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Este documento analiza el papel del Estado en la administración de justicia, enfatizando la necesidad de una aproximación multidisciplinaria y la importancia de estrategias sociales. Se abordan temas como la corrupción, la impunidad, la ineficiencia y la necesidad de una política social efectiva. Se preguntan cuál es la responsabilidad del Estado por el mal funcionamiento de la administración de justicia y cómo se puede establecer un nuevo pacto social.
Tipo: Monografías, Ensayos
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El fenómeno delictivo, por el cual la sociedad exige del Estado una respuesta efectiva, debe apreciarse desde un enfoque multidisci- plinario y atacarse primordialmente mediante estrategias sociales dirigidas a la integración familiar, a la educación, a la atención a las necesidades de la juventud, sin esperar una solución tajante y única del Derecho y la sanción penal, los cuales deben complementar una adecuada política social.
La seguridad pública, como actividad o como fin, se ha convertido en un tema recurrente en el discurso político y en los temores y preocupaciones de la población.
La seguridad pública debe ser una prioridad del Estado orientada a garantizar la protección de las personas y sus bienes; es proporcionar condiciones que posibiliten la convivencia pacífica y preservar el orden público.
Es el establecimiento de condiciones de convivencia pacífica, preser- vación de la paz pública, protección a la integridad física de las personas y sus bienes; prevenir la comisión de delitos e infracciones, salvaguardar la defensa de los derechos humanos, procurar y administrar justicia con honradez, prontitud y eficiencia; auxiliar a la población en caso de sinies- tros y desastres.
El deterioro de los índices de la criminalidad tiene un origen multifac- torial, sin embargo, no puede desconsiderarse su relación de causa-efec- to con el abandono histórico en la asignación presupuestal y la falta de modernización de los órganos policiales, selección, capacitación, actuali- zación y depuración de su personal.
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La función del Estado es cuestionada por una sociedad gravemente transtornada por los efectos nocivos de la criminalidad; la fuerte presen- cia de la delincuencia ha generado zozobra y malestar entre los miembros de toda nuestra comunidad, que se inhibe para desarrollar sus activi- dades cotidianas con entera libertad; el temor y la incertidumbre imperan en el ánimo de los habitantes del país. De una procuración y administra- ción de justicia sujeta al escrutinio público por la falta de comportamiento ético de sus miembros; de un sistema penitenciario que lejos de promover la resocialización concede mayor capacidad criminal a los internos y donde la constante es el silencio corruptor de las autoridades carcelarias.
El futuro de los criminólogos de la actualidad se muestra difícil por- que exige el diseño de políticas preventivistas. El papel del criminólogo del siglo XXI debe apoyarse en los distintos grupos sociales y en las institu- ciones de justicia penal. El control de la criminalidad demanda una justi- cia social acorde con la realidad de la población. 1
Hoy en día la definición de la política criminal muestra escollos que salvar. Tanto en la definición del delito como en la identificación del suje- to de la política criminal (sociedad o delincuente); son dos aspectos que reclaman resolución inmediata. Ciertamente, para el Derecho Penal no representa mayor dificultad, habida cuenta que por su carácter de ciencia- lógico formal, el principio de legalidad de los delitos se desahoga con el desarrollo de la tipicidad. 2
En las últimas cinco décadas la delincuencia creció desproporcio- nadamente en comparación con los años anteriores. En México, durante la década de los ochentas, ese crecimiento alcanzó un veinte por ciento anual y tuvo como origen las severas crisis económicas que se vivieron durante ese tiempo.
No obstante ello, actualmente las tasas de crímenes violentos por cada cien mil habitantes son ocho veces superiores en Estados Unidos que en México. Bajo el mismo perfil comparativo, la delincuencia violenta en Norte América es de tres a cuatro veces superior que en Canadá y las cifras de este país son dos o tres veces superiores a las Europeas. 3
La reforma de justicia en México transforma estructuras, pero también está dirigida a renovar conductas, actitudes, estilos y prácticas vinculadas con la seguridad pública, la procuración e impartición de justicia, con la
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(^1) López Vergara, Jorge, Criminología. Introducción al estudio de la conducta antisocial , Edi- torial ITESO, 1991, México, pp. 158 y 159. (^2) Mezguer, Edmund, trad. de Muñoz Conde, Modernas orientaciones de la dogmática jurídico- penal , Editorial Tirant lo Blanch alternativa, Valencia, 1997, p. 3. (^3) González de la Vega, René, La procuración de justicia de hoy. Crónica Legislativa , abril- mayo, 1996, Nueva Época p. 131.
Luego entonces, la calidad de garante del Estado se reduce a una mera expresión formal.
El antagonismo entre los fines de la norma jurídica y los efectos que muestra la realidad, cuestiona la eficacia del aparato de justicia penal y del marco jurídico; involucra a la justicia cívica, policía preventiva, pro- curación y administración de justicia, el funcionamiento de los centros de reclusión, los criterios preliberacionales y el efecto que las instituciones defensoras de los derechos humanos han producido en cada uno de estos eslabones del aparato de justicia.
La atención en la barandilla constituye el primer contacto de las vícti- mas del delito con la justicia penal. A pesar de los esfuerzos se encuen- tran inercias que insisten en caracterizarlo por ineficiente y tardío.
Los avances en seguridad y justicia son contrarrestados por el estig- ma de la venalidad y la falta de credibilidad en el aparato de justicia penal.
La justicia es principio de convivencia racional que en estricto sentido de la vida social no puede dejarse de aplicar. Esa justicia debe reunir las características de pronta, diligente, rápida y con el ingenio y los plazos que fija la ley. La gratuidad de la procuración y administración de justicia es un principio constitucional que el pueblo conoce y conoce bien y que cada día utiliza para defender su patrimonio y así colabora en el combate de la corrupción. 9
La corrupción es un auténtico problema social que propicia la violen- cia en contra de los ciudadanos porque cuando se apropia de dinero público, por ejemplo, esos recursos pudieron destinarse al bienestar de la población y al desarrollo de sus potencialidades. Sin embargo, la res- puesta que proporciona el Estado también constituye un acto de violencia porque se sirve del sistema penal para aparentar “que algo se hace” por el desvío de dinero público. 10
En resumen, la responsabilidad reparatoria mira al pasado, la pena al futuro. 11
A todo ello habría que añadirle el papel que han desempeñado los medios de comunicación y su manifiesta orientación a lucrar con la nota roja. “El poder sin barreras de la época posmoderna que amenaza la democracia en nuestra América con más solidez que el permitido discur-
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(^9) Benítez Treviño, V. Humberto, Filosofía y praxis de la administración de justicia , Editorial Porrúa, 2a. ed., 1994, México, pp. 162 y 163. (^10) Benavides Venegas, Farid Samir, Corrupción, violencia y Derecho penal , Revista del Insti- tuto de Ciencias Penales y Criminológicas, vol. XXI, No. 68, enero–abril, 2000, Universidad Externado de Colombia, p. 147. (^11) Creus, Carlos, Reparación del daño producido por el delito , Editores Rubinzal, Culzoni, Bue- nos Aires, Argentina, 1995, p. 11.
so autoritario de los militares. Sin esos hermanos mayores que sustituyen sin apelación posible a jueces y legisladores”. 12
En efecto, existe una relación entre la sensación social de inseguri- dad con el modo de proceder de los medios de comunicación. Actúan a modo de multiplicador de los ilícitos y las catástrofes 13 generando una inseguridad subjetiva que no corresponde con el nivel de riesgo objetivo.
“Los medios que son el instrumento de la indignación y de la cólera públicas, pueden acelerar la invasión de la democracia por la emoción, propagar una sensación de miedo y de victimización e introducir de nuevo en el corazón del individualismo moderno el mecanismo del chivo expia- torio que se creía reservado para tiempos revueltos”. 14
Todo esto repercute en la pérdida de confianza de la población en las instituciones de seguridad y justicia, desalienta la cultura de la denuncia y debilita la autoridad moral del Estado.
El Estado de Derecho no se agota en la supremacía de la ley como expresión de la voluntad popular, en el principio de la separación de poderes para distribuir y limitar su ejercicio, en el reconocimiento a la per- sona, sus derechos y libertades fundamentales, sino también en la obliga- ción y efectividad del Estado para garantizar a su población, la punición de todos los actos atentatorios contra la seguridad de sus ciudadanos.
El artículo 2 de la Declaración de los derechos del hombre y del ciu- dadano del año de 1789 precisa que el objeto de toda sociedad política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hom- bre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resis- tencia a la opresión.
Esto significa que la seguridad es un Derecho natural de los ciuda- danos, por lo tanto es una aspiración legítima, sin embargo, no puede ser la idea rectora del Derecho Penal porque éste no puede atender de modo razonable este requerimiento. La solución a la inseguridad debe buscarse en su lugar clásico y natural, es decir, en el derecho de policía 15 (orde- namientos que regulan toda la actividad de la policía encargada de la seguridad ciudadana).
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(^12) Véase a Bonasso, Miguel, en la Revista México, 26 de julio de 2004, p. 54. (^13) Luhmann, Die Gesellschaft II , p. 1099, autor citado por Silva Sánchez José-María, La expan- sión del Derecho penal , Madrid, España, Cuadernos Civitas, 1999, pp. 26 y siguientes. (^14) Garapon, Juez y Democracia , Barcelona, 1997, p. 94, autor citado por José-María Silva Sánchez, op. cit. p. 28. “Quien añade que los asesinatos de niños se convierten en acontecimientos nacionales para una opinión pública fascinada por la muerte y la transgresión. Su exasperación por los medios acabará por hacer creer al ciudadano no avisado que este tipo de crímenes es frecuente, lo que no es el caso (p. 99)”. (^15) Silva Sánchez, José-María, op. cit ., p. 30.
Así, encuentra justificación la estrategia de diversas medidas para contrarrestar la criminalidad en sectores sociales vulnerables.
En efecto, el fenómeno delictivo debe apreciarse con un enfoque interdis- ciplinario y por ende, son de diversa naturaleza las medidas para prevenir y combatir la criminalidad.
En este sentido, se ha sostenido que los procesos formales 19 (cap- tura, enjuiciamiento, condena, castigo y rehabilitación) de la justicia penal han resultado poco eficaces para reducir la delincuencia, por ello, se insiste en fortalecer las medidas no formales por el éxito que generan. 20
TT La familia TT La educación TT Atención a la juventud TT El empleo TT La atención a la farmacodependencia
Fomentar la integración social a través de la cohesión familiar mediante programas dirigidos a la población en los que se debe ponderar la inte- gración y funcionalidad del núcleo familiar.
Para evitar la disolución de la familia, es conveniente crear instancias informales para brindar asistencia gratuita para fomentar la conciliación.
En este rubro, debe hacerse hincapié en la necesidad de que los progenitores desplieguen una relación cálida con sus hijos, aun en aque- llos casos en donde existe separación de los padres.
Elaborar programas de atención a los niños para detectar problemas de comportamiento y para identificar aquellos casos en que son objeto de maltrato.
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(^19) Captura, enjuiciamiento, condena, castigo y rehabilitación. Véase el documento preparato- rio A/Conf/144/9 y la resolución 1990/23 del Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba, 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990 relativo al tema “Prevención del Delito y Justicia Penal en el contexto del Desarrollo: Realidades y Perspectivas de la Cooperación Internacional”. (^20) Para el desarrollo de las medidas no formales véase el documento preparatorio A/Conf/ 144/9 y la resolución 1990/23 del Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba, 27 de agosto al 7 de septiem- bre de 1990 relativo al tema “Prevención del Delito y Justicia Penal en el contexto del Desarrollo: Realidades y Perspectivas de la Cooperación Internacional”.
Fomentar los cursos para padres que les permita reconocer y re- orientar sus reacciones negativas que repercuten en los hijos. Es muy probable que en su fase inicial haya un alto margen de abstencionismo en la participación de estos programas, sin embargo, la tendencia es su con- solidación en la medida que funcionen las alternativas que estimulan el empleo.
En aquellos casos en que los hijos abandonan el hogar, existe una fuerte propensión a que deambulen en la calle y, por consiguiente, a delin- quir. De ahí la necesidad de conocer las razones del menor para aban- donar su casa y brindar mayor apoyo a los centros o albergues especiales que proporcionan asistencia en estas circunstancias, en los cuales deben atenderse los programas para elevar la autoestima del menor.
Frente a los menores en situación de peligro, es recomendable evi- tar, en la medida posible, el internamiento institucional para ampliar las posibilidades de la familia ampliada a través de la adopción.
Los objetivos son disminuir la marginación criminógena mediante la consolidación de la familia, fortalecer los patrones de conducta intrafami- liar que le permita a los miembros asumir en forma adecuada sus roles, identificar y prevenir condiciones de maltrato a los menores y otros miem- bros de la familia y canalizar a los menores maltratados a las áreas específicas para su atención integral.
La escuela es el factor más importante en la etapa formativa de los me- nores, para ello es necesario fomentar los valores cívicos, fortalecer los medios de asimilación de normas morales, estimular el sentido de respon- sabilidad ciudadana y destacar la importancia social del respeto a la ley.
Es recomendable mejorar el rendimiento escolar y el comportamien- to de los niños provenientes de sectores desfavorecidos o de inmigrantes con carencias que impiden su adaptación social al complejo urbano.
El núcleo central de las estrategias sociales se ubican en el aspecto escolar, por ende, es importantísimo evitar la deserción, estimular la asis- tencia a clases e insistir en el carácter formativo de los niveles escolares. Una medida necesaria en este aspecto, radica en que las autoridades educativas recurran menos a expulsiones y que se haga uso de esta me- dida en casos extremadamente necesarios.
Ante los niños que muestran comportamientos irregulares y en don- de la participación de los padres es mínima, bien por disfuncionalidad o desintegración de la familia, es conveniente establecer la figura de las “tutorías sustitutas” como medio de enlace entre el menor, las autoridades
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actores sociales, evita la indiferencia ante los problemas juveniles y pro- picia el respeto a su faceta.
Las formas en que el desempleo repercute en la delincuencia han sido objeto de diversas apreciaciones. Evidentemente, el fenómeno criminal encuentra una fuerte explicación causal en el factor económico por la ínti- ma relación entre desempleo, penuria económica y la criminalidad como detonante de la concurrencia de una serie de factores sociales que inci- den en el crimen.
Sin duda, las razones de identificación y repercusión de estos ele- mentos suele ser muy compleja, empero, se ha sostenido que los progra- mas aislados de capacitación y empleo no son del todo eficaces 21 en la reducción de la delincuencia, pues para ello es necesaria la adopción de otras medidas alternas como las que anteceden a este punto.
Con un sentido alterno y concurrente, la estimulación de la capacita- ción y el empleo amplía el margen de posibilidades de mejorar las condi- ciones de vida y la satisfacción de necesidades inmediatas de toda persona. Esto implica la ejecución de acciones orientadas a: 1. Fortalecer la capacitación laboral y 2. Ampliar las oportunidades del empleo.
La capacitación para el trabajo implica también, que sus destinata- rios modifiquen sus actitudes con aceptación de la disciplina que requiere el trabajo mismo, incluyendo las reglas y las expectativas que ello ofrece.
Esta medida tiene como objetivos ampliar las alternativas ocupa- cionales, posibilitar el desarrollo económico de la familia, proporcionar la capacitación para el trabajo con niveles mínimos de calidad y establecer mecanismos de aprendizaje que concedan capacitación y experiencia en el trabajo.
Es importante observar que el fenómeno de la adicción a las drogas adquiere vulnerabilidad entre los jóvenes estudiantes de los niveles de enseñanza media y media superior, cuyas edades oscilan entre los 13 y 18 años.
En esta situación de riesgo, los estudiantes han pasado de la fase de experimentación a la habitualidad en el consumo de drogas, principal- mente marihuana.
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(^21) Ídem.
El uso y abuso de drogas psicoactivas y la farmacodependencia cons- tituyen fenómenos complejos con raíces y consecuencias biológicas, psi- cológicas, familiares y sociales. Sus efectos nocivos se muestran tanto en el individuo cuya salud y conducta se ven afectados como en la sociedad que se ve amenazada en su seguridad.
Frente a este fenómeno es conveniente establecer una coordinación interinstitucional que garantice la atención del farmacodependiente a través de la participación de la comunidad en las acciones de detección, atención, prevención y rehabilitación de la farmacodependencia.
Asimismo, identificar los grupos vulnerables y de alto riesgo para la aplicación de programas integrales mediante un diagnóstico delegacional y el fortalecimiento de la denuncia para identificar los centros de venta y posibilitar la punición plena del delito.
De esta forma se actúa en contra del binomio droga-delito como fac- tor causal de las conductas antisociales.
La pretensión es disminuir la farmacodependencia, los daños y ries- gos a la salud, los problemas psicológicos, económicos y sociales rela- cionados con el uso de sustancias psicotrópicas para coadyuvar en la preservación de la salud y el bienestar de la comunidad; fortalecer los enlaces interinstitucionales en la atención de los farmacodependientes y asegurar la sanción penal a sus promotores. Ampliar los programas de difusión de acciones preventivas del uso de drogas a través de la partici- pación ciudadana e incorporar a los diversos sectores sociales, grupos y representantes de la comunidad para fijar acciones compartidas frente al fenómeno de la drogadicción.
La prisión. Simplemente, exigir el cumplimiento de la ley.
La realidad muestra el carácter mítico de la readaptación social por los alarmantes sucesos que evidencian la preponderancia de la corrupción; hacinamiento, ausencia de esquemas de reclusión que tengan como refe- rente criterios de peligrosidad y el trato desigual que se funda en la capacidad económica de los internos.
La cárcel, dentro de su llamado fin resocializador, se orienta a con- ceder sobrevivencia como un “lugar gratuito” para vivir.
Ciertamente la teoría de la pena se ha convertido en la historia de la pena por cuanto a que su punto de atención ha dejado de ser “el justo” para privilegiar y dar paso al de carácter “útil”, y cuando no alcanza este
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Procurar y administrar justicia no es un problema que se reduce a la mera legalidad sino a la formulación de veredictos que comprendan y acepten las partes en conflicto. Esta aspiración presupuesta confiabilidad en las instituciones y elasticidad en el arbitrio para que el concepto mayoritario de justicia sea aceptado y aceptable.
Un sistema de justicia confiable proyecta en la sociedad la idea de que la justicia es un valor que pueden alcanzar y que todos pueden tener acceso a ese valor. 23
Es necesario establecer un nuevo pacto social entre el Estado y la sociedad, fundado en la adopción de medidas sociales para contrarrestar la criminalidad y la desigualdad social.
Es inconcebible un Estado de Derecho que desatiende las necesi- dades básicas de su población y que promueve una política económica que hace más profunda la desigualdad social y la desigualdad penal.
Que hace nugatorias las aspiraciones legítimas de sus miembros en la búsqueda de la felicidad, en las que la desigualdad social y la desigual- dad penal convergen.
La sociedad aspira a un Estado que garantice el respeto de los dere- chos individuales y colectivos; fortalezca la convivencia social y asegure la interrelación de los particulares con los órganos del Estado; posibilite el acceso a la justicia; reafirme el régimen de libertades y consolide los prin- cipios de nuestra Constitución como expresión de la voluntad popular, la justicia social.
La justicia social es la solución para armonizar dos aspectos que, recurrentemente, entran en franco antagonismo, la pretensión de la norma jurídica y la desigualdad de sus destinatarios.
AGÜERO AGUIRRE , Saturnino, La administración de justicia en el Distrito Federal , Iuris Tantum, primavera-verano, 1985.
B ALTAZAR SAMAYOA, Salomón, La Readaptación Social, un Diálogo de Ciegos , Revista Pandecta de la Escuela Libre de Derecho, Tercera Época, abril del año 2000, núm. 2, México, Distrito Federal.
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(^23) Mendoza Bremauntz, Emma. Mujer y Administración de Justicia, Concordancias , Centro de Investigación, Consultoría y Docencia en Guerrero, A.C., año 3, núm. 5, 1988, México, p. 119.
BENAVIDES VENEGAS, Farid Samir, Corrupción, violencia y Derecho penal. Revista del Instituto de Ciencias Penales y Criminológicas, vol. XXI, núm. 68, enero-abril, 2000, Universidad Externado de Colombia.
B ENÍTEZ TREVIÑO, V. Humberto, Filosofía y praxis de la administración de justicia , Editorial Porrúa, 2a. ed., 1994, México.
C REUS , Carlos, Reparación del daño producido por el delito, Editores Rubinzal, Culzoni, Buenos Aires, Argentina, 1995.
Documento preparatorio A/Conf/144/9 y la resolución 1990/23 del Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba, 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990 relativo al tema “Prevención del Delito y Justicia Penal en el contexto del Desarrollo: Realidades y Perspectivas de la Cooperación Internacional”.
ELBERT , Carlos Alberto, La criminología del siglo XXI en América La- tina. El estado actual de la criminología y de la política criminal, Mauricio Martínez, parte primera, Editores Rubinzal, Culzoni, Buenos Aires, Argentina, 1999.
Escuela Judicial. Consejo General del Poder Judicial. Política Crimi- nal, Editorial Centro de Documentación Judicial, Madrid, 1999.
FERRAJOLI , Luigi, Derechos y garantías. La ley del más débil, trad. de Perfecto Andrés y Andrea Greppi, Madrid, Trotta, 1999.
GONZÁLEZ DE LA VEGA, René, La procuración de justicia de hoy. Crónica Legislativa , abril-mayo, Nueva Época, México, 1996.
L ÓPEZ VERGARA , Jorge, Criminología, Introducción al estudio de la conducta antisocial, Editorial ITESO, México, 1991.
L UHMANN , Die Gesellschaft II, p. 1099, autor citado por Silva Sánchez José-María, La expansión del Derecho penal , Madrid, España, Cuader- nos Civitas, 1999.
M ENDOZA BREMAUNTZ , Emma, Mujer y Administración de Justicia, Concordancias, Centro de Investigación, Consultoría y Docencia en Gue- rrero, A.C., año 3, núm. 5, 1988, México.
M EZGER, Edmund, trad. de Muñoz Conde, Modernas orientaciones de la dogmática jurídico-penal , Editorial Tirant lo Blanch alternativa, Valen- cia, 1997.
OROZCO ABAD, Iván; Gómez Albarello, Juan Gabriel, Los peligros del nuevo constitucionalismo en materia criminal , Editorial Temis, 2a. ed., Colombia, 1999.
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