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Reglamento Estudiantil de la Corporación Universitaria Minuto de Dios - UNIMINUTO, Esquemas y mapas conceptuales de Administración de Empresas

El reglamento estudiantil de la corporación universitaria minuto de dios - uniminuto tiene como objetivo regular las relaciones académico-administrativas, de convivencia y disciplinarias entre la institución y sus estudiantes. Este documento establece los derechos y deberes de los estudiantes, los requisitos de ingreso y admisión, así como los procesos y procedimientos que rigen la vida académica en uniminuto. El reglamento busca acompañar a los estudiantes en el desarrollo de su ser, la formación como profesionales integrales, éticamente comprometidos y socialmente responsables.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 29/06/2023

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REGLAMENTO ESTUDIANTIL
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TÍTULO I. ASPECTOS GENERALES
Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento Estudiantil tiene como objetivo
regular las relaciones académico-administrativas, de convivencia y disciplinarias
entre la Corporación Universitaria Minuto de Dios- UNIMINUTO y sus estudian-
tes de los programas de todas las modalidades, con el propósito de acompañarlos
en el desarrollo del ser, formarlos como profesionales integrales, éticamente com-
prometidos y socialmente responsables.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Este Reglamento rige para los estudiantes
de los programas académicos de Educación Superior y de los programas no con-
ducentes a título universitario de todas las modalidades en sus distintas Sedes.
Igualmente, se aplicará a la persona que adelante estudios en UNIMINUTO,
mediante alianza o convenio celebrado con otras Instituciones de Educación Supe-
rior, a excepción de las expresamente pactadas.
Parágrafo: Cuando exista reglamentación específica para un determinado
grupo de estudiantes o modalidad, se expresará así mediante disposición interna
emitida por la autoridad competente de la Institución, en caso de vacío en tales
disposiciones será suplido por las normas previstas en el presente acuerdo en lo
que sea compatible con la naturaleza de los mismos.
TÍTULO II. ESTUDIANTES, SUS DERECHOS Y DEBERES
Artículo 3. Estudiante. Es un actor fundamental de la comunidad educativa
de UNIMINUTO, a él se encaminan todos los procesos con el fin de acompañarlo
en el desarrollo del ser, de las competencias profesionales y de la responsabili-
dad social, pilares del proyecto educativo de la Institución, para formarlo como
profesional integral, éticamente comprometido, socialmente responsable y de
reconocida calidad.
Son estudiantes las personas que libremente así lo soliciten siempre que cum-
plan los requisitos establecidos por la ley y este Reglamento. Los Estudiantes
aceptan integralmente los Estatutos y reglamentos internos que rigen la vida de
la Institución.
Cada estudiante es gestor de su propio proceso de formación, de la construcción
de su proyecto de vida, y de la participación constructiva de su entorno como un
buen ser humano y un ciudadano comprometido quien asume, de forma respon-
sable, la elección que de manera libre hizo de UNIMINUTO.
Artículo 4. Estudiante de Educación Superior. Es estudiante de Educación
Superior de UNIMINUTO la persona que tiene matrícula vigente en cualquiera
de los programas académicos de educación superior en los niveles de pregrado o
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¡Descarga Reglamento Estudiantil de la Corporación Universitaria Minuto de Dios - UNIMINUTO y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Administración de Empresas solo en Docsity!

TÍTULO I. ASPECTOS GENERALES

Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento Estudiantil tiene como objetivo regular las relaciones académico-administrativas, de convivencia y disciplinarias entre la Corporación Universitaria Minuto de Dios- UNIMINUTO y sus estudian- tes de los programas de todas las modalidades, con el propósito de acompañarlos en el desarrollo del ser, formarlos como profesionales integrales, éticamente com- prometidos y socialmente responsables.

Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Este Reglamento rige para los estudiantes de los programas académicos de Educación Superior y de los programas no con- ducentes a título universitario de todas las modalidades en sus distintas Sedes. Igualmente, se aplicará a la persona que adelante estudios en UNIMINUTO , mediante alianza o convenio celebrado con otras Instituciones de Educación Supe- rior, a excepción de las expresamente pactadas.

Parágrafo: Cuando exista reglamentación específica para un determinado grupo de estudiantes o modalidad, se expresará así mediante disposición interna emitida por la autoridad competente de la Institución, en caso de vacío en tales disposiciones será suplido por las normas previstas en el presente acuerdo en lo que sea compatible con la naturaleza de los mismos.

TÍTULO II. ESTUDIANTES, SUS DERECHOS Y DEBERES

Artículo 3. Estudiante. Es un actor fundamental de la comunidad educativa de UNIMINUTO , a él se encaminan todos los procesos con el fin de acompañarlo en el desarrollo del ser, de las competencias profesionales y de la responsabili- dad social, pilares del proyecto educativo de la Institución, para formarlo como profesional integral, éticamente comprometido, socialmente responsable y de reconocida calidad.

Son estudiantes las personas que libremente así lo soliciten siempre que cum- plan los requisitos establecidos por la ley y este Reglamento. Los Estudiantes aceptan integralmente los Estatutos y reglamentos internos que rigen la vida de la Institución.

Cada estudiante es gestor de su propio proceso de formación, de la construcción de su proyecto de vida, y de la participación constructiva de su entorno como un buen ser humano y un ciudadano comprometido quien asume, de forma respon- sable, la elección que de manera libre hizo de UNIMINUTO.

Artículo 4. Estudiante de Educación Superior. Es estudiante de Educación Superior de UNIMINUTO la persona que tiene matrícula vigente en cualquiera de los programas académicos de educación superior en los niveles de pregrado o

posgrado, conducentes a título académico previo cumplimiento de los requisitos legales, académicos, administrativos y financieros exigidos por la Institución.

Parágrafo primero. El estudiante que realice movilidad, en cualquiera de sus tipologías y modalidades, conservará su calidad de estudiante de educación superior.

Parágrafo segundo. El estudiante que se matricule en UNIMINUTO pro- veniente de un programa académico de doble titulación en virtud de un convenio celebrado con otra Institución de Educación Superior será considerado estudiante de educación superior.

Artículo 5. Estudiante en otra oferta académica. Es estudiante en otra oferta académica de UNIMINUTO , la persona que participa en programas distintos a los conducentes a título formal de educación superior, tales como, los relacionados con la educación continua, los cursos libres, cortos y certificables, entre otros, que tienen como objetivo, de manera ágil, complementar competencias, actualizar conocimientos, adquirir habilidades, así como formar en aspectos académicos, laborales o para el emprendimiento, a lo largo de la vida. Los estudiantes en otra oferta académica estarán sujetos al presente Reglamento en todo aquello que les sea aplicable.

Parágrafo. Los estudiantes de décimo y undécimo grado de la educación media o quienes la normatividad permita y que estén participando en un proceso o meca- nismo formalizado de articulación con la educación superior o la educación para el trabajo y desarrollo humano, en UNIMINUTO , se denominarán Estudiantes en Articulación.

Artículo 6. Estudiante visitante. Se considera estudiante visitante de UNIMINUTO , aquel estudiante colombiano o extranjero, quien, teniendo matrí- cula vigente en otra Institución de Educación Superior:

a. Desea ampliar su formación desarrollando cursos de programas académi- cos de pregrado o posgrado de UNIMINUTO , no conducentes a título, aun cuando no esté en el marco de un programa, acuerdo o convenio de movi- lidad.

b. Participa de cursos organizados por la Oficina de Asuntos Internacionales, en el marco de su oferta internacional.

c. Desea desarrollar actividades de investigación en virtud de un convenio o carta de compromiso.

Parágrafo primero. La condición de estudiante visitante será autorizada por la Vicerrectoría o Dirección académica de las Sedes, con el acompañamiento de la Oficina de Asuntos Internacionales, previo proceso de postulación y admisión. El

b. De manera voluntaria realice la solicitud de cancelación o interrumpa los estudios en el periodo académico en el que se matriculó, por motivos graves de salud, previa certificación médica, entre otros.

c. Haya incurrido en una causal de pérdida de cupo.

d. Incurra en falta disciplinaria grave que conlleve como sanción la suspensión o la expulsión.

e. Adquiera la calidad de egresado no graduado.

f. Se gradúe del programa académico en el que se matriculó.

g. Sea declarada la muerte real o presunta.

Artículo 11. Derechos de los estudiantes. Son derechos de los estudiantes de UNIMINUTO , los siguientes:

a. Recibir una formación integral de calidad, con participación activa en su proceso de formación, coherente con la misión, principios y la normativa interna de la Institución.

b. Participar en las actividades académicas que integren el currículo de su formación profesional, así como en las convocatorias de becas, beneficios e incentivos que disponga UNIMINUTO.

c. Conocer al inicio de cada periodo académico el programa de cada curso , los criterios de evaluación que se emplearán en las distintas actividades y prue- bas académicas, así como, ser informados de sus resultados conforme a lo establecido en este Reglamento y al calendario académico de la respectiva Sede en la que se encuentra matriculado en UNIMINUTO.

d. Solicitar la revisión de sus calificaciones de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento.

e. Recibir los servicios gestionados por las unidades de Asuntos Estudiantiles relacionados con bienestar, cultura, deporte, espiritualidad, apoyo socio-emo- cional, recursos y medios educativos, entretenimiento, entre muchos otros, que ofrece UNIMINUTO de acuerdo con los recursos financieros y de infraestructura física con que cuente la Institución, y los reglamentos que se establezcan para regular su funcionamiento.

f. Tener su historia académica actualizada periódicamente hasta la culmina- ción de su proceso formativo.

g. Participar en el proceso de evaluación de los profesores asignados para el desarrollo de sus cursos.

h. Expresar libremente sus ideas y desarrollar autónomamente su personalidad, siempre que respeten la Institución y los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa de UNIMINUTO.

i. Tener acceso a una información clara, oportuna y actualizada sobre las nor- mas, las autoridades y los procedimientos que rigen su vida académica en UNIMINUTO.

j. Exigir el reconocimiento de los derechos que se deriven de sus creaciones intelectuales, de acuerdo con lo establecido en la Ley y en el Reglamento de Propiedad Intelectual de la Institución.

k. Acceder, de acuerdo con las políticas y normas de seguridad de la informa- ción de UNIMINUTO , a los sistemas y fuentes de información científica y tecnológica puestas a su disposición por UNIMINUTO.

l. Elegir y ser elegido para integrar los órganos colegiados que determinan los Estatutos y la normatividad interna de UNIMINUTO y participar allí en las deliberaciones y toma de decisiones.

m. Recibir un trato justo de acuerdo con el debido proceso, en caso de ser sujeto de un procedimiento académico, administrativo o disciplinario.

n. Solicitar y recibir certificados académicos y de conducta en los tiempos y bajo los derechos pecuniarios que establezca UNIMINUTO.

o. Presentar solicitudes en forma respetuosa, y recibir respuesta oportuna, clara y de fondo a las mismas, siguiendo siempre el conducto regular, así como los procedimientos y términos que para el efecto establezca UNIMINUTO.

p. Exigir por parte de UNIMINUTO el tratamiento de sus datos personales, así como, de su conducta, sus registros académicos y su salud, de conformi- dad con las normas que regulan la materia. Esta información solo podrá ser suministrada en situaciones especiales que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los estudiantes o a petición de ellos, de sus padres acudientes cuando sean menores de edad, o por orden de autoridad competente.

q. Los demás consagrados en la Ley, los Estatutos y reglamentos internos de UNIMINUTO.

Artículo 12. Deberes de los estudiantes. Son deberes de los estudiantes de la Institución, además de los contemplados de manera específica en este Regla- mento, los siguientes:

  1. Cumplir con la Constitución Política de Colombia, la Ley, los Estatutos y demás normatividad interna de UNIMINUTO.
  1. Llevar a cabo la inscripción en los Sistemas de Información Administrativo y Académico Institucional, así como mantener actualizada la información registrada especialmente en lo relacionado con el lugar de su residencia, teléfono(s) donde se les pueda ubicar, dirección de correo electrónico y con- diciones de salud que deban ser conocidas por la Institución.
  2. Conocer y consultar permanentemente la página web de UNIMINUTO y los medios que se dispongan con el fin de estar informados sobre las normas, los calendarios y procesos que rigen la Institución y su conducta dentro de ella, así como las noticias, oportunidades, eventos y demás aspectos que deban ser conocidos por la comunidad universitaria.
  3. Cuidar con esmero los equipos, los muebles, los materiales y las instalacio- nes de la Corporación Universitaria, así como los demás establecimientos en donde este preste sus servicios o en los que se encuentren por su condición de estudiantes de UNIMINUTO , y responder por los daños que ocasionen.
  4. Abstenerse de presentar como propios, escritos, documentos o ideas que no sean de su autoría o sin las debidas autorizaciones de terceros.
  5. Representar dignamente a UNIMINUTO en aquellos lugares y eventos en que les corresponda hacerlo, bien por designación de una autoridad univer- sitaria o por las circunstancias en que se encuentren.
  6. Acatar las instrucciones que les impartan el personal académico y admi- nistrativo de UNIMINUTO para el normal desarrollo de sus actividades.
  7. Afiliarse y mantenerse vinculado al Sistema de Seguridad Social en salud en cualquiera de sus modalidades, mientras conserve la calidad de estudiante.
  8. Recibir y usar correctamente los elementos de seguridad ocupacional y bioseguridad, para la protección de su integridad física, en los entornos aca- démicos de UNIMINUTO o de otras entidades y lugares donde se preste la formación.
  9. Respetar las disposiciones normativas de las Instituciones públicas, privadas y del tercer sector para el desarrollo adecuado de las prácticas de responsa- bilidad social y profesionales.
  10. Los estudiantes extranjeros tienen la obligación de mantener vigente su visado o autorización que les permita adelantar estudios en Colombia según la legislación migratoria vigente.
  11. Respetar el libre ejercicio de los derechos de todos los miembros de la comu- nidad educativa, dando un trato libre de coerción, intimidación o acoso; así mismo respetar la confidencialidad y privacidad de ellos, particularmente

en lo relacionado con sus datos personales, conducta, registros académicos, salud mental y física.

  1. No interrumpir o interferir el normal desarrollo de las actividades académi- cas e institucionales en cualquiera de los momentos o eventos de formación, cualquiera que sea su modalidad.
  2. Seguir el conducto regular para el trámite de derechos de petición, quejas, inquietudes y reclamos en general.
  3. Acatar las disposiciones de las autoridades y profesores para la conservación del orden al interior de la Institución, así como las sanciones académicas y disciplinarias que se les impongan luego de haber agotado el respectivo trá- mite o procedimiento.
  4. Informar al área correspondiente de UNIMINUTO cuando contraigan o tengan una enfermedad que pueda transmitirse o afectar la salud de la comu- nidad educativa y seguir estrictamente los protocolos e instrucciones que les impartan sobre el particular.
  5. Abstenerse de consumir, ingresar, comercializar o distribuir en UNIMINUTO , a cualquier título, bebidas o sustancias embriagantes, psi- coactivas o alucinógenas.
  6. Abstenerse de ingresar a UNIMINUTO bajo los efectos de sustancias embriagantes, psicoactivas o alucinógenas.
  7. Abstenerse de ingresar o portar dentro de UNIMINUTO armas de cualquier naturaleza.
  8. No ingresar mascotas, animales domésticos y no domésticos a las instalacio- nes dispuestas por UNIMINUTO , o de otras entidades y lugares donde se desarrolla la formación.
  9. Abstenerse de ingresar a UNIMINUTO con menores de 14 años, sin auto- rización previa.
  10. Cumplir con todas aquellas responsabilidades que sean inherentes a su cali- dad de estudiante y que contribuyan a la construcción de una comunidad académica; así como con los demás deberes y responsabilidades previstas en la normatividad interna de UNIMINUTO.
  11. Tratar con respeto a todos los miembros de la comunidad educativa.
  12. Usar el correo institucional para todas las comunicaciones entre el estudiante y UNIMINUTO.

1. Requisitos especiales para la inscripción en programas del nivel Técnico Profesional. Además de los requisitos generales previstos en los literales a. y b. del numeral 1, son requisitos de inscripción en el nivel Técnico Profesional, los siguientes que establece la Ley 749 de 2002 así:

a. Haber culminado y aprobado la educación básica secundaria.

b. Ser mayor de 16 años.

2. Requisitos especiales para la inscripción en programas del nivel Tec- nológico por ciclos propedéuticos. Además de los requisitos generales previstos en el numeral 1, será requisito de inscripción en el nivel Tecnoló- gico por ciclos propedéuticos, la presentación del acta de grado o diploma obtenido en el nivel Técnico Profesional afín al programa que se aspira a ingresar.

Parágrafo primero. Para todos los efectos señalados en este artículo, el estudiante extranjero cuya lengua materna no sea el español, deberá acreditar la suficiencia mínima requerida mediante la presentación de la prueba dispuesta por la Institución.

Parágrafo segundo. UNIMINUTO se reserva el derecho de verificar la infor- mación que suministre el aspirante y en caso de falsedad o de haberla obtenido por medios fraudulentos, rechazará la solicitud y se entenderá que nunca estuvo inscrito o admitido, sin perjuicio de adelantar las acciones legales a que hubiere lugar.

Artículo 16. Requisitos de Inscripción para programas de Posgrado. Para la inscripción a un programa de posgrado ofertado en UNIMINUTO el aspirante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a. Copia del documento de identidad. Para aspirantes colombianos: cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad. Para aspirantes extranjeros: cédula de extranjería o pasaporte vigente, así como cumplir con el estatus migratorio exigido, de conformidad con lo establecido en la ley.

b. Copia del documento de afiliación al sistema de seguridad social en salud o su equivalente.

c. Copia del acta de grado o diploma del programa de pregrado cursado.

Parágrafo primero. Para adelantar programas de posgrado no se requiere la convalidación del título del pregrado obtenido en el extranjero, salvo que, para el desarrollo del programa académico, la normatividad vigente así lo exija.

Parágrafo segundo. Para todos los efectos señalados en este artículo, el estudiante extranjero cuya lengua materna no sea el español, deberá acreditar la

suficiencia mínima requerida, establecida por el programa, mediante la presen- tación de la prueba dispuesta por la Institución

Parágrafo tercero. El estudiante de Pregrado de UNIMINUTO puede aspi- rar a cursar un programa de posgrado dentro de la Institución, mediante proceso de coterminalidad o cuando haya cumplido con todos los requisitos académicos, administrativos y financieros establecidos para tal fin y solo se encuentre pen- diente de recibir el título.

Parágrafo cuarto. UNIMINUTO se reserva el derecho de verificar la infor- mación que suministre el aspirante y en caso de falsedad o de haberla obtenido por medios fraudulentos, rechazará la solicitud y se entenderá que nunca estuvo inscrito o admitido, sin perjuicio de adelantar las acciones legales a que hubiere lugar.

Artículo 17. Requisitos de inscripción para educación continua y otros cur- sos libres. Para programas de educación continua, certificaciones profesionales y otros cursos libres, únicamente se debe adjuntar copia del documento de identidad. Para aspirantes extranjeros copia de la cédula de extranjería o pasaporte vigente.

Parágrafo primero. Para todos los efectos señalados en este artículo, el estudiante extranjero cuya lengua materna no sea el español, deberá acreditar la suficiencia mínima requerida mediante la presentación de la prueba dispuesta por la Institución.

Parágrafo segundo. Los aspirantes extranjeros amparados por convenios internacionales podrán inscribirse a cursos cortos según lo establecido en el res- pectivo convenio y demás normas vigentes.

Parágrafo tercero. UNIMINUTO se reserva el derecho de verificar la infor- mación que suministre el aspirante y en caso de falsedad o de haberla obtenido por medios fraudulentos, rechazará la solicitud y se entenderá que nunca estuvo inscrito o admitido, sin perjuicio de adelantar las acciones legales a que hubiere lugar.

Artículo 18. Selección. Es el proceso interno mediante el cual UNIMINUTO conoce, analiza y evalúa si las condiciones en cuanto a intereses, competencias y aptitudes del aspirante están acordes con las exigencias y requerimientos del programa respectivo, de conformidad con la normatividad legal e interna vigente y el Proyecto Educativo Institucional. Se exceptúan los programas de educación continua y cursos libres, los cuales no tienen proceso de selección.

Parágrafo primero. El Consejo General Académico podrá exigir la presenta- ción de pruebas de selección para determinados programas.

Parágrafo segundo. El proceso de selección se llevará a cabo una vez se haya completado el proceso de inscripción.