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Este documento ofrece una descripción detallada del Seguro Social en México, su objeto, antecedentes históricos y características. El texto explica cómo el Seguro Social está protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cómo ha evolucionado a lo largo del tiempo. Se destaca la importancia de las instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Además, se mencionan las teorías sobre el riesgo de trabajo y las prestaciones en especie.
Qué aprenderás
Tipo: Diapositivas
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¡No te pierdas las partes importantes!
es el instrumento básico de la seguridad social ,
establecido como un servicio público de carácter nacional y
con la finalidad de garantizar el derecho a la salud, la
asistencia médica, la protección de los medios de
subsistencia y los servicios sociales necesarios para el
bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento
de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de
los requisitos legales, será garantizada por el Estado
1.1.2 LA
SEGURIDA
D SOCIAL
EN
MÉXICO
OBJETO DE SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO
A partir de la reforma constitucional del 10 junio del año 2011, la seguridad social como
derecho humano, se encuentra protegido por la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicano, en términos de su artículo 1° que señala:
“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado
Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá
restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta
Constitución establece.”
Por su parte el artículo 123 de la Constitución establece el derecho humano a la seguridad
social.
Aunado a que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 22, que
señala:
“ Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a
obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la
organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos,
sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
DIFERENCIAS ENTRE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGURO SOCIAL
El seguro es, pues, una institución económica mediante la cual las adversidades personales
son transmitidas del individuo al grupo. Para llevar a cabo dicha transferencia es necesario el
pago de una cuota llamada prima. El total de las primas sirve para constituir un fondo de
reserva del cual se tomarán los recursos para hacer frente a las adversidades individuales.
José Manuel Almansa Pastor, por su
parte, señala que:
[…] los seguros sociales son seguros
obligatorios de origen legal, gestionados por
entes públicos y dirigidos específicamente a
proteger necesidades sociales derivadas de
riesgos que afectan a individuos
determinados legalmente.
Una vez entendido el concepto de seguro en su acepción general, continuaremos con el de
seguro social, para lo cual analizaremos las definiciones aportadas por diversos doctrinarios
conforme al criterio de Néstor de Buen:
[…] debe entenderse que el concepto de
seguro social corresponde a la institución
jurídica a virtud de la cual los trabajadores
están legitimados para que, mediante su
inscripción forzosa en el régimen, se les
otorguen las prestaciones que la propia ley
otorga,
Depeyroux, menciona que:
[…] “ desde el punto de vista jurídico, parece
corresponder esencialmente a un seguro
obligatorio del salario de los afiliados, o
mejor, de su fuerza de trabajo, cuyo valor
social esta representado por el salario”
Gustavo Arce Cano establece lo
siguiente:
El seguro social es el instrumento jurídico
del derecho obrero, por el cual una
institución pública queda obligada,
mediante una cuota fiscal o de otra
índole que pagan los patrones, los
trabajadores y el estado, o solo alguno
de estos, a entregar al asegurado o
beneficiarios, que deben ser elementos
económicamente débiles, una pensión o
subsidio, cuando se realicen algunos de
los riesgos profesionales o siniestros de
carácter social
Característic
as de la
seguridad
social
a) Es un servicio público nacional tarifado , debido a que tiene
como base una tarifa prevista en la ley, que se establece de
acuerdo con el salario del trabajador.
b) La incorporación al seguro social es obligatoria. En nuestra
legislación en materia de seguridad social encontramos como
obligación patronal la incorporación de los trabajadores al seguro
social, para lo cual se otorgan facultades a los Institutos en materia
de seguridad social para que vigilen el cumplimiento de esta
disposición y apliquen las sanciones derivadas del incumplimiento.
c) Los riesgos cubiertos son limitados. Es decir, los riesgos
protegidos por las leyes en materia de seguridad social serán
únicamente los establecidos expresamente por los ordenamientos
jurídicos. Por su parte, las prestaciones médicas y económicas
derivadas de éstos, se ajustarán exclusivamente a lo señalado en
las disposiciones legales aplicables al caso concreto.
d) La cotización es tripartita. En virtud de que se puede considerar a los patrones como los
responsables de los riesgos de trabajo, resulta justo que sean éstos quienes aporten los
recursos necesarios para la asistencia médica, quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica que se
habrá de otorgar al trabajador, así como la compensación económica que se le dará durante
su incapacidad. Por otra parte, el trabajador puede sufrir riesgos que afecten su salud, su
capacidad de trabajo e incluso su vida, sin ser resultado de su actividad profesional.
Asimismo, el Estado está obligado, en atención a su deber constitucional, a proteger el
derecho humano a la salud.
Por lo antes expuesto, en el seguro social existe una aportación tripartita: patrones,
trabajadores y Estado.
e) Genera derechos individuales. La propia naturaleza jurídica del seguro social crea
derechos para cada asegurado acordes con las cotizaciones pagadas, las que permiten que
de manera individual se reciban las prestaciones correspondientes a los seguros de
invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.
El Instituto Mexicano del Seguro Social reúne los atributos de todo organismo
descentralizado como son:
personalidad jurídica propia (LSS).
patrimonio, denominación y objeto. Lo constituye su ley orgánica (Reglamento de
Organización Interna del IMSS).
que es creado por una ley, es facultado para establecer sus elementos de acción
(Reglamento).
descentralizados que tienen la misma función (ISSSTE, ISSFAM, INFONAVIT, SAR).
cumplimiento de sus obligaciones.
Técnico, Comisión de Vigilancia y Dirección General).
Social su objeto consiste en la prestación de un servicio público (Salud Pública y Seguridad
Social).
objeto (Seguridad Social) en forma rápida y eficaz.
descentralizado está exento del pago de impuestos (artículo 254 LSS).
1.2.1 Antecedentes Internacionales de
la seguridad social
EDAD ANTIGUA
Desde la Antigüedad, el ser humano ha manifestado una gran incertidumbre ante las
enfermedades que alteran su salud. En La Ilíada , por ejemplo, se narra cómo los griegos
fallecieron a causa de una epidemia, lo que muestra el gran temor del pueblo griego hacia los
estados patológicos.
La medicina de los griegos no fue un procedimiento mágico, sino un sistema médico
fundamentado en la observación acumulada sistemáticamente.
Platón, en La República habla de un Estado ideal que cubra las necesidades de quienes la
integran, incluyendo las relacionadas con la salud.
En Roma, Séneca propuso un trato más humano a los esclavos y se sabe que el emperador
Claudio otorgó la libertad a un esclavo abandonado por su amo debido a su vejez y enfermedad.
Por su parte, Aquiliano estableció que los patrones quedaban obligados a pagar una
compensación a los trabajadores que se vieran afectados por un riesgo de trabajo. Finalmente,
en la época de Servio Tulio se crean los llamados colegios romanos que son corporaciones de
trabajadores por profesión, que se brindan socorro mutuo.
En 1309 aparece el primer seguro privado. Se trata de un seguro marítimo de telas
que habían sido transportadas a Francia y Florencia; asimismo en el Archivo de
Génova se conservan contratos de seguros marítimos.
En 1412, durante la época del rey Fernando, surge un seguro res- pecto a los
esclavos, si el esclavo se fugaba y no era restituido a su dueño en un plazo de dos
meses se le pagaba la cantidad asegurada a su dueño.
EDAD MODERNA
En el siglo XVI, TOMÁS MORO escribe su obra La utopía , en la cual propone la
abolición de la propiedad privada, la abolición del dinero, una jornada máxima de trabajo
de seis horas, división del trabajo, la libertad de creencias y una forma de gobierno
monárquica con elección del monarca por el pueblo, mediante procedimiento indirecto.
Para el siglo XVIII habían desaparecido ya las guildas, las cofradías y los gremios;
asimismo la Iglesia había perdido poder, todo lo cual propició la creación del Estado
moderno liberal y democrático.
En esta época algunos pensadores como Rousseau y Montesquieu, y más adelante,
ya en el siglo XIX, Marx, proponían un Estado que se encargara de cubrir todas las
necesidades de sus integrantes y en el que existiera un equilibrio entre los poderes. Al
mismo tiempo se fueron creando algunos servicios de beneficencia: asilos, hospitales,
centros psiquiátricos, hospicios, y el Estado comenzó a imponer medidas de higiene
industrial, de prevención de accidentes limita las jornadas de trabajo y prohibió las
actividades peligrosas, así como el trabajo por razón de edad.
En 1871 apareció la primera aseguradora del mundo llamada Lloyd’s, que es
antecedente directo de las compañías de seguros de hoy en día.