Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Sentencia injusta análisis , Apuntes de Derecho

Se realizó el análisis de la resolución de un caso de absolución de un inculpado por insuficiencia probatoria de tiempo hora y lugar por parte de la menor agredida

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 05/05/2024

annie-nsk
annie-nsk 🇲🇽

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Dentro del Código Procedimental Penal en nuestra nación, en los
numerales 405 y 406, en donde establece el tipo de sentencias que
pueden ser: absolutoria o condenatoria ya sea el caso.
Centrándonos en la sentencia absolutoria, entendiéndose esta en un
lenguaje común, en que el acusado es inocente de los hechos por los
cuales fue acusado, sin embargo, se debe atender al bagaje
probatorio que se desahogo en el juicio oral, y que el Juzgador por
medio de sus conocimientos advierte que el ministerio público no
pudo acreditar los elementos del tipo penal.
La absolución del presunto agresor de la menor pasó por encima del
precepto del interés superior de la niñez y sus derechos. El juez
determinó insuficiencia para acreditar el delito de abuso sexual y esto
porque la menor de 4 años no supo referir día, hora y dirección
precisa del acto reclamado.
Debemos considerar que en los casos de violación o abuso sexual
existe una problemática en la cronología de los hechos por lo que la
por lo que la procuraduría y la fiscalía tienen la obligación de enviar a
su personal a recibir capacitación orientados en infancia y
adolescencia así mismo la sentencia fue discriminatoria por no dar el
trato adecuado a la niña por motivo de edad.
Dentro de los principales argumentos expresados por el juez para la
absolución del imputado tenemos:
1. No existieron medios de prueba que permitieran reconstruir
cada uno de los hechos reclamados.
2. Dentro de los cuatro periciales en materia psicológica se
reconoce que únicamente la primera hace referencia de
indicadores psicológicos de víctimas de violencia sexual.
3. El acusado comprobó sus ubicaciones desde las 10 horas hasta
la noche acompañado por su esposa e hija lo anterior mediante
la exhibición de estados de cuenta bancarios que registran su
presencia en plazas comerciales hasta ingresar a su domicilio
por la noche.
Aún y cuándo se corrobora el tocamiento el resto de la información no
está debidamente acreditada por cuanto hace al abuso sexual.
Si bien se pueden desahogar infinidad de pruebas dentro del Juicio
que se persigue, esto no dará pauta para emitir una sentencia
condenatoria, ya que existen pruebas que no pueden concatenarse
de manera directa con el hecho que se acusa.
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Sentencia injusta análisis y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity!

Dentro del Código Procedimental Penal en nuestra nación, en los numerales 405 y 406, en donde establece el tipo de sentencias que pueden ser: absolutoria o condenatoria ya sea el caso. Centrándonos en la sentencia absolutoria, entendiéndose esta en un lenguaje común, en que el acusado es inocente de los hechos por los cuales fue acusado, sin embargo, se debe atender al bagaje probatorio que se desahogo en el juicio oral, y que el Juzgador por medio de sus conocimientos advierte que el ministerio público no pudo acreditar los elementos del tipo penal. La absolución del presunto agresor de la menor pasó por encima del precepto del interés superior de la niñez y sus derechos. El juez determinó insuficiencia para acreditar el delito de abuso sexual y esto porque la menor de 4 años no supo referir día, hora y dirección precisa del acto reclamado. Debemos considerar que en los casos de violación o abuso sexual existe una problemática en la cronología de los hechos por lo que la por lo que la procuraduría y la fiscalía tienen la obligación de enviar a su personal a recibir capacitación orientados en infancia y adolescencia así mismo la sentencia fue discriminatoria por no dar el trato adecuado a la niña por motivo de edad. Dentro de los principales argumentos expresados por el juez para la absolución del imputado tenemos:

  1. No existieron medios de prueba que permitieran reconstruir cada uno de los hechos reclamados.
  2. Dentro de los cuatro periciales en materia psicológica se reconoce que únicamente la primera hace referencia de indicadores psicológicos de víctimas de violencia sexual.
  3. El acusado comprobó sus ubicaciones desde las 10 horas hasta la noche acompañado por su esposa e hija lo anterior mediante la exhibición de estados de cuenta bancarios que registran su presencia en plazas comerciales hasta ingresar a su domicilio por la noche. Aún y cuándo se corrobora el tocamiento el resto de la información no está debidamente acreditada por cuanto hace al abuso sexual. Si bien se pueden desahogar infinidad de pruebas dentro del Juicio que se persigue, esto no dará pauta para emitir una sentencia condenatoria, ya que existen pruebas que no pueden concatenarse de manera directa con el hecho que se acusa.

Por lo que de acuerdo a la ley y después de hacer un análisis exhaustivo por parte del Tribunal de enjuiciamiento, derivado de lo que se presente como teoría del caso de la representación social, y de las probanzas desahogadas legalmente, no se concluye la culpabilidad del acusado en el hecho punible. Por lo que de acuerdo al artículo 402 del Código Nacional de Procedimientos Penales Nadie podrá ser condenado, sino cuando el Tribunal que lo juzgue adquiera la convicción más allá de toda duda razonable, de que el acusado es responsable de la comisión del hecho por el que siguió el juicio. Teniendo presente que la duda siempre favorece al acusado. Por contradictorio que pudiese parecer con respecto a hacer cumplir la ley. Pues se aplica el principio jurídico de In dubio pro-reo que significa: en caso de duda, a favor del acusado. Lo que podemos traducir como principio jurídico que expresa la obligatoriedad de probar los hechos y que, en el caso de que esta prueba sea insuficiente para demostrarlos, la decisión judicial deberá favorecer al acusado del delito. Por lo anterior la sentencia en estudio fue adecuada y correcta aunque de manera mediática y viéndolo con perspectiva de género, fue totalmente arbitraria por Re victimizar a la menor, por no haber sido atendido el caso con el protocolo de atención a niños y adolescentes. Cabe destacar que México ocupa el primer lugar mundial en abuso sexual a menores de acuerdo con las cifras de 2020 de aldeas infantiles SOS. Y destaca que en el 40% de los casos el agresor es un familiar o alguien cercano. Tomemos en cuenta que la sentencia aún no se encuentra en firme y puede ser impugnada por las partes mediante el recurso de apelación.