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tareas de la carrera de comercio
Tipo: Apuntes
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El despacho aduanero es el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos, deben realizar ante la aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen mercancías del territorio nacional, ya sea los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes aduanales, empleando el sistema electrónico aduanero. Elaborado el pedimento y efectuado el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias determinadas por el interesado, se presentarán las mercancías con el pedimento o aviso consolidado, ante la autoridad aduanera y se activará el mecanismo de selección automatizado que determinará si debe practicarse el reconocimiento aduanero de las mismas. En caso afirmativo, la autoridad aduanera efectuará el reconocimiento ante quien presente las mercancías en el recinto fiscal. Si no se detectan irregularidades en el reconocimiento aduanero o que den lugar al embargo precautorio de las mercancías, o el resultado del mecanismo de selección automatizado determina que no debe practicarse el reconocimiento aduanero, se entregarán éstas de inmediato. A grandes rasgos el procedimiento del despacho aduanero es el siguiente: Una vez realizado realizado el pago de las contribuciones de comercio exterior, se presenta la mercancía acompañada de la impresión simplificada del pedimento ante el módulo del mecanismo de selección automatizado (semáforo fiscal) en las instalaciones de la aduana. El mecanismo se activa al momento en que se lee el código de barras impreso en el pedimento y arrojara un resultado: reconocimiento aduanero o desaduanamiento libre. El reconocimiento aduanero es la revisión documental y examen de las mercancías de importación, así como de sus muestras, para allegarse de los elementos que permitan a las autoridades aduaneras, cerciorarse de la veracidad de lo declarado, ante la autoridad aduanera, así como del cumplimiento de las disposiciones que gravan y regulan la entrada o salida de mercancías del territorio nacional.
El reconocimiento aduanero se practica en el recinto fiscal (la aduana) por funcionarios del Servicio de Administración Tributaria denominados verificadores aduanales, los cuales son asignados de manera aleatoria para la revisión de las mercancías mediante el sistema. Durante el reconocimiento aduanero el verificador podrá solicitar que bajen las mercancías del medio de transporte para revisar sus características físicas a efecto de constatar que la fracción arancelaria declarada en el pedimento sea correcta; revisará la documentación anexa al pedimento que fue transmitida de manera electrónica para constatar que sea congruente y ampare la mercancía que se presenta; verificará que se cumpla con las regulaciones y restricciones no arancelarias correspondientes para que la mercancía puedan importarse y finalmente, comprobará que se hayan pagado de manera correcta las contribuciones aplicables. En aquellos casos en los que por las características de la mercancía ésta sea de difícil identificación y no se tenga certeza respecto a la clasificación arancelaria (ejemplo: productos químicos, textiles, etc.) la autoridad podrá tomar una muestra de la mercancía para enviarla a un laboratorio del SAT, con la finalidad de que sea analizada y se pueda determinar la fracción correspondiente. Si durante la revisión la autoridad no detecta ninguna irregularidad permitirá la salida inmediata del medio de transporte en el que se presenten las mercancías ante la aduana. Las autoridades aduaneras, en ejercicio de sus facultades, podrán emplear los sistemas, equipos tecnológicos, cualquier otro medio o servicio con que se cuente y que facilite el reconocimiento, la inspección o la verificación de las mercancías; a estos se les denomina medios no intrusivos para la revisión de las mercancías y consisten en rayos x, rayos gamma y binomios caninos. Cuando la autoridad aduanera detecte alguna irregularidad en la mercancía o en la información asentada en el pedimento se levantará un acta circunstanciada de hechos donde se describa tal situación y se indique el fundamento legal que se aplica al caso en particular. Estos procedimientos aduaneros, de manera general pueden tener 2 vertientes: una irregularidad grave en la cual se embarga precautoriamente la mercancía, es decir queda bajo resguardo de la autoridad aduanera hasta en tanto el importador solventa la irregularidad detectada y las irregularidades simples en las que únicamente se hace acreedor a una multa pero puede retirar la mercancía de la aduana. Ejemplos de una irregularidad grave: no cumplir con una regulación y restricción no arancelaria, mercancía de no declarada, que el domicilio o nombre del proveedor en el extranjero sea falso o inexistente, valor declarado inferior en un 50% al valor de transacción de mercancías idénticas.