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requerimiento cobro a entdidad financiera, Transcripciones de Gestión Comercial

cobro pre juridico, fomento de las estafas de los ofrecimientos de creditos con latasa incorrecta

Tipo: Transcripciones

2023/2024

Subido el 26/09/2024

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Montería, Junio de 2024
SEÑOR(A): INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU
-4541
DIRECCION: CR 6 No. 18 - 06 AV Circunvalar Montería -
Córdoba.
RAZON
SOCIAL:
Tria Colombiana De Motocicletas Yamaha S.A -
Comercio De Motocicletas NIT: 890976911-6
TELEFONO: 604 -7815045 / 01-800-0939262.
CORREO: pdvmonteria@incolmotos-yamaha.com.co
REF.: Derecho De Petición Requerimiento Extrajudicial.
DEISY BEATRIZ BADEL MARTINEZ, mayor de edad, identificada con cedula
de ciudadanía No. 50’ 913.416 de Montería Córdoba, con domicilio en
Manzana 0060 Lote 0030 Barrio Furatena Montería, actuando nombre
propio, en calidad de cliente y/o usuaria, en atención a las previsiones que
consagra el DERECHO CONSTITUCIONAL FUNDAMENTAL DE PETICIÓN
contenidas en el artículo 23 de la constitución política, desarrollada en los
artículos 5,6,17,31,32 del CPACA,(modificada por la ley 1755 del junio 30 de
2015), respetuosamente me dirijo ante su empresa para expresarle las
siguientes solicitudes, que tienen como sustento factico los siguientes:
HECHOS.
PRIMERO: El día 11 de noviembre del año 2022 hice la compra de un
vehículo tipo motocicleta marca: YAMAHA COLOR NEGRO MATE MODELO FZN
250-A MOTOR: G3H7E0149105 CHASIS: 9FKRG602XP2149105 en Montería -
Córdoba en el concesionario INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU 4541
ubicado en la CR 6 No. 18 - 06 AV Circunvalar atendido por la asesora de
ventas ADRIANA INES VEGA OVIEDO, quien me hace entrega de dicho vehículo
(moto) en las horas de la tarde la semana siguiente del 17 al 18 de
noviembre.
SEGUNDO: Se realizo la compra por medio de financiamiento a cuotas, cuyo
valor inicial de la motocicleta era de $15’669.800, de los cuales se procedió a
dar una cuota inicial de $3’000.000 quedando en $12’669.800 y se pagarían
cuotas mensuales de $532.300 a 24 meses (2 años) como se evidencia en las
facturas y documentos que anexo en este escrito.
TERCERO: En los últimos días procedo a dirigirme a las instalaciones del
concesionario INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU – 4541 ubicado en la CR
6 No. 18 - 06 AV Circunvalar para pedir el estado de cuentas y extractos de mi
crédito a la fecha y poder saldar la totalidad de la deuda, y me dicen que
todavía tengo una deuda de más de $10’000.000 lo que es ilógico, además de
eso procedo a verificar la información con la asesora ADRIANA INES VEGA
OVIEDO la cual de manera muy discriminada me dice que la cuota inicial NO
APARECE, que nunca cancele ese valor de $3’000.000 y que el crédito
que obtuve o esco fue por 48 cuotas, algo totalmente diferente y de
maneras arbitraria.
CUARTO: Como es de resaltar he pagado las cuotas correspondientes a la
fecha, haciéndolo por medio de consignaciones a través de Efectivo Ltda.
Efecty, desde el momento de la activación de dicho crédito, lo que significa
que se ha cancelado más del 60% del vehículo (moto) y el concesionario está
faltando a la verdad he incurriendo en un cobro de lo no debido lo que acarrea
sanciones graves y denuncias, las cuales espero no llegar a realizar más
adelante.
QUINTO: En este sentido, me he visto en la incómoda decisión de radicar
dicho escrito tendiente a verificar la información del financiamiento de la
motocicleta y requerir de manera extrajudicial a la señora asesora de ventas
ADRIANA INES VEGA OVIEDO para que explique el porqué de manera
arbitraria genero un financiamiento diferente sin mi consentimiento y además
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Montería, Junio de 2024

SEÑOR(A): INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU

DIRECCION: CR 6 No. 18 - 06 AV Circunvalar Montería -

Córdoba.

RAZON

SOCIAL:

Tria Colombiana De Motocicletas Yamaha S.A -

Comercio De Motocicletas NIT: 890976911-

TELEFONO: 604 -7815045 / 01-800-0939262.

CORREO: pdvmonteria@incolmotos-yamaha.com.co

REF.: Derecho De Petición Requerimiento Extrajudicial.

DEISY BEATRIZ BADEL MARTINEZ, mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No. 50’ 913.416 de Montería – Córdoba, con domicilio en Manzana 0060 Lote 0030 Barrio Furatena – Montería, actuando nombre propio, en calidad de cliente y/o usuaria, en atención a las previsiones que consagra el DERECHO CONSTITUCIONAL FUNDAMENTAL DE PETICIÓN contenidas en el artículo 23 de la constitución política, desarrollada en los artículos 5,6,17,31,32 del CPACA,(modificada por la ley 1755 del junio 30 de 2015), respetuosamente me dirijo ante su empresa para expresarle las siguientes solicitudes, que tienen como sustento factico los siguientes: HECHOS. PRIMERO: El día 11 de noviembre del año 2022 hice la compra de un vehículo tipo motocicleta marca: YAMAHA COLOR NEGRO MATE MODELO FZN 250-A MOTOR: G3H7E0149105 CHASIS: 9FKRG602XP2149105 en Montería - Córdoba en el concesionario INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU – 4541 ubicado en la CR 6 No. 18 - 06 AV Circunvalar atendido por la asesora de ventas ADRIANA INES VEGA OVIEDO, quien me hace entrega de dicho vehículo (moto) en las horas de la tarde la semana siguiente del 17 al 18 de noviembre. SEGUNDO: Se realizo la compra por medio de financiamiento a cuotas, cuyo valor inicial de la motocicleta era de $15’669.800, de los cuales se procedió a dar una cuota inicial de $3’000.000 quedando en $12’669.800 y se pagarían cuotas mensuales de $532.300 a 24 meses (2 años) como se evidencia en las facturas y documentos que anexo en este escrito. TERCERO: En los últimos días procedo a dirigirme a las instalaciones del concesionario INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU – 4541 ubicado en la CR 6 No. 18 - 06 AV Circunvalar para pedir el estado de cuentas y extractos de mi crédito a la fecha y poder saldar la totalidad de la deuda, y me dicen que todavía tengo una deuda de más de $10’000.000 lo que es ilógico, además de eso procedo a verificar la información con la asesora ADRIANA INES VEGA OVIEDO la cual de manera muy discriminada me dice que la cuota inicial NO APARECE, que nunca cancele ese valor de $3’000.000 y que el crédito que obtuve o escogí fue por 48 cuotas, algo totalmente diferente y de maneras arbitraria. CUARTO: Como es de resaltar he pagado las cuotas correspondientes a la fecha, haciéndolo por medio de consignaciones a través de Efectivo Ltda. – Efecty, desde el momento de la activación de dicho crédito, lo que significa que se ha cancelado más del 60% del vehículo (moto) y el concesionario está faltando a la verdad he incurriendo en un cobro de lo no debido lo que acarrea sanciones graves y denuncias, las cuales espero no llegar a realizar más adelante. QUINTO: En este sentido, me he visto en la incómoda decisión de radicar dicho escrito tendiente a verificar la información del financiamiento de la motocicleta y requerir de manera extrajudicial a la señora asesora de ventas ADRIANA INES VEGA OVIEDO para que explique el porqué de manera arbitraria genero un financiamiento diferente sin mi consentimiento y además

asegura que no se hizo pago de cuota inicial, so pena de presentar denuncia penal inmersa en El artículo 246 y 250 del Código Penal respecto de las presuntas conductas punibles configuradas en su actuar fraudulento. según el sustento factico descrito anteriormente solicito se tenga lo siguiente: OBJETO DE LAS PETICIONES. PRIMERA: Le solicito de manera muy respetuosa a los señores INCOLMOTOS YAMAHA S.A. Grupo CIIU – 4541 Tria Colombiana De Motocicletas Yamaha S.A - Comercio De Motocicletas NIT: 890976911- 6, que se me solucione mi petición de manera acuciosa lo más pronto posible, que se garantice el producto y servicio de compra, teniendo en cuenta que se escogió otro tipo de financiamiento sin mi consentimiento y a la fecha tengo una deuda casi igual a la inicial, a pesar de haber pagado de manera formal las cuotas correspondientes por el vehículo tipo motocicleta marca: YAMAHA COLOR NEGRO MATE MODELO FZN 250-A MOTOR: G3H7E0149105 CHASIS: 9FKRG602XP2149105. SEGUNDA: De manera consecuente solicito el extracto de mi crédito, con la cuota inicial y los pagos registrados a la fecha, para garantizar mi derecho como usuario y consumidor del producto que accedí a escoger en dicho almacén o concesionario, puesto que al no acceder estarían incurriendo en una falta grave al estatuto del consumidor y evitar futuros litigios ordinarios para garantizar mis pagos y mi dinero. TERCERA: Para tener transparencia en dicha resolución de mi controversia, solicito se impulse copia a la Superintendencia De Industria Y Comercio para que haga control y vigilancia sobre la forma y ofrecimiento de los productos y créditos de dicho almacén o concesionario y se verifique la forma como los asesores de venta refieren éticamente los productos y el cobro de lo no debido. FUNDAMENTOS DE DERECHO. Se deben tener en cuenta de manera muy atenta la jurisprudencia de la corte constitucional respecto del derecho fundamental de petición y darme respuesta oportuna y de fondo dentro del término legal así: SENTENCIA T-095/16: (….)

_49. El artículo 23 de la Constitución consagra el derecho que tienen todos los ciudadanos de elevar peticiones a las autoridades por motivos de interés particular o general. Esta Corporación ha reconocido que el núcleo esencial del derecho de petición se encuentra resguardado una vez se suministre una respuesta oportuna y de fondo a la solicitud elevada[79]. En este sentido, debe entenderse que la obligación de dar una respuesta, no supone el compromiso de resolver en un determinado sentido la petición, es decir, a favor o en contra de la solicitud del peticionario, sino tan solo la exigencia de contestar la solicitud presentada por el ciudadano de manera completa y oportuna.

  1. Por su parte, la Ley 1755 de 2015, “por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, determina que toda actuación iniciada por cualquier persona ante las autoridades supone el ejercicio del derecho de petición, sin que sea necesario invocarlo, por medio de éste se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad, la definición de una situación jurídica y el requerimiento de información, entre otras (art. 13). Además, señala la norma que el término para resolver las diferentes modalidades de petición es de 15 días siguientes a su recepción, a menos que se trate de una solicitud de documentos e información –término de 10 días siguientes a la_

1. Copia de las facturas que corresponden al valor de la cuota inicial pagada en fecha 11/ 11/ del año 2022 2. Copia de consignaciones realizadas por medio de efecty en puntos autorizados de las cuotas pagadas. 3. Copia de cedula. NOTIFICACIONES  Accionante: Recibo notificaciones Manzana 0060 Lote 0030 Barrio Furatena – Montería departamento de córdoba. celular: 3001260036 correo electrónico: deisybadel2020@gmail.com.  Accionado: CR 6 18 06 AV Circunvalar Tel: 7815045 Horario: Lunes a viernes: 10:00 am - 3:00 pm Sábados: 8:00 am - 1:00 pm correo electrónico: pdvmonteria@incolmotos-yamaha.com.co. Le agradezco de antemano su colaboración y respuesta favorable. Atentamente; ------------------------------------------- DEISY BEATRIZ BADEL MARTINEZ CC. No. 50’ 913.416 de Montería – Córdoba. EMAIL. deisybadel2020@gmail.com.