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Renuncia y despido injustificado
Tipo: Resúmenes
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DIVISIÓN REYNOSA
El derecho al trabajo es uno de los derechos humanos esenciales, que les confiere a todos los individuos por igual la libertad de elegir y ejercer un trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias, sin tener que sufrir discriminación de ningún tipo. También exige que todo trabajador reciba una remuneración digna por sus esfuerzos, así como la justa protección social y derecho a sindicación, del modo en que se estipule en las leyes. De este modo, el derecho al trabajo constituye un principio fundamental para regular y pactar las relaciones de producción en el mundo moderno, y combatir situaciones de opresión y segregación laboral, como la esclavitud de cualquier tipo, el trabajo indigno o precario, y la discriminación laboral por raza, sexo o cualquier otro motivo. El derecho al trabajo se encuentra consagrado, al igual que otros derechos humanos fundamentales en numerosas legislaciones nacionales. Por ejemplo, el artículo 123 de la Constitución Mexicana establece: “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo, conforme a la ley”. Cuando iniciamos una relación laboral, en lo último que solemos pensar es el momento en el que terminará, y mucho menos que será por un despido injustificado. Empezamos con optimismo, con la idea de dar resultados y hacer carrera, y así pueden pasar meses o años y seguimos sin pensarlo. De repente cambia la situación y te avisan que la relación de trabajo llegó a su fin. Cuando un trabajador es despedido, muchas veces el patrón trata de aprovecharse de la situación sin reconocer los derechos del trabajador reconocidos en la Ley Federal del Trabajo, ni tener que dar explicaciones de su decisión.
El Despido injustificado es la terminación de la relación laboral de un trabajador por decisión exclusiva del patrón y sin tener una causa justificada; es decir, sin que haya sido un acuerdo bilateral de voluntades como sucede en la renuncia y sin que haya motivos dolosos ocasionados por el empleado como ocurre en el despido justificado. De igual manera se considera como despido injustificado un despido cuando el patrón da por concluida la relación laboral por alguna de las causas válidas, pero omite notificar de ello al trabajador ya sea de forma personal o a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje, puesto que éste es un requisito de ley para formalizar la rescisión. Se incurrirá en un despido injustificado si se finaliza la relación laboral por la voluntad unilateral del patrón, sin verificar alguna de las causas de rescisión. Adicionalmente, si el trabajador no quebrantó ninguna de las reglas u obligaciones expuestas en el contrato de trabajo, y a pesar de esto el patrón decide continuar con el proceso de despido. Esto también se presenta si el patrón, a pesar de rescindir la relación laboral, no le informa al empleado sobre el aviso de rescisión laboral. Por consecuente, el despido injustificado es una manera de terminar la relación laboral sin que exista un motivo legítimo, por lo que el patrón incurre en responsabilidad y la manera de responder para resarcir el daño ocasionado al trabajador, es a través de la reinstalación o la indemnización, ambas integradas con los pagos señalados por la ley y a través de una sentencia emitida por los tribunales laborales competentes.
Cuando el patrón no acredita el motivo del despido, está obligado a alguna de las dos acciones que el trabajador puede ejercitar en su contra, que son: · Reinstalación. · Indemnización. Reinstalación tras despido injustificado: A través de la reinstalación el trabajador recupera el empleo en las mismas condiciones que venía desempeñando, más los salarios vencidos; prima de antigüedad que equivale a doce días de salario por año laborado; el proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional; así como las prestaciones superiores a las de ley, semejantes a bonos y otros incentivos. Los salarios vencidos consisten en el salario que se dejó de pagar desde el despido hasta el momento de la reinstalación o pago de indemnización y corresponde al patrón cubrir esas cantidades al trabajador. Según el Artículo 48.- El trabajador podrá solicitar ante la Autoridad Conciliadora, o ante el Tribunal si no existe arreglo conciliatorio, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago, observando previamente las disposiciones relativas al procedimiento de conciliación previsto en el artículo 684-A y subsiguientes. Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses, en términos de lo preceptuado en la última parte del párrafo anterior.
Indemnización por despido injustificado El trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por despido con un importe de tres meses de salario a razón del que corresponda en la fecha en que se realice el pago. Además de esta cantidad que se otorga como un resarcimiento, el patrón debe pagar también: salarios vencidos, prima de antigüedad que equivale a doce días de salario por año laborado; el proporcional de aguinaldo , vacaciones y prima vacacional; así como las prestaciones superiores a las de ley, semejantes a bonos y otros incentivos. Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán: I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios; II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, Adicionalmente se pagarán veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados, tomando en cuenta el tiempo efectivamente laborado.
Un aspecto relevante sobre la reinstalación es que el patrón está eximido en ciertos casos de la obligación de reinstalar. Tales supuestos están previstos en el artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo: l. Cuando se trate de trabajadores que tengan una antigüedad menor de un año; II. Si comprueba ante el Tribunal que el trabajador, por razón del trabajo que desempeña o por las características de sus labores, está en contacto directo y permanente con él y el Tribunal estima, tomando en consideración las circunstancias del caso, que no es posible el desarrollo normal de la relación de trabajo; III. En los casos de trabajadores de confianza; IV. En el trabajo del hogar; V. Cuando se trate de trabajadores eventuales, y VI. Cuando se trate de personas trabajadoras en plataformas digitales. Únicamente procederá la reinstalación obligatoria en caso de violación a derechos colectivos, tales como la libertad de asociación, autonomía sindical, el derecho de huelga y de contratación colectiva. Si el trabajador no está de acuerdo con la procedencia o los términos de la indemnización, el trabajador tendrá a salvo sus derechos para demandar por la vía jurisdiccional la acción que corresponda; en caso de que en el juicio se resuelva que el trabajador no se encuentra en ninguna de las hipótesis de este artículo, el depósito de la indemnización no surtirá efecto alguno y el Tribunal dispondrá del dinero depositado para ejecutar su sentencia. Si en dicho juicio el Tribunal resuelve que se actualiza alguna de las hipótesis contempladas en este artículo, pero el monto depositado es insuficiente para pagar la indemnización, el Tribunal condenará al patrón a pagar las diferencias e intereses correspondientes.
En México, existen varios órganos y entidades que pueden ayudar a un trabajador en caso de despido injustificado. Estas instituciones brindan asesoría legal, conciliación y representación en juicios laborales para garantizar que los derechos del trabajador sean respetados. Uno de los principales organismos es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que ofrece asesoría gratuita y representación legal a los trabajadores que han sido despedidos injustificadamente. PROFEDET ayuda a presentar demandas ante las autoridades laborales y a negociar acuerdos con los empleadores para obtener indemnizaciones justas. Otra instancia clave es el Centro de Conciliación y Registro Laboral, que forma parte de la reforma laboral en México. Este organismo busca resolver conflictos de manera rápida y gratuita mediante la conciliación entre trabajador y empleador, evitando largos procesos legales. Si el caso no se resuelve en la conciliación, el trabajador puede acudir al Tribunal Federal o Local de Conciliación y Arbitraje, dependiendo de la empresa en la que trabajaba. Estos tribunales son responsables de emitir resoluciones sobre despidos injustificados y determinar si el trabajador debe ser reinstalado o recibir una indemnización. Además, los sindicatos pueden ser un gran apoyo en casos de despidos injustificados, ya que tienen la capacidad de representar a los trabajadores ante las autoridades laborales y negociar mejores condiciones en los contratos colectivos de trabajo. También existen organismos locales de defensa del trabajador, como las Juntas de Conciliación y Arbitraje Estatales, que manejan casos de despidos en el sector privado dentro de cada entidad federativa. Finalmente, organizaciones civiles y despachos de abogados especializados en derecho laboral pueden ofrecer orientación y apoyo a los trabajadores despedidos de manera injustificada. Dependiendo de cada caso, pueden brindar asesoría gratuita o representación legal para llevar el caso ante las instancias correspondientes.
En caso de despido injustificado, el trabajador en México tiene una serie de derechos que le permiten exigir una compensación justa o incluso la reinstalación en su puesto de trabajo. La Ley Federal del Trabajo protege a los empleados contra despidos arbitrarios y establece las obligaciones del empleador en estas situaciones. Uno de los principales derechos del trabajador es la indemnización constitucional, que equivale a tres meses de salario si el despido es considerado injustificado. Además, si el trabajador decide demandar y el proceso se extiende, tiene derecho al pago de salarios caídos, lo que significa que debe recibir su sueldo por el tiempo que dure el juicio, con un límite de 12 meses y, en caso de que el proceso continúe, un interés del 2% mensual sobre el monto de la indemnización. El trabajador también tiene derecho a recibir su finiquito, que incluye el pago proporcional de días trabajados, vacaciones no gozadas, prima vacacional y aguinaldo. Si el trabajador lo prefiere, puede exigir su reinstalación en el puesto que desempeñaba antes del despido. En este caso, el empleador debe respetar las condiciones laborales originales y pagar los salarios caídos que se hayan generado desde el despido hasta la reincorporación. Sin embargo, hay casos en los que el patrón puede negarse a reinstalar al trabajador, como cuando se trata de empleados de confianza o si la relación laboral se ha deteriorado gravemente. Si el empleador se niega a pagar la indemnización o el finiquito correspondiente, el trabajador puede acudir a instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o los Tribunales Laborales, donde puede presentar una demanda y exigir el pago de lo que le corresponde. En situaciones en las que el despido injustificado involucre discriminación, acoso o violaciones a derechos humanos, el trabajador puede acudir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) o a organismos estatales para solicitar apoyo y protección.
Para calcular la liquidación en México, debes sumar 3 meses de salario por indemnización, 20 días de salario por cada año trabajado y la prima de antigüedad ( días de salario por año). Indemnización por despido injustificado: 3 meses de salario: Este es el pago básico por la terminación del contrato. 20 días de salario por cada año trabajado: Este pago adicional compensa los años de servicio. Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año trabajado: Este pago adicional se calcula por cada año de servicio. Otros conceptos a considerar: Aguinaldo proporcional: Si el trabajador no ha terminado el año, se debe pagar el aguinaldo proporcional a los meses trabajados. Vacaciones no disfrutadas y prima vacacional: Se debe pagar el valor de las vacaciones no tomadas y la prima vacacional correspondiente. Otras prestaciones acumuladas: Si el trabajador tiene otras prestaciones acumuladas que no hayan sido pagadas, también deben ser liquidadas. Deducciones: Impuesto sobre la Renta (ISR): La liquidación está sujeta a retención de ISR. Otras deducciones: Pueden aplicarse otras deducciones como cuotas del IMSS, adeudos de Infonavit, Fonacot, préstamos personales, etc.
Las diferencias entre un despido justificado e injustificado radican en las causas que motivan la terminación de la relación laboral y en las obligaciones que tiene el empleador hacia el trabajador. Estas son las principales diferencias: Causas : un despido justificado tiene una base legal sólida, mientras que un despido injustificado carece de razones válidas o legales. Por ejemplo, un despido justificado podrá efectuarse por la extinción de un contrato laboral, o la terminación del tiempo que el empleado presta sus servicios al empleador o la empresa, acordado dentro del contrato. Indemnización : en un despido justificado, el empleador no está obligado a pagar una indemnización adicional al trabajador, sólo las prestaciones acumuladas. En cambio, en un despido injustificado, debe efectuarse el pago de una liquidación tomando en cuenta ciertas prestaciones. Derechos del trabajador : en el despido injustificado, el trabajador puede demandar al empleador para recibir compensación o ser reinstalado en su puesto de trabajo. En el caso del despido justificado, no tiene derecho a solicitar su reinstalación.
La renuncia laboral es el acto por el cual un trabajador decide de manera voluntaria poner fin a su relación de trabajo con un empleador. Se trata de un derecho fundamental del trabajador y está regulado por la legislación laboral de cada país. En México, por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo establece las bases legales para la renuncia y las obligaciones tanto del empleado como del patrón en este proceso. Una de las características principales de la renuncia laboral es su voluntariedad, lo que significa que el trabajador toma la decisión sin necesidad de justificación ante la empresa, salvo en casos específicos. Este derecho protege la libertad de trabajo y permite que cualquier persona pueda cambiar de empleo o cesar su actividad sin consecuencias legales, siempre que se respeten los procedimientos establecidos. Desde el punto de vista formal, la renuncia suele realizarse mediante una carta de renuncia, aunque en algunos países la legislación no la exige expresamente. Este documento sirve para dejar constancia de la decisión del trabajador y, en ocasiones, incluye un preaviso con el fin de permitir a la empresa organizar la transición. Sin embargo, en la mayoría de los casos, el trabajador puede optar por una renuncia inmediata sin necesidad de justificar su salida.
4.- Renuncia por causa justificada: Ocurre cuando el trabajador se ve obligado a renunciar debido a condiciones adversas dentro de la empresa. Algunas de las causas justificadas incluyen: Falta de pago de salario. Acoso laboral o discriminación. Incumplimiento del contrato por parte del empleador. Condiciones inseguras o riesgosas en el trabajo. En estos casos, el trabajador puede presentar una demanda laboral y reclamar el pago de una indemnización similar a la de un despido injustificado. 5.- Renuncia inducida: Sucede cuando un empleador presiona o obliga a un trabajador a renunciar en lugar de despedirlo. Esto puede ocurrir mediante amenazas, reducción de salario o maltrato laboral. Si un trabajador es forzado a renunciar, puede presentar una denuncia ante las autoridades laborales para reclamar sus derechos. 6.- Renuncia por mutuo acuerdo: En algunos casos, tanto el empleador como el trabajador acuerdan terminar la relación laboral en términos negociados. Esto puede incluir beneficios adicionales, como una compensación económica o la conservación de ciertos derechos.
Cuando un trabajador presenta su renuncia voluntaria, uno de los derechos más importantes que debe recibir es el finiquito. El finiquito es el conjunto de pagos que el empleador debe realizar al trabajador al momento de su renuncia voluntaria, y su propósito es liquidar todas las prestaciones que el trabajador ha acumulado hasta ese momento. El trabajador tiene derecho a recibirlo al terminar su relación laboral, y debe incluirse de manera integral todos los pagos pendientes que le correspondan. El pago del finiquito corresponde a los siguientes conceptos: Salario del último periodo de trabajo Parte proporcional del aguinaldo Parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas Parte proporcional de la prima vacacional Prima de antigüedad (en su caso) Otras prestaciones