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Los Artículos de Disposiciones Generales del Seguro Social, incluyendo los deberes de los patrones en relación con el registro de trabajadores, el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y el proceso de inscripción de trabajadores y el pago de cuotas. Además, se definen los conceptos de accidente y enfermedad de trabajo, y se detallan los procedimientos para solicitar prestaciones en caso de incapacidad, invalidez o retiro.
Qué aprenderás
Tipo: Monografías, Ensayos
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Título: Disposiciones generales, seguro de riesgos de trabajo, seguro de invalidez y vida, y seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez Planteamiento del tema: Conocer y comprender los Artículos de Disposiciones generales, seguro de riesgos de trabajo, seguro de invalidez y vida, y seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Investigación y Argumentación:
conservarlos en un periodo durante los 5 años siguientes al de su fecha. Cumplir en relación con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Articulo 15 A.- Los contratantes deberán comunicar trimestralmente ante la subdelegación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado y del beneficiario respectivamente dentro de los primeros quince días de los meses de enero, abril, julio y octubre. El patrón incorporara por cada uno de sus trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto. Artículo 18.- Los trabajadores tienen el derecho de solicitar al instituto su inscripción, comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de trabajo y en su caso, presentar la documentación que acredite dicha relación. Artículo 20.- las semanas reconocidas para el otorgamiento de las prestaciones se obtendrán dividiendo entre siete los días de cotización acumuladas, hecha esta división, si existiera un sobrante de días mayor a tres, este se considerará como otra semana completa, no tomándose en cuenta el exceso si el número de días fuera de tres o menor. Artículo 23.- si en contratos colectivos se pactan prestaciones iguales a las establecidas por esta ley, el parón pagará al Instituto íntegramente las cuotas obrero patronal.
indebidamente como accidente en traye3cto se hará acreedor a las sanciones que determine esta ley y el reglamento respectivo. Artículo 54.- si el patrón hubiera manifestado un salario inferior al real, al Instituto pagara al asegurado el subsidio o la pensión a que se refiere este capítulo de acuerdo con el salario en el que estuviese inscrito sin perjuicio de que al comprobarse su salario real, el Instituto le cubra con base en éste la pensión o el subsidio. Artículo 55.- Los riesgos de trabajo pueden producir. Incapacidad temporal Incapacidad permanente parcial Incapacidad permanente total Muerte.
Artículo 114.- el pago de la pensión de invalidez, en su caso se suspenderá durante el tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo en un puesto igual a aquel que desarrollaba al declararse esta. Artículo 117.- Cuando cualquier pensionado traslade su domicilio al extranjero podrá continuar recibiendo su pensión mientras dure la ausencia, conforme a lo dispuesto por convenio internacional o que los gastos administrativos de traslado de los fondos corran por cuenta del pensionado. Artículo 120.- el estado de invalides da derecho al asegurado, en los términos de esta ley y sus reglamentos al otorgamiento de las prestaciones siguientes. Pensión temporal Pensión definitiva. Artículo 121.- Pensión temporal es la que otorgue al Instituto con cargo a este seguro, por periodos renovables al asegurado en los casos de existir posibilidad de recuperación para el trabajo o cuando por la continuación de una enfermedad no profesional se termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista. Es pensión definitiva la que corresponde al estado de invalidez que se estima de naturales permanente. Artículo 122. Para gozar de las prestaciones del ramo de invalidez se requiere que al declararse esta el asegurado tenga acreditado el pago de doscientos cincuenta semanas de cotización, en el caso que el dictamen respectivo determine el setenta y cinco por ciento o más de invalidez solo se requiera que tenga acreditadas ciento cincuenta semanas de cotización.
salvo que exista prescripción suscrita por el médico titulado y que el trabajador hubiera exhibido y hecho del conocimiento del patrón lo anterior. Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una incapacidad o lesión por si o de acuerdo con otra persona. Si la incapacidad o siniestro es el resultado de alguna riña o intento de suicidio y Si el siniestro es resultado de un delito internacional del que fuere responsable el trabajador asegurado. ¿Por qué? Es necesario ir a las juntas tripartitas para los acuerdos que ahí se convengan, las obligaciones que tienen el patrón y cuando se anula el riego de trabajo. Los tres artículos importantes para el trabajador son: Artículo 8.- El Instituto expedirá a todos los derechohabientes un documento de identificación a fin de que puedan ejercitar los derechos que la Ley confiere Artículo 85.- El disfrute de las prestaciones de maternidad se iniciara a partir del día en que el Instituto certifique el estado de embarazo. La certificación señalara la fecha probable del parto, la que servirá de base para el computo de los cuarenta y dos días anteriores a aquel para los efectos del subsidio que en su caso se otorgue en los términos de esta ley. Artículo 154.- Para los efectos de esta Ley existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad. .Para gozar de las prestaciones de este ramo se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientos cincuenta cotizaciones semanales. El trabajador cesante que tenga sesenta años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el presente, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición, o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión. ¿Por qué? El conocer las prestaciones y la identificación para obtener dichas prestaciones.
Conclusión. El conocer la Ley del Seguro social, podemos saber nuestras prestaciones como trabajador y las obligaciones como patrón. RUBRICA PARA COMENTARIO PUNTOS VARIABLE DESCRIPCION CALIFIC ACION COMENTARIOS 3 DATOS GENERAL ES NOMBRE, MATRICULA, PROFESOR, CURSO, MODULO, ACTIVIDAD, FECHA, TITULO 3 TU ACTIVIDAD PRESENTA LOS DATOS DE IDENTIFICAC COMPLETOS Y CORRECTOS. OBTIENES LOS 3 PUNTOS 7 BIBLIOGR AFIA INCLUSION APROPIADA DE DATOS BIBLIOGRAFICOS, REPORTAR TODAS LAS FUENTES CORRECTAMENTE^5 IDENTIFICAS SOLAMENTE 1 DE LAS 3 FUENTES BIBLIOGRÁFIC REQUERIDAS COMO MÍNIMO. LAS CUALES DEBEN SER CITAD CORRECTAMENTE Y ESTÁR RELACIONADAS CON EL TEMA DE ACTIVIDAD. OBTIENES 5 DE LOS 7 PUNTOS POSIBLES DE ES APARTADO 10 ORTOGR AFIA Y REDACCI ON ORTOGRAFIA SIN ERRORES, REDACCION CON IDEAS CLARAS, LÓGICAS Y SECUENCIADAS^10 ORTOGRAFÍA SIN ERRORES GRAVES APARENTES, BUE REDACCIÓN, COMPRENSIBLE, LÓGICA Y SECUENCIAL. OTORGAN LOS 10 POSIBLES PUNTOS DE ESTE APARTADO 5 TITULO HACE REFERENCIA AL TEMA SOBRE EL CUAL SE REALIZARÁ LA APORTACIÓN.^5 TITULO RELACIONADO CON LA ACTIVIDAD, ACORDE A LOS TEM A ABORDAR EN LA MISMA, LA SEGURIDAD SOCIAL; OBTIENES L 5 PUNTOS. SIN EMBARGO EN FUTURAS ACTIVIDADES INTENTA UTILIZAR TEMAS TEXTUALES SINO ATERRIZAR CON T PALABRAS DICHO TITULO, POR EJEMPLO “LEY DEL SEGU SOCIAL, DERECHOS Y OBLIGACIONES…” O ALGO SIMILAR 15 PLANTEA MIENTO DEL TEMA DESCRIBE LAS IDEAS PRINCIPALES, PARAFRASEANDO LA SITUACION O PROBLEMA EN CUESTION^12 NOS PERDEMOS EN ESTE PLANTEAMIENTO DEL TEMA DON PRACTICAMENTE TE REMITES A LO MISMO DEL TITULO Y QUE ES MAS QUE UNA COPIA DE LOS TEMAS DE LA LEY. ENE S APARTADO SE DEBE EXPRESAR CON TUS PALABRAS PANORAMA GENERAL DE LO QUE SE DESARROLLARA EN ACTIVIDAD UBICANDOE INTERESANDO AL LECTOR EN EL TE OBTIENES 12 DE LOS 15 POSIBLES PUNTOS. 20 INVESTIG ACION Y ARGUME NTACION REALIZA UNA EXPLORACIÓN A PROFUNDIDAD CON RESPECTO AL TEMA, CONSULTANDO DIVERSAS FUENTES BIBLIOGRÁFICAS (AL MENOS 3), OBTENIENDO DE ESTAS LAS IDEAS PRINCIPALES, CON LA FINALIDAD DE UTILIZARLAS COMO ELEMENTOS 20 MUY BIEN LA INVESTIGACION AL CITAR LOS PRINCIPAL ARTICULOS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL RESPECTO DE L TEMAS GENERALES MAS RELEVANTES DE LA MISMA EN ES PRIMERA PARTE. ADECUADA LA EXPOSICION DE DICH ARTICULOS, EN LO GENERAL MUY BIEN Y SE COMPLEMENTA C LA SIGUIENTE PARTE DE LA GUIA AL EMITIR ALGUNAS OPINION YA PROPIAMENTE EN LA EMISION DE JUCIOS DE PORQUE S IMPORTANTES LOS ARTICULOS PARA UN LADO Y OTR ATENDIENDO LOS ANTERIORES COMENTARIOS OBTIENES LOS POSIBLES PUNTOS 20 EMISION DE JUICIOS SOBRE LA BASE DEL PUNTO ANTERIOR, EMITE JUICIOS DE VALOR QUE REFLEJAN UNA OPINIÓN FUNDAMENTADA, OBJETIVA Y PRECISA, ESTABLECIENDO EN TODO MOMENTO RELACIÓN CON EL TEMA.^18 CONSIDERO ADECUADA LA ELECCION DE LOS ARTICULOS Q CONSIDERAS RELEVANTES DE LA LEY AL RELACIONARLOS C SU APLICACIÓN A PATRONES Y TRABAJADORES, AUNQUE S DEMASIADO GENERALIZADOS LOS COMENTARIOS AL PRECISARSE A DETALLE PRECISAMENTE QUE LOS HACE A PUNTO DE VISTA “RELEVANTES” SOBRE LOS DEMAS, P EJEMPLO QUE SUCEDE EN CASO DE NO CUMPLIRSE DICH ARTICULOS. OBTIENES18 DE LOS 20 PUNTOS 20 CONCLU SION INCLUYE LA COMPARACIÓN DEL MATERIAL INVESTIGADO, CON RESPECTO A LA OPINIÓN EMITIDA, ASÍ COMO EL APRENDIZAJE ADQUIRIDO A TRAVÉS DE LA REALIZACIÓN DE DICHO PROCESO^15 QUEDA A DEBER BASTANTE INFORMACION ESTE CIERRE DE ACTIVIDAD, ESTE PARATADO DEBE USARSE A FIN DE PLASMAR CONCRETO COMENTARIOS SOBRE LO APRENDIDO EN DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD, INCLUSIVE CON ALGUN EJEMP O CASO DE APLICACIÓN, NO QUEDAR SOLO EN APRECIACION SUBJETIVAS DE UN PAR DE RENGLONES. OBTIENES 15 DE LOS PUNTOS DEL APARTADO