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jurisprudenci aguia para analiis
Tipo: Apuntes
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Nombre Fecha Curso
1. CONTEXTO. (ideas claras; frases cortas. Use viñetas) 1.1. IDENTIFICACIÓN. Número Se trata de la forma en la que se identifica la sentencia. Inicia con la letra C. Ejemplo: C-001/ Fecha Indique aquí la fecha en la que se adoptó la decisión. Magistrado Ponente Se trata del Magistrado que sustanció la decisión; quien le propuso a la sala que se tomara esa decisión. Se encuentra habitualmente con la sigla MP. Ejemplo: MP Humberto Sierra Porto. Aclaran el voto Indique aquí cuál o cuáles magistrados aclararon su voto. Las aclaraciones de voto se presentan cuando un magistrado se encuentra de acuerdo con la decisión del caso (el Resuelve) pero no con la justificación de la decisión. En ese evento, el magistrado debe esgrimir las razones por las que no se encuentra de acuerdo con la justificación de la Sala y explicar la suya, en un escrito separado que se encuentra después de la sentencia propiamente dicha. Las aclaraciones pueden ser totales o parciales, dependiendo si el Magistrado se encuentra total o sólo parcialmente en desacuerdo con la motivación de la decisión. Salvan el voto Indique aquí cuál o cuáles magistrados realizaron un salvamento de voto. Los salvamentos de voto se presentan cuando un magistrado se encuentra en desacuerdo con la decisión tomada por la sala. En ese evento, el magistrado debe esgrimir su desacuerdo en un escrito separado que se encuentra al final del documento, después del Resuelve aprobado por la mayoría. Los salvamentos de voto pueden ser totales o parciales, dependiendo de si el magistrado
se encuentra total o parcialmente en desacuerdo con lo decidido.
Indique aquí cuál es el “resuelve” de la decisión. Si no es muy largo, puede transcribirlo o copiarlo y pegarlo; sino, puede indicar en qué consistió.
2. ARGUMENTO DE LA DECISIÓN (ideas claras; frases cortas. Use viñetas) 2.1. PROBLEMA JURÍDICO RESUELTO POR LA CORTE (no necesariamente es el enunciado por ella) El problema jurídico es una pregunta que revela la confrontación específica de principios jurídicos para la resolución de un caso. Determina el quid del asunto. Un importante número de veces, el problema jurídico enunciado por la Corte dista de aquel que ella resuelve. Es por esto que el problema jurídico que ella resuelve hay que construirlo. Para ello, aconsejo partir del problema jurídico enunciado por la corte e irlo depurando a medida que la misma ratio decidendi vaya mostrando qué es lo que se pregunta la Corte. En efecto, eventualmente la Corte usa problemas jurídicos muy abstractos o generales que no son los problemas jurídicos apropiados. Así por ejemplo ¿Es contrario a la constitución el artículo X de la ley Y? es un problema jurídico trivial. Es decir, obviamente que se busca saber si la norma demandada es inconstitucional –ese es el objeto del control de constitucionalidad concentrado– pero no permite saber cuál es la confrontación puntual entre principios o categorías jurídicas. El problema jurídico necesita ser mucho más específico para mostrar la tensión entre la norma demandada y la constitución. Un mejor problema jurídico podría ser ¿Se encuentra justificado un tratamiento desigual favorable para las madres cabeza de familia con relación a los padres cabeza de familia en la asignación de un subsidio para la alimentación de sus hijos? Es posible que en una misma sentencia se traten varios problemas jurídicos, por eso el estudiantes debe revisar cuál es el problema jurídico principal de la decisión de acuerdo con el tema por el cual se esté analizando la decisión. Sin embargo, de manera secundaria, es posible analizar otros problemas jurídicos. Sin embargo cada problema jurídico debe verse resuelto mediante una ratio decidendi correspondiente. 2.2. RATIO DECIDENDI (RD) “la razón de la decisión” responde el problema jurídico y es la causa del resuelve (¿por qué la corte decidió de esta manera?) se trata de los argumentos que justifican directamente la decisión. Constrúyala extractando las premisas fundamentales y conectándolas lógicamente (¡no se trata de copiar y pegar extractos de la decisión!) Se trata de la “razón de la decisión”. Responde el problema jurídico y es la causa del resuelve (¿Por qué la Corte decidió de esta manera?) Se trata de una construcción lógica que realiza la Corte para desarrollar las premisas que fundamentan la decisión. En otras palabras, se trata del ARGUMENTO que justifica directamente la decisión. Constrúyala extractando las premisas fundamentales y conectándolas lógicamente ¡no se trata de copiar y pegar extractos de la decisión! De hecho, es posible que la corporación esté insistentemente reiterando una misma idea –puede que haya muchos párrafos escritos– aunque sólo pueda extractarse una sola premisa de allí. Una misma sentencia puede tener tantas ratio decidendi, cuantos problemas jurídicos hayan sido resueltos por la Corte. Sin embargo, habrá una ratio decidendi principal de acuerdo al tema por el cual se analice.
4. COMENTARIO (C): análisis Jurídico de determinados ámbitos interesantes de la Sentencia. refiérase aquí sobre innovación de la decisión; o una paradoja, error, incoherencia o cambio jurisprudencial; su implicación con respecto de algo; etc. (no se trata de explicar qué tan de acuerdo se siente usted frente a la decisión). Se trata un Análisis JURÍDICO de la decisión a partir del conocimiento del estudiante. Por regla general, el análisis debe estar enmarcado sea en la ratio decidendi, sea en tema por el cual se estudia la sentencia. Es posible que, de la lectura de la decisión, usted haya encontrado otros asuntos que llamen su atención y quiera analizarlos. Este también es un espacio para ello, aunque de manera secundaria. De lo que no se trata es de realizar un juicio de aprobación netamente moral de la decisión; es decir, expresar qué tan “bien” o “mal” le parece la misma. Esto no quiere decir que las valoraciones morales estén “prohibidas”. En efecto, es posible que de una determinada valoración moral, pueda iniciarse una interpretación jurídica que la justifique. En ese caso, deberá argumentarse racionalmente la idea. En definitiva, SE TRATA DE UN ESPACIO ABIERTO PARA EL ANÁLISIS DE LA DECISIÓN Y PARA EL DESARROLLO Y CREATIVIDAD DE SU ARGUMENTACIÓN PROPIA. PD: una última recomendación: no exagere; no por llenar más renglones tendrá una mejor calificación. Si su comentario es corto, no hay problema. Lo bueno, si es simple y sencillo, doblemente bueno.