Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Sucesión y mapas mentales de derecho penal, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

Mapas mentales en cuanto a sucesión y sus características, Derecho Penal

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2023/2024

Subido el 01/07/2024

claudia-gonzalez-fiv
claudia-gonzalez-fiv 🇲🇽

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
SUCESIÓN
LEGÍTIMA
Tiene lugar
cuando el
difunto no
dejó
testamento
o habiendo
testamento
fue
declarado
nulo o
perdió
La ley se
encarga por
medio de jueces
en la materia de
ordenar quien
ha de recibir
dichos bienes y
derechos y
obligaciones a
través de un
juicio, dándole
prioridad a los
La sucesión se abre en el
momento en que muere el
autor de la herencia y cuando
se declara la presunción de
muerte de un ausente.
ARTÍCULO 1,599. - La herencia
legítima se abre: I.- Cuando no
hay testamento, o el que se
otorgó es nulo o perdió su
validez; II.- Cuando el testador
no dispuso de todos sus bienes;
III.- Cuando no se cumpla la
condición impuesta al heredero;
IV.- Cuando el heredero muere
antes del testador, repudia la
herencia o es incapaz de
heredar, si no se ha nombrado
ARTÍCULO 1,649. - La
sucesión se abre en el
momento en que muere
el autor de la herencia y
cuando se declara la
presunción de muerte
de un ausente.
Al haber “albacea nombrado” el
deberá promover la reclamación. Y
siendo moroso en hacerlo, los
herederos tienen derecho en pedir su
remoción. El albacea es la persona
nombrada por el autor de la herencia,
cuando es sucesión testamentaria.
ARTÍCULO 1,681. - El testador puede
nombrar uno o más albaceas.
ARTÍCULO 1,682.- Cuando el testador no
hubiere designado albacea o el nombrado
no desempeñare el cargo, los herederos
elegirán albacea por mayoría de votos. Por
los herederos menores votarán sus
legítimos representantes.
ARTÍCULO 1,651. - Habiendo albacea nombrado,
él deberá promover la reclamación a que se
refiere el artículo precedente, y siendo moroso
en hacerlo, los herederos tienen derecho de pedir
su remoción.
ARTÍCULO 1,652. - El derecho de reclamar la
herencia prescribe en diez años y es trasmisible
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Sucesión y mapas mentales de derecho penal y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho solo en Docsity!

SUCESIÓN

LEGÍTIMA

Tiene lugar cuando el difunto no dejó testamento o habiendo testamento fue declarado nulo o perdió La ley se encarga por medio de jueces en la materia de ordenar quien ha de recibir dichos bienes y derechos y obligaciones a través de un juicio, dándole prioridad a los La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente. ARTÍCULO 1,599. - La herencia legítima se abre: I.- Cuando no hay testamento, o el que se otorgó es nulo o perdió su validez; II.- Cuando el testador no dispuso de todos sus bienes; III.- Cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero; IV.- Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, si no se ha nombrado ARTÍCULO 1,649. - La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente. Al haber “albacea nombrado” el deberá promover la reclamación. Y siendo moroso en hacerlo, los herederos tienen derecho en pedir su remoción. El albacea es la persona nombrada por el autor de la herencia, cuando es sucesión testamentaria. ARTÍCULO 1,681. - El testador puede nombrar uno o más albaceas. ARTÍCULO 1,682.- Cuando el testador no hubiere designado albacea o el nombrado no desempeñare el cargo, los herederos elegirán albacea por mayoría de votos. Por los herederos menores votarán sus legítimos representantes. ARTÍCULO 1,651. - Habiendo albacea nombrado, él deberá promover la reclamación a que se refiere el artículo precedente, y siendo moroso en hacerlo, los herederos tienen derecho de pedir su remoción. ARTÍCULO 1,652. - El derecho de reclamar la herencia prescribe en diez años y es trasmisible

Se presentará escrito de apertura de sucesión ante el Juzgado de lo Familiar, en el cual deberá anexarse el acta de defunción del autor, así como los nombres de quienes consideren tienen derecho a heredar sus bienes. Si todos los involucrados están de acuerdo en que alguno de ellos sea el albacea de la ARTÍCULO 1,650. - No habiendo albacea nombrado, cada uno de los herederos puede, si no ha sido instituido conjuntamente con otros, sin que el demandado pueda oponer la excepción de que la herencia no ARTÍCULO 1,653. - Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes. ARTÍCULO 1,656. - La aceptación puede ser expresa o tácita. Es expresa la aceptación si el heredero acepta con palabras terminantes, y tácita, si ejecuta algunos hechos de que se deduzca necesariamente la intención de aceptar, o aquellos que no podría ejecutar sino con su calidad de heredero. ARTÍCULO 1,657. - Ninguno puede ARTÍCULO 1,707. - Los albaceas, dentro de los quince días siguientes a la aprobación del inventario, propondrán al juez la distribución provisional de los productos de los bienes hereditarios, señalando la parte de ellos que cada bimestre deberá entregarse a los herederos o legatarios. ARTÍCULO 1,750. - El albacea definitivo, dentro del término que fije el Código de Procedimientos Civiles, promoverá la formación del inventario. ARTÍCULO 1,751. - Si el albacea no cumpliere lo dispuesto en el artículo anterior, podrá promover la formación de inventario cualquier heredero. ARTÍCULO 1,752. - El inventario se formará según lo disponga el Código de Procedimientos Civiles. Si el albacea no II. Aceptación y repudio de la herencia. Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes. De tal modo, que la herencia dejada a los menores y demás incapacitados será aceptada por sus tutores, quienes podrán repudiarla con autorización judicial, previa audiencia del III. Inventario y liquidación de la herencia. El inventario es el registro documentado de los bienes y todas las cosas que pertenecen a una persona. En este caso a la masa hereditaria con orden y precisión. El albacea definitivo deberá promover la elaboración del inventario dentro de los 10 días siguientes a la aceptación de su cargo. Y si no cumple con esta obligación, cualquier heredero podrá solicitar la información y la