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Este documento analiza los principios generales de derecho internacional y cómo son aplicados por la corte interamericana de derechos humanos. Se discute la interpretación de los tratados internacionales y la función consultiva de la corte. Además, se examina cómo la corte determina su propia competencia y las condiciones para suspender, limitar o restringir derechos y libertades consagrados en la convención americana sobre derechos humanos.
Tipo: Transcripciones
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Segunda edición: julio, 2015
ISBN: 978-607-729-120-
D. R. © Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F.
Diseño de portada: Flavio López Alcocer
Impreso en México
Primera edición: diciembre, 2012
En agradecimiento a las enseñanzas del Dr. Sergio García Ramírez
10 Comisión Nacional de los Derechos Humanos
2. Los órganos del Sistema Africano...................... 127 A. La Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos................................. 127 B. La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos................................. 130 III. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos....... 133 1. La Organización de Estados Americanos................ 133 A. La Carta de la Organización de Estados Americanos..... 135 2. Los instrumentos del Sistema Interamericano............ 135 A. La Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre..................................... 135 B. La Convención Americana sobre Derechos Humanos.... 136 C. Otras convenciones interamericanas de derechos humanos............................. 141 3. Los órganos del Sistema Interamericano.................. 145 A. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos..... 146 B. La Corte Interamericana de Derechos Humanos........ 152
capítulo cuarto panoraMa de la recepción nacional del derecho internacional de los derechos huManos 163 I. Recepción Nacional del Derecho Internacional de los Derechos Humanos............................... 164 II. Recepción constitucional de los tratados de derechos humanos................................... 165
1. Criterio de primacía jerárquica....................... 166 A. Primacía de la Constitución........................ 167 B. Primacía de los tratados internacionales.............. 168 C. Primacía de los tratados de derechos humanos.......... 168 D. Nivel constitucional de los tratados de derechos humanos 170 E. Otras disposiciones de derechos humanos............. 171 2. Criterio de interpretación............................ 172 3. Control previo de la constitucionalidad................. 174 4. Recepción constitucional en México.................... 175 A. El artículo 133 constitucional y los tratados internacionales.................................. 175 B. El artículo 1o. constitucional y el criterio de interpretación................................. 180 5. Principio pro persona............................... 183
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su recepción nacional 11
III. Adecuación de la normativa interna a las disposiciones de los tratados de derechos humanos...................... 186
1. Adecuación de la normativa interna a los tratados de derechos humanos de Naciones Unidas............... 187 A. Respecto del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos................................ 187 B. Respecto del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales................... 190 2. Adecuación de la normativa interna a los tratados en los Sistemas Regionales de Protección de los Derechos Humanos................................. 193 A. Casos en el Sistema Europeo de Derechos Humanos..... 193 B. Comunicaciones en el Sistema Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos................. 196 C. Casos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos............................ 198 IV. Control de convencionalidad......................... 208
capítulo quinto responsabilidad internacional y consecuencias jurídicas 215 I. Restricciones a los derechos humanos................... 215 II. Responsabilidad internacional del Estado............... 220
1. Responsabilidad internacional........................ 220 2. Consecuencias jurídicas del hecho ilícito................ 224 3. Reconocimiento de responsabilidad internacional......... 228 III. Adecuación constitucional y consecuencias jurídicas..... 229 1. Antecedentes en la Corte Interamericana................ 229 2. Reformas constitucionales que restrinjan o nieguen derechos humanos y los tratados internacionales de derechos humanos................... 236 3. Responsabilidad internacional y adecuación constitucional... 243
consideraciones finales 247
bibliografía 251
l escrito que el lector tiene en sus manos tiene por objeto presentarle una introducción al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y a su recepción nacional. Una parte considerable de su contenido fue obtenida de la investigación realizada para la tesis de Maestría en Derecho de quien es- cribe, pero fue enriquecido, actualizado y adaptado para que sea de la mayor utilidad posible para toda persona interesada en estos temas. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos es una rama del Dere- cho Internacional Público, que incorporó a las personas como sujetos de de- recho internacional, que por su naturaleza y amplitud progresiva requiere de un estudio particular. Aunado a lo anterior, en México, en 2011 tuvieron lugar las reformas constitucionales en materia de amparo y de derechos hu- manos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 6 y 10 de junio, y las conclusiones del expediente varios 912/2010 que emitió la Su- prema Corte de Justicia de la Nación con motivo del cumplimiento de la sentencia del Caso Radilla Pacheco vs. México de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuestiones que, sin discusión, han constituido un parteaguas en materia de derechos humanos en el país y que hacen oportu- na la difusión de la rama de estudio que se examina. El escrito está dividido en cinco capítulos. El primero comienza con un panorama de la protección de los derechos humanos en México, para con- textualizar el estudio del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Se analizan las fuentes del derecho internacional, con especial atención en las particularidades en materia de derechos humanos. Tradicionalmente, las
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fuentes del derecho internacional sólo eran empleadas por los tribunales in- ternacionales; sin embargo, con la necesidad de aplicar el control de con- vencionalidad , ahora también lo son por el juzgador nacional; lo anterior me llevó a introducir la reflexión sobre el desdoblamiento de estas fuentes e incluir en el análisis la interpretación de tratados de derechos humanos hecha por un órgano supranacional. Se finaliza el capítulo con algunas no- tas sobre el derecho de los tratados. En el capítulo segundo, dedicado al Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, se esquematizan sus órganos e instrumentos prin- cipales, para brindar al lector una visión panorámica que le sirva de guía. Para su desarrollo fue de mucha utilidad la Colección de fascículos que lle- va el mismo nombre del capítulo, publicada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en 2012, la cual reúne el trabajo de varios estudio- sos en la materia. El capítulo tercero se dedica a la protección regional de los derechos hu- manos; su objetivo, igual que en el capítulo anterior, es esquematizar los ins- trumentos y órganos principales de cada uno de los sistemas regionales. Se profundiza, en particular, en el Sistema Interamericano de Derechos Huma- nos, por ser al que pertenece México. Los capítulos mencionados pretenden contribuir con la labor de difun- dir los conocimientos esenciales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Las reformas al Tribunal Europeo de Derechos Humanos por la aprobación del Protocolo 14 al Convenio Europeo de Derechos Humanos, la vasta jurisprudencia de ese tribunal, la reciente instauración de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y el que no esté disponible en español la gran parte de la información oficial de estos sistemas regiona- les son elementos que pueden tornar complejo su estudio, particularmente para operadores jurídicos inmersos en sus obligaciones cotidianas, por lo que considero que el presente escrito puede auxiliar en la divulgación de estos temas. El capítulo cuarto está dedicado a la recepción nacional del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que es de vital importancia porque los tratados internacionales de derechos humanos no sólo establecen la obli- gación a los Estados partes de respetar los derechos humanos, sino de adop- tar diversas medidas legislativas, administrativas o de cualquier índole para su cumplimiento. De ahí la importancia de los denominados puentes de recep- ción de esta rama de estudio: cultural, constitucional, legal, jurisdiccional y político, planteados por el ex juez de la Corte Interamericana de Derechos
a protección del ser humano ha sido un punto de encuentro importante entre el derecho constitucional y el derecho internacional.^1 El objetivo de nuestro estudio, en esta ocasión, es el Derecho Internacional de los De- rechos Humanos (DIDH). El presente capítulo se dividirá en cuatro apartados. En el primero se brindará un esquema general de la protección material y de las garantías de derechos humanos en México, con la finalidad de mostrar la estrecha rela- ción entre el derecho nacional y el derecho internacional en la materia. Se incluye un cuadro sobre este tema al final del capítulo. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos es una rama del De- recho Internacional Público (DIP), aunque con características propias y as- pectos que lo distinguen de otras ramas, lo cual se examinará en el segundo apartado. En el tercero, se parte del análisis de las fuentes del derecho inter- nacional, puntualizando en las particularidades que se presentan en materia de derechos humanos; también se incorpora al final del capítulo un cuadro sobre esta materia. Finalmente, se expondrán algunos aspectos fundamentales del Derecho de los Tratados, toda vez que los tratados internacionales de derechos hu- manos serán una de las fuentes más exploradas en el resto de los capítulos.
(^1) José Luis Caballero Ochoa, La incorporación de los tratados internacionales sobre dere- chos humanos en España y México , p. 335.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su recepción nacional 19
derechos civiles y políticos; los económicos, sociales y culturales, así como la prohibición de la discriminación racial y contra las mujeres; los derechos de las niñas y los niños; los derechos de los trabajadores migratorios; los de- rechos de las personas con discapacidad; la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, y la protección contra las desapari- ciones forzadas. En México, en 1975 entró en vigor la Convención Internacio- nal sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial; en 1981 nuestro país ratificó los dos Pactos Internacionales de Naciones Unidas y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y, a partir de enton- ces, progresivamente ha firmado y ratificado diversos tratados internacio- nales de derechos humanos, como se expondrá en los siguientes capítulos. En este contexto, podemos observar que la protección sustantiva de los derechos humanos tiene una fuente constitucional y otra internacional. Lo an- terior fue reiterado y fortalecido en México con las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011. En- tre las modificaciones constitucionales destaca el cambio de la denominación del Título Primero, Capítulo I, a “De los Derechos Humanos y sus garan- tías”, con ello, además de armonizar con la denominación universalmente aceptada, no se aparta de la intención original del constituyente, según pre- cisó la Cámara de Senadores.^6 El corazón de esa reforma constitucional se encontró en el artículo 1o. constitucional,^7 el cual, en sus primeros párrafos a la letra señala:
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados in- ternacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garan- tías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de confor- midad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
En el primer párrafo se modificó el término “individuo” por el de “perso nas”, que atiende a la inclusión de lenguaje de género.^8 Se modificó el térmi
(^6) Mireya Castañeda, “Crónica de la reforma constitucional en materia de derechos humanos en México”, en Derechos Humanos México , Nueva Época, año 6, núm. 17, pp. 108 y ss. Cámara de Senadores, Gaceta del Senado , 8 de abril de 2010, p. 151. (^7) Cámara de Senadores, Gaceta del Senado , 8 de abril de 2010, p. 152. (^8) Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria , 23 de abril de 2009, p. 44.
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no “otorgar” por “reconocidos”, lo cual implica una afirmación de los dere- chos como inherentes a las personas.^9 Se realizó un amplio reconocimiento de los derechos humanos, dando un carácter constitucional tanto a los reco- nocidos en el texto constitucional como a los consagrados en los tratados internacionales de los que México es parte. En el segundo párrafo se esta- blece un criterio de interpretación de las normas relativas a derechos huma- nos, de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte, “favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia”. En el capítulo cuarto se contextuali- za este segundo párrafo con un estudio comparado entre diversas constitucio- nes y se profundiza sobre su análisis y la del artículo 133 constitucional. Entre otras de las modificaciones se encuentra la realizada al artículo 15, en lo referente a la prohibición de celebrar tratados en ciertas materias, se incor- poró la prohibición para aquellos que atenten contra los derechos humanos reconocidos en la Constitución o en tratados de los que México sea parte. En este orden de ideas, en México los derechos humanos se encuentran reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano. Tienen una doble fuente: una nacional y otra internacional, la cual debe de incor- porarse en el resto del ordenamiento jurídico nacional.^10
2. Mecanismos de protección de los derechos humanos
Además de la protección sustantiva o material de los derechos humanos, se fueron desarrollando mecanismos para su garantía, tanto a nivel nacional como internacional. Este tipo de protección de los derechos humanos se pue- de dividir en: 1) no jurisdiccional, y 2) jurisdiccional.
A. La protección no jurisdiccional de los derechos humanos
Es aquella emitida por organismos facultados para la protección de los de- rechos humanos, pero que no tienen el carácter de tribunales y, por tanto,
(^9) Idem. (^10) A junio de 2012 se encontraban en discusión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana la Contradicción de Tesis de los amparos directos 1060/2008, 344/2008 y 623/2008, en la que se está discutiendo si es factible dar una denominación. En la doctrina y en tribunales de otros países, como en Francia y Colombia, se ha comenzado a utilizar el de “bloque de constitu- cionalidad”.