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REGLAMENTACIÓN PARA JUICIOS ORALES MERCANTILES, Tesinas de Derecho

SON DOCUMENTOS DE CONSULTA PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES

Tipo: Tesinas

2022/2023

Subido el 14/07/2023

diego-elesban-rosales-salgado
diego-elesban-rosales-salgado 🇲🇽

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¡No te pierdas las partes importantes!

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Código: 2.4.1.1
Fecha: 07/07/2014
Página: 1 / 4
P23
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES MICROFLUJOS
Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC)
JUICIO ORAL
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
SUBSISTEMA:
BLOQUE:
Juez de Control remite Auto de
Apertura a Juicio Oral
Juez Presidente
Verifica requisitos de
inicio de audiencia
P23-01 Juez Presidente
Verifica disponibilidad de
medios de prueba y
solicita orden de
desahogo de pruebas a
las partes
P23-02 Juez Presidente
Declara el inicio del
juicio y abre debate
P23-03 Juez Presidente
Hace saber sus derechos
(a declarar) al imputado
y le indica estar atento a
lo que sucederá
P23-04 Juez Presidente
Concede uso de la
palabra al MP para su
alegato de apertura
P23-05
Acusado
Hace uso de la palabra
P23-33 Juez Presidente
Cierra debate
P23-34 Juez Presidente
Ordena receso para
deliberar
P23-35 Tribunal de Enj.
Delibera en privado
P23-36 Tribunal de Enj.
Llega a un fallo después
de deliberar
P23-37
Juez Presidente
Ordena el desahogo de
pruebas
P23-18
Ministerio P.
Desahoga sus pruebas
P23-19 Defensor
Expone oralmente
alegato de apertura
P23-17 Juez Presidente
Concede uso de la
palabra al Defensor para
su alegato de apertura
P23-16 Asesor de Vict.
Expone oralmente
alegato de apertura
P23-15
MP / Asesor Vict.
Exponen réplica
P23-29 Defensor
Expone dúplica
P23-31
Juez Presidente
Concede uso de la
palabra al asesor jurídico
de la víctima para su
alegato de apertura
P23-14
Defensor
Desahoga sus pruebas
P23-21
Asesor de Vict.
Desahoga sus pruebas
P23-20 Juez Presidente
Concede el uso de la
palabra al MP para sus
alegatos de clausura
P23-22 Ministerio P.
Expone oralmente
alegato de clausura
P23-23 Juez Presidente
Informa al acusado su
derecho a pedir
suspensión del debate
P23-08
Defensor
Indica su posición sobre
la nueva clasificación
jurídica y ofrece medios
de prueba
P23-13
Ministerio P.
Expone oralmente
alegato de apertura
P23-06
¿Plantea una
reclasificación
jurídica?
P23-07
Juez Presidente
Concede la oportunidad
al defensor de
expresarse al respecto
P23-12
Juez Presidente
Reanuda audiencia y
continua debate
P23-11 Juez Presidente
Ordena suspensión de
audiencia e informa la
nueva fecha y hora
P23-10
¿Acusado
solicita
suspensión?
P23-09
Juez Presidente
Concede uso de la
palabra al Defensor para
su alegato de clausura
P23-26
Defensor
Expone oralmente
alegato de clausura
P23-27 Asesor de Vict.
Expone oralmente
alegato de clausura
P23-25 Juez Presidente
Concede el uso de la
palabra al Asesor
Jurídico de la víctima
para sus alegatos de
clausura
P23-24
¿Desea dúplica?
P23-30
¿Desean réplica?
P23-28
Acusado desea
hacer uso de la
palabra?
P23-32
A
NO
SI
SI
NO NO
SI
SI
NO
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¡Descarga REGLAMENTACIÓN PARA JUICIOS ORALES MERCANTILES y más Tesinas en PDF de Derecho solo en Docsity!

Fecha: 07/07/

Página: 1 / 4

P

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES MICROFLUJOS

Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC)

JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

SUBSISTEMA: BLOQUE:

Juez de Control remite Auto de Apertura a Juicio Oral

Juez Presidente

Verifica requisitos de inicio de audiencia

P23-01 Juez Presidente Verifica disponibilidad de medios de prueba y solicita orden de desahogo de pruebas a las partes

P23-02 Juez Presidente

Declara el inicio del juicio y abre debate

P23-03 Juez Presidente

Hace saber sus derechos (a declarar) al imputado y le indica estar atento a lo que sucederá

P23-04 Juez Presidente

Concede uso de la palabra al MP para su alegato de apertura

P23-

Acusado

Hace uso de la palabra

P23-33 Juez Presidente

Cierra debate

P23-34 Juez Presidente

Ordena receso para deliberar

P23-35 Tribunal de Enj.

Delibera en privado

P23-36 Tribunal de Enj.

Llega a un fallo después de deliberar

P23-

Juez Presidente

Ordena el desahogo de pruebas

Ministerio P. P23-

Desahoga sus pruebas

P23-19 Defensor

Expone oralmente alegato de apertura

P23-17 Juez Presidente

Concede uso de la palabra al Defensor para su alegato de apertura

P23-16 Asesor de Vict.

Expone oralmente alegato de apertura

P23-

MP / Asesor Vict.

Exponen réplica

P23-29 Defensor

Expone dúplica

P23-

Juez Presidente Concede uso de la palabra al asesor jurídico de la víctima para su alegato de apertura

P23-

Defensor

Desahoga sus pruebas

Asesor de Vict. P23-

Desahoga sus pruebas

P23-20 Juez Presidente

Concede el uso de la palabra al MP para sus alegatos de clausura

P23-22 Ministerio P.

Expone oralmente alegato de clausura

P23-23 Juez Presidente

Informa al acusado su derecho a pedir suspensión del debate

Defensor P23- Indica su posición sobre la nueva clasificación jurídica y ofrece medios de prueba

P23-

Ministerio P.

Expone oralmente alegato de apertura

P23-

¿Plantea una reclasificación jurídica?

P23-

Juez Presidente

Concede la oportunidad al defensor de expresarse al respecto

P23-

Juez Presidente

Reanuda audiencia y continua debate

P23-11 Juez Presidente

Ordena suspensión de audiencia e informa la nueva fecha y hora

P23-

¿Acusado solicita suspensión?

Juez Presidente P23-

Concede uso de la palabra al Defensor para su alegato de clausura

Defensor P23-

Expone oralmente alegato de clausura

P23-27 Asesor de Vict.

Expone oralmente alegato de clausura

P23-25 Juez Presidente Concede el uso de la palabra al Asesor Jurídico de la víctima para sus alegatos de clausura

P23-

¿Desea dúplica?

P23-

¿Desean réplica?

P23-

Acusado desea hacer uso de la palabra?

P23-

A

NO

SI

SI

NO

NO

SI

SI

NO

JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

SUBSISTEMA:

P23 BLOQUE:

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES MICROFLUJOS

Fecha: 07/07/

Página: 2 / 4

Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC)

A

Juez Presidente cerró el debate y Tribunal de Enjuiciamiento ordenó receso y deliberación

Tribunale de Enj.

Convoca a las partes a la sala de audiencia

P23-38 Tribunale de Enj.

Se constituye en sala de audiencia

P23-39 Tribunale de Enj.

Señala fecha de audiencia de individualización de sanciones

P23-

Juez Relator

Comunica fallo respectivo

P23-40 Juez Relator Ordena levantamiento de medidas cautelares y cancelación de garantías de reparación

P23-43 Tribunal de Enj.

Difiere audiencia 5 días para redacción de resolución

P23-

Tribunal de Enj.

Se dispensara de la lectura y explicación y se tendrán por notificadas las partes

P23-

Tribunal de Enj.

Celebra audiencia para explicar y dar lectura a sentencia absolutoria

P23-

Juez Relator

Lee y explica sentencia

P23-

¿Fallo es condenatorio?

P23-

AUDIENCIA DE

INDIVIDUALIZACIÓN

DE SANCIONES

NO

SI

¿Se presentó alguna persona a la audiencia?

P23-

SI

NO

FIN

JUICIO ORAL AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

AUDIENCIAD DE JUICIO ORAL

SUBSISTEMA:

P23 BLOQUE:

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES MICROFLUJOS

Fecha: 07/07/

Página: 4 / 4

III. La relación sucinta de los fundamentos y motivos que lo sustentan...” (Art.

401).

P23-37. Si el fallo emitido resultara condenatorio, el Juez Relator deberá

señalar audiencia de individualización de sentencia y reparación del daño, la

cual, deberá ser en un plazo no mayor a cinco días, y se dará por terminada la

audiencia (art. 401).

P23-38-39. En caso de que el fallo sea absolutorio, el Juez Presidente orde-

nará el levantamiento de las medidas cautelares y la cancelación de las

garantías de reparación. También se ordenará que se tome nota del levanta-

miento de las medidas cautelares en todo índice o registro público y policial

en que éstas figuren, así como la inmediata libertad del imputado. El tribunal

de enjuiciamiento podrá diferir la audiencia, hasta por cinco días, para que

pueda redactar la sentencia (art. 401).

P23-40-43. Cuando haya concluido la redacción de la sentencia, el tribunal de

enjuiciamiento celebrará la audiencia para dar lectura de la misma ante las

personas que se presenten a la audiencia. Si no se presenta ninguna persona

a la lectura de la sentencia, se podrá dispensar de la lectura y explicación y se

tendrán por notificadas las partes (art. 401).

Se podrá interponer recurso de apelación en contra de la sentencia en un

plazo de 10 días seguidos de la notificación de la resolución (art. 471).