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requisitos para liquidar el impuesto de alcabala en la municipalidad, Resúmenes de Legislación Tributária

alcabala, requisitos, como realizarlo

Tipo: Resúmenes

2014/2015

Subido el 12/06/2023

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sandrarc-13 🇵🇪

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Para realizar la liquidación del Impuesto de Alcabala, se deberá cumplir con los
siguientes requisitos:
Exhibir el documento de identidad de la persona que realice el trámite.
Presentar copia simple del documento en el que consta la transferencia de
propiedad.
Presentar copia simple del autovalúo del año en que se produjo la
transferencia (en caso que el predio no esté ubicado en el Cercado ni inscrito
en el SAT).
En el caso de primera venta efectuada por:
Empresa constructora, presentar Ficha RUC donde señale que su
actividad económica es “construcción de edificios completos o
construcción de inmuebles”, o presentar copia simple de constitución
de persona jurídica cuyo objeto social señale “construcción de
inmuebles”.
Personas que no realicen actividad empresarial de construcción,
acreditar por lo menos 2 ventas en los últimos 12 meses (sin incluir
la venta materia de liquidación).
Cuando se trate de bienes futuros, presentar copia simple del certificado de
conformidad de obra o documento que acredite la existencia del bien.

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Para realizar la liquidación del Impuesto de Alcabala, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:  Exhibir el documento de identidad de la persona que realice el trámite.  Presentar copia simple del documento en el que consta la transferencia de propiedad.  Presentar copia simple del autovalúo del año en que se produjo la transferencia (en caso que el predio no esté ubicado en el Cercado ni inscrito en el SAT).  En el caso de primera venta efectuada por:  Empresa constructora, presentar Ficha RUC donde señale que su actividad económica es “construcción de edificios completos o construcción de inmuebles”, o presentar copia simple de constitución de persona jurídica cuyo objeto social señale “construcción de inmuebles”.  Personas que no realicen actividad empresarial de construcción, acreditar por lo menos 2 ventas en los últimos 12 meses (sin incluir la venta materia de liquidación).  Cuando se trate de bienes futuros, presentar copia simple del certificado de conformidad de obra o documento que acredite la existencia del bien.