










































Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Es un buen material tiene características de ingreso
Tipo: Resúmenes
1 / 50
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
i
Caracas, 2024
ii
Carlos Alvarado Rector
María Esperanza Martínez
Vicerrectora
Nilka Calderón Secretaria General
iv
Gisela Burguillo Director General Secretaría General
Isabe Merlo Director General Secretaría General
Marta Rodríguez Asesora
APROBADO POR Consejo Universitario en Reunión Ordinaria N° 98 de fecha 22/07/2024 y alcance aprobado en Reunión Ordinaria N°99 del 06/08/2024. El Reglamento, entrará en vigencia a partir del 07/01/ 2025
v
Sección Primera .................................................................................................................. 9 De la naturaleza del ingreso ............................................................................................ 9 Sección Segunda ............................................................................................................... 10 De las Modalidades de Ingreso a los PNFA ................................................................... 10 Sección Tercera ................................................................................................................. 10 De la Convocatoria para el Ingreso a Estudios De IV Nivel en la Modalidad de Programas Nacionales De Formación Avanzada y cursos de Ampliación en La Universidad De Las Ciencias De La Salud “Hugo Chávez Frías”” ................................... 10 Sección Cuarta .................................................................................................................. 16 De los procesos Académicos- administrativo de los nuevos ingresos a los PNFA ........ 16 Sección Quinta .................................................................................................................. 18 Del Reingreso a los PNFA en la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías”.............................................................................................................................. 18 Sección Sexta .................................................................................................................... 18 Del ingreso a los PNFA por Acreditación de Aprendizajes y Saberes por Experiencia a los PNFA en la Universidad de las Ciencia de la Salud “Hugo Chávez Frías” ................ 18 Sección sexta ..................................................................................................................... 19 Del Carnet estudiantil.................................................................................................... 19
CAPÍTULO III .......................................................................................................................... 19
DEL DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LOS PNFA ....................................................................... 19
Sección Primera ................................................................................................................ 19 De la organización de la UCS”HChF” en los Escenarios de Formación ubicados en las Redes de Integradas de Atención en Salud, u otras instituciones públicas. ................. 19 Sección Segunda ............................................................................................................... 22
- De la Gestión Académica de los PNFA
1
El contenido de este reglamento está fundamentado en el marco legal de la República Bolivariana de Venezuela, las políticas educativas emanadas del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria y reglamentos y normas de la Universidad de Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías” UCS-“HChF”-“HChF”) en lo referente a al ingreso, gestión académica, permanencia, prosecución, egreso y titulación aplicables a los Programas Nacionales de Formación Avanzada (PNFA) en la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías” UCS-“HChF”-“HChF”), considerando la educación como un derecho humano de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 de la Constitución.
El cumplimiento de las normas aquí señaladas, permite la uniformidad de la aplicación en los procesos de ingreso, gestión académica, permanencia, prosecución, egreso y titulación de los Programas Nacionales de Formación Avanzada, así como el adecuado seguimiento y control de los mismos, lo que permitirá el logro de los objetivos del Modelo Educativo de la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías”.
Este documento es de consulta permanente y forma parte de los reglamentos oficiales de la universidad, su interpretación e instrumentación se orienta por los siguientes principios rectores.
Enfoque crítico emancipador fundamentado en la dialéctica histórica, con base en la ética descolonizadora:
Pertinencia ético-política y socio-histórica en tanto que sus finalidades deben reproducir fielmente, en el campo educativo, los propósitos señalados por el proyecto histórico.
Consistencia y rigurosidad teórico-metodológica en tanto que sus partes constitutivas deben relacionarse y expresarse coherentemente en cada una de las funciones de la universidad, y en cada plano de acción.
Potenciación de capacidades resolutivas frente a los desafíos que presenta la realidad concreta, para que las y los sujetos involucrados en este proceso de formación- producción, sistematización-vinculación social, que son sujetos histórico-políticos, puedan desarrollar competencias para operar eficaz y directamente los problemas de salud enfermedad: manifestaciones biológicas, determinación histórica, modos de producción de sus prácticas.
3
Misión Barrio Adentro: se trata de un programa estratégico creado en la Revolución Bolivariana dirigido a construir el nuevo Sistema Público Nacional de Salud en Venezuela, para dar respuesta a las necesidades de salud de la población históricamente excluida del goce del derecho a la salud. Se lleva a cabo con la cooperación de un equipo de profesionales internacionalistas desplegados a lo largo y ancho del país, de conformidad con lo previsto en el “Compromiso de Sandino” acordado en el año 2005 por los gobiernos de Venezuela y de Cuba bajo el Convenio de Cooperación Internacional Cuba-Venezuela.
Sistema Público Nacional de Salud: se refiere a la organización de los servicios vinculados a la salud que ha sido concebida por el Estado venezolano con el fin de asegurar el ejercicio de los derechos a la salud y a la vida, establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el Plan de Desarrollo de la Nación. Ofreciendo a la población servicios de promoción de la salud y prevención de enfermedades, atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria desde el primer hasta el tercer nivel de atención. Estos servicios se brindan a través de la Misión Barrio Adentro, la red ambulatoria y hospitales que se clasifican en tipo I, II y III según el tamaño de la población atendida, la capacidad de los servicios prestados y el nivel de especialización.
Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías”: creada según Decreto del Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, N° 1.317 del 08/10/2014 publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.514 de la misma fecha, en el marco de la Misión Alma Mater, como Universidad Nacional Experimental especializada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, como parte del Sistema Público Nacional de Salud (SPNS), sujeta a las políticas y lineamientos del Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) y del Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (MPPEUCT), siendo su naturaleza la formación de profesionales y técnicos en el área de la salud, cuya preparación científico-técnica, capacidades y actitudes permitan potenciar la atención integral de la salud, orientados a la promoción de la salud, protección de la vida y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, contribuyendo al desarrollo integral y sustentable de las comunidades para la construcción del Socialismo Bolivariano del siglo XXI.
Consejo Universitario: constituye el máximo órgano de gobierno de la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías” (UCS-“HChF”) y ejerce la dirección, el control académico y administrativo institucional fijando la filosofía de gestión de la Universidad, entendida ésta como las políticas, estrategias, tácticas y acciones programáticas de la institución en todos los ámbitos de aplicación, nacional e internacional. Sus decisiones son de carácter obligatorio y tendrá la denominación de Providencias Administrativas. Funcionará de acuerdo a las normas y reglamentos que se dicten a tales efectos.
Consejo Académico: constituye la autoridad académica de la Universidad, órgano asesor del Rector o Rectora y es responsable del correcto funcionamiento y desarrollo académico. En tal virtud, dirige y coordina las diferentes actividades académicas de la
4
Universidad. Estará integrado por la Vicerrectora o Vicerrector quien lo preside, los Directores Generales del Vicerrectorado, la Directora o Director de la Secretaría, los voceros y voceras de PNF, PNFA y la Misión Médica Cubana (MMC) como asesor permanente, sin voto.
Comisión de Apelaciones: Es un órgano asesor, adscrito al Consejo Universitario encargado de conocer, evaluar y elevar los recursos interpuestos contra las decisiones de índole académico y disciplinario del Comité Académico Bolivariano Estadal de Salud (CABES) y Comité Académico Bolivariano Internacional de Salud Escuela Latinoamérica de Medicina Dr. ¨Salvador Allende que cursan sobre el personal académico y estudiantil de la universidad.
La Comisión de Apelaciones podrá invitar un (01) vocero estudiantil o un (01) vocero docente de acuerdo a la naturaleza del recurso interpuesto.
Consejos Estudiantiles del Poder Popular: Instancia de organización y participación integrada por estudiantes con objetivos e intereses comunes que actúa en forma conjunta con toda la comunidad estudiantil, en función de promover el bienestar y el desarrollo de las y los estudiantes.
Programa Nacional de Formación Avanzada (PNFA): la educación avanzada se define como la integración de todos aquellos momentos, formalizados o no, en los que las y los profesionales requieren concentrar sus esfuerzos para desarrollar, recrear o crear conocimientos y productos de investigación y/o innovación en el campo de actuación en el que se desempeñan.
En los PNFA en salud, la formación del estudiante está basada en el Proceso de Co- Auto- Transformación Emancipadora a través de procesos de alto grado de autonomía, creatividad e independencia cognoscitiva y la interrelación entre docentes y estudiantes como componentes del Proceso Enseñanza Aprendizaje (PEA) en aprender a especializarse y el aprender a investigar, todos desde la base del aprender a aprender la cual utiliza la didáctica y las técnicas de la educación universitaria.
Acreditación de Aprendizajes y Saberes por Experiencia en la Universidad de las Ciencia de la Salud “Hugo Chávez Frías”: Se por entiende Acreditación de Aprendizajes y Saberes por Experiencia en la Universidad de las Ciencia de la Salud “Hugo Chávez Frías” UCS- “HChF”-HChF), el reconocimiento de aprendizajes derivados de procesos educativos, formales y no formales, experiencias laborales y comunitarias adquiridas a lo largo de la vida, a fin de certificar competencias que guarden correspondencia con el perfil de egreso de los Programas Nacionales de Formación (PNF), Programa Nacionales de Formación Avanzada (PNFA) y los Programas de Formación Permanente (PFP), de esta Universidad.
Unidad Curricular: Es una secuencia de actividades que se organizan en torno a un tema eje en un periodo de tiempo determinado. El tema eje de la unidad de aprendizaje debe responder con el objetivo del programa de estudio para promover y facilitar el logro de las capacidades y actitudes previstas. Si son comunes del PNFA en todos los grados que
6
gestión académica y el funcionamiento de al igual que conocer y velar por el cumplimiento del Plan de Desarrollo Institucional de la Escuela Latinoamericana de Medicina Dr. ¨Salvador Allende¨.
Comité Académico Bolivariano Local de Salud (CABLOS) de la UCS-“HChF”: es la instancia colegiada de nivel local de la UCS-“HChF”, con toma de decisión, que tiene a cargo la responsabilidad, entre otras, de garantizar el adecuado desarrollo del proceso formativo de los Programas Nacionales de Formación en Ciencias de la Salud en su respectiva región, municipio, parroquia, eje, sector o zona según corresponda, de acuerdo con la división organizativa docente-territorial del estado. Está adscrito al CABES.
Docencia de la Misión Médica Cubana en la Misión Barrio Adentro: es parte de la Misión Barrio Adentro. Se refiere a los profesionales de la salud que en el marco de cooperación binacional entre la Repúblicas Bolivariana de Venezuela y Cuba realizan actividades vinculadas con el proceso asistencial y formativo de los Programas Nacionales de Formación en Venezuela. Tiene participación en el Consejo Universitario de la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías” como miembro invitado permanente y en los Comités Académicos Bolivarianos Estadales de Salud (CABES) y en los Comités Académicos Bolivarianos Locales de Salud (CABLOS) de dicha universidad.
Coordinación de Docencia e Investigación de la UCS”HChF” en el escenario de formación : es la instancia de la Universidad responsable de la organización, planificación y control de las actividades de Programas Nacionales de Formación (PNF) y Programas Nacionales de Formación avanzada (PNFA) que desarrolla la UCS-“HChF” en los centros ubicados en las Redes de Atención Ambulatoria Especializada, Hospitalaria, Emergencias del SPNS u otra institución autorizada por los Ministerios del Poder popular para la Salud y para la Educación Universitaria.
Área de Salud Integral Comunitaria (ASIC): se refiere al nivel organizativo socio-territorial de la Atención Integral en Salud del Sistema Público Nacional de Salud en Venezuela. En la ASIC se articulan todas las organizaciones e instituciones de salud, asistenciales, docentes, investigativas, tecnológicas y otras basadas en la estrategia de Barrio Adentro, que están ubicadas en dicho territorio, para llevar a cabo la atención integral en salud y de todos los procesos formativos. Un ASIC puede integrar uno o más Núcleos de Atención Integral de Salud (NAIS).
Coordinación de Asistencia Docencia e Investigación de las Área de Salud Integral Comunitaria: Coordinación de Docencia- Asistencia e Investigación de la UCS en los ASIC, es la instancia de la Universidad responsable de la organización, planificación y control de las actividades de Programas Nacionales de Formación (PNF), Programas Nacionales de Formación avanzada (PNFA) así como en los Programas de Formación Permanente (PFP) que desarrolla la UCS en el ASIC, debe cumplir y hacer cumplir todos los procesos de Asistencia-Docencia que garanticen la calidad de la atención de salud, en los establecimientos de la Red de Atención Comunal en Salud de forma eficiente y eficaz. Está dirigida por un Coordinador o Coordinadora.
7
El Coordinador o Coordinadora de Asistencia, Docencia e Investigación del ASIC, será propuesto por el Director o Directora del ASIC a la máxima autoridad de salud del estado designado por el ministro o ministra de salud, ejercerá las funciones inherentes al cargo según el manual de cargos u organización conforme con las competencias establecidas en la normativa legal vigente.
Comité Académico de la UCS “HChF en los Centros de Formación: El Comité Académico de la UCS “HChF en los escenarios de formación ubicados en las Redes de Atención Ambulatoria Especializada, Hospitalaria y Emergencias u otros espacios de formación es el órgano de revisión y discusión sobre asuntos académicos, de bienestar estudiantil y disciplinario de los PNF y PNFA que se gestionen en el Hospital o sede de formación. Los temas tratados en éste Comité serán discutidos para decisión del CABES.
Comisión Coordinadora de cada PNFA de la UCS “HChF” en el centro de formación: Cada PNFA tendrá una Comisión Coordinadora, integrada por los docentes regulares de la UCS responsables de desarrollo académico y el vocero estudiantil del PNFA.
Comunidad: como espacio fundamental para el desarrollo de los procesos educativos, orientados a la transformación de modos, condiciones y estilos de vida con la participación protagónica de las diferentes manifestaciones del Poder Popular.
Red de Atención Comunal de Salud: en ella se ubican la red de establecimientos de salud más cercanos a la familia y comunidad donde se desarrollan todas las acciones relacionadas con el Buen Vivir en el territorio social. Todos los establecimientos de salud de la Red de Atención Comunal Es el conjunto de establecimientos (Consultorios Populares-CPT 1, 2 y 3, Consultorios Odontológicos Populares, Ópticas Populares, Centros de Diagnóstico Integral-C.D.I, Salas de Rehabilitación Integral-SRI), se vinculan a los Comités de Salud, Consejos Comunales y Misiones Sociales en los procesos de producción social de la salud, el vivir bien y la contraloría social.
Red de Atención Ambulatoria Especializada : Es el conjunto de establecimientos integradas por las Clínicas Populares las cuales disponen con servicios de observación de corta estancia, con especialidades médicas o quirúrgicas de atención ambulatoria, que tienen capacidad resolutiva suficiente para desarrollar acciones educativas, preventivas, protectoras y rehabilitadoras, de acuerdo a las prioridades programáticas, normas y pautas nacionales.
Red de Atención Hospitalaria : son los espacios o establecimientos del SPNS, que prestan atención en salud para prevención, curación, rehabilitación, docencia e investigación con servicios de hotelería hospitalaria de forma permanente las 24 horas del día, así como la estancia durante la recuperación o tratamiento, los cuales están organizados en servicios médicos, administrativos y técnicos; que funcionan en edificaciones con infraestructura, dotados de equipamiento e insumos para su funcionamiento. Los espacios o establecimientos de la Red de Atención Hospitalaria se clasifican de acuerdo a su ubicación de la manera siguiente: Hospital General Nacional, Estadal, Regional y Municipal, Hospitales Especializados Nacional, Estadal, Regional.
9
investigación y participación socio-comunitaria) de los PNFA, que se gestionan en todos los escenarios de formación ubicados en todo el territorio que hayan sido designados y/o autorizados a tal efecto por el ente Rector en el materia de Salud, el ente Rector en el área de Educación Universitaria, la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías” UCS-“HChF”) y otros entes del Estado venezolano.
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE INGRESO A LOS PNFA DE LA UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS DE LA SALUD “HUGO CHÁVEZ FRÍAS” Sección Primera De la naturaleza del ingreso
ARTÍCULO 8. Toda y todo aspirante a ingresar a los PNFA debe tener las aptitudes y actitudes que corresponda a los requisitos de ingreso para cada uno de los programas de formación avanzada.
ARTÍCULO 9. Son aspirantes a cursar estudios de Programas Nacionales de Formación Avanzados, los profesionales egresados de carreras universitarias relacionadas con las ciencias de la salud o de otras profesiones que laboren en el SPNS y cumplan con todos los requerimientos establecidos en el presente Reglamento y en las demás legislaciones vigentes que les sean aplicables.
ARTÍCULO 10. El proceso de ingreso a los PNFA se realizará bajo los lineamientos emanados de la UCS”HChF” con el respaldo y acompañamiento de las Coordinaciones Estatales de Investigación y Educación del MPPS, a fin de garantizar la equidad, veracidad e imparcialidad de la selección de los y las aspirantes. Comprende varias etapas que deben cumplirse en forma progresiva de acuerdo a la normativa con el fin de garantizar el derecho a la formación académica de los profesionales de la salud.
PARÁGRAFO ÚNICO. Las instancias responsables del proceso de ingreso en los PNFA son: el Vicerrectorado, Dirección General de Secretaría, los Núcleos Estadales, y las Coordinaciones de Asistencia docencia e Investigación de la UCS ”HChF” en los Centro de Formación.
ARTÍCULO 11. El proceso de ingreso a los PNFA se efectúa en las sedes de los Núcleos Estadales de la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías” y/o en las instancias y espacios territoriales que lleguen a ser identificados para tal fin. Dicho proceso se desarrollará de acuerdo con el Calendario Académico Administrativo que a tal efecto apruebe el Consejo Universitario de la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías”.
10
Sección Segunda De las Modalidades de Ingreso a los PNFA
ARTÍCULO 12. Las modalidades de ingreso a los PNFA gestionados por la Universidad de las Ciencias de la Salud “Hugo Chávez Frías”, son:
ARTÍCULO 13. El ingreso a los PNFA en sus diferentes modalidades tiene lugar una (1) vez por año y comprende las siguientes etapas:
Primera etapa. Convocatoria al proceso de selección Segunda etapa: Proceso de Selección: a) Aplicación del Baremo b) Entrevista personal Tercera etapa: Inscripción en el PNFA
PARAGRAFO ÚNICO. Para el ingreso a cursar PNFA en cualquiera de sus modalidades , los cupos ofertados serán los establecidos en la Oferta Académica que se elabora anualmente cumpliendo los lineamientos emanados del Vicerrectorado a través de la Dirección General de los PNFA.
ARTÍCULO 14: Podrán participar en el proceso de convocatoria aspirantes venezolanos y extranjeros que cumplan con lo establecido en este Reglamento.
PARÁGRAFO I Los cupos ofertados para el ingreso al proceso de ingreso a los PNFA, serán cubiertos con aspirantes venezolanos, en caso de no existir suficientes aspirantes venezolanos, serán cubiertos con aspirantes extranjeros con hasta el 10% de los cupos ofertados por PNFA y por centro de formación.
PARÁGRAFO II. En caso de profesionales extranjeros incluidos en convenios internacionales entre países con la República Bolivariana de Venezuela, el ingreso se realizará de acuerdo a lo establecido en el convenio y lo establecido en este reglamento.
12
ARTÍCULO 20 En caso de estudiantes que renunciaron o que fueron suspendidos de manera definitiva de un PNFA por insuficiencia académica, pueden participar en el proceso de selección e ingreso al año siguiente inmediato de su salida, en un PNFA diferente al que estaban cursando.
PARÁGRAFO ÚNICO : Solo podrán optar a participar en el proceso de selección una sola vez.
ARTÍCULO 21: En caso de suspensión definitiva por indisciplina u otra falta grave que altere la permanencia en el PNFA podrá optar a ingresar en el proceso de selección en un PNFA diferente al que estaba cursando, dos años después de la suspensión aprobada por el Consejo Universitario (CU).
PARÁGRAFO I El aspirante solicitará por escrito ante la Dirección del Núcleo su deseo de ingresar nuevamente a cursar un nuevo PNFA, debidamente sustentado. El CABES decidirá su ingreso después de analizar el expediente académico del aspirante.
PARÁGRAFO II : Solo podrán optar a participar en el proceso de selección una sola vez.
ARTÍCULO 22 Los egresados de un PNFA que tenga como condición para cursar estudios la dedicación exclusiva, no podrán participar en el proceso de selección e ingreso el año inmediato de su egreso, debiendo cumplir lo establecido en el Artículo 52 de este reglamento.
PARÁGRAFO ÚNICO. Se podrá exceptuar el cumplimiento de este artículo en aquellos casos de especialidades priorizadas por necesidad del Sistema Público Nacional de Salud, en cuyo caso, la autoridad de salud correspondiente solicitará por escrito al CABES la participación del aspirante en el proceso de selección e ingreso, si la solicitud procede, la elevará al Consejo Académico de la UCS”HChF” para su aprobación.
ARTÍCULO 23. Al iniciar el Proceso de Selección, se instalará la Comisión del Proceso de Selección, el cual estará integrado por un representante de la dirección de Secretaría de los Núcleos, el Jefe de División de los PNFA, las Coordinaciones de Asistencia, Investigación y Docencia de la UCS de cada centro de formación, los coordinadores de cada PNFA y un vocero estudiantil de PNFA, como instancia para garantizar el cumplimiento de las normas y procedimientos reglamentados dictados para tal fin.
PARÁGRAFO ÚNICO : la comisión del Proceso de Selección será responsable de las siguientes actividades:
Verificación de la validez de los documentos presentados Evaluación de las credenciales, Realizar las entrevistas personales, Realizar la selección los aspirantes de acuerdo a los resultados Publicación de resultados.
13
ARTÍCULO 24: Las y los miembros de Comisión del Proceso de Selección abrirán un expediente por cada aspirante. Dicho expediente tendrá carácter provisional y en el mismo se incorporarán, una vez revisados y validados, todos los recaudos que sean entregados por la o el aspirante, así como también todos los documentos que se hayan generado durante el proceso de Selección los PNFA.
PARÁGRAFO ÚNICO : La guarda, custodia y actualización del expediente de las y los aspirantes, quedará a cargo de la Comisión del Proceso de Selección.
ARTÍCULO 25 : los documentos a consignar por las y los profesionales aspirantes a participar en el proceso de selección, serán establecidos en el documento de la convocatoria a participar el proceso de selección que se publica anualmente.
ARTÍCULO 26 : Los participantes deben consignar los recaudos para el proceso de selección en el Núcleo de la UCS”HChF” en cada estado o en el sitio que la Dirección de Secretaría y la Dirección Académica decida, previa aprobación del CABES.
PARÁGRAFO ÚNICO: la inscripción y la consignación de los documentos para el proceso de selección debe ser realizada por el aspirante o en su defecto por otra persona debidamente autorizada por escrito y presentando copia de cédula de identidad de ambos.
ARTÍCULO 27: los documentos deben ser entregados personalmente o por persona debidamente autorizada, ordenados, numerados y foliados en el margen superior derecho, en el orden en que se listan los documentos obligatorios y las credenciales con valoración.
ARTÍCULO 28 : los documentos consignados se considerarán válidos cuando estén expedidos en papel con la identificación de la institución, contemplen fecha de inicio y culminación de la (s) actividad (es), la fecha de expedición del documento, la firma de la autoridad competente y el sello de la oficina u organismo respectivo. Las Credenciales docentes deben estar debidamente certificadas por la instancia correspondiente y las Credenciales de Experiencia Profesional deben estar firmadas por la Máxima Autoridad del Ente del SPNS.
No serán válidos documentos con tachaduras, enmiendas, borrones, manchas o con información agregada que no forme parte del diseño original del documento.
ARTÍCULO 29. Todo documento o credencial expedido en el exterior debe estar legalizado por el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela, en el país de origen, y si está expresado en otro idioma, deberá ser traducido al idioma castellano por un intérprete público acreditado. Exceptuándose las publicaciones científicas realizadas en otro idioma.
ARTÍCULO 30. La falsedad o la adulteración de alguno(s) de los documentos consignados, debidamente comprobada, significará la exclusión del aspirante en cualquier etapa del proceso de selección, o la invalidación del Título obtenido, si fuere el caso y no podrá