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Audiencia de Formulación de Imputación y Medidas de Aseguramiento, Resúmenes de Derecho

Este documento proporciona una descripción detallada del sistema acusatorio en el proceso penal colombiano, centrándose en la audiencia de formulación de imputación y las medidas de aseguramiento. Se explica el papel de las partes involucradas, los derechos del imputado, las características de la audiencia y los criterios para la imposición de medidas cautelares. El documento también aborda conceptos clave como la prueba, el elemento material probatorio y la evidencia física, así como la aceptación de cargos y la apelación.

Tipo: Resúmenes

2023/2024

Subido el 03/03/2025

marcela-cuellar-diaz
marcela-cuellar-diaz 🇨🇴

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LEY 906 DE 2004
1. ¿Qué significa que el artículo 74 de la Ley 906 de 2004 sea un listado
taxativo?
En términos legales, la palabra taxativo significa que el listado es cerrado y
exhaustivo, sin margen para interpretación extensiva o para incluir supuestos no
previstos expresamente en la norma.
2. ¿Cuál es la diferencia del manejo de la caducidad en la Ley 600 de 2000 y
en la Ley 906 de 2004?
En la Ley 600 de 2000 la investigación no estaba sujeta a un término de
caducidad que obligará a la Fiscalía a concluir el proceso en un tiempo
determinado. Sin embargo, existían algunos plazos para cumplir con ciertos
actos procesales como el tiempo máximo para la detención preventiva y algo que
sí tenían presente es la figura de la prescripción de la acción penal, que limita el
tiempo durante el cual el Estado puede perseguir penalmente a una persona, la
prescripción dependía de la gravedad del delito y otros factores.
Mientras que en la Ley 906 de 2004 establece un manejo más estrictos para la
realización de la investigación y para las etapas del proceso, tiempos que si no se
cumplen pueden dar paso a la caducidad de la acción penal.
3. ¿Cuál es el objeto de la audiencia de legalización de captura?
verificar la legalidad de la captura, es decir que exista una orden de
captura excepto en casos de flagrancia ahí lo que se analiza es que esté
debidamente justificada y se verifica que se hayan respetado los derechos
fundamentales del capturado, también se determina la continuidad de la
detención.
4. En materia de delitos querellables frente a la Ley 906 de 2004, ¿Cuál es el
manejo de la conciliación conforme al artículo 522?
La conciliación en los delitos querellables se presenta como una herramienta de
justicia restaurativa, diseñada para resolver conflictos de menor gravedad sin
llegar a juicio, promoviendo la reparación y la reconciliación entre el acusado y la
víctima.
5. Defina “Parte” teniendo en cuenta el principio acusatorio
Se refiere a cada uno de los sujetos procesales que participan del proceso penal.
6. ¿Indique cuáles son las partes del sistema con tendencia acusatoria?
Fiscalía y Defensa
7. ¿Considera usted que el concepto de parte del proceso civil, le es
aplicable al proceso penal?
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¡Descarga Audiencia de Formulación de Imputación y Medidas de Aseguramiento y más Resúmenes en PDF de Derecho solo en Docsity!

LEY 906 DE 2004

1. ¿Qué significa que el artículo 74 de la Ley 906 de 2004 sea un listado taxativo? En términos legales, la palabra taxativo significa que el listado es cerrado y exhaustivo, sin margen para interpretación extensiva o para incluir supuestos no previstos expresamente en la norma. 2. ¿Cuál es la diferencia del manejo de la caducidad en la Ley 600 de 2000 y en la Ley 906 de 2004? En la Ley 600 de 2000 la investigación no estaba sujeta a un término de caducidad que obligará a la Fiscalía a concluir el proceso en un tiempo determinado. Sin embargo, existían algunos plazos para cumplir con ciertos actos procesales como el tiempo máximo para la detención preventiva y algo que sí tenían presente es la figura de la prescripción de la acción penal, que limita el tiempo durante el cual el Estado puede perseguir penalmente a una persona, la prescripción dependía de la gravedad del delito y otros factores. Mientras que en la Ley 906 de 2004 establece un manejo más estrictos para la realización de la investigación y para las etapas del proceso, tiempos que si no se cumplen pueden dar paso a la caducidad de la acción penal. 3. ¿Cuál es el objeto de la audiencia de legalización de captura? ● verificar la legalidad de la captura, es decir que exista una orden de captura excepto en casos de flagrancia ahí lo que se analiza es que esté debidamente justificada y se verifica que se hayan respetado los derechos fundamentales del capturado, también se determina la continuidad de la detención. 4. En materia de delitos querellables frente a la Ley 906 de 2004, ¿Cuál es el manejo de la conciliación conforme al artículo 522? La conciliación en los delitos querellables se presenta como una herramienta de justicia restaurativa, diseñada para resolver conflictos de menor gravedad sin llegar a juicio, promoviendo la reparación y la reconciliación entre el acusado y la víctima. 5. Defina “Parte” teniendo en cuenta el principio acusatorio Se refiere a cada uno de los sujetos procesales que participan del proceso penal. 6. ¿Indique cuáles son las partes del sistema con tendencia acusatoria? Fiscalía y Defensa 7. ¿Considera usted que el concepto de parte del proceso civil, le es aplicable al proceso penal?

No, ya que las partes involucradas en un proceso civil son el demandante y el demandado, por otro lado la naturaleza del conflicto civil es privada y el estado actúa como tercero de manera imparcial.

8. ¿Qué es la cadena de custodia? Es un conjunto de procedimientos que garantizan la integridad, autenticidad, y seguridad de los elementos materiales probatorios y evidencia física en una investigación judicial. 9. Indique cinco derechos del imputado conforme al artículo 8 de la Ley 906 de 2004. ● Derecho a la presunción de inocencia ● Derecho a ser informado de los cargos ● Derecho a guardar silencio ● Derecho a la defensa ● Derecho a un juicio público y a ser oído 10. ¿Quién solicita y quién hace la declaración de persona ausente en la Ley 906 de 2004? La fiscalía es quien realiza la solicitud y el Juez es quien realiza la declaración verificando que si se cumplen las condiciones necesarias. 11. Definición de víctima conforme a la Corte Iberoamericana. La persona que ha sufrido daños, ya sea de carácter físico, psicológico o moral, como resultado de violaciones de derechos humanos. La condición de víctima se extiende no solo a la persona directamente afectada por la violación, sino también a sus familiares, quienes también pueden experimentar consecuencias negativas derivadas de dicha violación. 12. ¿Cómo se debe resolver en caso que existan diferencias o conflictos entre las actuaciones o peticiones de la defensa y del imputado? Las diferencias o conflictos entre las actuaciones de la defensa y del imputado deben resolverse a través de la comunicación, el respeto a la decision del imputado, y la intervención del juez si es necesario, ya que si él considera que la defensa no está actuando en interés del imputado o que hay un conflicto irreconciliable, puede tomar medidas, como ordenar que se designe un nuevo abogado defensor. La prioridad debe ser siempre garantizar el debido proceso y la defensa efectiva, asegurando que el imputado pueda ejercer sus derechos plenamente. 13. Si un abogado defiende a tres sindicados y hay intereses encontrados entre sí, pero el defensor no renuncia, ¿qué se puede hacer?

Cuando alguna de las partes legitimadas para solicitar el incidente ejerza esta facultad, se da lugar a la audiencia pública con la que se inicia el trámite, En dicha audiencia, la víctima formulará oralmente su pretensión, expresando la forma de reparación a la cual aspira e indicando las pruebas que pretende hacer valer. En el caso de ser admitida la pretensión, y la legitimidad de quien la promueve, el juez debe realizar audiencia de conciliación, en busca de establecer un acuerdo justo; si ella prospera dará por terminado el incidente de reparación integral y se debe emitir sentencia que incorpore lo allí acordado. Si por el contrario la conciliación fracasa, el juez fija una nueva audiencia, a los 8 días siguientes, donde se debe intentar otra vez la conciliación, si prospera tendrá el mismo efecto que la anterior, pero si por el contrario fracasa, el condenado deberá ofrecer sus propios medios de prueba para rebatir los expuestos por la víctima. Finalmente se realiza la audiencia de pruebas y alegaciones, en esta fase, se procederá con la práctica de las pruebas y tanto la víctima, como el declarado responsable, expondrán sus argumentos ante el juez, en procura de sus intereses, para que este tome la decisión que pone fin al incidente; este pronunciamiento del Juez es una nueva sentencia y como tal admite recursos.

20. Momento procesal en que se debe vincular el tercero civilmente responsable? Debe hacerse antes de la audiencia preparatoria en la etapa de investigación. 21. ¿Cuál considera usted debe ser el papel del Ministerio Público dentro del sistema acusatorio? El papel que tiene el ministerio público dentro del sistema acusatorio el de liderazgo ya que, actúa como el principal impulsor de la acción penal, investigando y acusando a quienes presuntamente cometen delitos, teniendo en cuenta que debe ser objetivo e imparcial para tener una justicia efectiva y no solo tener el rol de acusador, sino también de garante de los derechos fundamentales, asegurando que el proceso sea justo, transparente y equilibrado. 22. ¿Quién legalmente puede formular la imputación? La formulación de la imputación la realiza el fiscal en una audiencia. 23. ¿Ante quién legalmente se debe tramitar la Audiencia de Formulación de Imputación? La audiencia se debe realizar ante un juez de control de garantías. 24. ¿Qué es la Imputación? Es un acto en el proceso penal en el cual la Fiscalía comunica a una persona que se le atribuye presuntamente la comisión de un delito y se le informa sobre los hechos específicos que lo fundamentan. 25. Características esenciales de la Audiencia de Formulación de Imputación

La audiencia de formulación de imputación tiene como propósito formalizar la apertura del proceso penal contra el imputado, informar los cargos, garantizar el derecho a la defensa y proteger las garantías constitucionales de ambas partes, todo bajo la supervisión de un juez de control de garantías.

26. Contenido formal de la Imputación. Cuando el investigador encuentra indicios claves en los hechos fácticos realizados por el acusado, es cuando nace la formulación de imputación. Esta tiene ciertos elementos esenciales: ● Identificación del imputado: Lo que se plantea con esto, es identificar plenamente a la persona que está siendo imputada (NOMBRE, APELLIDOS, DOCUMENTO DE IDENTIDAD, DOMICILIO, NÚMERO DE CELULAR Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE PERMITAN INDIVIDUALIZAR AL SUJETO). ● Descripción fáctica del delito: Allí es cuando se expone y relata dónde, cómo, cuándo, bajo qué circunstancias ocurrieron los hechos. ● Identificación del delito bajo la normativa del código penal : como su nombre lo señala en este ítem, se especifica la normativa del código penal o en otras palabras, qué delito la persona posiblemente incurrió y por la cual está siendo imputado. ● Fundamentos Jurídicos y Probatorios: Respecto a este apartado lo que el Fiscal hace es una explicación simple de la base legal de la imputación, junto con la descripción de los indicios y pruebas, que sostiene la teoría del porqué la persona está siendo imputada. ● Derechos del Imputado: Este ítem es trascendental en el escrito de formulación de imputación y en general en el proceso penal, ya que lo que se pretende es darle a conocer al imputado sus derechos, derechos como: al derecho a ser representado por un abogado (Derecho a la defensa), el derecho a guardar silencio y no autocriticarse, ni incriminar a un familiar dentro de cuarto grado de consanguinidad. ● Consecuencias Procesales: Lo que se pretende es dar a conocer al imputado las implicaciones procesales de la imputación y el paso siguiente dentro del proceso penal. 27. Contenido sustancial de la Imputación: Como lo explicamos en acápite anterior en la formulación de imputación deben cubrirse de fondo ciertos elementos que permitieron sostener dicha imputación. Los elemento sustanciales de la imputación son: ● Contexto y Antecedentes del Delito: Aquí lo que el investigador hace es una descripción detallada de cómo ocurrieron los hechos, es por ello que dentro de esta se incluyen antecedentes relevantes (lo que conocemos

30. ¿Qué es una Medida de Aseguramiento? La medida de aseguramiento se podría entender como una similitud de medida cautelar que impone un juez a un imputado mientras se está llevando a cabo la etapa del proceso penal, esta tiene como fin proteger el desarrollo de la investigación y garantizar la justicia, ya que puede existir o llegar a existir alta gravedad, riesgo de fuga o poder político, económico o social del imputado. 31. Clasifique las Medidas de Aseguramiento. Según el código de procedimiento penal, las medidas de aseguramiento se clasifican en 2: i) Las privativas de la libertad, y las ii) Las no privativas de la libertad ● Las privativas de la libertad: 1. Detención preventiva en establecimiento de reclusión. 2. Detención preventiva en la residencia señalada por el imputado, siempre que esa ubicación no obstaculice el juzgamiento ● No privativas de la libertad: 1. La obligación de someterse a un mecanismo de vigilancia electrónica. 2. La obligación de someterse a la vigilancia de una persona o institución determinada. 3. La obligación de presentarse periódicamente o cuando sea requerido ante el juez o ante la autoridad que él designe. 4. La obligación de observar buena conducta individual, familiar y social, con especificación de la misma y su relación con el hecho. 5. La prohibición de salir del país, del lugar en el cual reside o del ámbito territorial que fije el juez. 6. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o lugares. 7. La prohibición de comunicarse con determinadas personas o con las víctimas, siempre que no se afecte el derecho a la defensa. 8. La prestación de una caución real adecuada, por el propio imputado o por otra persona, mediante depósito de dinero, valores, constitución de prenda* o hipoteca, entrega de bienes o la fianza de una o más personas idóneas. 9. La prohibición de salir del lugar de habitación entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.

  1. La suspensión provisional en el ejercicio de cargos, oficios o profesiones que impliquen un trato directo, habitual con menores de edad. 32. Señale los requisitos conforme al artículo 308 de la Ley 906 de 2004 para solicitar y decretar la Medida de Aseguramiento. El artículo 308 del C.P.P. establece que el juez de control de garantías decretará la medida de aseguramiento a petición de la fiscalía cuando de los elementos materiales probatorios y la evidencia física obtenida legalmente, se pueda llegar a concluir o inferir que el imputado puede ser responsable del delito, siempre y cuando se cumpla uno de los siguientes requisitos:
  2. Que la medida de aseguramiento sea necesaria para evitar que el imputado obstruya el debido ejercicio de la justicia;
  3. Que el imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad o de la víctima.
  4. Que resulte probable que el imputado no llegue a comparecer a futuro al proceso o que no cumplirá la sentencia. 33. Señale ¿cuántas clases de Medida de Aseguramiento privativas de la libertad existen conforme a la Ley 906 de 2004? Conforme a la Ley 906 de 2004 en Colombia, existen dos clases de medidas de aseguramiento privativas de la libertad:
  5. Detención Preventiva : Como su nombre lo dice, esta medida implica la privación de la libertad del imputado en un establecimiento carcelario durante el proceso penal. Por ejemplo esta medida se aplica en casos donde se considere que hay un riesgo significativo de fuga o cuando la gravedad del delito lo justifique.
  6. Detención Domiciliaria : En esta medida, el imputado cumple con la privación de libertad en su domicilio o su residencia o en lugar de un establecimiento carcelario. Por ejemplo esta opción puede ser utilizada en circunstancias donde no se justifique el encarcelamiento, como por razones de salud o edad avanzada o que el imputado no constituye un peligro para la sociedad. Ambas tienen el objetivo de asegurar la comparencia del imputado en el proceso y proteger el pleno desarrollo del proceso 34. ¿Cuándo procede la detención preventiva? La detención preventiva en Colombia procede en varios casos según la Ley 906 de 2004:
  7. Si existe un riesgo de fuga, es decir, si hay motivos razonables para considerar que el imputado podría evadir la acción de la justicia.
  1. Cuando hagan parte o pertenezcan a un grupo de delincuencia organizada.
  2. Además de los criterios previstos en el presente artículo, las autoridades judiciales deberán tener en cuenta, al momento de realizar la valoración autónoma del peligro para la comunidad, si la persona fue o ha sido imputada por delitos violentos, ha suscrito preacuerdo, aceptado cargos u otorgado principio de oportunidad en los últimos tres (3) años por la comisión de delitos contra la vida y la integridad personal o contra el patrimonio económico.”

2. Peligro para la victima: Según el articulo 311 “Se entenderá que la

seguridad de la víctima se encuentra en peligro por la libertad del

imputado, cuando existan motivos fundados que permitan inferir

que podrá atentar contra ella, su familia o sus bienes”

  1. Obstrucción a la Justicia:Se debe determinar si el imputado podría obstaculizar el proceso judicial. Esto incluye acciones como influir sobre testigos o destruir pruebas. La Fiscalía debe demostrar que hay un riesgo real de que el imputado impida el ejercicio de la justicia.
  2. No Comparecencia:El juez debe evaluar si es probable que el imputado no se presente a las audiencias. Factores como antecedentes de evasión o falta de arraigo en la comunidad son considerados para establecer este riesgo En el proceso de evaluación, la fiscalía tiene la responsabilidad de fundamentar su solicitud de medidas de aseguramiento mediante un test de proporcionalidad, que asegure que estas medidas son adecuadas y necesarias sin sacrificar derechos fundamentales. El juez, al decidir sobre la imposición de medidas cautelares, debe considerar no sólo los riesgos mencionados, sino también garantizar que cualquier restricción a la libertad sea excepcional y justificada por los principios de razonabilidad y proporcionalidad Estos criterios y procesos buscan equilibrar la protección de la sociedad y los derechos del imputado, asegurando que las medidas adoptadas sean realmente necesarias para salvaguardar el orden público y el desarrollo del proceso penal. 37. Cuál es el requisito sustancial para presentar el escrito de acusación, por parte de la Fiscalía’ El requisito esencial para presentar el escrito de acusación por parte de la Fiscalía, es que debe existir pruebas suficientes que sustenten la imputación y la acusación. Esto implica que la Fiscalía debe haber recopilado elementos materiales probatorios y evidencia que demuestren la participación del imputado en el delito y la configuración del tipo penal.

Así mismo, el escrito de acusación debe contener una descripción clara y precisa de los hechos que se le imputan al acusado, que tipo penal es, y las pruebas que se presentarán durante el proceso.

38. Explique el procedimiento de descubrimiento de elementos materiales probatorios en la audiencia de formulación de acusación? En la audiencia de formulación de acusación, la Fiscalía presenta su escrito de acusación, donde expone los hechos y las pruebas que sustentan la imputación. En esta etapa, la Fiscalía tiene la obligación de poner a disposición de la defensa todos los elementos materiales probatorios y evidencias que se utilizarán en el juicio. Esto incluye documentos, testimonios, informes periciales, entre otros. La defensa, a su vez, tiene la oportunidad de examinar estos elementos y plantear sus observaciones o solicitudes sobre su admisibilidad y pertinencia. Por lo que en conclusión en la audiencia se le permite a las partes discutir el valor probatorio de los elementos. Si se presentan pruebas nuevas o adicionales que no estaban incluidas en el escrito de acusación, la defensa tiene derecho a solicitar la inclusión de estas pruebas en el proceso y, si es necesario, se pueden programar audiencias adicionales para discutir su admisibilidad. 39: Que diferencias encuentra entre el concepto de prueba y de elemento material probatorio y evidencia física? ● Prueba : En términos generales, la prueba se refiere a cualquier medio que se utilice en un proceso judicial para demostrar la veracidad de un hecho o la culpabilidad o inocencia de una persona. Puede abarcar diversos tipos de información, como testimonios de testigos, documentos, declaraciones, peritajes, entre otros. ● Elemento Material Probatorio : Este término se refiere específicamente a aquellos elementos que se presentan durante el proceso penal y que tienen la capacidad de contribuir a la formación del convencimiento del juez sobre un hecho en particular. Los elementos materiales probatorios son todas aquellas pruebas, por lo que su función es más concreta, ya que se centran en el soporte físico o documental que respalda la prueba. ● Evidencia Física : Este término se utiliza para referirse a objetos tangibles que se presentan en el juicio como prueba de un hecho. La evidencia física incluye cosas como armas, huellas dactilares, muestras biológicas, documentos, fotografías y cualquier objeto que pueda ser examinado directamente por el juez o las partes. La evidencia física es, por lo tanto, un tipo específico de elemento material probatorio, pero no todos los elementos materiales probatorios son evidencia física (por ejemplo, los testimonios o las grabaciones de audio son elementos materiales probatorios, pero no se consideran evidencia física). 40: ¿Que entiende por estipulaciones probatorias?

formulación de acusación, la Fiscalía debe comunicar a la defensa los elementos materiales probatorios que haya recopilado, así como los argumentos que sustentan la acusación. La existencia de este traslado cumple varias funciones importantes:

  1. Derecho a la Defensa : Permite que la defensa conozca los fundamentos de la acusación y los elementos probatorios que se tienen en su contra. Esto es esencial para que el abogado del imputado pueda preparar adecuadamente su estrategia de defensa.
  2. Transparencia del Proceso : Facilitar la transparencia en la actuación de la Fiscalía, asegurando que no haya sorpresas durante el proceso judicial. Las partes tienen acceso a la misma información, lo que promueve un juicio más equitativo.
  3. Facilitación del Acuerdo : Al conocer los elementos de la acusación, la defensa puede evaluar la posibilidad de negociar un acuerdo con la Fiscalía, lo que puede llevar a la resolución anticipada del caso y descongestionar el sistema judicial.
  4. Contribución a la Verdad Procesal : Al garantizar que ambas partes tengan acceso a la misma información, se busca contribuir a la verdad procesal, permitiendo que el juez tome una decisión informada basada en un entendimiento claro de los hechos y las pruebas.
  5. Oportunidad para Impugnar : La defensa puede identificar y señalar cualquier irregularidad en la recolección de pruebas o en los argumentos presentados, lo que les permite impugnar su validez o pertinencia en el momento adecuado. 43. ¿En qué eventos no procede la rebaja y beneficios por aceptación de cargos? En el proceso penal colombiano, la rebaja de pena y los beneficios por aceptación de cargos no proceden en ciertos eventos específicos:
  6. Delitos excluidos: La aceptación de cargos y la consecuente rebaja de pena no son aplicables a delitos que la ley expresamente excluye,, por ejemplo, delitos relacionados con el narcotráfico, terrorismo, delitos de lesa hum anidad, esto porque se considera que la gravedad del delito impide otorgar beneficios punitivos
  7. Falta de Colaboración: Cuando el imputado no muestra una colaboración efectiva con la justicia, como en casos donde no proporciona información relevante o no asume su responsabilidad de manera clara y voluntaria, se puede denegar la rebaja.
  8. Reincidencia:Si el imputado tiene antecedentes penales o es reincidente en la comisión de delitos similares, esto puede ser un factor determinante para negar la rebaja de pena.
  1. Captura en Flagrancia:En casos de captura en flagrancia, aunque se puede aceptar cargos, la rebaja de pena está limitada a que esos beneficios son menores (hasta un cuarto de la pena) en comparación con otros momentos procesales donde se podría obtener una reducción mayor (como en la audiencia de imputación) debido a la naturaleza del delito y las circunstancias del arresto 44. ¿Qué formas de notificación conoce la Ley 906 de 2004? La Ley 906 de 2004, que regula el Código de Procedimiento Penal en Colombia, establece varias formas de notificación para asegurar que las partes en un proceso penal sean informadas de manera adecuada sobre las actuaciones judiciales. Las formas de notificación que contempla esta ley son:
  2. Notificación Personal : Se realiza directamente a la persona a quien va dirigida, ya sea el imputado, la víctima o sus representantes. Esta forma de notificación es preferible porque garantiza que la parte interesada recibirá la información de manera inmediata. Sin embargo, según el decreto 806 de 2020 la notificación personal puede realizarse a través de correo certificado o a través del correo electrónico
  3. Notificación por Edicto : Cuando no se puede realizar la notificación personal, se puede llevar a cabo a través de edictos. Esto implica la publicación de la notificación en un lugar visible y accesible, como el edificio del juzgado o en medios de comunicación, para asegurar que la parte afectada tenga conocimiento de la actuación judicial.
  4. Notificación por Correo Electrónico : En algunos casos, se permite la notificación mediante el envío de documentos a través de correo electrónico, siempre que se tenga el consentimiento de la persona para recibir notificaciones por esta vía.
  5. Notificación a través de la Persona que Reemplace al Notificado : Si la notificación personal no puede llevarse a cabo, se puede realizar a través de un familiar o una persona que se encuentre en el mismo domicilio, siempre que se considere que puede hacer llegar la información al destinatario.
  6. Notificación por Medios Electrónicos : Además del correo electrónico, se puede utilizar cualquier otro medio electrónico que permita asegurar la recepción de la notificación, en función de las normativas y procedimientos establecidos.
  7. Notificación en el Proceso de Ejecución de Penas : En este caso, la notificación se realizará conforme a las disposiciones específicas que regulan este procedimiento. 45 ¿Explique los diferentes efectos en que se concede el recurso de apelación? El efecto de la apelación dentro del proceso penal, puede variar dependiendo el qué se impugna. Según el Código de Procedimiento Penal, se pueden presentar dos tipos de efectos al conceder la apelación: efecto suspensivo y efecto devolutivo.
  1. Audiencia de Verificación de Acuerdos : Se realiza cuando las partes llegan a un acuerdo sobre la resolución del caso, ya sea por un preacuerdo o una negociación.
  2. Audiencia de Sentencia : En esta audiencia, el juez emite su fallo final respecto a la culpabilidad o inocencia del imputado. 47: En el esquema visto en clase indiqué las diferentes fases del sistema procesal y las principales características de cada una de ellas? –punto fijo del examen. El proceso penal colombiano, regulado por la Ley 906 de 2004, se estructura en varias fases, cada una con características y objetivos específicos.
  3. Fase Inicial o fase de Investigación: ● El objetivo de ésta es determinar si un hecho constituye un delito y quiénes son los responsables. ● Tiene dos subfases,que son la investigación inicial y la investigación complementaria: -Investigación Inicial: Comienza con la presentación de la denuncia y concluye cuando el imputado queda a disposición del juez. En esta etapa se recogen pruebas preliminares. -Investigación Complementaria: Se inicia con la formulación de la imputación y termina con el cierre de la investigación. Aquí se desarrollan las diligencias necesarias para fortalecer el caso. ● En esta fase se lleva a cabo la Audiencia inicial para hacerle control legal a la detención, formulación de imputación y vinculación a proceso, solicitud de medidas cautelares por parte del fiscal.
  4. Fase Intermedia ● El objetivo de esta fase es preparar el juicio oral mediante la admisión de pruebas y depuración de los hechos controvertidos.(Desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio). ● En esta fase se lleva a cabo la Audiencia preparatoria donde se presentan las pruebas y se decide sobre su admisión.
  5. Fase de Juicio Oral ● El objetivo de esta fase es realizar el debate judicial sobre los hechos imputados y las pruebas presentadas. Esta etapa preveé garantizar los principios de Inmediación, publicidad, concentración, igualdad, celeridad y continuidad son esenciales en esta fase.

● En esta fase se lleva a cabo la Audiencia de juicio oral donde se presentan las pruebas, alegatos de conclusión por parte del fiscal y la defensa y el juez emite el sentido del fallo o sentencia que puede ser condenatoria o absolutoria.

  1. Fase de Ejecución Penal ● El objetivo es dar cumplimiento con la sentencia dictada en el juicio oral.Si hay una sentencia condenatoria, se procede a su ejecución, lo que incluye determinar las penas y medidas de rehabilitación o reparación a las víctimas.