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Orientación Universidad
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Resumen_declases anteriores de investigación, Esquemas y mapas conceptuales de Legislación Tributária

Resumen de clases de investigación

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2019/2020

Subido el 18/09/2024

cristina-huerta-ignacio
cristina-huerta-ignacio 🇵🇪

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Constitución de Sociedad Civil Ordinaria
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de constitución de socie-
dad civil ordinaria y estatutos, que otorgamos:
a)…………………………..de nacionalidad…………………...identificado con D.N.I.
Nº………………………………, de ocupación……….soltero, con domicilio en........................
b)…………………………...de nacionalidad…………..identificado con .D.N.I………………….
Nº……………, de ocupación…………….con domicilio en……………………..
c)……………………de nacionalidad……………………..identificado con D.N.I………………
Nº…………………...de ocupación………………., con domicilio en……………….., casado
con……………………. identificada con D.N.I. Nº………………..
(...)
En los términos y condiciones siguientes:
PACTO SOCIAL
PRIMERO.- Por el presente instrumento, los otorgantes convienen constituir,
como en efecto constituyen, una sociedad civil ordinaria, bajo la razón social de:
“……………….S. Civil”, con un capital, domicilio, duración y demás estipulaciones que
se establecen en el estatuto social.
SEGUNDO.- El capital social inicial es de S/…………………(…………….
Nuevos Soles) que estará representado por………………..participaciones de
S/…………………..(……………………..Nuevos Soles) cada una, todas íntegramente
suscritas y pagadas por los otorgantes en la siguiente forma:
a)……………………………….,suscribe………participaciones y paga S/………………en
dinero en efectivo, es decir el 50% del capital social;
b)…………………………..suscribe………participaciones y paga S/…………. en dinero en
efectivo, es decir el 35% del capital social;
c)……………………..suscribe………participaciones y paga S/…………………….en dinero
en efectivo, es decir el 15% del capital social;
TERCERO.- La sociedad se regirá de conformidad con el siguiente estatuto:
ESTATUTO
TÍTULO PRIMERO
NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN
RAZÓN SOCIAL
ARTÍCULO 1º.- La razón social de la sociedad es: “……………………….S.Civil”.
OBJETO SOCIAL
ARTÍCULO 2º.- El objeto de la sociedad es dedicarse a las prestaciones de servicios
profesionales correspondientes al ejercicio de la profesión de Derecho, ya sea
como litigantes, asesores, consultores, enseñanza o difusión.
Asimismo, podrá realizar labores conexas a estas, como asesoría mercantil,
económica o financiera.
DOMICILIO SOCIAL
ARTÍCULO 3º.- La sociedad señala su domicilio en la ciudad de…………..sin embargo,
podrá establecer sucursales, agencias, filiales o representantes en cualquier lugar
del país o del extranjero.
DURACIÓN
ARTÍCULO 4º.- El plazo de duración de la sociedad es por tiempo indeterminado,
dando por inicio sus actividades a partir de la fecha de la escritura pública que
origine esta minuta.
TÍTULO SEGUNDO CAPITAL Y PARTICIPACIONES
CAPITAL SOCIAL
ARTÍCULO 5º.- El capital social suscrito es de S/…………… (....................Nuevos Soles),
y está dividido en participaciones de S/…………….. (……………..Nuevos Soles) cada
una, todas íntegramente suscritas y pagadas por los otorgantes en la siguiente
forma:
a)….…..,………………,suscribe…………..participaciones y paga S/………………en……………
dinero en efectivo, es decir el 50% del capital social;
b)…………., suscribe……………….participaciones y paga S/……………….en dinero en
efectivo, es decir el 35% del capital social;
c)…………………., suscribe…………….participaciones y paga S/…………en dinero en
efectivo, es decir el 15% del capital social.
PARTICIPACIONES SOCIALES
ARTÍCULO 6º.- Toda participación es igual, indivisible y acumulable. La sociedad
únicamente admitirá el ejercicio de los derechos que de ella se derivan a una sola
persona.
Todas las participaciones pertenecientes a un socio deben ser representadas por
una sola persona.
Si por venta, sucesión u otro tulo pasaran una o s participaciones a ser propiedad
de varias personas, estas deberán designar solamente a una para el ejercicio de
tales derechos, pero responderán solidariamente por las obligaciones que deriven
de la calidad de socios. La designación del representante se efectuará mediante
carta simple con firma legalizada notarialmente, suscrita por los copropietarios que
representen más del cincuenta por ciento de los derechos y acciones sobre las
participaciones en copropiedad.
REGISTRO DE PARTICIPACIONES
ARTÍCULO 7º.- Las participaciones de los socios son aquellas que se encuentran
detalladas en el artículo quinto del presente estatuto.
TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES
ARTÍCULO 8º.- La transferencia de participaciones de un socio solamente será
procedente con el consentimiento de los demás participacionistas. Asimismo,
para su validez, la transferencia de participaciones deberá realizarse a través de
escritura pública e inscribirse en el Libro de Sociedades Civiles del Registro de
personas Jurídicas.
TÍTULO TERCERO
DE LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
ARTÍCULO 9º.- Son órganos de la sociedad:
a) La junta de socios.
b) La administración.
DE LA JUNTA DE SOCIOS
ARTÍCULO 10º.- La junta de socios está compuesta por todos los socios y representa
la universalidad de los mismos.
Es la suprema autoridad de la sociedad y sus decisiones, tomadas de acuerdo
con los requisitos establecidos por el estatuto y la Ley General de Sociedades, son
obligatorias para todos los socios, aun para aquellos que hayan votado en contra o
estuviesen ausentes, sin perjuicio de los derechos que la ley les conceda.
A la junta de socios le corresponde ejercer los derechos y facultades de disposición
que legalmente le corresponde, salvo aquellos que hayan sido encargados a los ad-
ministradores, en virtud de lo establecido por el presente estatuto y la Ley General
de Sociedades.
DOMICILIO, CONVOCATORIA, QUÓRUM Y VOTACIONES DE LA JUNTA DE SOCIOS
ARTÍCULO 11º.- Las juntas de socios se celebrarán en el domicilio social. Podrá en
todo caso reunirse la junta de socios y adoptar acuerdos válidamente en un lugar
distinto, siempre que se encuentren presentes o representadas la totalidad de las
participaciones, y se acuerde por unanimidad instalar la junta y los asuntos a tratar
en la reunión, de lo que se dejará constancia en el acta respectiva.
Las juntas de socios serán convocadas por el socio-administrador.
El quórum necesario para que quede instalada la junta de socios será, en primera
convocatoria, por la concurrencia de socios que representen la mayoría simple
de participaciones sociales; y, en segunda convocatoria, por cualquier número de
socios concurrentes.
Para adoptar acuerdos se requerirá una votación favorable, superior a la mayoría
simple de participaciones sociales, salvo cuando se trate de modificación del pacto
social, requiriéndose para este caso el acuerdo unánime de los socios.
Las juntas de socios estarán presididas por el socio-administrador y como secretario
actuará alguno de los otros socios.
DERECHO DE SEPARACIÓN DE lOS SOCIOS
ARTÍCULO 12º.- los socios podrán separarse de la sociedad en cualquier momento,
para lo cual bastará que comuniquen vía carta notarial a cada uno de los socios
dicha decisión.
Los socios podrán ejercer su derecho de adquisición preferente sobre las
participaciones del socio disidente a prorrata de su participación del capital
social.
ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
ARTÍCULO 13º.- La administración de la sociedad corresponde a un socio, quien
estará facultado a representar a la sociedad. En ese sentido, para que la sociedad
quede obligada, bastará la firma de este socio.
En caso de que el socio administrador utilice el patrimonio social o use la firma
social para fines ajenos a los contenidos en el artículo segundo del presente
estatuto será pasible de separación.
Asimismo, la revocación del cargo de administrador solo procede en virtud de
causa justificada.
F - 3
Modelos y Formatos
Sección DERECHO COMERCIAL

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Constitución de Sociedad Civil Ordinaria

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA

Señor Notario: Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de constitución de socie- dad civil ordinaria y estatutos, que otorgamos: a)…………………………..de nacionalidad…………………...identificado con D.N.I. Nº………………………………, de ocupación……….soltero, con domicilio en........................ b)…………………………...de nacionalidad…………..identificado con .D.N.I…………………. Nº……………, de ocupación…………….con domicilio en…………………….. c)……………………de nacionalidad……………………..identificado con D.N.I……………… Nº…………………...de ocupación………………., con domicilio en……………….., casado con……………………. identificada con D.N.I. Nº……………….. (...) En los términos y condiciones siguientes: PACTO SOCIAL PRIMERO.- Por el presente instrumento, los otorgantes convienen constituir, como en efecto constituyen, una sociedad civil ordinaria, bajo la razón social de: “……………….S. Civil”, con un capital, domicilio, duración y demás estipulaciones que se establecen en el estatuto social. SEGUNDO.- El capital social inicial es de S/…………………(……………. Nuevos Soles) que estará representado por………………..participaciones de S/…………………..(……………………..Nuevos Soles) cada una, todas íntegramente suscritas y pagadas por los otorgantes en la siguiente forma: a)……………………………….,suscribe………participaciones y paga S/………………en dinero en efectivo, es decir el 50% del capital social; b)…………………………..suscribe………participaciones y paga S/…………. en dinero en efectivo, es decir el 35% del capital social; c)……………………..suscribe………participaciones y paga S/…………………….en dinero en efectivo, es decir el 15% del capital social; TERCERO.- La sociedad se regirá de conformidad con el siguiente estatuto: ESTATUTO TÍTULO PRIMERO NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN RAZÓN SOCIAL ARTÍCULO 1º.- La razón social de la sociedad es: “……………………….S.Civil”. OBJETO SOCIAL ARTÍCULO 2º.- El objeto de la sociedad es dedicarse a las prestaciones de servicios profesionales correspondientes al ejercicio de la profesión de Derecho, ya sea como litigantes, asesores, consultores, enseñanza o difusión. Asimismo, podrá realizar labores conexas a estas, como asesoría mercantil, económica o financiera. DOMICILIO SOCIAL ARTÍCULO 3º.- La sociedad señala su domicilio en la ciudad de…………..sin embargo, podrá establecer sucursales, agencias, filiales o representantes en cualquier lugar del país o del extranjero. DURACIÓN ARTÍCULO 4º.- El plazo de duración de la sociedad es por tiempo indeterminado, dando por inicio sus actividades a partir de la fecha de la escritura pública que origine esta minuta. TÍTULO SEGUNDO CAPITAL Y PARTICIPACIONES CAPITAL SOCIAL ARTÍCULO 5º.- El capital social suscrito es de S/…………… (....................Nuevos Soles), y está dividido en participaciones de S/…………….. (……………..Nuevos Soles) cada una, todas íntegramente suscritas y pagadas por los otorgantes en la siguiente forma: a)….…..,………………,suscribe…………..participaciones y paga S/………………en…………… dinero en efectivo, es decir el 50% del capital social; b)…………., suscribe……………….participaciones y paga S/……………….en dinero en efectivo, es decir el 35% del capital social; c)…………………., suscribe…………….participaciones y paga S/…………en dinero en efectivo, es decir el 15% del capital social. PARTICIPACIONES SOCIALES ARTÍCULO 6º.- Toda participación es igual, indivisible y acumulable. La sociedad únicamente admitirá el ejercicio de los derechos que de ella se derivan a una sola persona. Todas las participaciones pertenecientes a un socio deben ser representadas por una sola persona. Si por venta, sucesión u otro título pasaran una o más participaciones a ser propiedad de varias personas, estas deberán designar solamente a una para el ejercicio de tales derechos, pero responderán solidariamente por las obligaciones que deriven de la calidad de socios. La designación del representante se efectuará mediante carta simple con firma legalizada notarialmente, suscrita por los copropietarios que representen más del cincuenta por ciento de los derechos y acciones sobre las participaciones en copropiedad. REGISTRO DE PARTICIPACIONES ARTÍCULO 7º.- Las participaciones de los socios son aquellas que se encuentran detalladas en el artículo quinto del presente estatuto. TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES ARTÍCULO 8º.- La transferencia de participaciones de un socio solamente será procedente con el consentimiento de los demás participacionistas. Asimismo, para su validez, la transferencia de participaciones deberá realizarse a través de escritura pública e inscribirse en el Libro de Sociedades Civiles del Registro de personas Jurídicas. TÍTULO TERCERO DE LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD ARTÍCULO 9º.- Son órganos de la sociedad: a) La junta de socios. b) La administración. DE LA JUNTA DE SOCIOS ARTÍCULO 10º.- La junta de socios está compuesta por todos los socios y representa la universalidad de los mismos. Es la suprema autoridad de la sociedad y sus decisiones, tomadas de acuerdo con los requisitos establecidos por el estatuto y la Ley General de Sociedades, son obligatorias para todos los socios, aun para aquellos que hayan votado en contra o estuviesen ausentes, sin perjuicio de los derechos que la ley les conceda. A la junta de socios le corresponde ejercer los derechos y facultades de disposición que legalmente le corresponde, salvo aquellos que hayan sido encargados a los ad- ministradores, en virtud de lo establecido por el presente estatuto y la Ley General de Sociedades. DOMICILIO, CONVOCATORIA, QUÓRUM Y VOTACIONES DE LA JUNTA DE SOCIOS ARTÍCULO 11º.- Las juntas de socios se celebrarán en el domicilio social. Podrá en todo caso reunirse la junta de socios y adoptar acuerdos válidamente en un lugar distinto, siempre que se encuentren presentes o representadas la totalidad de las participaciones, y se acuerde por unanimidad instalar la junta y los asuntos a tratar en la reunión, de lo que se dejará constancia en el acta respectiva. Las juntas de socios serán convocadas por el socio-administrador. El quórum necesario para que quede instalada la junta de socios será, en primera convocatoria, por la concurrencia de socios que representen la mayoría simple de participaciones sociales; y, en segunda convocatoria, por cualquier número de socios concurrentes. Para adoptar acuerdos se requerirá una votación favorable, superior a la mayoría simple de participaciones sociales, salvo cuando se trate de modificación del pacto social, requiriéndose para este caso el acuerdo unánime de los socios. Las juntas de socios estarán presididas por el socio-administrador y como secretario actuará alguno de los otros socios. DERECHO DE SEPARACIÓN DE lOS SOCIOS ARTÍCULO 12º.- los socios podrán separarse de la sociedad en cualquier momento, para lo cual bastará que comuniquen vía carta notarial a cada uno de los socios dicha decisión. Los socios podrán ejercer su derecho de adquisición preferente sobre las participaciones del socio disidente a prorrata de su participación del capital social. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD ARTÍCULO 13º.- La administración de la sociedad corresponde a un socio, quien estará facultado a representar a la sociedad. En ese sentido, para que la sociedad quede obligada, bastará la firma de este socio. En caso de que el socio administrador utilice el patrimonio social o use la firma social para fines ajenos a los contenidos en el artículo segundo del presente estatuto será pasible de separación. Asimismo, la revocación del cargo de administrador solo procede en virtud de causa justificada.

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 Modelos y Formatos

S e c c i ó n D E R E C H O C O M E R C I A L