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senegal contra belgica, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Internacional

resumen de senegal contra belgica

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2024/2025

Subido el 25/04/2025

maria-del-mar-salcedo
maria-del-mar-salcedo 🇨🇴

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contexto histórico del caso Bélgica contra Senegal está marcado por los crímenes
cometidos bajo el régimen de Hissène Habré en Chad y los esfuerzos internacionales
para llevarlo ante la justicia. Aquí tienes una descripción más amplia de este
contexto:
1. Régimen de Hissène Habré en Chad (1982-1990)
Ascenso al poder: Habré asumió la presidencia de Chad en 1982 mediante un
golpe de Estado y gobernó con mano dura hasta ser derrocado en 1990. Su
gobierno estuvo caracterizado por la represión brutal de opositores políticos,
minorías étnicas y otros grupos considerados una amenaza para su régimen.
Violaciones a los Derechos Humanos: Según informes de organizaciones
como Human Rights Watch y la Comisión de la Verdad de Chad, durante el
régimen de Habré se cometieron graves violaciones a los derechos humanos,
incluyendo tortura sistemática, asesinatos, violaciones y desapariciones
forzadas. Se estima que al menos 40,000 personas fueron asesinadas y miles
más fueron víctimas de tortura.
2. Exilio de Habré en Senegal (1990)
Tras ser depuesto por el actual presidente de Chad, Idriss Déby, Habré huyó y
se exilió en Senegal. Durante las décadas siguientes, vivió en el país sin ser
procesado por los crímenes cometidos durante su régimen.
Demandas de Justicia: Las víctimas y sus familias, junto con organizaciones
de derechos humanos, presionaron para que Habré fuera juzgado. Al no
recibir justicia en Chad, algunas de las víctimas recurrieron a la justicia belga y
otras instancias internacionales.
3. Principio de Jurisdicción Universal
Jurisdicción Universal: Bélgica es uno de los países que reconoce el principio
de jurisdicción universal, el cual permite a los tribunales nacionales juzgar
crímenes graves de derecho internacional, como la tortura,
independientemente de dónde se hayan cometido y de la nacionalidad de las
víctimas o el perpetrador.
En 2001, a petición de las víctimas, un juez belga emitió una orden de arresto
internacional contra Habré, acusándolo de crímenes de lesa humanidad y
tortura. Bélgica solicitó a Senegal su extradición para juzgarlo, pero Senegal
no respondió a esta solicitud.
4. Convención contra la Tortura y la Obligación de Procesar o Extraditar
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contexto histórico del caso Bélgica contra Senegal está marcado por los crímenes cometidos bajo el régimen de Hissène Habré en Chad y los esfuerzos internacionales para llevarlo ante la justicia. Aquí tienes una descripción más amplia de este contexto:

1. Régimen de Hissène Habré en Chad (1982-1990)Ascenso al poder : Habré asumió la presidencia de Chad en 1982 mediante un golpe de Estado y gobernó con mano dura hasta ser derrocado en 1990. Su gobierno estuvo caracterizado por la represión brutal de opositores políticos, minorías étnicas y otros grupos considerados una amenaza para su régimen.  Violaciones a los Derechos Humanos : Según informes de organizaciones como Human Rights Watch y la Comisión de la Verdad de Chad , durante el régimen de Habré se cometieron graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo tortura sistemática, asesinatos, violaciones y desapariciones forzadas. Se estima que al menos 40,000 personas fueron asesinadas y miles más fueron víctimas de tortura. 2. Exilio de Habré en Senegal (1990)  Tras ser depuesto por el actual presidente de Chad, Idriss Déby , Habré huyó y se exilió en Senegal. Durante las décadas siguientes, vivió en el país sin ser procesado por los crímenes cometidos durante su régimen.  Demandas de Justicia : Las víctimas y sus familias, junto con organizaciones de derechos humanos, presionaron para que Habré fuera juzgado. Al no recibir justicia en Chad, algunas de las víctimas recurrieron a la justicia belga y otras instancias internacionales. 3. Principio de Jurisdicción UniversalJurisdicción Universal : Bélgica es uno de los países que reconoce el principio de jurisdicción universal, el cual permite a los tribunales nacionales juzgar crímenes graves de derecho internacional, como la tortura, independientemente de dónde se hayan cometido y de la nacionalidad de las víctimas o el perpetrador.  En 2001, a petición de las víctimas, un juez belga emitió una orden de arresto internacional contra Habré, acusándolo de crímenes de lesa humanidad y tortura. Bélgica solicitó a Senegal su extradición para juzgarlo, pero Senegal no respondió a esta solicitud. 4. Convención contra la Tortura y la Obligación de Procesar o Extraditar

 Senegal y Bélgica son parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura de 1984 , la cual obliga a los Estados a procesar o extraditar a los sospechosos de tortura si están en su territorio. Este tratado fue clave en la demanda de Bélgica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) , ya que Bélgica argumentaba que Senegal estaba incumpliendo esta obligación internacional al no procesar ni extraditar a Habré.

5. Intervención de la Unión Africana  En 2006, la Unión Africana (UA) solicitó a Senegal que enjuiciara a Habré “en nombre de África” y destacó la importancia de que el proceso se realizara en el continente africano. La UA, respaldada por líderes africanos, consideró que el juicio en Senegal sería un símbolo contra la impunidad en África.  Senegal, aunque aceptó este mandato, argumentó que no tenía los recursos económicos y solicitó apoyo financiero de la comunidad internacional para llevar a cabo el juicio. 6. Presentación del Caso ante la Corte Internacional de Justicia (2009)  Ante la inacción de Senegal, Bélgica presentó el caso a la CIJ en 2009, solicitando que se le ordenara a Senegal cumplir con su obligación de procesar o extraditar a Habré. Bélgica también pidió medidas provisionales para asegurar que Habré no abandonara Senegal.  La CIJ se pronunció en 2012, ordenando a Senegal que, efectivamente, debía procesar o extraditar a Habré. Este fallo reafirmó la responsabilidad de los Estados de cumplir con sus obligaciones bajo tratados internacionales como la Convención contra la Tortura. 7. El Juicio y Condena de Habré (2015-2016)  Finalmente, en 2015, Senegal estableció un tribunal especial conocido como las Cámaras Africanas Extraordinarias , apoyado por la UA y financiado por la comunidad internacional, para enjuiciar a Habré.  En 2016, Habré fue condenado a cadena perpetua por crímenes de guerra, tortura y crímenes de lesa humanidad, marcando la primera vez que un exjefe de Estado fue juzgado y condenado en un tribunal de otro país bajo el principio de jurisdicción universal. 8. Importancia Internacional del Caso  Este caso fue un hito en la justicia internacional, especialmente en el uso del principio de jurisdicción universal para enjuiciar a un exjefe de Estado.

la Convención, ya que Senegal estaba obligado a actuar en uno de los dos sentidos para evitar la impunidad de los actos de tortura imputados a Habré.

4. Artículo 8 (Extradición)  Según este artículo, los delitos de tortura deben considerarse extraditables en los tratados de extradición entre Estados Parte, incluso si no existe un acuerdo de extradición específico entre ellos.  Violación : Senegal argumentó que carecía de un tratado de extradición específico con Bélgica para extraditar a Habré. Sin embargo, Bélgica señaló que la Convención misma actuaba como base legal para la extradición. Al no acceder a esta solicitud, Senegal no cumplió con la disposición sobre extradición contenida en la Convención. 5. Artículo 9 (Asistencia Jurídica Mutua)  Este artículo establece que los Estados Parte deben brindarse la mayor asistencia posible en los procedimientos de investigación y proceso penal por tortura, incluyendo el intercambio de información y pruebas necesarias.  Violación : Bélgica argumentó que Senegal no cooperó de manera efectiva con su solicitud para enjuiciar o extraditar a Habré. Esto incluye la falta de colaboración con las autoridades belgas en los esfuerzos para reunir evidencia y proceder con el caso. En conjunto, estos artículos buscan prevenir la impunidad de los delitos de tortura mediante la cooperación internacional y el establecimiento de responsabilidades claras para los Estados Parte. Senegal, al no procesar ni extraditar a Habré ni colaborar con Bélgica, incumplió con varias de estas disposiciones clave, razón por la cual Bélgica llevó el caso ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Hechos jurídicamente relevantes : 1. Jurisdicción y competencia : Bélgica invoca la Convención contra la Tortura y el derecho internacional para justificar que Senegal debería procesar o extraditar a Habré, ya que ambos países son parte de la Convención. Bélgica argumenta que el incumplimiento de Senegal en esta obligación justifica la intervención de la CIJ. 2. Solicitudes de Bélgica : Bélgica solicitó medidas provisionales para que Senegal mantuviera bajo vigilancia a Habré, ante el temor de que pudiera abandonar Senegal y evitar un juicio.

  1. Decisión de la CIJ : La Corte concluyó que, en ese momento, no existía suficiente urgencia para ordenar las medidas provisionales solicitadas por Bélgica, dado que Senegal se comprometió a no permitir la fuga de Habré.
  2. Obligación de aut dedere aut judicare : Este principio del derecho internacional obliga a un Estado a juzgar a los responsables de ciertos delitos graves (como la tortura) o extraditarlos a otro país que pueda hacerlo, especialmente si las víctimas buscan justicia en la jurisdicción de ese otro país. l Mandato de la Unión Africana a Senegal  En 2006, tras años de presión de organizaciones de derechos humanos y sobrevivientes del régimen de Habré, la UA discutió el caso en su cumbre anual. Decidió que Habré debía ser juzgado en África, en lugar de ser extraditado a Bélgica.  La UA encomendó a Senegal la tarea de enjuiciar a Habré "en nombre de África" , reconociendo el simbolismo de un juicio en el continente africano para abordar los crímenes de un exjefe de Estado africano. Este mandato incluía la exigencia de que el juicio cumpliera con los estándares internacionales de derechos humanos. 2. Justificación de Senegal ante la CIJ  Senegal argumentó ante la CIJ que estaba dispuesto a enjuiciar a Habré, pero que su capacidad para hacerlo dependía de contar con los fondos necesarios. Senegal también explicó que, al haber recibido el mandato de la UA para llevar a cabo el juicio en África, estaba actuando conforme a una obligación continental.  Además, Senegal señaló que había tomado algunas medidas legislativas para poder enjuiciar a Habré en su territorio, como enmendar su Código Penal y Código de Procedimiento Penal en 2007 para incluir los crímenes de tortura y lesa humanidad. Sin embargo, argumentaba que el financiamiento internacional era esencial para seguir adelante. 3. Problemas Financieros y Solicitud de Asistencia Internacional  Senegal afirmó repetidamente que carecía de los recursos financieros para organizar un juicio de esta magnitud. Solicitó ayuda económica de la comunidad internacional y la UA para cubrir los costos.  Esta falta de fondos se convirtió en un obstáculo central. En varios momentos, el presidente de Senegal, Abdoulaye Wade , incluso insinuó que si no se conseguían los recursos, Senegal podría liberar a Habré, lo cual generó

lesa humanidad cometidos en el continente. Para la UA, este juicio en África fue un símbolo de la capacidad de los países africanos para manejar temas de justicia y derechos humanos sin depender exclusivamente de potencias externas.  Sin embargo, también ilustró los desafíos legales y financieros que enfrentan los países en desarrollo para llevar a cabo juicios complejos de derechos humanos y su necesidad de apoyo internacional para cumplir con sus obligaciones bajo el derecho internacional. En resumen, la intervención de la UA jugó un papel complejo. Aunque dio legitimidad al juicio en África, también generó retrasos y conflictos con las obligaciones internacionales de Senegal, resaltando tanto el potencial como las limitaciones de las instituciones africanas en la justicia internacional.