciones judiciales se produce a los 6 meses desde la expiración del plazo para la presentación.

La prescripción de las acciones judiciales se produce al año desde la expiración del plazo para la presentación.

El protesto es el acto formal en el que un martillero público, a requerimiento del portador del documento, constata una situación cambiaria insatisfecha.

Pregunta 25

El portador del pagaré que el Sr. Mateo Muñoz endosó a un tercero, puede ser materializado una vez que haya presentado el título al girado para el pago. De haber efectuado el protesto, ¿cuándo opera la prescripción de la acción de regreso?

La prescripción de la acción de regreso opera a los 2(dos) años desde la fecha del vencimiento del título.

La prescripción de la acción de regreso opera al año desde la fecha del protesto o del vencimiento del título cuando fuera con la cláusula sin protesto.

La prescripción de la acción de regreso opera a los 3 (tres) años desde la fecha del protesto o del vencimiento del título cuando fuera con la cláusula sin protesto.

Pregunta 26

Con respecto al pagaré que libró el matrimonio Carballo-Rosales a favor del Sr. Mateo Muñoz, indique cuáles de los siguientes conceptos corresponde al vencimiento a día fijo:

Se configura cuando se prevé el mes y año del vencimiento, en números, manifestando por ejemplo, el año próximo, siempre y cuando surja de manera clara la fecha exacta de vencimiento.

Se configura cuando se prevé el día y año del vencimiento, en letras o manifestando por ejemplo, el mes próximo, siempre y cuando surja de manera clara la fecha exacta de vencimiento.

Se configura cuando se prevé el día, mes y año del vencimiento, ya sea en números, en letras o manifestando, por ejemplo el mes próximo, siempre y cuando surja de manera clara la fecha exacta de vencimiento.

Pregunta 27

Respecto de los cheques de pago diferido que solicitó el Sr. Rogelio Canepa al Banco Alborada SA, ¿qué leyenda debió insertar el banco antes de su entrega, para que pudiera el Sr. Canepa solicitar autorización a la CNV para poder comercializar los mismos en el mercado de valores?

Para que pudiera el Sr. Canepa solicitar autorización a la CNV para poder comercializar los mismos en el mercado de valores, la leyenda debiera ser “No Negociable”.

Para que pudiera el Sr. Canepa solicitar autorización a la CNV para poder comercializar los mismos en el mercado de valores, la leyenda debiera ser “Para Acreditar en Cuenta”.

Para que pudiera el Sr. Canepa solicitar autorización a la CNV para poder comercializar los mismos en el mercado de valores, la leyenda debiera ser “No a la Orden”.

Para que pudiera el Sr. Canepa solicitar autorización a la CNV y poder comercializar los mismos en el mercado de valores, la leyenda debiera ser “Negociable en Mercados de Valores”.

Pregunta 28

Si al pagaré que libró el matrimonio Carballo-Rosales a favor del Sr. Mateo Muñoz, le faltara consignar el lugar de pago, ¿cuál será el lugar de pago por el que se tendrá?

Se tendrá por lugar de pago, el lugar de la creación del título.

Se tendrá por lugar de pago, el del domicilio del tomador.

Se tendrá por lugar de pago, el del domicilio del portador.

Se tendrá por lugar de pago, el del domicilio del deudor.

Se tendrá por lugar de pago, el del domicilio del acreedor.

Pregunta 29

Con relación al vencimiento de la obligación cambiaria y que surge del pagaré que pactaron sus libradores (matrimonio Carballo-Rosales) con el tenedor y beneficiario (Sr. Mateo Muñoz), respecto al cómputo de su plazo de pago, ¿de qué manera se computa y se cuenta dicho plazo?

El cómputo del plazo de pago de la obligación cambiaria se cuenta por año calendario.

El cómputo del plazo de pago de la obligación cambiaria se cuenta por meses.