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Este documento proporciona una introducción al derecho mercantil, explicando conceptos clave como comerciante, martillero público, agente de bolsa y despachante de aduanas. Además, describe diferentes tipos de contratos comerciales, incluyendo contratos de adhesión, títulos valores, contratos de agencia, concesión, suministro, franquicia, fideicomiso, leasing, transporte, seguro, edición y cuenta corriente.
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!
Es la actividad que conecta la oferta y la demanda, buscando obtener ganancias. No todo acto comercial convierte a una persona en comerciante, solo quien realiza comercio de manera habitual. Comerciante: Para ser considerado comerciante, una persona debe cumplir con 4 requisitos: ➔ Capacidad legal para contratar: Debe ser mayor de 18 años, o tener excepciones como trabajar en una empresa familiar o con ganancias de su propio trabajo. ➔ Ejercer por cuenta y riesgo propio: Debe asumir las ganancias y pérdidas de sus actos. ➔ Habitualidad: Debe hacer comercio de forma regular, no ocasional. ➔ Actos de comercio: Realiza actividades como comprar para revender con fines de lucro. Tipos de Actos de Comercio: ➔ Naturales: Actos que son considerados comerciales según la ley. ➔ Por Conexidad: Actos que no son comerciales por sí mismos, pero están relacionados con actos comerciales. ➔ Por Disposición de la Ley: Actos que, aunque no sean comerciales, son importantes para el derecho comercial. Obligaciones de los Comerciantes: ➔ Inscribirse en el registro público. ➔ Llevar una contabilidad organizada. ➔ Rendir cuentas sobre los bienes administrados. ➔ Conservar libros contables durante 10 años. AUXILIARES DE COMERCIO Son personas que ayudan en actividades comerciales pero no cumplen con todos los requisitos para ser comerciantes. Ejemplos: corredores, martilleros, agentes. CORREDOR INMOBILIARIO El corredor inmobiliario actúa como intermediario en las operaciones de compraventa, alquiler y otros contratos relacionados con bienes inmuebles (casas, departamentos, terrenos, etc.). Funciones: ➔ Intermediación en la compra, venta o alquiler de bienes inmuebles. ➔ Facilitar la firma de contratos entre las partes interesadas (compradores, vendedores, arrendadores, inquilinos). ➔ Asesoramiento sobre el mercado inmobiliario, precios y condiciones de la propiedad. ➔ Realizar tasaciones de propiedades para determinar su valor de mercado. ➔ Gestionar propiedades y cobrar alquileres si tiene una autorización específica para la administración. Obligaciones: ➔ Cumplir con la normativa y las leyes vigentes sobre bienes inmuebles y contratos. ➔ Informar a las partes involucradas sobre todas las condiciones de la transacción. ➔ Registrar los contratos de compraventa o alquiler de manera adecuada. ➔ Prestar servicio ético y profesional. ➔ Exhibir su matrícula de corredor inmobiliario asegurando que su actividad sea legal y transparente.
Personas que NO pueden inscribirse en la matrícula: ➔ Quienes tengan antecedentes penales relacionados con delitos dolosos, especialmente aquellos vinculados a la propiedad o fraudes. ➔ Quienes no cuenten con el título habilitante ➔ Quienes estén inhabilitados por una sanción profesional ➔ Personas que no sean mayores de edad MARTILLERO PÚBLICO El martillero público es quien organiza subastas (ventas públicas) de bienes o derechos al mejor postor, ya sea en el ámbito judicial o privado. Funciones : ➔ En subastas públicas , actúa como auxiliar de la justicia, organizando subastas de bienes que pueden ser embargados o confiscados. La subasta se realiza con un precio mínimo y el bien se asigna al mejor postor. ➔ En subastas privadas , puede ser contratado por particulares para vender bienes como animales o propiedades. Derechos : ➔ Cobrar la comisión o honorarios establecidos. ➔ Cobrar una suma por sus servicios como dependiente o contratado. ➔ Ser reintegrado por los gastos de remate que haya realizado. Requisitos para la inscripción : ➔ Título académico habilitante en martillero público. ➔ Capacidad civil plena (mayoría de edad). ➔ Aprobar el examen de habilitación ante el colegio profesional. ➔ Seguro de responsabilidad civil. ➔ No tener antecedentes penales que afecten la idoneidad profesional. Quiénes no pueden inscribirse : ➔ Personas con antecedentes penales relevantes. ➔ Quienes no tengan el título habilitante o no aprueben el examen. ➔ Personas inhabilitadas profesionalmente o menores de edad. AGENTE DE BOLSA El agente de bolsa es un profesional autorizado para intermediar en la compra y venta de valores en el mercado de valores, actuando en nombre de sus clientes. Funciones : ➔ Operar en mercados de valores. ➔ Asesorar a clientes sobre inversiones. ➔ Gestionar y ejecutar órdenes de compra y venta de valores. Requisitos para la inscripción : ➔ Título académico relacionado con la economía, finanzas o áreas afines. ➔ Aprobación del examen de habilitación ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). ➔ Capacidad civil plena. ➔ No tener antecedentes penales incompatibles con la función. ➔ Afiliación a una bolsa de comercio.
Oferta y Publicidad La oferta realizada a los consumidores es vinculante, debiendo especificar fechas, condiciones y limitaciones. Si el producto tiene deficiencias, es usado o reconstituido, debe indicarse claramente en la oferta. La publicidad también es parte del contrato. Lo que se anuncia o promociona obliga al oferente. En compras realizadas por teléfono, catálogos o correo, debe incluirse la información del oferente, como su nombre, domicilio y CUIT. Garantías y Reparación No Satisfactoria: Los bienes vendidos tienen una garantía legal de 3 meses para productos usados y 6 meses para nuevos. El proveedor se hace responsable del transporte de los bienes defectuosos si es necesario. En caso de que una reparación no sea satisfactoria, el consumidor puede optar por pedir la sustitución del bien, devolverlo a cambio del importe pagado, o solicitar una rebaja proporcional en el precio. Venta Domiciliara: Cuando la venta se realiza fuera del establecimiento comercial, como en ventas telefónicas o por internet, el consumidor tiene 10 días para revocar la compra, contados desde la entrega del bien o la firma del contrato. Procedimientos y Sanciones: Los consumidores pueden iniciar procedimientos de denuncia de manera individual, colectiva o de oficio. En caso de violación de derechos, la Oficina de Defensa del Consumidor puede aplicar sanciones que van desde apercibimientos hasta multas o la retirada de la autorización para operar, sin que necesariamente haya un beneficio directo para el consumidor. TÍTULOS VALORES (PAGARÉS Y CHEQUES) Los títulos valores son instrumentos que incorporan una obligación incondicional e irrevocable de pago y otorgan al titular un derecho autónomo. Su principal función es generar confianza en el sistema de financiación, ofreciendo garantías que permiten recuperar de manera más rápida la deuda. Principios de los Títulos Valores Para que los títulos valores tengan fuerza ejecutiva, deben cumplir con 4 principios fundamentales: ➔ Principio de Necesidad : Solo el título físico (pagaré o cheque) es necesario para reclamar el derecho a cobrar. ➔ Principio de Completitud : El título debe estar completo y contener toda la información requerida por la ley (monto, nombres, firma, etc.). ➔ Principio de Literalidad : Solo se puede reclamar lo que está especificado en el título. ➔ Principio de Autonomía/Abstracción : El título se independiza de la causa que le dio origen, adquiriendo vida propia. CHEQUES Un cheque es un título de valor que representa una orden de pago entre el librador (quien emite el cheque) y el banco. Para emitir un cheque, es necesario tener una cuenta corriente en el banco. Requisitos Formales del Cheque El cheque debe contener los siguientes datos: ➔ Número de cheque ➔ Fecha de emisión ➔ Monto (en números y letras) ➔ Lugar ➔ Datos del titular y del banco ➔ Firma ➔ Nombre del beneficiario
Tipos de Cheques ➔ Cheque de Pago Común : Puede cobrarse hasta 30 días después de su emisión. ➔ Cheque de Pago Diferido : Tiene una fecha de inicio que puede ser entre 24 horas y 365 días después de su emisión. Modalidades del Cheque ➔ Cheque al Portador : Puede ser cobrado por cualquier persona que lo tenga. ➔ Cheque a la Orden : Tiene un beneficiario específico y puede ser endosado. ➔ Cheque No a la Orden : El beneficiario está determinado, y no puede ser endosado. ➔ Cheque Cruzado : Solo puede ser depositado en una cuenta bancaria, no cobrado en efectivo. ➔ Cheque Certificado : El banco certifica que el emisor tiene fondos suficientes para pagarlo. ➔ E-Cheque : Un cheque electrónico que puede ser endosado múltiples veces y no requiere ser presentado en ventanilla. Endoso del Cheque: El endoso permite transferir los derechos de cobro del cheque a una tercera persona. El cheque común puede ser endosado hasta dos veces, mientras que el e-check puede endosarse hasta cinco veces. Rechazo de Cheque: Un cheque puede ser rechazado por diversos motivos, como falta de fondos o cierre de cuenta. El rechazo se debe reportar en el banco, y el beneficiario puede iniciar acciones judiciales si no se paga. El plazo para reclamar es de un año desde el rechazo. PAGARÉ Un pagaré es una promesa de pago futura que realiza una persona. A diferencia del cheque, es una promesa, no una orden, pero también tiene fuerza ejecutiva. Elementos del Pagaré Un pagaré debe contener: ➔ La palabra “pagaré” ➔ El plazo de pago ➔ El monto (en números y letras) ➔ El lugar de pago ➔ La firma del librador ➔ El nombre del beneficiario El pagaré se utiliza frecuentemente en operaciones informales o "en negro", ya que no requiere especificar el motivo del pago. Procedimiento en Caso de Rechazo: Si un pagaré es rechazado, el beneficiario debe intimar el pago mediante una carta documento. Esta carta se envía en tres copias: una para el emisor, una para el destinatario y una para el correo. CONTRATOS ➔ Contratos Comerciales : Son aquellos en los que las partes están de acuerdo en entregar algo determinado, ya sea dinero o bienes. Pueden ser: ➔ Conmutativos : Las partes saben desde el inicio qué intercambiarán. ➔ Aleatorios : Las ventajas o pérdidas dependen de un evento incierto, como en los seguros , donde el cliente paga una prima, pero el asegurador no sabe si habrá un accidente o no. ➔ Contratos de Fideicomiso, Transporte, etc. : Son otros tipos de contratos utilizados en diversas transacciones comerciales, cada uno con sus propios términos y condiciones específicas.
Precio : ➔ Puede estar predeterminado o fijarse al momento de la entrega en base al valor de plaza. ➔ Pago debe realizarse en los primeros diez días del mes siguiente a la entrega. Pacto de Preferencia : En igualdad de condiciones, el suministrado debe preferir la empresa con la que ya tiene una relación.
El leasing es un contrato en el cual el dador (propietario del bien) cede al tomador la tenencia de un bien para su uso y disfrute, a cambio de un pago periódico llamado canon. El contrato también incluye una opción de compra , permitiendo que el tomador adquiera el bien por un precio al final del período establecido. Características : ➔ Es una forma de financiamiento para adquirir bienes muebles e inmuebles, patentes, marcas, etc. ➔ Es un contrato formal y solemne. ➔ Los plazos y montos del canon se estipulan en el contrato. Responsabilidad Objetiva : El dueño es generalmente responsable por cualquier daño relacionado con el bien. Sin embargo, en el leasing, el tomador es responsable, ya que se considera el "guardián" del bien arrendado. Incumplimiento y Ejecución en Inmuebles : Si el tomador no paga el canon de un bien inmueble, el contrato establece varias opciones para el dador:
Registro de Marca : Las marcas incluyen palabras, logotipos, símbolos, entre otros. No pueden registrarse nombres genéricos de productos ni marcas que ya estén en uso público o que infrinjan la moral. Duración y Propiedad : Una marca registrada tiene una validez de 10 años, renovable. La propiedad y exclusividad se obtienen solo con el registro. Si alguien considera que una marca registrada es similar a la suya, puede presentar una queja en 30 días. Renovación : Para renovar el registro de una marca, debe haber sido utilizada en los últimos cinco años. LEY 11.723: RÉGIMEN LEGAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Obras Protegidas : Protege todas las obras científicas, literarias y artísticas, sean cual sea el medio de reproducción. No protege las ideas o conceptos en sí mismos, sino su expresión. Derechos del Autor : El autor tiene el derecho de disponer, publicar y representar su obra en público. Duración de la Propiedad Intelectual : La propiedad intelectual dura durante la vida del autor y 70 años después de su muerte, pasando a sus herederos. CONTRATO DE EDICIÓN Definición : Es el contrato en el que el titular de los derechos sobre una obra entrega a un editor para que la reproduzca, difunda y venda. Derechos del Autor : El autor conserva sus derechos de propiedad intelectual, a menos que renuncie explícitamente a ellos en el contrato. Derechos del Editor : El editor puede reproducir, difundir y vender la obra, pero no puede alterar el texto, salvo para corregir errores de imprenta si el autor no puede o no quiere hacerlo.