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Orientación Universidad
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realizar un contrato a termino indefinido, Ejercicios de Economía Española

clausulas de un contrato a termino indefinido

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 14/06/2021

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INSTITUCION UNIVERSITARIA POLITECNICO GRANCOLOMBIANO
DERECHO COMERCIAL Y LABORAL
CONTRATO DE TRABAJO, LIQUIDACION Y CREACION DE EMPRESA
ESCENARIO 3 – PRIMERA ENTREGA
INTEGRANTES DEL GRUPO:
NASHIÁN GÓMEZ POMARE
JUAN DAVID MONTOYA HENAO
HUBER ALEJANDRO RODRIGUEZ RIOS
JONATHAN MAURICIO SAMACA ROJAS
MAYRA VIVIANA SIERRA CALDERON
BALKYS JANNIOTH TAMAYO RODRIGUEZ
DOCENTE
LINA XIMENA VELASQUEZ TORRES
29 DE MARZO DE 2021
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INSTITUCION UNIVERSITARIA POLITECNICO GRANCOLOMBIANO

DERECHO COMERCIAL Y LABORAL

CONTRATO DE TRABAJO, LIQUIDACION Y CREACION DE EMPRESA

ESCENARIO 3 – PRIMERA ENTREGA

INTEGRANTES DEL GRUPO:

NASHIÁN GÓMEZ POMARE

JUAN DAVID MONTOYA HENAO

HUBER ALEJANDRO RODRIGUEZ RIOS

JONATHAN MAURICIO SAMACA ROJAS

MAYRA VIVIANA SIERRA CALDERON

BALKYS JANNIOTH TAMAYO RODRIGUEZ

DOCENTE

LINA XIMENA VELASQUEZ TORRES

29 DE MARZO DE 2021

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO SARA ACEVEDO TAVERA

SALARIO BÁSICO

EMPRESA: POLIGRAN S.A.

NIT: 1123628171_

DIRECCIÓN: CALLE 39 SUR # 25 C 89

REPRESENTANTE LEGAL: ELKIN DE JESUS BUSTAMANTE

IDENTIFICACIÓN: 15531337 DE ANDES

EMPLEADO: SARA ACEVEDO TAVERA

IDENTIFICACIÓN: 1123612999 DE SABANETA

DIRECCIÓN CARRERA 58 # 77 – 50

TELÉFONO: 3214616111

CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

SALARIO: 1’600.

TIPO DE CONTRATO: TERMINO FIJO

FECHA DE INICIO: 28/03/

FECHA DE VENCIMIENTO: 28/03/

TIPO DE JORNADA: COMPLETA

# HORAS SEMANALES: 48

Entre el trabajador y el empleador se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, el suscrito a saber denominado empleador ELKIN DE JESUS BUSTAMENTE , identificado con cedula de ciudadanía 15531337 de ANDES , actuando como representante legal de POLIGRAN S.A. , quien para los efectos del siguiente contrato se denominará empresa, SARA ACEVEDO TAVERA identificada con cedula de ciudadanía 1123612999 de SABANETA , quien para los efectos se denominará empleado. se suscribe el presente contrato conforme la ley y el código sustantivo del trabajo, regido conjuntamente por las siguientes clausulas: PRIMERO- PRINCIPIOS LABORALESESTABILIDAD LABORAL el principio de la estabilidad, además de brindar una seguridad laboral, también ofrece y garantiza el sustento vital y la importancia del trabajador en la

❖ Observar los preceptos del reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular la impartan el empleador o sus representantes, según el orden jerárquico establecido. ❖ No comunicar con terceros, salvo la autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo, especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios al empleador, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales del trabajo ante las autoridades competentes. ❖ Conservar y restituir un buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados y las materias primas sobrantes. ❖ Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales. DERECHOS DEL TRABAJADOR ❖ Recibir remuneración cumplida, justa y suficiente para un nivel de vida digno. Dicha remuneración será en la forma pactada previamente con el empleador. ❖ Recibir igual trato en identidad de situaciones y circunstancias. ❖ Promoción profesional, formación y capacitación en el trabajo. ❖ Respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. TERCERO – OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

❖ Poner a disposición de los trabajadores, los instrumentos y elementos necesarios para la realización del trabajo. ❖ Brindar a los trabajadores los elementos adecuados de protección contra accidentes y enfermedades profesionales. ❖ Efectuar el pago o remuneración, según lo pactado en el contrato de trabajo. ❖ Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración de contrato, una certificación en que consten el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado; e igualmente, si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considera que el trabajador, por su culpa, elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurrido cinco (5) días a partir de su retiro no se presenta donde el médico respectivo para la práctica del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente. ❖ <Numeral adicionado por el artículo 3o. de la Ley 1468 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Conceder en forma oportuna a la trabajadora en estado de embarazo, la licencia remunerada consagrada en el numeral 1 del artículo 236 , de forma tal que empiece a disfrutarla de manera obligatoria una (1) semana antes o dos (2) semanas antes de la fecha probable del parto, según decisión de la futura madre conforme al certificado médico a que se refiere el numeral 3 del citado artículo 236. DERECHOS DEL EMPLEADOR ❖ Recibir orientación, por parte de la administradora de riesgos profesionales, sobre la prevención y evaluación de los riesgos.

OCTAVO – PRESTACIONES SOCIALES

El trabajador tiene derecho a las siguientes prestaciones sociales: auxilio de cesantías, prima de servicios, intereses de cesantías, dotación, vacaciones y auxilio de transporte. NOVENO – DOTACION Y VACACIONES El trabajador recibirá al inicio de sus labores la dotación correspondiente a su área de trabajo el cual consiste en: calzado vestido de labor y equipos de acuerdo a sus funciones. ART 186: Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas – código sustantivo del trabajo. CIUDAD Y FECHA: Medellín, marzo de 2019 ELKIN DE JESUS BUSTAMANTE SARA ACEVEDO TAVERA EMPLEADOR EMPLEADO NIT: 1123628171_5 C.C. 1123612999 DE SABANETA