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Recurso de Nulidad en Yucatán: Guía para la Impugnación de Actos Administrativos - Prof. S, Apuntes de Gestión de Recursos Humanos

Este documento proporciona una guía completa sobre el recurso de nulidad en yucatán, méxico. Se explica el proceso de impugnación de actos administrativos, las causas de nulidad, los requisitos para interponer el recurso y las posibles resoluciones. El documento también analiza los efectos de la nulidad y las vías legales para impugnar la resolución del recurso.

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 12/03/2025

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RECURSOS ADMINISTRATIVOS
RECURSO DE NULIDAD
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¡Descarga Recurso de Nulidad en Yucatán: Guía para la Impugnación de Actos Administrativos - Prof. S y más Apuntes en PDF de Gestión de Recursos Humanos solo en Docsity!

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

RECURSO DE NULIDAD

En Yucatán, como en el resto de México, el recurso administrativo de nulidad es un medio de impugnación que se utiliza para solicitar la anulación de un acto administrativo que se considere ilegal o que haya sido emitido sin fundamento legal suficiente. Este recurso puede interponerse ante la autoridad que haya emitido el acto administrativo o, en algunos casos, ante un tribunal especializado en materia administrativa. Fundamento Legal Este recurso se basa en el artículo 133 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Yucatán y en la Ley General de Procedimiento Administrativo, las cuales establecen las causas y procedimientos para interponer el recurso. En el Estado de Yucatán, el recurso administrativo de nulidad se regula principalmente en la Ley de Actos y Procedimientos Administrativos del Estado de Yucatán. A continuación, se detallan los artículos relevantes que abordan la nulidad y anulabilidad de los actos administrativos: Ley de Actos y Procedimientos Administrativos del Estado de Yucatán:

  • Artículo 8: Establece que la omisión o irregularidad de los elementos y requisitos exigidos por el artículo 6 de la ley puede dar lugar, según el caso, a la nulidad o anulabilidad del acto administrativo.
  • Artículo 9: Indica que la omisión o irregularidad de cualquiera de los elementos previstos en las fracciones I a X del artículo 6 producirá la nulidad del acto administrativo, la cual será declarada por el superior jerárquico de la autoridad que lo emitió. El acto administrativo declarado nulo no es ejecutable, y los errores y omisiones por los que se declaró la nulidad no pueden ser subsanados. Los particulares no están obligados a cumplirlo, y los servidores públicos deberán hacer constar su oposición a ejecutarlo, fundando y motivando tal negativa. La declaración de nulidad producirá efectos retroactivos.
  • Artículo 10: Cuando se haya generado algún derecho o beneficio al particular y la autoridad administrativa advierta que el acto no contiene los elementos establecidos en el artículo 6 y que tal omisión afecta al interés público, deberá promover juicio contencioso administrativo ante el Tribunal, salvo en los casos en que los ordenamientos jurídicos aplicables permitan a la autoridad revocar o anular oficiosamente dichos actos administrativos.
  • Artículo 11: La omisión o irregularidad de cualquiera de los elementos previstos en las fracciones XI a XV del artículo 6 producirá la anulabilidad del acto administrativo. La declaración de anulabilidad será realizada por el superior jerárquico de la autoridad que lo emitió, o bien, por la propia autoridad cuando el acto hubiera sido emitido por el titular de una dependencia. El acto administrativo declarado anulable gozará de presunción de legitimidad y ejecutividad; y será subsanable por los órganos administrativos mediante el pleno cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6, en tanto no sea declarada su suspensión en virtud de la interposición de un recurso o la promoción de un juicio, o su nulidad por la autoridad competente. Tanto los servidores públicos como los particulares
  • Notificación indebida : Si el acto no fue notificado correctamente al interesado, o si no se siguió el procedimiento adecuado para notificarlo.
  • Falta de audiencia : Si no se le brindó al interesado la oportunidad de defenderse o presentar pruebas.
  • Contradicción de normas : Si el acto administrativo se dictó de manera contraria a los principios legales, administrativos o normativos establecidos.

3. Actos Administrativos Discriminatorios o Arbitarios

El recurso también se aplica si el acto administrativo es arbitrario, discriminatorio o manifiestamente injusto. Esto sucede cuando la autoridad actúa fuera de los límites de su discrecionalidad, afectando a las personas de manera desigual o indebida.

4. Contradicción con la Constitución o Tratados Internacionales

En los casos en que un acto administrativo contravenga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o los tratados internacionales en los que México sea parte, se puede interponer el recurso de nulidad para que el acto sea revocado.

5. Inobservancia de Formalidades Esenciales

Cuando un acto administrativo no cumple con los requisitos de forma establecidos por la ley o los reglamentos correspondientes, puede ser objeto de nulidad. Esto puede incluir la falta de firma, falta de publicación en el Diario Oficial, o ausencia de algún elemento esencial previsto en la ley.

6. Actos Administrativos que Perjudican el Interés Público

Si un acto administrativo tiene consecuencias que van en contra del interés público o bien común, puede ser impugnado mediante el recurso de nulidad, especialmente si se trata de una actuación que afecta de manera negativa a la sociedad en general. Causales de nulidad El recurso puede ser interpuesto si el acto administrativo es contrario a la ley, si hay violaciones a derechos humanos, si se han cometido irregularidades en el procedimiento, entre otras causas.

Procedimiento del recurso

El proceso para presentar un recurso administrativo de nulidad en Yucatán comienza cuando la persona afectada interpone el recurso ante la autoridad administrativa competente. Este recurso se presenta por escrito y debe contener una serie de elementos como la identificación

de la persona recurrente, la descripción del acto que se impugna, y las razones por las cuales se considera que dicho acto es nulo. Una vez que se presenta, la autoridad administrativa tiene la obligación de analizarlo, revisando si efectivamente existen vicios que ameriten la nulidad. En algunos casos, se puede suspender la ejecución del acto impugnado mientras se resuelve el recurso. En cuanto a la resolución, si la autoridad determina que el acto administrativo es ilegal o viciado, puede declarar su nulidad total o parcial. De lo contrario, se desestima el recurso y se confirma la validez del acto impugnado.

Condiciones para interponer el recurso administrativo de nulidad

Existencia de un acto administrativo impugnable : El acto debe ser administrativo, es decir, debe provenir de una autoridad administrativa en ejercicio de sus funciones, y puede ser de naturaleza resolutiva, como una sanción, una multa, una denegación de permiso, entre otros. Que el acto sea ilegal : El recurso tiene lugar cuando el acto administrativo es contrario a derecho, es decir, si no se ajusta a las leyes o principios que rigen la administración pública. Esto puede incluir la falta de competencia de la autoridad, la violación de procedimientos establecidos, o el abuso de poder. Autoridad Competente para Resolver: El recurso es resuelto por una autoridad administrativa superior a la que emitió el acto impugnado. Dependiendo del caso, puede ser un superior jerárquico de la misma dependencia o un órgano especializado en materia de impugnaciones. Suspensión del Acto Impugnado: El recurso de nulidad no suspende automáticamente los efectos del acto administrativo impugnado, salvo que la autoridad que resuelve el recurso así lo determine. Sin embargo, si se trata de un acto que cause perjuicios inmediatos, es posible solicitar la suspensión de sus efectos mientras se resuelve el recurso. Presentación formal del recurso : El recurso debe presentarse por escrito, en el que el recurrente deberá exponer los fundamentos de hecho y derecho que lo asisten, identificando el acto impugnado y señalando los vicios de nulidad que considera que existen en el mismo. Es importante también que se acompañe de pruebas documentales que sustenten los argumentos del recurso.

  1. Presentación del Recurso El recurso debe presentarse por escrito ante la autoridad que dictó el acto administrativo impugnado. En este escrito deben incluirse los siguientes elementos:
  • Nombre completo y domicilio del recurrente.

Ejecución de la resolución : En caso de que la resolución sea favorable al recurrente (revocando o anulando el acto impugnado), la autoridad deberá ejecutar la resolución y restituir al recurrente en su derecho o situación previa al acto impugnado. Impugnación de la resolución : o Si la persona no está de acuerdo con la resolución del recurso administrativo de nulidad, puede acudir al Tribunal Contencioso Administrativo o a un tribunal judicial competente , dependiendo del tipo de acto que se haya impugnado. o Dependiendo del tipo de acto y las circunstancias, también pueden existir otras vías legales disponibles para impugnar un acto administrativo, como el juicio de amparo ante los tribunales federales si se considera que se violan derechos fundamentales.

Tipos de nulidad:

  1. Nulidad absoluta : Cuando el acto administrativo es ilegal desde su origen, como en los casos en los que se emite sin competencia, se infringe un derecho fundamental o hay una violación grave a la ley.
  2. Nulidad relativa : Ocurre cuando el acto tiene vicios menores, como falta de motivación o no observancia de algún procedimiento, pero no afecta de manera fundamental la legalidad del acto. El recurso administrativo de nulidad es fundamental en la protección de los derechos de las personas frente a actos administrativos que puedan ser ilegales o arbitrarios. Además, es un mecanismo importante para garantizar que las autoridades actúen dentro del marco de la ley. Es importante consultar la legislación local de Yucatán o a un abogado especializado para obtener información actualizada y detalles específicos sobre cómo presentar este recurso en el contexto estatal. A continuación, se presentan 20 ejemplos detallados de situaciones en las que procede este recurso:
  3. Incompetencia de la autoridad : Cuando un acto administrativo es emitido por una autoridad que carece de facultades para ello.
  4. Falta de formalidades legales : Si el acto administrativo no cumple con los requisitos establecidos por la ley.
  5. Vicios en el procedimiento : Cuando se omiten pasos esenciales en el proceso administrativo que afectan el derecho de defensa del particular.
  6. Violación de la ley : Si el acto administrativo contraviene disposiciones legales vigentes.
  7. Desvío de poder : Cuando la autoridad utiliza sus facultades para fines distintos a los previstos por la ley.
  1. Arbitrariedad : Si el acto administrativo es manifiestamente injusto o desproporcionado.
  2. Notificación incorrecta : Cuando el acto administrativo no se notifica conforme a los procedimientos establecidos, afectando el derecho de defensa del interesado.
  3. Falta de motivación : Si el acto administrativo carece de una justificación clara y razonada.
  4. Inobservancia de plazos : Cuando la autoridad no respeta los tiempos establecidos para la emisión del acto administrativo.
  5. Conflicto de interés : Si la autoridad actúa en beneficio propio o de terceros, afectando la imparcialidad del acto.
  6. Falta de audiencia : Cuando no se otorga al particular la oportunidad de presentar pruebas o alegatos antes de emitir el acto administrativo.
  7. Contradicción con actos previos : Si el acto administrativo contradice decisiones anteriores de la misma autoridad sin justificación válida.
  8. Aplicación retroactiva de la norma : Cuando se aplica una norma de manera retroactiva en perjuicio del particular.
  9. Falta de fundamentación : Si el acto administrativo no se basa en una norma específica que lo respalde.
  10. Violación de derechos humanos : Cuando el acto administrativo infringe derechos fundamentales reconocidos por la Constitución.
  11. Inobservancia de principios de legalidad y transparencia : Si el acto administrativo no se ajusta a los principios de legalidad y transparencia establecidos en la ley.
  12. Falta de motivación en sanciones : Cuando se imponen sanciones sin una justificación adecuada.
  13. Inobservancia de procedimientos establecidos : Si la autoridad no sigue los procedimientos establecidos para la emisión del acto administrativo.
  14. Falta de notificación personal : Cuando el acto administrativo se notifica por medios que no garantizan la recepción efectiva por parte del interesado.
  15. Emisión de actos administrativos en situaciones de emergencia sin justificación : Cuando se emiten actos administrativos en situaciones de emergencia sin una justificación legal adecuada. REFERENCIAS trijaem.gob.mx poderjudicialyucatan.gob.mx Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Yucatán Ley General de Procedimiento Administrativo Ley de Actos y Procedimientos Administrativos del Estado de Yucatan