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Solicitud de Medida Cautelar Previa en un Proceso Ejecutivo de Alimentos, Ejercicios de Derecho

Una solicitud de medida cautelar previa en un proceso ejecutivo de alimentos. El demandante, representado por un estudiante de derecho del consultorio jurídico de la universidad libre seccional pereira, solicita el embargo y retención del 50% del salario del demandado, quien trabaja como empleado de cocina en un restaurante, para el pago de cuotas alimentarias, aportes de vestido y aumentos anuales en mora, a favor de sus dos hijos menores de edad. La solicitud se dirige al juez de familia de pereira, con el objetivo de asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias del demandado. El documento detalla la información del demandante, el demandado y los hijos, así como los datos del empleador y los contactos del restaurante. Esta solicitud de medida cautelar previa es un paso crucial en el proceso ejecutivo de alimentos, buscando garantizar el bienestar y el sustento de los menores involucrados.

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 16/05/2024

juan-jose-serna-3
juan-jose-serna-3 🇨🇴

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Señor
JUEZ DE FAMILIA DE PEREIRA (REPARTO)
E. S. D.
REFERENCIA: SOLICITUD DE DECRETO Y PRÁCTICA DE
MEDIDA CAUTELAR PREVIA.
PROCESO: EJECUTIVO DE ALIMENTOS
DEMANDANTE: VIVIANA ISABEL OBANDO GONZALEZ
DEMANDADO: JORGE ALFONSO CARRANZA OSUNA
JUAN JOSÉ SERNA HERRERA, mayor de edad, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 1.004.736.354, estudiante de Derecho y adscrito al Consultorio
Jurídico de la Universidad Libre Seccional Pereira con carné de identificación No.
311112013918, en mi condición de apoderado judicial de la señora VIVIANA
ISABEL OBANDO GONZALEZ, mayor de edad y domiciliada en el municipio de
Pereira, Risaralda, identificada con la cédula de ciudadanía No. 24.695.532,
actuando como madre y representante legal de sus hijos, JUAN JOSÉ
CARRANZA OBANDO y HALAN SANTIAGO CARRANZA OBANDO,
domiciliados en Pereira, Risaralda; mediante el presente escrito
respetuosamente acudo a su despacho para solicitarle, se practique la siguiente
MEDIDA CAUTELAR.
Embargo y retención del 50% del salario que el demandado JORGE ALFONSO
CARRANZA, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número
No. 80.819.218 de Bogotá D.C, percibe como empleado de cocina del
restaurante URBANO RESTAUTRANTE CAFÉ - BAR ubicado en C.C. Parque
Arboleda Cra 14 #5-20 Mall de comidas, C.C. Bolívar Plaza Cra 8 #19-41 local
313 Mall de comidas y C.C. Unicentro Av. 30 de Agosto #2166 local B55B
Mall de comidas, correo electrónico administrativo@urbanorestaurante.com y
teléfonos +57 3135489723 o +57 3105978190 (son el correo y números
telefónicos que aparecen en la página web del restaurante
https://urbanorestaurante.com).
Lo anterior para el pago de capital de la cuota alimentaria en mora, del aporte a
vestido en mora y el aumento anual en mora y de sus correspondientes intereses
moratorios, sucesivos a favor de sus hijos menores de edad JUAN JOSÉ Y
HALAN SANTIAGO CARRANZA OBANDO.
Consecuente con lo anterior, solicito se oficie al pagador y/o empleador de
URBANO RESTAUTRANTE CAFÉ BAR para que descuente el
correspondiente valor y lo ponga a disposición del Despacho en la cuenta de
depósito judicial destinada para tales fines, a favor de mi poderdante.
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Señor JUEZ DE FAMILIA DE PEREIRA (REPARTO) E. S. D. REFERENCIA: SOLICITUD DE DECRETO Y PRÁCTICA DE MEDIDA CAUTELAR PREVIA. PROCESO: EJECUTIVO DE ALIMENTOS DEMANDANTE: VIVIANA ISABEL OBANDO GONZALEZ DEMANDADO: JORGE ALFONSO CARRANZA OSUNA JUAN JOSÉ SERNA HERRERA, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.004.736.354, estudiante de Derecho y adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad Libre Seccional Pereira con carné de identificación No. 311112013918 , en mi condición de apoderado judicial de la señora VIVIANA ISABEL OBANDO GONZALEZ, mayor de edad y domiciliada en el municipio de Pereira, Risaralda, identificada con la cédula de ciudadanía No. 24.695.532, actuando como madre y representante legal de sus hijos, JUAN JOSÉ CARRANZA OBANDO y HALAN SANTIAGO CARRANZA OBANDO, domiciliados en Pereira, Risaralda; mediante el presente escrito respetuosamente acudo a su despacho para solicitarle, se practique la siguiente MEDIDA CAUTELAR. Embargo y retención del 50% del salario que el demandado JORGE ALFONSO CARRANZA , mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número No. 80.819.218 de Bogotá D.C, percibe como empleado de cocina del restaurante URBANO RESTAUTRANTE – CAFÉ - BAR ubicado en C.C. Parque Arboleda Cra 14 #5- 20 – Mall de comidas, C.C. Bolívar Plaza Cra 8 #19-41 local 313 – Mall de comidas y C.C. Unicentro Av. 30 de Agosto #2166 local B55B – Mall de comidas, correo electrónico administrativo@urbanorestaurante.com y teléfonos +57 3135489723 o +57 3105978190 (son el correo y números telefónicos que aparecen en la página web del restaurante https://urbanorestaurante.com). Lo anterior para el pago de capital de la cuota alimentaria en mora, del aporte a vestido en mora y el aumento anual en mora y de sus correspondientes intereses moratorios, sucesivos a favor de sus hijos menores de edad JUAN JOSÉ Y HALAN SANTIAGO CARRANZA OBANDO. Consecuente con lo anterior, solicito se oficie al pagador y/o empleador de URBANO RESTAUTRANTE – CAFÉ – BAR para que descuente el correspondiente valor y lo ponga a disposición del Despacho en la cuenta de depósito judicial destinada para tales fines, a favor de mi poderdante.

Atentamente, JUAN JOSÉ SERNA HERRERA C. C. No. 1.004.736.354 de Pereira Estudiante practicante del Consultorio Jurídico de la Universidad Libre Seccional Pereira.