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Orientación Universidad
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Sesión estatuto de oposición, Apuntes de Derecho

Resume la viabilidad jurídica de

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 05/04/2025

jorge-guzman-48
jorge-guzman-48 🇨🇴

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SITUACIÓN JURÍDICA SESIÓN DE LA OPOSICIÓN
1. Quien solicita la sesión de oposición, donde determinan por derecho el orden
del día que pueden INCLUIR, INCLUSO, DEBATES DE CONTROL
POLÍTICO, son LOS VOCEROS. (Art. 19 L. 1909 de 2018; Art. 20
Reglamento Interno del Concejo Municipal)
2. Con base en la facultad legal, los voceros serán los únicos que determinan o
pueden cambiar el orden del día, sin dejar a un lado las prioridades
(intereses) de la propia bancada, como lo especifica el Art. 19 de la Ley
1909 de 2018 y el Art. 20 Reglamento Interno del Concejo Municipal.
3. Esas prioridades no son escogidas arbitrariamente por quien hace las veces
de VOCERO, ya que este expresa la voluntad de la Bancada y las decisiones
del Directorio Municipal como órgano rector político para las decisiones de
Bancada.
4. Cuando se trata de Debates de Control Político en las cuales se ejercerá la
función corporada como BANCADA, conforme al art. 58 de los Estatutos
del Partido Conservador, debe haber previa reunión donde se decida LA
POSICIÓN OFICIAL DE LA BANCADA, PONIENDO DE PRESENTE
LAS PRIORIDADES PARA LA SESIÓN DE LA OPOSICIÓN Y ASÍ
CUMPLIR CON EL MANDATO LEGAL, QUE DEBE SER VISTO DE
MANERA INTEGRAL CON EL ART. 20 DEL REGLAMENTO Y EL 58
DE LOS ESTATUTOS DEL PARTIDO.
5. Lo anterior no se cumplió, VICIANDO LA CONVOCATORIA DE LA
SESIÓN DE OPOSICIÓN ya que no corresponde a las reales prioridades de la
bancada, como lo exige la LEY ESTATUTARIA DE LA OPOSICIÓN.
6. En cuanto al ejercicio de la Mesa Directiva, el artículo 53 del Reglamento
estableces que, en ausencia del Presidente, uno de los vicepresidentes, si
tampoco hay, presidirá la sesión el concejal que por orden alfabético de
apellidos y nombres le corresponda, hasta tanto se haga presente uno de
los dignatarios. De lo contrario, continuara hasta finalizar la sesión .
7. La sesión llevará el mismo orden que cualquier sesión de Plenaria, verificando
quorum deliberatorio y decisorio, donde deberá aprobarse el orden del día, y
llevar a cabo punto por punto del orden aprobado.

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SITUACIÓN JURÍDICA SESIÓN DE LA OPOSICIÓN

1. Quien solicita la sesión de oposición, donde determinan por derecho el orden del día que pueden INCLUIR, INCLUSO, DEBATES DE CONTROL POLÍTICO , son LOS VOCEROS. (Art. 19 L. 1909 de 2018; Art. 20 Reglamento Interno del Concejo Municipal) 2. Con base en la facultad legal, los voceros serán los únicos que determinan o pueden cambiar el orden del día, sin dejar a un lado las prioridades (intereses) de la propia bancada , como lo especifica el Art. 19 de la Ley 1909 de 2018 y el Art. 20 Reglamento Interno del Concejo Municipal. 3. Esas prioridades no son escogidas arbitrariamente por quien hace las veces de VOCERO, ya que este expresa la voluntad de la Bancada y las decisiones del Directorio Municipal como órgano rector político para las decisiones de Bancada.

  1. Cuando se trata de Debates de Control Político en las cuales se ejercerá la función corporada como BANCADA, conforme al art. 58 de los Estatutos del Partido Conservador, debe haber previa reunión donde se decida LA POSICIÓN OFICIAL DE LA BANCADA, PONIENDO DE PRESENTE LAS PRIORIDADES PARA LA SESIÓN DE LA OPOSICIÓN Y ASÍ CUMPLIR CON EL MANDATO LEGAL, QUE DEBE SER VISTO DE MANERA INTEGRAL CON EL ART. 20 DEL REGLAMENTO Y EL 58 DE LOS ESTATUTOS DEL PARTIDO.
  2. Lo anterior no se cumplió, VICIANDO LA CONVOCATORIA DE LA SESIÓN DE OPOSICIÓN ya que no corresponde a las reales prioridades de la bancada, como lo exige la LEY ESTATUTARIA DE LA OPOSICIÓN.
  3. En cuanto al ejercicio de la Mesa Directiva, el artículo 53 del Reglamento estableces que, en ausencia del Presidente, uno de los vicepresidentes, si tampoco hay, presidirá la sesión el concejal que por orden alfabético de apellidos y nombres le corresponda, hasta tanto se haga presente uno de los dignatarios. De lo contrario, continuara hasta finalizar la sesión.
  4. La sesión llevará el mismo orden que cualquier sesión de Plenaria, verificando quorum deliberatorio y decisorio, donde deberá aprobarse el orden del día, y llevar a cabo punto por punto del orden aprobado.