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Requisitos de una Demanda Administrativa, Monografías, Ensayos de Derecho Administrativo

Requisitos, procedencia, formalidades de una demanda administrativa federal

Tipo: Monografías, Ensayos

2020/2021

Subido el 27/09/2021

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INTRODUCCIÓN
Este trabajo pretende dar a conocer las circunstancias que abarcan un tema correspondiente a
la materia fiscal y administrativa en los Estados Unidos Mexicanos, en específico el Juicio
Contencioso Administrativo Federal, conocido como Juicio de Nulidad, y la demanda para
iniciarlo.
El Juicio de nulidad, llamado así por que una de sus características principales es determinar
nulidades, el cual es un medio de defensa que se inicia interponiéndolo ante el Tribunal
correspondiente, en este caso el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
El Juicio Contencioso Administrativo Federal, es un medio de control que se lo otorga a los
particulares para anular las resoluciones emitidas por los órganos administrativos. Este proceso
es seguido ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para resolver las controversias que
se suscitan entre los contribuyentes y autoridades Fiscales y Administrativas.
La relevancia de este trabajo consiste en presentar una reseña de lo relacionado con la demanda
de nulidad de actuaciones, para que el interesado conozca a profundidad y obtenga los
conocimientos básicos sobre el tema ya que cualquier persona puede estar involucrada en actos
o resoluciones de autoridades u organismos públicos descentralizados que se encuentren en la
administración pública federal. Asimismo, se obtienen las herramientas, habilidades y
conocimientos prácticos para la elaboración de demandas de carácter fiscal para poder asesorar
en la materia, en relación a su defensa.
Para la realización de este escrito, se seleccionó la legislación aplicable y leyes complementarias,
revisando también una demanda que se obtuvo de internet y que me sirvió de guía para el
proyecto.
DESARROLLO
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INTRODUCCIÓN

Este trabajo pretende dar a conocer las circunstancias que abarcan un tema correspondiente a la materia fiscal y administrativa en los Estados Unidos Mexicanos, en específico el Juicio Contencioso Administrativo Federal, conocido como Juicio de Nulidad, y la demanda para iniciarlo. El Juicio de nulidad, llamado así por que una de sus características principales es determinar nulidades, el cual es un medio de defensa que se inicia interponiéndolo ante el Tribunal correspondiente, en este caso el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El Juicio Contencioso Administrativo Federal, es un medio de control que se lo otorga a los particulares para anular las resoluciones emitidas por los órganos administrativos. Este proceso es seguido ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para resolver las controversias que se suscitan entre los contribuyentes y autoridades Fiscales y Administrativas. La relevancia de este trabajo consiste en presentar una reseña de lo relacionado con la demanda de nulidad de actuaciones, para que el interesado conozca a profundidad y obtenga los conocimientos básicos sobre el tema ya que cualquier persona puede estar involucrada en actos o resoluciones de autoridades u organismos públicos descentralizados que se encuentren en la administración pública federal. Asimismo, se obtienen las herramientas, habilidades y conocimientos prácticos para la elaboración de demandas de carácter fiscal para poder asesorar en la materia, en relación a su defensa. Para la realización de este escrito, se seleccionó la legislación aplicable y leyes complementarias, revisando también una demanda que se obtuvo de internet y que me sirvió de guía para el proyecto. DESARROLLO

Antes de entrar en materia, es menester señalar que el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos indica que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que dichos poderes no podrán reunirse en una sola persona o corporación. Dicho lo anterior tenemos que, en los Estados Unidos Mexicanos, cuando surge una Litis entre un ciudadano y la autoridad hay maneras de litigarlo, ya sea ante los tribunales judiciales federales o ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, éste último se considera como un Tribunal de anulación o de ilegitimidad. A este tipo de tribunales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación los ha llamado de jurisdicción mixta, porque anulan resoluciones y actos administrativos y además tienen facultades para ejecutar sus sentencias. Para adentrarnos en la demanda de nulidad, primero estudiaremos qué es el Juicio Contencioso Administrativo Federal. El Juicio Contencioso Administrativo Federal es "un procedimiento de anulación de una resolución que impone una carga fiscal al particular y que requiere la intervención de un órgano jurisdiccional" (Palomar, 1981 ), conocido como Juicio de Nulidad y es un medio de control privativo de los particulares hacia las decisiones de las resoluciones de los órganos administrativos una vez agotada la vía administrativa. Este proceso es seguido ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para resolver las controversias que se suscitan entre los contribuyentes y autoridades Fiscales y Administrativas.

1. Inicio del juicio El Juicio Contencioso Administrativo Federal se inicia con la presentación del escrito inicial de la demanda, el cual, acorde con el artículo 13 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo puede ser presentado en la vía tradicional, por escrito ante la sala regional competente o, en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea. Una vez presentado el escrito inicial de demanda, la Sala en la que se haya presentado tendrá 48 horas para analizar y decidir si acepta o no conocer del asunto, si es o no competente por razón de territorio para conocer del mismo, siendo evidente que si lo acepta le será avisado de lo anterior a las partes y a la Sala Superior. Caso contrario es que no acepte conocer del asunto, por declararse incompetente, para lo cual deberá comunicar a la Sala Superior su decisión para que ésta decida, dentro de cinco días, a qué Sala corresponde conocer del asunto. Término Acorde con el artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el término para la presentación de la demanda deberá ser: I. De treinta días siguientes a aquél en que se den los siguientes supuestos: a) Que haya surtido efectos la notificación de la resolución impugnada, lo que se determinará conforme a la ley aplicable a ésta, inclusive cuando se controvierta simultáneamente como primer acto de aplicación una regla administrativa de carácter general.

4. Sobreseimiento El sobreseimiento es la conclusión o finalización anticipadamente de un proceso, en virtud de que el mismo se ha quedado sin materia, la Litis planteada es inexistente, carente de sustento jurídico, o sobreviene alguna circunstancia que imposibilita su tramitación de manera normal, legal y procedimental, en tales circunstancias, no puede seguirse dicho proceso y deb1e cesar la substanciación. El artículo 9 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo señala que procede el sobreseimiento en los siguientes casos: ➢ Por desistimiento del demandante. ➢ Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artículo anterior. ➢ En el caso de que el demandante muera durante el juicio si su pretensión es intransmisible o, si su muerte, deja sin materia el proceso. ➢ Si la autoridad demandada deja sin efecto la resolución o acto impugnados, siempre y cuando se satisfaga la pretensión del demandante. ➢ Si el juicio queda sin materia. ➢ En los demás casos en que por disposición legal haya impedimento para emitir resolución en cuanto al fondo. El sobreseimiento del juicio podrá ser total o parcial. DEMANDA DE NULIDAD DE ACTUACIONES En lo que respecta al presente trabajo, se pide la elaboración de una Demanda de Nulidad de Actuaciones, por lo que pasaré al estudio de sus requisitos. Formalidades de la demanda. Requisitos La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en su artículo 14, señala que la demanda deberá indicar: ➢ Mención del nombre, domicilio y correo electrónico del demandante. ➢ Mención de la resolución impugnada y/o fecha de publicación de la resolución de carácter general. ➢ Mención del demandado. ➢ Mención de los hechos. ➢ Pruebas ofrecidas. ➢ Señalamiento de nombres y domicilios de peritos o testigos. ➢ Ofrecimiento del expediente administrativo. ➢ Concepto de expediente administrativo. ➢ Expresión de conceptos de impugnación.

➢ Mención del tercero interesado. ➢ Mención de lo que se pida. ➢ Obligación de que en cada demanda sólo aparezca un demandante. ➢ Representante común (en su caso). Cuando se omita el nombre del demandante o los datos principales, el Magistrado Instructor desechará por improcedente la demanda interpuesta. Si son datos secundarios, se requerirá al promovente para que los señale dentro del término de cinco días, apercibiéndolo que de no hacerlo en tiempo se tendrá por no presentada la demanda o por no ofrecidas las pruebas, según corresponda. Cuando no se señale dirección de correo electrónico, no se enviará el aviso electrónico que corresponda. Documentos que se deben adjuntar a la demanda El demandante deberá adjuntar a su demanda: ➢ Copias para el traslado. ➢ Documentación que acredite la personalidad. ➢ Exhibición de la resolución impugnada. ➢ Exhibición de la instancia no resuelta expresamente. ➢ Constancia de notificación de la resolución impugnada. ➢ Fecha de notificación de la resolución impugnada. ➢ Cuestionario para peritos. ➢ Interrogatorio para testigos. ➢ Ofrecimiento de pruebas documentales. ➢ Ofrecimiento de información reservada o confidencial. Documentales que no obren en poder del demandante. Se deberá señalar dónde se encuentran. Si no se adjuntan a la demanda los documentos en referencia, el Magistrado Instructor requerirá al promovente para que los presente dentro del plazo de cinco días, so pena de tenerse como no presentada la demanda. Si se trata de las pruebas, se tendrán por no ofrecidas. El Juicio Contencioso Administrativo puede también tramitarse en LÍNEA a través del Sistema de Justicia en Línea, siempre que el demandante lo manifieste en la demanda sin que después pueda cambiar de vía. En este caso, le aplican las mismas reglas y plazos que un litigio tradicional. Para tales efectos, se deberá contar con la firma electrónica avanzada, clave de acceso y contraseña proporcionada por el sistema. Además del proceso en línea, se establece el litigio sumario, aplicable a los asuntos de cuantía menor a 15 veces la UMA vigente elevada al año sin incluir accesorios.

V, XIII, 28 y 34 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; vengo a demandar en la Vía _____________la Resolución contenida en el oficio__________, de fecha ____ de _________ de 20__, emitida por el _______________________, mediante el cual confirma la diversa del ____________ en Querétaro, Qro., con número de folio ______ , de fecha __ de ____ de 2021. A efecto de dar cumplimiento a los requisitos contemplados en el artículo 14, de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, se proporcionan los siguientes datos: I.- NOMBRE DEL DEMANDANTE Y DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES. Los que han quedado señalados en el proemio de esta demanda. II.- RESOLUCIÓN IMPUGNADA. La Resolución de fecha ___________, que consta en el oficio ____________, emitida por el ________________; así como la que fue controvertida originalmente, contenida en el ______________, de fecha __ de _____ de 2021 , expedida por el __________________________. III. AUTORIDADES DEMANDADAS.

  1. A) El Director de_______________________, con domicilio en _______. B y C PROCEDENCIA La presente demanda, se interpone con fundamento en el artículo 13, de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo; y dentro del plazo establecido, pues me fue notificada el día ——————–. COMPETENCIA

Es competente para conocer del presente Juicio ésta H. Sala, de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción VI, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. IV. TERCERO INTERESADO No existe. Con fundamento en la fracción IV, del artículo 14, de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, manifiesto los siguientes: HECHOS

  1. Con fecha ____________________, mi Representada presentó la declaración correspondiente al mes de septiembre del ejercicio 2020 , conforme a lo siguiente:
  2. a) ISR Personas Morales. Régimen de los coordinados. Impuesto propio.
  3. b) ISR Retenciones por salarios. Impuesto a cargo.
  4. c) ISR Retenciones por asimilados a salarios.
  5. d) ISR Retenciones por Servicios Profesionales.
  6. e) Impuesto al Valor Agregado.
  7. f) IVA Retenciones. Impuesto a cargo.
  8. Posteriormente, el __________________ me impuso la multa…
  9. … Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 14, fracción VI, de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo hago valer los siguientes: CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN La Determinación que se combate es ilegal conforme a la fracción IV, del artículo 51, de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, pues los hechos que la motivaron se apreciaron en forma equivocada; lo anterior es así, ya que la Demandada manifiesta que las contribuciones por las que me multó fueron efectivamente pagadas el día 19 de diciembre de 2016, lo anterior es incorrecto ya que dichas contribuciones resultaron una con saldo a favor, mientras que la otra fue compensada. Me permito insertar una tabla, para una mejor referencia.

CONCLUSIONES

En este trabajo dimos a conocer lo relativo al Juicio de Nulidad administrativa, así como a la demanda para dicho juicio, sus requisitos y formalidades. Se presenta la información requerida y necesaria para que el interesado, al terminar de leer el documento, obtenga el conocimiento básico para saber cómo presentar la demanda y ante qué autoridad. El sistema de impartición de justicia mexicano cada día requiere de mejores herramientas para que los litigantes hagan vales la justicia propia. Desde la parte de la autoridad, necesitan los medios necesarios para poder responder a las demandas en tiempo y forma, no solo se requiere de las capacidades que una persona pueda dar, sino también de ayuda tecnológica que facilite el trabajo. BIBLIOGRAFÍA Tron, Jean. 2009. La nulidad de los actos administrativos, Porrúa, México. Margáin Manaoutou, Emilio, De lo Contencioso Administrativo, Porrúa, 13ª Edición, México, 2006 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código Fiscal de la Federación. Tribunal Fiscal de Justica Administrativa. https://www.tfja.gob.mx/ Ley Federal del Procedimiento Administrativo Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo Ley Orgánica del Tribunal Federal de justicia Administrativa