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Registro de patente -, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho de los Consumidores

El registro de una patente se tramita ante la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN). Se debe llenar el formulario de solicitud de patente, adjuntándose el DT y el voucher de pago de las tasas

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 16/04/2025

ivveth-c-h
ivveth-c-h 🇵🇪

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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE PATENTE
Registro De Patente
El registro de una patente se tramita ante la Dirección de Invenciones y Nuevas
Tecnologías (DIN). Se debe llenar el formulario de solicitud de patente, adjuntándose el
DT y el voucher de pago de las tasas
Requisitos necesarios para tramitar una patente
El registro de una patente se tramita ante la Dirección de Invenciones y Nuevas
Tecnologías (DIN). Se debe llenar el formulario de solicitud de patente, adjuntándose el
DT y el voucher de pago de las tasas
1. Formato de solicitud de registro de patente
Este constituye un documento que recoge los datos más importantes de la
invención, del inventor, del solicitante y de su representante. En particular, la
información que se exige completar es la siguiente:
Modalidad de protección: El solicitante debe consignar cuál es la
modalidad requerida de protección de su respectivo invento, debiendo
elegir entre patente de invención o modelo de utilidad.
Publicación de la solicitud: El solicitante marcará la casilla
correspondiente en caso desee que se realice la publicación anticipada de
la solicitud una vez concluido el examen de forma.
Solicitante, domicilio y nacionalidad: Esta información se refiere a la
persona o personas que solicitan la patente. Es importante mencionar que
el solicitante no necesariamente corresponde al inventor, ya que podría
tratarse de una persona natural diferente o de una persona jurídica en
particular (empresa, universidad, centro de investigación, entre otros).
Inventor, domicilio y nacionalidad: En este punto se debe indicar
únicamente la información acerca de la persona natural que ha
desarrollado la invención.
Otros solicitantes y/o inventores: Si la solicitud de patente cuenta con más
de un solicitante o inventor, deberá marcar la casilla y completar los datos
de los demás solicitantes o inventores en los Anexos 1 y 2.
Representante/apoderado y domicilio: En este apartado se debe indicar la
persona que representará al solicitante a lo largo del trámite de la patente,
pudiendo ser el mismo solicitante, uno de los inventores (en caso de
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE PATENTE

Registro De Patente El registro de una patente se tramita ante la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN). Se debe llenar el formulario de solicitud de patente, adjuntándose el DT y el voucher de pago de las tasas Requisitos necesarios para tramitar una patente El registro de una patente se tramita ante la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN). Se debe llenar el formulario de solicitud de patente, adjuntándose el DT y el voucher de pago de las tasas

  1. Formato de solicitud de registro de patente Este constituye un documento que recoge los datos más importantes de la invención, del inventor, del solicitante y de su representante. En particular, la información que se exige completar es la siguiente:
  • Modalidad de protección: El solicitante debe consignar cuál es la modalidad requerida de protección de su respectivo invento, debiendo elegir entre patente de invención o modelo de utilidad.
  • Publicación de la solicitud: El solicitante marcará la casilla correspondiente en caso desee que se realice la publicación anticipada de la solicitud una vez concluido el examen de forma.
  • Solicitante, domicilio y nacionalidad: Esta información se refiere a la persona o personas que solicitan la patente. Es importante mencionar que el solicitante no necesariamente corresponde al inventor, ya que podría tratarse de una persona natural diferente o de una persona jurídica en particular (empresa, universidad, centro de investigación, entre otros).
  • Inventor, domicilio y nacionalidad: En este punto se debe indicar únicamente la información acerca de la persona natural que ha desarrollado la invención.
  • Otros solicitantes y/o inventores: Si la solicitud de patente cuenta con más de un solicitante o inventor, deberá marcar la casilla y completar los datos de los demás solicitantes o inventores en los Anexos 1 y 2.
  • Representante/apoderado y domicilio: En este apartado se debe indicar la persona que representará al solicitante a lo largo del trámite de la patente, pudiendo ser el mismo solicitante, uno de los inventores (en caso de

grupos), un abogado, un representante de la institución, o cualquier otro que sea designado por el solicitante. Esta información resulta muy importante, puesto que, a esta persona, la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías enviará toda comunicación acerca del trámite al domicilio que haya sido consignado.

  • Título de la invención: Se debe indicar el título del invento de manera que tenga relación con el objeto a proteger.
  • Reivindica prioridad: En esta parte del formato, el solicitante debe indicar si estará reivindicando prioridad. La reivindicación de prioridad se efectúa en caso se haya iniciado el trámite de patente en algún otro país de forma previa, para lo cual deberá consignar la información del número de la solicitud, fecha y país de la prioridad.
  • Declaración sobre la utilización de recursos genéticos y/o conocimientos tradicionales: El solicitante deberá completar la información si la invención fue desarrollada a partir del uso de recursos genéticos o conocimientos tradicionales.
  • Documentos que acompañan/otra información: El solicitante, marcando con una (X), deberá indicar cuál es la documentación que está acompañando al formato, así como si se tratase de una solicitud que proviene del Programa Patenta o del Concurso Nacional de Invenciones.
  1. Documento Técnico Este constituye el documento donde se describe de manera detallada las características técnicas de la invención que se desea proteger a través de la patente. El documento técnico posee una estructura estándar, siendo sus partes las siguientes:
  • Descripción: Es la parte en la cual se divulga la invención de manera clara y completa para su comprensión y para que una persona capacitada en la materia técnica correspondiente pueda ejecutarla o reproducirla. Debe destacar cuál es el problema técnico a resolver y el aporte a la tecnología anterior.
  • Reivindicaciones: Estas incluyen aquellas características técnicas novedosas sobre las cuales se desea obtener protección legal. Además, son la parte más importante de la solicitud porque definen la materia a proteger y deben estar sustentadas en la descripción.

Recursos impugnativos Reconsideración La reconsideración es un recurso mediante el cual el solicitante pide a la DIN que revise su resolución. Para ello, necesariamente se debe presentar una nueva prueba, es decir, cualquier elemento que no se tuvo en cuenta al momento de resolver y que permita a desvirtuar el pronunciamiento original de la DIN. No obstante, las pruebas no pueden consistir en modificaciones a la memoria descriptiva, reivindicaciones o dibujos, ya que ello no está permitido. Apelación Es un recurso mediante el cual el solicitante manifiesta y sustenta las razones por las cuales no se encuentra de acuerdo con el pronunciamiento de la DIN como primera instancia administrativa. El recurso de apelación tampoco se puede fundamentar en modificaciones a la memoria descriptiva, reivindicaciones o dibujos. Cabe mencionar que la DIN, a través de su respectiva Comisión como segunda instancia administrativa, recibe y resuelve los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones que deniegan las solicitudes de registro de patente de invención o patente de modelo de utilidad en los que no se ha formulado oposición. Por su parte, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi también actúa como segunda instancia administrativa del Indecopi, recibiendo y resolviendo las apelaciones presentadas en los procedimientos distintos a las denegatorias. La segunda instancia administrativa revisa el procedimiento y se pronuncia

acerca de los aspectos cuestionados; confirmando o revocando la resolución emitida por la DIN. Únicamente, agotando la vía de apelación un solicitante puede acudir al Poder Judicial en caso no esté de acuerdo con el fallo de la segunda instancia.