



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
puedes encontras la definicion de testamento y sus diferentes clasificaciones desde el punto de vista del derecho romano, encontrando también una comparativa con la actualidad y explicado a detalle las diferencias y semejanzas que existen entre los diferentes tiempos. tenemos que el derecho romano se plasmo como una época donde se podía realizar la sucesión, laque puedes ver la forma en como esta figura se dio y cuales eran las condiciones que se ponían entrever para poder obtener lo heredado. Es un documento de apuntes, no es completo pero es sustancioso con respecto a la información, el cual te ayudará a resolver las dudas que se presenten dentro de cualquier actividad donde se refiera el derecho romano en las sucesiones. por lo anterior, es recomendable que, a pesar de encontrarlo, indagues más con el fin de hacer resúmenes o dar respuestas super concretas.
Tipo: Resúmenes
1 / 7
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
MATERIAL DE DESCARGA **UNIDAD Nº20: SUCESIÓN TESTAMENTARIA I. EL TESTAMENTO
antes de salir rumbo a la guerra y se hacía por la manifestación oral de un soldado. Testamento por el cobre y la balanza: El testador enajenaba todos sus bienes presentes y futuros mediante la mancipatio a favor de una persona que se convertía en propietaria de los mismos a la muerte del testador. Tenía lugar ante 5 testigos y un funcionario que portaba la balanza. b) Derecho pretoriano : En tiempos de Cicerón, el magistrado daba la “ bonorum possessio ” a quien exhibía un testamento redactado sobre tablillas con el sello de 7 testigos. c) Derecho imperial : Desaparece el testamento hecho por medio del cobre y la balanza. Se simplifican las formalidades. Había testamentos: Públicos: Se extendían por medio de acta suscripta ante el juez o la autoridad municipal o redactada en forma privada y presentada luego ante el príncipe o el oficial del archivo público a los fines de su protocolización; y al igual que en la época pretoriana, se redactaban testamentos en una tabilla sellada por siete testigos, agregándose la firma (llamado ológrafo). d) Testamentos especiales o extraordinarios : Testamento militar: Otorgado por el soldado durante la guerra. Era válido durante la campaña y un año después de terminada ésta. Testamento en tiempos de peste: No se exigía que los 7 testigos concurrieran juntos por riesgo de contagio. Testamento en el campo: Solo era ante 5 testigos. Testamento del ciego y el analfabeto: Requería la presencia de un oficial público o de un octavo testigo. Testamento a favor de los hijos: Solo era necesario que el testador escribiese de puño y letra el nombre de los herederos, la proporción y la fecha. 4) Capacidad activa y pasiva. La activa es la requerida para testar y la pasiva para ser instituido heredero. Podía testar todo hombre libre, ciudadano romano y sui iuris , que a la vez sea púber y capaz de
Testamento roto: Cuando el testador cambia su voluntad y otorga un nuevo testamento que invalida el otro. Testamento írrito: Cuando el testador, pierde la capacidad de testar en algún lapso de tiempo entre el otorgamiento del testamento y el fallecimiento. Testamento desierto: Cuando no existe heredero que se presente a recibir la herencia. 8) Nulidad de testamentos. No llega a producir efecto alguno. Se produce por distintos motivos: Inobservancia de las formalidades requeridas para otorgarlo. Falta de capacidad en el testador al momento de otorgarlo, si a su muerte no la recuperó. Falta de capacidad en el heredero al momento de instituirlo. Omisión de un “ sui herede ” existente al momento de la confección del testamento. 9) Sucesión contra el testamento: Desheredación. Surge como reacción contra el derecho absoluto del paterfamilias para disponer de sus bienes conforme a su arbitrio: Desheredación: quienes vivían bajo la autoridad directa del pater se consideraban “herederos naturales o suyos”. A éstos el pater no podía omitirlos. Los herederos varones debían ser desheredados específica y normativamente, en tanto que los demás podían serlo en grupo. La omisión de un hijo varón producía la nulidad del testamento, mientras que la de cualquier otro daba lugar a la inclusión del mismo en la sucesión. Justiniano dispuso que todos los desheredados debieran serlo normativamente y fijó causas expresas y determinadas de desheredación. 10) La legítima.
Porción de bienes que la ley obliga al testador a dejar a sus parientes próximos. Respetada esta porción, en el resto de los bienes el testador puede instituir heredero a quien desee. En la época clásica la porción fue establecida en 1/4. Con Justiniano se dispuso que, si los hijos eran 3, la legítima fuera un 1/4, si eran 4 fuera 1/3 y si eran 5 o más, era la mitad. Tenían derecho a la legítima los descendientes, ascendientes, hermanos y medios hermanos. 11) Testamento inoficioso y querella de inoficiosidad. Acción que tiene el heredero forzoso a quien no se la ha respetado la porción legitima a que tenía derecho. Se dirige contra el heredero instituido, y de prosperar el testamento se declara inoficioso, quedando así anulado y se pide la herencia como si fuese sucesión ad intestato. A partir de 361 a. C, el resultado no fue la nulidad absoluta, ya que se creó la acción de complemento de la legítima, mediante la cual el legitimario podía solicitar la porción a que tenía derecho. 12) Codicilos. Acto jurídico de última voluntad que constituye una especie de testamento menor. Está libre de formalidades y no necesita contener la institución de heredero. **II. LEGADOS.
De modo sobreviniente: El legado devenía nulo por una causa posterior. Por regla catoniana: Un legado nulo ab initio continuará siendo nulo si el testador hubiese muerte inmediatamente después de haberlo ordenado, aunque después cese la causa de su nulidad.. 8) Derecho de acrecer. Está fundado en la voluntad del testador. No existía en el legado de crédito, en cambio, en el legado de propiedad todos los colegatarios eran llamados al objeto entero, por lo que la muerte de uno de ellos acrecía la porción de los demás. **III. FIDEICOMISOS