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sideral carrion av fresias, Apuntes de Enfermería

estudios de mayor nivel y que vi

Tipo: Apuntes

2023/2024

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NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD 1. FINALIDAD Contribuir a la disminución de la morbilidad y mortalidad por tuberculosis (TB) en el país. 2. OBJETIVOS 2.1 OBJETIVO GENERAL Establecer los criterios y procedimientos técnicos de las intervenciones sanitarias en el cuidado integral por curso de vida de la prevención y contro! de la TB en la población afectada o con factores de riesgo. 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2.2.1 Establecer los criterios clínicos y programáticos del cuidado integral por curso de Vida para la prevención y control de la TB en la población afectada o con factores de riesgo. 2.2.2 Establecer el uso de las estrategias de abordaje de la promoción de la salud con enfoque de equidad y derechos en salud, equidad de género, interculturalidad y gestión territorial intersectorial y multisectorial en la población afectada o con factores de riesgo 2.2.3 Establecer los procedimientos organizacionales de las intervenciones sanitarias en los servicios de salud por niveles de atención para la prevención y control de la TB en la población afectada o con factores de riesgo. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Norma Técnica de Salud es de cumplimiento obligatorio en todos los establecimientos de salud del Ministerio de Salud - MINSA, Seguro Social de Salud - EsSalud, Sanidad de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policla Nacional del Perú, Instituto Nacional Penitenciario, los Gobiernos Regionales y Gobiernos locales, así como en los establecimientos de salud privados o mixtos de todo el pais. 4. BASE LEGAL - Ley N* 26842, Ley General de Salud, y sus modificatorias. - Ley N"27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias. - Ley N*27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias. - Ley N? 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud. - Ley N* 30287, Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú. - Ley N” 30421, Ley Marco de Telesalud, y su modificatoria, - Ley N' 30885, Ley que establece la conformación y el funcionamiento de las Redes Integradas de Salud (RIS) - Decreto Legislativo N* 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias - Decreto Supremo N* 021-2016-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N* 30287, Ley 1 NTS N*200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú, y su modificatoria. - Decreto Supremo N* 008-2010-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N” 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. - Decreto Supremo N” 013-2014-SA, que dicta disposiciones referidas al Sistema Peruano de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. - Decreto Supremo N* 020-2014-SA, que aprueba el Texto Única Ordenado de la Ley N* 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal de Salud. Decreto Supremo N* 027-2015-SA que aprueba el Reglamento de la Ley N” 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Decreto Supremo N* 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias. Decreto Supremo N* 005-2021-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N* 30421, Ley Marco de Telesalud y del Decreto Legislativo N*1490, Decreto Legislativo que fortalece los alcances de Telesalud. - Decreto Supremo N” 026-2020-SA, que aprueba la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 "Perú, País Saludable". - Resolución Ministerial N* 506-2012/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N* 046- MINSA/DGE-V.01, que establece la Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública. - Resolución Ministerial N*719- 2015/MINSA, que aprueba la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control de la Diabetes Mellitus tipo 2 en el Primer Nivel de Atención - Resolución Ministerial N* 1069-2017/MINSA, que aprueba Directiva Administrativa N* 242-MINSA/2017/DGAIN "Directiva Administrativa que establece la Cartera de Atención de Salud en los establecimientos de salud en el primer nivel de atención”. - Resolución Ministerial N* 1095-2017/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N* 079- MINSA/2017/CDC "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis” - Resolución Ministerial N* 895-201B/MINSA, que aprueba la NTS N% 143- MINSA/2018/DGIESP “Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de la Coinfección Tuberculosis y Virus de la Inmunodeficiencia Humana en el Perú". Resolución Ministerial N” 926-2019/MINSA, que aprueba la "Guia Técnica para la investigación Epidemiológica de Brotes y otros Eventos de importancia en Salud Pública (EVISAP) relacionados con Tuberculosis” Resolución Ministerial N* 030-2020/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: Modelo de Cuidado Integral de Salud por Curso de Vida para la Persona, Familia y Comunidad (MC). Resolución Ministerial N* 1024-2020-MINSA, que aprueba la NTS N” 169- MINSA/2020/DGIESP "Norma Técnica de Salud de Atención Integral del Adulto con Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH). - Resolución Ministerial N? 884-2022-MINSA que aprueba la NTS N” 196-MINSA/DGIESP- 2022 "Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación” 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 DEFINICIONES OPERATIVAS 5.1.1 Acción intergubernamental: Es el trabajo integrado entre los niveles de gobierno nacional, regional y local para alcanzar un objetivo compartido. En el contexto de un estado descentralizado, la acción intergubernamental contribuye al desarrollo NTS N' 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 5.1,13 5,1.14 51.15 5.1.16 5.1,17 FAMILIA Y COMUNIDAD enfermedad extrapulmonar activa. La afección pleural o ganglionar intratorácica, sin anormalidades radiográficas en parénquima pulmonar, constituyen un caso de TB extrapulmonar, Caso de TB pediátrica: Se denomina así a la persona menor de 18 años de edad con diagnóstico de TB pulmonar o extrapulmonar, puede ser: TB pediátrica confirmada, definida por un estudio bacteriológico positivo (baciloscopia, prueba molecular rápida o cultivo) para Mycobacterium tuberculosis (M. tuberculosis) o una muestra histológica compatible con TB. TB pediátrica probable, definida como la presencia de 3 o más de los siguientes criterios: » Clínico: Tos, fiebre y pérdida de peso. = Epidemiológico: Exposición a un caso de TB activa » Radiológico: Hallazgos en radiografía de tórax compatibles con TB. = — inmunológico: La prueba cutánea de PPD (sigla en inglés de Derivado Proteico Purificado) o Prueba IGRA (sigla en inglés de Interferon Gamma Release Assay) positiva. De todos los criterios mencionados, los de mayor importancia son los criterios clinico y radiológico; y, podría ser suficiente tan sólo la presencia de estos 2 Caso de TB según resistencia a medicamentos: Según el perfil de resistencia se clasifica en: a. Caso de TB resistente a Isoniacida (TB rH): Se denomina asi a la persona con TB causada por M. tuberculosis con resistencia detectada a la Isoniazida (H) y no detectada a la Rifampicina (R) b. Caso de TB resistente a Rifampicina (TB RR): Se denomina asi a la persona con TB causada por M. tuberculosis con resistencia detectada a la Rifampicina. c. Caso de TB multidrogorresistente (TB MDR): Se denomina así a la persona con TB causada por M. tuberculosis con resistencia detectada simultáneamente a la Isoniacida y a la Rifampicina. d. Caso de TB pre extensamente resistente (TB Pre XDR): Se denomina así a la persona con TB que cumple la definición de MDR/RR y resistencia detectada a cualquier fluoroquinolona e. Caso de TB extensamente resistente (TB XDR): Se denomina asi a la persona con TB que cumplen la definición de TB RR/MDR, y con resistencia detectada a cualquier fluoroquinolona y resistencia al menos a un medicamento adicional del Grupo A (Bedaquilina, Linezolia). f. Caso de TB polirresistente: Se denomina asl a la persona con TB con resistencia detectada a más de un medicamento antituberculosis, sin cumplir criterio de TB MDR. Caso indice: Se denomina así a la persona con diagnóstico de TB en la que se centra una investigación de contactos. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST): Es un órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos. Condición de ingreso según antecedente de tratamiento: Según la historia de tratamiento previo o no, se clasifica en: a. Caso nuevo: Se denomina así a la persona con diagnóstico de TB que nunca ha recibido tratamiento antituberculosis o que ha recibido tratamiento menos de 30 4 NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 5,1,18 5.1.19 5.1.20 5.1.21 5.1.22 5.1.23 5.1.24 5.1,25 FAMILIA Y COMUNIDAD dias consecutivos. b. Caso antes tratado: Se denomina así a la persona con diagnóstico de TB con antecedente de haber recibido tratamiento antituberculosis por 30 dias o más. Se clasifica en las siguientes condiciones: - Recaida: Cuando la persona con diagnóstico de TB que culminó un esquema de tratamiento antituberculosis con condición de egreso curado o tratamiento completo, vuelve a ser diagnosticada con TB. - Pérdida en el seguimiento recuperado: Cuando la persona con diagnóstico de TB no concurrió a recibir tratamiento por más de 30 días consecutivos, tuvo como condición de egreso "pérdida en el seguimiento” y es captada nuevamente por el E.S. para reiniciar tratamiento. - — Tratamiento fallido: Cuando la persona con diagnóstico de TB ingresa a un nuevo tratamiento luego de haber terminado o cambiado permanentemente a un nuevo esquema de tratamiento, debido a las siguientes causas y Fracaso bacteriológico: Cuando la persona con diagnóstico de TB tiene baciloscopia o cultivo de esputo positivo a partir del cuario mes de tratamiento para TB sensible. Para el caso de TB resistente, se considera a la falta de conversión bacteriológica luego de 4 meses de tratamiento o reversión bacteriológica luego de 5 meses de tratamiento previa conversión para esquemas acortados. Para esquemas prolongados, se considera fracaso bacteriológica la falta de conversión bacteriológica al final de la fase intensiva o reversión bacteriológica en la fase de continuación después de la conversión, Ausencia de respuesta clínica Reacción adversa medicamentosa., Y Evidencia de drogorresistencia o resistencia adicional a los medicamentos del esquema de tratamiento, Los casos nuevos y las recaldas de TB operacionalmente deben ser reportados por la Estrategia Sanitaria de Prevención y Control de Tuberculosis (ESPCT) del E.S. en el SIGTB, dentro de la incidencia de TB. Consejería de pares: Es un proceso de intercambio de información, diálogo y experiencias entre 2 o más personas que comparten la misma condición de ser afectadas por la misma enfermedad y experiencias de vida muy similares entre sí Consejero/a par de TB: Se denomina así a la persona afectada por tuberculosis (PAT) curada o que se encuentra en los últimos 3 meses de tratamiento quien permite compartir sus conocimientos y vivencias, a través del acompañamiento y soporte emocional a otro PAT. Contacto: Persona que tiene o ha tenido exposición con el caso indice y comparten o compartieron el mismo domicilio o frecuentaron el mismo espacio. Contacto censado: Es el contacto identificado y registrado en la tarjeta para registro de caso y control de tratamiento del caso indice, así como en el SIGTB, Contacto examinado: Es el contacto censado al que se le realizan los siguientes exámenes: Clínico, radiológico, inmunológico (PPD o IGRA) y bacteriológico, según sea el caso. Contacto controlado: Es el contacto examinado, en el que se ha descartado TB, habiéndose cumplida con todos los controles programados. Control de infecciones respiratorias: Conjunta de medidas destinadas a prevenir la transmisión de la TB entre personas dentro de los E.S., la vivienda del/a afectado/a por TB y áreas de congregación de personas, Consta de 3 componentes: Medidas administrativas, control ambiental y protección respiratoria Conversión bacteriológica: Se considera cuando se tienen 2 cultivos negativos 5 NTS N* 200 -MINSAJDGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 5,1.38 5,1.39 5.1.40 5.1.41 5.1.42 5.1.43 5,1.45 5.1.46 5,1.47 5.1.48 5.1.49 5.1.50 5.1.51 5.1.52 FAMILIA Y COMUNIDAD durante todo el tratamiento de esquemas para TB sensible. Médico tratante: Médico cirujano encargado/a de la atención de las PATs en el ES. Médico consultor/a: Médico capacitado/a en el manejo y seguimiento de los casos de TB sensible y TB resistente, que es acreditado/a mediante acto resolutivo por la DIRIS/DIRESA/GERESA o la que haga sus veces. Organización de Afectados por Tuberculosis (OAT): Es una organización legalmente constituida por personas afectadas y/o ex afectados por TB que promueve y vigila los derechos y responsabilidades de las PATs. Esta debe estar acreditada en cumplimiento a Ley N” 30287, Ley de la prevención y control de la tuberculosis en el Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N* 021-2016-SA, Organización de la Sociedad Civil (OSC): Grupo de ciudadanos voluntarios sin fines de lucro que se organiza a nivel local, nacional o internacional. Son la expresión de la iniciativa de los ciudadanos para alcanzar el bienestar común, abogar por el bien público y asumir responsabilidades frente al conjunto de la sociedad. Están incluidas las OATSs Población cerrada: Conjunto de personas que conviven en forma permanente o casi permanente dentro de una institución de tránsito restringido, como prisiones, asilos, albergues, fuerzas armadas y policiales, hospitales psiquiátricos, centros de rehabilitación de adicciones, otros. Población itinerante: Personas que se desplazan frecuentemente fuera de su residencia habitual por motivos laborales, como choferes de carga o buses, comerciantes de ferias, comunidad de trabajadores/as del campo, comunidad de mineros/as ilegales, otros. Población semicerrada: Conjunto de personas que comparten espacio fisico por más de 6 horas al dia dentro de una institución, coma guarderias, escuelas, universidades, centros laborales, otros. Población con vulnerabilidad sanitaria: Son grupos de personas con condición de salud que denota desventaja para resistir o sobreponerse ante una enfermedad, riesgo de enfermar o morir. Incluye población infantil, personas con VIH, TB, diabetes mellitus (DM), cáncer y otras enfermedades inmunosupresoras. Prevención primaria: Son las medidas orientadas a evitar la aparición de la enfermedad mediante el control de sus causas y factores de riesgo: implica medidas de protección de la salud. Prevención secundaria: Son las medidas que se dirigen al diagnóstico temprano y tratamiento oportuno de las personas enfermas y la reducción de consecuencias graves de la enfermedad, con la finalidad de evitar su propagación. Prevención terciaria: Es el conjunto de acciones dirigidas a reducir el progreso y las complicaciones de una enfermedad ya establecida en la persona, mediante la aplicación de medidas orientadas a reducir secuelas y discapacidades, minimizar el sufrimiento y facilitar la adaptación de los pacientes a su entorno o promover su reincorporación a sus actividades rutinarias. Presupuesto por resultados (PpR): Estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a productos y resultados medibles a favor de la población. Problemas de salud mental: Comprenden los problemas psicosociales y los trastornos mentales y del comportamiento de las personas. Problema psicosocial: Dificultad generada por la alteración de la estructura y dinámica de las relaciones entre las personas o entre estas y su ambiente (ejemplo violencia basada en género, maltrato infantil). Productos farmacéuticos y dispositivos médicos estratégicos: Son aquellos utilizados por las intervenciones sanitarias que, por especificidad, caracteristicas del mercado y costos, son suministrados por compra nacional a cargo del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES) o la que 7 a NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD: haga sus veces 5.1.53 Productos farmacéuticos y dispositivos médicos de soporte: Son aquellos productos farmacéuticos y dispositivos médicos no estratégicos y que son adquiridos por las unidades ejecutoras o la que haga sus veces, 5.1.54 Prueba de ajuste de la mascarilla N95 o respirador descartable N95: Evaluación del ajuste facial que controla el sellado entre el respirador y la cara, que contribuye a garantizar que dicho producto es adecuado para su uso, y que debe realizarse durante la adquisición del mismo. 5.155 Pruebas de sensibilidad (PS) a medicamentos antituberculosis: Exámenes bacteriológicos a partir de muestras de esputo, biopsias u otros fluidos corporales, gue permiten detectar la resistencia a medicamentos antituberculosis. 5.1.56 Reacción adversa a medicamentos antituberculosis (RAM): Respuesta nociva y no intencionada que ocurre a dosis normalmente utilizadas del medicamento con fines terapéuticos. 5.1.57 Recursos Estratégicos en Salud (RES): Son los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios que el MINSA reconoce como esenciales en los petitorios nacionales correspondientes elaborados de conformidad a lo establecido en la Ley N” 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios y sus listas complementarias, aprobados mediante Resolución Ministerial. Además, los plaguicidas, productos veterinarios y otros de uso en salud que la Autoridad Nacional en Salud defina como tales por su importancia para la implementación de las estrategias e intervenciones sanitarias y aplicación de políticas públicas en salud. 5.1.58 Resultado de tratamiento para TB sensible: Según resultado de tratamiento se clasifica en: a. Curado: Cuando la PAT tiene confirmación bacteriológica al inicio del tratamiento, y al concluir el esquema de tratamiento, cuenta con resultado de baciloscopia o cultivo negativo en el último mes de tratamiento. b. Tratamiento completo: - Cuando la PAT tiene confirmación bacteriológica al inicio del tratamiento, concluye el esquema de tratamiento con buena evolución y en quien no fue posible realizar la baciloscopía de esputo en el Último mes de tratamiento. - — Cuando la PAT está sin confirmación bacteriológica al inicio del tratamiento y concluye el esquema de tratamiento con buena evolución, c. Éxito de tratamiento: Resultado de la suma del número de pacientes con la condición de egreso "curado" y "tratamiento completo". d. Tratamiento fallido: Cuando la PAT ha tenido un esquema de tratamiento que necesitaba ser terminado o cambiado permanentemente a un nuevo esquema de tratamiento Las causas de cambio de esquema de tratamiento incluyen: Y Fracaso bacteriológico: Cuando la PAT tiene resultado de baciloscopia o cultivo de esputo positivo a partir del cuarto mes de tratamiento, Y” Ausencia de respuesta clínica o radiológica al cambio de fase, determinada por el/la médico consultoría Y” Reacción adversa medicamentosa. vw Evidencia de drogorresistencia e. Fallecido/a: Cuando la PAT fallece por cualquier causa antes de comenzar o durante el tratamiento de TB. f Pérdida en el seguimiento; Cuando la PAT no inició tratamiento o que inicia tratamiento y lo descontinúa por 30 días consecutivos o más, 8 NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 51.66 5.1.67 5.1.68 5.1.69 5.1.70 5.1.71 5.1.72 5.1.73 5.1.74 5.1.75 5.1.76 5.1.77 FAMILIA Y COMUNIDAD el Libro de Registro de Detección de Tuberculosis. Sintomáticos respiratorios examinados (SREx): Es el SRI en el que se ha obtenido por lo menos un resultado bacteriológico. Sintomáticos respiratorios examinados con bacteriología confirmada: Es el SREx con resultado de bacteriología positiva (baciloscopia, cultivo o prueba molecular rápida positiva). Sociedad civil: Conjunto de organizaciones sociales y redes de ciudadanos que mantienen su independencia frente al estado que están presentes en la vida pública, que pertenecen y / o representan los intereses de la comunidad con perspectivas filantrópicas, éticas, culturales, étnicas, religiosas y cientificas, entre otros, Supervisoría de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST): Trabajador/a capacitado/a y designado/a por los/as trabajadores/as en las empresas, organizaciones, instituciones o entidades públicas, incluidas las Fuerzas Armadas y policiales con menos de 20 trabajadores/as. Teleconsulta: Es la consulta a distancia que se realiza entre un/a profesional de la salud, en el marco de sus competencias, y una persona usuaria mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), con fines de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos, según sea el caso; cumpliendo con las restricciones reguladas a la prescripción de medicamentos y demás disposiciones que determine el Ministerio de Salud Teleinterconsulta: Es la consulta a distancia mediante el uso de las TICs, que realiza un personal de la salud a un/a profesional de la salud para la atención de una persona usuaria, pudiendo esta estar o no presente, con fines de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos según sea el caso, cumpliendo con las restricciones reguladas a la prescripción de medicamentos y demás disposiciones que determine el Ministerio de Salud Teleinformación, educación y comunicación: Es la comunicación a distancia, mediante el uso de las TICs, que permite ampliar o precisar los conocimientos que se tienen sobre salud, y está dirigido a la población en general o a un sector de esta, para difundir estilos de vida saludable, el cuidado de su salud, familia y comunidad. Telemonitoreo: Es la monitorización o seguimiento a distancia de la persona usuaria, en las ¡PRESS, en las que se transmite la información clínica de la persona usuaria y, si el caso lo amerita según criterio médico, los parámetros biomédicos y/o exámenes auxiliares, como medio de control de su situación de salud. Se puede o no incluir la prescripción de medicamentos de acuerdo al criterio médico y según las competencias de otros/as profesionales de la salud. Teleorientación: Es el conjunto de acciones que desarrolla un/a profesional de la salud mediante el uso de las TICs, para proporcionar a la persona usuaria de salud, consejeria y asesoria con fines de promoción de la salud, prevención, recuperación o rehabilitación de las enfermedades Telesalud: Servicio de salud a distancia prestado por personal de la salud competente, a través de las TICs, para lograr que estos servicios y sus relacionados, sean accesibles y oportunos a la población. Este servicio se efectúa considerando los siguientes ejes de desarrollo de la Telesalud: La prestación de los servicios de salud, la gestión de los servicios de salud; la información, educación y comunicación con pertinencia cultural y lingúistica; y el fortalecimiento de capacidades al personal de la salud, entre otros. Terapia preventiva de la TB (TPTB): Tratamiento que se ofrece a las personas a quienes se considera en riesgo de enfermar de TB, con el fin de reducir ese riesgo También denominado tratamiento de la infección tuberculosa latente (ITBL) o tratamiento preventivo de la TB. Trastorno mental y del comportamiento: Condición mórbida que sobreviene en una 10 ss NTS N* 200 -MINSAJDOGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD determinada persona, afectando en intensidades variables el funcionamiento de la mente y del comportamiento, el organismo, la personalidad y la interacción social, en forma transitoria o permanente. 5,1.78 Tratamiento directamente observado (DOT): Estrategia de administración de medicamentos mediante la cual ella profesional de salud observa directamente o mediante el uso de las TIC autorizadas por la Autoridad Nacional de Salud, la ingesta de cada uno de los medicamentos indicados para el tratamiento de la TB activa o con ITBL 5,1.79 DOT domiciliario: Es la administración y supervisión del tratamiento para TB o TPTB en el domicilio o lugar de residencia temporal. 5.1.80 DOT institucional: Es la administración y supervisión del tratamiento para TB o TPTB en el E.S. de manera presencial. La supervisión de tratamiento también se puede realizar a través de las TIC, 5.1.81 DOT con red de soporte comunitario: Es un tipo de DOT mediante el cual la administración y supervisión del tratamiento para TB o TPTB se realiza con apoyo de un ECOST, docente, lider comunitario, miembros de OATSs, entre otros. 5.1.82 DOT con red de soporte familiar: Es un tipo del DOT domiciliario, mediante el cual la administración y supervisión del tratamiento para TB o TPTB, se realiza con apoyo de un miembro de la familia o tutor de la persona afectada por tuberculosis. 5.1.83 TB latente o ITBL: Estado en el que se documenta infección por M. tuberculosis a través de PPD o IGRA, sin evidencia de enfermedad activa. 5.1.84 TB drogorresistente o resistente (TB DR): Es aquella con resistencia detectada a fármacos antituberculosis y tratada con medicamentos de segunda linea, es decir, con quimioterapia combinada que incluye otros fármacos diferentes a los de primera línea. 5.185 Transferencia: Proceso por el cual la PAT solicita traslado a otro E.S., por cambio de domicilio, trabajo u otros, para continuar tratamiento antituberculosis 5.1.86 Visita domiciliaria: Estrategia local de seguimiento a la atención ambulatoria, realizada por el personal de la salud o ACS capacitado/a que permite verificar, informar y reforzar sobre las indicaciones del tratamiento y promover prácticas y estilos de vida saludables. 5.1.87 Unidad especializada en tuberculosis (UNET): Ambiente o área de atención de los hospitales e institutos donde se brinda atención especializada a los afectados de TB que cumple con las condiciones de control de infecciones respiratorias y bioseguridad. 5.2 ACRÓNIMOS ACS Agente Comunitario de Salud AG Aspirado gástrico BK Baciloscopia CssT Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo DOT Tratamiento Directamente Observado DPCTB Dirección de Prevención y Control de Tuberculosis ECOST Educador Comunitario de Salud en Tuberculosis El Esputo inducido EPP Equipos de protección personal EKG Electrocardiograma IGRA Interferon Gamma Release Assay ITBL Infección Tuberculosa Latente IPRESS Instituciones Prestadores de Servicios de Salud OAT Organización de Afectados por Tuberculosis PAT Persona Afectada por Tuberculosis PMMA. Plataforma Multifuncional Molecular Automatizada 11 NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD 5.7 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Todas las personas afectadas por TB tienen derecho a la protección de datos personales, el uso de los mismos durante todo el proceso de atención en salud se debe realizar con su consentimiento, bajo responsabilidad del personal a cargo, dando cumplimiento a la Ley N* 29733 y su reglamento aprobado con Decreto Supremo N” 003-2013-JUS. 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6,1 INTERVENCIONES SANITARIAS EN EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD 6.11 PREVENCIÓN Para disminuir el riesgo de infección por M. tuberculosis en la población expuesta se deben realizar las siguientes actividades: 6.1.1.1 6.1.1,2 Inmunizaciones Vacunación con el Bacilo de Calmette - Guerin (BCG) La vacuna BCG se aplica a todos los/as recién nacidos/as. Esta actividad es responsabilidad de todos los E.S. del MINSA y los otros subsectores Todo/a recién nacido/a (0— 28 dias) con peso igual o mayor de 1,500 gramos (1.5 Kg) en el pais debe recibir la vacuna BCG prioritariamente dentro de las 24 horas de nacido/a. Si no la recibe dentro de las 24 horas, administrar la dosis correspondiente lo antes posible durante el primer año de vida (11 meses 29 días). Si no recibe dentro del primer año de vida, administrar la dosis correspondiente hasta los 5 años cumplidos previo descarte de ITBL, de acuerdo con la NTS N” 196-MINSA/DGIESP-2022 Norma Técnica de Salud que establece el esquema Nacional de Vacunación, aprobada con Resolución Ministerial N* 884-2022-MINSA o la que haga sus veces. En caso de los/as recién nacidos/ías de madres con VIH, se debe seguir la NTS N? 159-MINSA/2019/DGIESP Norma Técnica de Salud para la Prevención de la Transmisión Materno infantil del VIH, Sífilis y Hepatitis B, aprobado con Resolución Ministerial N* 1138-2019/MINSA o la que haga sus veces, Respecto a hijos/as de madre con TB, se debe seguir lo dispuesto en el literal a) del subnumeral 6.1.2.7 de la presente Norma Técnica de Salud, referido a TB perinatal. Información y educación El personal de la salud de la ESPCT de los E.S. debe brindar información y educación en salud dirigida a la población en riesgo, persona diagnosticada con TB y su familia respecto a: - Mecanismo de transmisión de la enfermedad, importancia de la prevención, diagnóstico y tratamiento. Uso de mascarilla durante el periodo de contagio. - Hábitos de salud respiratoria: Cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar, desechando el papel usado en un depósito para residuos, o con el antebrazo, en caso no se cuente con este, Promoción de la ventilación natural maximizada (ventana — ventana o ventana — puertas contralaterales) en la vivienda de la PAT, lugar de estudio, trabajo, unidades de transporte público y en los ambientes de las instituciones públicas y privadas. - Otros temas relacionados a la alimentación saludable, salud mental y 13 NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 6.1.1.3 FAMILIA Y COMUNIDAD. derechos y deberes de la PAT. Esta información y educación se brinda también a través de teleinformación y teleeducación Control de infecciones respiratorias - Es responsabilidad de las GERESAs, DIRESAs, DIRIS, redes de salud, institutos especializados, hospitales, centros y puestos de salud públicos y privados, implementar las medidas de control de infecciones respiratorias en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a lo establecido en la presente Norma Técnica de Salud. - Las GERESAS/DIRESAS/DIRIS/Redes de Salud o su equivalente en otras instituciones del Sector Salud, institutos especializados y hospitales deben conformar cada uno de ellos su respectivo Comité de Control de Infecciones Respiratorias. - Cada red de salud, hospital e instituto especializado debe elaborar e implementar el Plan de Control de Infecciones Respiratorias (PCIR). Para los casos de ES. de categoria |-1 a |-4, dicho plan debe ser elaborado por el Comité de Control de Infecciones Respiratorias de la DIRIS, red integral de salud o la que haga sus veces. En los E.S. categoría (1-1, 11-2, 11-E, (11-14, 111-2 e institutos especializados, el PCIR debe ser elaborado por su respectivo Comité de Control de Infecciones Respiratorias. Las DIRIS/DIRESA/GERESA — serán responsables de supervisar la implementación del PCIR en los E.S. de los diferentes niveles de atención de su ámbito jurisdiccional. - La elaboración del PCIR se realiza según la evaluación de riesgos de infecciones respiratorias de cada E.S., en coordinación con el supervisor/a o el CSST del E.S. (Anexo N? 20) Ella directora/a o jefe del E.S. es responsable de la ejecución, monitoreo y evaluación del PCIR. Su implementación compromete a todos los servicios y no solamente a la ESPCT o la que haga sus veces en el E.S - Las actividades del PCIR deben estar incluidas dentro del Plan Operativo Anual, acciones financiadas por el producto especifico del programa presupuestal 0016 TBC-VIH/SIDA, componente TB. En hospitales e institutos especializados deben articularse y/o complementarse con las actividades planificadas por los Comités de Control de Infecciones Intrahospitalarias El personal de la salud tiene la responsabilidad de cumplir estrictamente con las normas de contro! de infecciones respiratorias y bioseguridad - Las medidas de control de infecciones respiratorias deben ser implementadas en todos los servicios de los E.S,, con mayor énfasis en aquellas áreas de elevado riesgo de transmisión, según el orden de prioridad, de acuerdo al siguiente detalle: a. Medidas de control administrativo Es la primera medida de control de infecciones respiratorias. Son medidas de gestión que buscan reducir el riesgo de transmisión de la TB al disminuir la exposición del personal de la salud y de las personas que acuden al E.S con M. tuberculosis. Las medidas de control administrativo deben permitir: + Tamizaje de personas con signos y síntomas probables de TB o con enfermedad diagnosticada en todos los ambientes asistenciales (consulta externa, emergencia, hospitalización, servicios de apoyo, entre otros) y áreas administrativas. 14 NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 6.1.1.4 6.1.1.5 FAMILIA Y COMUNIDAD Bioseguridad El personal de salud de los E.S. de los diferentes niveles de atención donde se brinda atención a las PAT o casos probables de TB, deben cumplir con brindar servicios de salud cuidando con desarrollar acciones de bioseguridad de acuerdo con la NTS N*153-MINSA/2019/INS "Norma Técnica de salud sobre Preparación, Embalaje y Documentación para el Transporte Seguro de Sustancias Infecciosas” aprobada por Resolución Ministerial N* 469- 2019/MINSA o la que haga sus veces, y la NTS N*161-MINSA/2020/DGAIN “Norma Técnica de salud para el uso de los Equipos de Protección Personal por los trabajadores de las Instituciones Prestadoras de Servicios en Salud", aprobada por Resolución Ministerial N* 456-2020/MINSA o la que hagan sus VECES. El personal de la salud de los servicios de laboratorio donde se procesan muestras para el diagnóstico de TB en los diferentes niveles de atención debe implementar medidas de bioseguridad durante la manipulación, conservación, transporte, procesamiento y eliminación de las muestras biológicas u otro material infeccioso, de acuerdo con el Documento Técnico: Manual de Procedimientos de la Baciloscopia para el Diagnostico Bacteriológico de la Tuberculosis, aprobado con Resolución Ministerial N”613-2022/MINSA, Documento Técnico: Manual de Pruebas de Sensibilidad a Drogas Antituberculosis aprobado con Resolución Ministerial N"849-2022/MINSA, Documento Técnico: Manual de Pruebas Moleculares para el Diagnostico Bacteriológico y de Sensibilidad de la Tuberculosis, aprobado con Resolución Ministerial N*906-2022/MINSA y el Documento Técnico: Manual de Procedimiento para el Diagnostico Bacteriológico de la Tuberculosis Mediante Cultivos, aprobado con Resolución Ministerial N*1071-2022/MINSA o las que hagan sus veces. Estudio de contactos El personal de la salud de los E.S, debe - Realizar la identificación y evaluación en el E.S., lugar de residencia o espacios de intervención a los contactos de las PAT en quienes descartar TB activa, evidenciar ITBL y según ello determinar la indicación de TPTB. - Realizar el estudio en todos los contactos de los casos indices con TB pulmonar como extrapulmonar, sensible y resistente a medicamentos o que fallecieron antes de iniciar tratamiento. La evaluación inicial debe completarse en el plazo máximo de 2 semanas. - Incluir a todos los residentes en la vivienda de la PAT (contacto intradomiciliario), contactos laborales y compañeros de estudio (contacto extradomiciliario), fortaleciendo la investigación a contactos de PATs bacteriológicamente confirmados y en situaciones de riesgo con probabilidad de infección por M. tuberculosis. (Ver Ánexos N%s 5-A y 5-B) Al diagnosticar un caso de TB en población cerrada, elíla responsable de la institución que alberga debe coordinar acciones con el E.S. de su jurisdicción. La DIRIS/DIRESA/GERESA del ámbito de jurisdicción o la que haga sus veces debe implementar inmediatamente un plan de intervención, con evaluación clinica de los contactos en un plazo no mayor a 10 días calendario, detección de factores de riesgo y otras medidas preventivas según lo establecido en la presente Norma Técnica de Salud El estudio de contactos comprende: a. Censo: Identificación de contactos (intradomiciliarios y extradomiciliarios) a través de la entrevista de enfermeria, visita domiciliaria y registro de todos los contactos del caso indice con TB en el Registro de Caso y Control de 16 NTS N" 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, 6.1.1.6 FAMILIA Y COMUNIDAD Tratamiento, así como en el SIGTB. Es responsabilidad del/de la profesional de enfermeria. b. Examen integral: Todos los contactos censados deben ser examinados a través de una evaluación clínica, radiológica, inmunológica (PPD o IGRA) y bacteriológica, solo si fuera SR o tiene radiología anormal, Todos los contactos son evaluados por ellla médico quien concluye y define su condición de acuerdo a lo dispuesto en la presente Norma Técnica de Salud. c. Control: Los contactos de TB sensible reciben minimo 3 controles: Al inicio, al cambio de fase y al término del tratamiento. Los contactos de casos de TB resistente reciben minimo 6 controles, son evaluados al inicio y el control se realiza cada 3 meses hasta el término de tratamiento del caso Índice El estudio de contactos (censo, examen y control) debe estar registrado en la sección "Control de Contactos” del Registro de Caso y Control de Tratamiento, as| como en el SIGTB, (Ver Anexos N%s 4-A y 4-8) Terapia Preventiva de TB (TPTB): El personal de la salud debe tener en cuenta lo siguiente: -« La TPTB se debe indicar a personas que perienecen a los grupos especificados en la Tabla N” 1 - — La indicación de la TPTB es responsabilidad del/de la médico tratante del ES; y la organización de la administración es responsabilidad del personal profesional de enfermeria. Tabla N* 1. Personas que deben recibir terapia preventiva, en quienes se ha descartado enfermedad tuberculosa activa. + Menores de 5 años que son contactos de caso indice con TB pulmonar, independientemente del resultado bacteriológico del caso indice y del resultado del PPD o IGRA del/de la menor. Niños(as) > de 5 años, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores que son contactos de caso indice de TB pulmonar independientemente del resultado bacteriológico del caso indice y con resultado del PPD igual o mayor a 10 mm o IGRA positivo. . Personas con diagnóstico de infección por VIH independiente del resultado del PPDoIGRA, Personas con diagnóstico de ITBL detectada sistemáticamente que incluyen Persona Privada de Libertad (PPL) y personal penitenciario, personal de la salud, incluyendo estudiantes de ciencias de la salud, inmigrantes de países de alta carga mayor al del pals de acogida, personas sin hogar, personas que consumen drogas y otras personas con vulnerabilidad sanitaria Personas de 5 años a más de edad con conversión reciente (menos de 2 años) del PPD o IGRA que son contactos de caso indice con TB pulmonar, independientemente del resultado bacteriológico (caso indice). Persona con conversión reciente (menos de 2 años) del PPD o IGRA en personal de la salud, incluido estudiantes de ciencias de la salud, personas que atienden a PPL y otras personas con vulnerabilidad sanitaria, Personas con diagnóstico de ITBL que pertenezcan a los siguientes grupos de riesgo: Personas con terapias prolongadas con corticoides o inmunosupresores | o que están comenzando un tratamiento anti-FNT (Factor de necrosis tumoral), | insuficiencia renal crónica o que están en diálisis, neoplasias de cabeza y cuello, | enfermedades hematológicas malignas, silicosis, candidatos a trasplante de órgano o hematológico, con DM, gastrectomizados, personas con imagen de fibrosis residual apical en la radiografía de tórax quienes nunca recibieron | tratamiento para TB u otras condiciones que resulten en un mayor riesgo de 17 NTS N* 200 -MINSAJDGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD - — El personal profesional de enfermeria de la ESPCT del E.S. es responsable de la organización, supervisión del tratamiento, seguimiento, registro y control de la TPTB. - — El personal de la salud encargado de la atención de la TB en el E.S. debe permanentemente educar y brindar información a los contactos, familiares y a los padres de los/as menores de edad sobre la importancia del estudio de contactos y del cumplimiento de la TPTB, además de la probabilidad de presentación de reacciones adversas a medicamentos. - — Realizar la supervisión de la administración de la terapia preventiva, a través de los diferentes tipos de DOT: Institucional, domiciliario con red de soporte familiar y red de soporte comunitario - — Realizar seguimiento de los contactos que reciben TPTB, a fin de garantizar la seguridad del tratamiento. El registro se realiza en el Registro de Caso y Control de Tratamiento (Anexos N* 4-A y 4-B), en el formato de Control de Terapia Preventiva (Anexo N* 4-C), asi como en el SIGTB. - La TPTB no está indicada en personas con antecedentes de hepatopatia crónica o daño hepático secundario al uso de algunos de los medicamentos que la componen. TPTB en contactos de casos con TB Sensible - Administrar en menores de 2 años como primera elección: H + R, y como alternativa administrar solo H. Las dosis se indicarán según la Tabla N* 2 - Administrar en mayores de 2 años, como primera elección: P + H, mediante DOT. Como alternativa administrar H + R o solo H. Las dosis se indicarán según la Tabla N* 2. - En caso de RAM a H se administra R diaria durante 4 meses, a dosis en adultos de 10 mg/kg y en niños/as de 15 mg/kg (máximo 600 mg por día). TPTB en contactos de casos con TB resistente En los contactos de casos de TB resistente, la TPTB está indicada según los siguientes esquemas de tratamiento: a. Contacto de un caso de TB rH, se debe administrar TPTB con R sola. Ver la dosis en la Tabla N* 3 Tabla N* 3. Esquema para (TBL en contacto de TB rH Dosis Medicamento Dosis máxima | Administración diaria | | Rifampicina (R) 15 mg/kg/dia. 600mg Indicada y diaria durante 4 | controlada por meses | médico consultoría con DOT institucional. b. Contacto de un caso de TB RR/MDR, se debe administrar TPTB con Levofloxacino por £ meses mediante DOT, indicado y controlado por ella 19 NTS N* 200 -MINSA/DGIESP-2023 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LA PERSONA AFECTADA POR TUBERCULOSIS, FAMILIA Y COMUNIDAD médico consultoría a todos los contactos pediátricos, con o sin infección con VIH expuestos a un caso de TB RR/MDR, Ver la dosis en la Tabla N" 4, Tabla N* 4, Esquema para ITBL en contacto de TB MDR. Dosis Medicamento Dosis máxima | Administración diaria Levofloxacino (Lfx) | Mayor e igual a 15 | Mayor e Indicado y diario durante 6 años, por peso igual a 15 controlado por meses corporal: <45kg: | años= gr | médico 750mg/dia, > 45 consultoría con kg: 1gridia. DOT institucional Menores de 15 Menores años: 15-20 de 19 aros mglkgidia. = 750 mg Para no interferir con la absorción del Lfx, se debe administrar 2 horas antes y 2 horas después de haber recibido productos lácteos, antiácidos y otros medicamentos que contengan cationes divalentes (hierro, magnesio, calcio, zinc), vitaminas y sucralfato. Debe ajustarse la dosis, en aquellos que presentan depuración de creatinina < 30 ml/min, debido a que Lfx se elimina por via renal. Administrar en niños/as la dosis correspondiente por kg de peso 3 veces por semana. Ver Tabla N* 4 Realizar vigilancia intensiva de las reacciones adversas a Levofloxacino El/la médico consultoría del nivel correspondiente debe valorar la indicación de TPTB en contactos de casos TB MDR que toman medicamentos corticoesteroides. La TPTB en contactos de casos TB resistente no está indicada en las siguientes situaciones clinicas: a. Contactos de caso indice con TB Pre XDR y TB XDR. b. Contactos de caso indice en los que se ha documentado resistencia a fluoroquinolonas. j Y) 6.1.2 RECUPERACIÓN y A. DIAGNÓSTICO 6.1.2.1 Detección de casos de TB Consideraciones para la detección de casos de TB La DIRIS/DIRESA/GERESA o quien haga sus veces, a través de la Oficina de Capacitación de Personal de la Salud o el que haga sus veces, debe incluir el tema de detección de casos de TB en la capacitación trimestral a todo el personal de la salud del E.S., según el requerimiento de la ESPCT del E.S. El/la directoría o jefe del E.S. es responsable de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas para la detección de casos de TB. Ella director o jefe del E.S. es responsable de designar el personal de la salud 20