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poder sucesoral familiar en veneuela, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

documento legal de apoderado para tramite de sucesion en la familia

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2011/2012

Subido el 14/10/2023

jose-castillo-623
jose-castillo-623 🇻🇪

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Yo, AURA COROMOTO GUERRERO DE NOGALES, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Sector El
Macaro, Urb. Villas del Rosario, Calle José Casanova Godoy, Casa 19, Turmero Estado Aragua, con cédula
de identidad V.-14.039.058, Estado Civil viuda según Costa en Certificado de acta de Defunción
3331934 de fecha Cuatro (04) de Julio de Dos Mil Diecisiete Registrada en la oficina de Registro Civil
Municipal de Girardot Estado Aragua, respectivamente, por medio del presente documento declaro: confiero
PODER ESPECIAL, judicial y extra judicial, amplío, bastante y suficiente, cuanto a derecho se requiere, a
SIMÓN ANTONIO ROMERO MOLINA, venezolano, mayor de edad, Soltero, de este domicilio y con cédula
de identidad V.- 9.433.893, para que me represente con facultades de administración y disposición, en
todos los asuntos, negocios, intereses que pudieren presentarse o en los cuales pueda tener algún interés,
sea directo, indirecto y aún eventual en todo lo relacionado con la Sucesión de mi difunto esposo ALFREDO
NOGALES DÍAZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, y que domiciliaba en el Sector El Macaro,
Urb. Villas del Rosario, Calle José Casanova Godoy, parcela 22 Casa 19, Municipio Santiago Mariño,
Turmero Estado Aragua, con cédula de identidad V.- 8.567.861 fallecido en fecha 04/07/2017. En
consecuencia, en el ejercicio del presente mandato, el prenombrado apoderado podrá efectuar aquellos actos
de administración y de disposición que juzgue conveniente, y efectuar la venta de un inmueble de mi
propiedad constituido por un lote de terreno con una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE
METROS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (377,20M2) el cual se encuentra ubicado en EL
Sector El Macaro, Urb. Villas del Rosario, Calle José Casanova Godoy, Casa 19, del Fundo el Macaro,
Municipio Santiago Mariño, Turmero Estado Aragua, cuyos linderos particulares son: NORTE: con la Calle
Casanova Godoy que es su frente; SUR: Con el Rio de Turmero; ESTE: Con Propiedad que es o Fue del Sr.
Oscar Machado; OESTE: Con propiedad que es o fue del Sr. Omar Orduño, el inmueble aquí referido me
pertenece según consta en documento debidamente registrado por ante las Oficina de Registro
Inmobiliario de los Municipios Mariño, Libertador y francisco Linares Alcántara del Estado
Aragua, bajo el Numero 12, Folios del 60 al folio 65, Protocolo Primero, Tomo 9, del Tercer
Trimestre del Año Dos Mil Siete en consecuencia podrá gestionar ante todas las Autoridades de la
República o fuera de la misma; bien sean Judiciales, Civiles, Administrativas o fiscales cobrar y recibir
cantidades de dinero que me adeuden, otorgar y firmar finiquitos y cancelaciones, pudiendo extenderlos en
documentos públicos o privados, constituyendo este instrumento la autorización para incorporar la firma,
otorgar toda clase de documentos públicos o privados, firmando los originales y los protocolos
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Yo, AURA COROMOTO GUERRERO DE NOGALES , venezolana, mayor de edad, domiciliada en Sector El Macaro, Urb. Villas del Rosario, Calle José Casanova Godoy, Casa 19, Turmero Estado Aragua, con cédula de identidad N° V.-14.039.058, Estado Civil viuda según Costa en Certificado de acta de Defunción N° 3331934 de fecha Cuatro (04) de Julio de Dos Mil Diecisiete Registrada en la oficina de Registro Civil Municipal de Girardot Estado Aragua, respectivamente, por medio del presente documento declaro: confiero PODER ESPECIAL , judicial y extra judicial, amplío, bastante y suficiente, cuanto a derecho se requiere, a SIMÓN ANTONIO ROMERO MOLINA , venezolano, mayor de edad, Soltero, de este domicilio y con cédula de identidad N° V.- 9.433.893 , para que me represente con facultades de administración y disposición, en todos los asuntos, negocios, intereses que pudieren presentarse o en los cuales pueda tener algún interés, sea directo, indirecto y aún eventual en todo lo relacionado con la Sucesión de mi difunto esposo ALFREDO NOGALES DÍAZ , quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, y que domiciliaba en el Sector El Macaro, Urb. Villas del Rosario, Calle José Casanova Godoy, parcela 22 Casa 19, Municipio Santiago Mariño, Turmero Estado Aragua, con cédula de identidad N° V.- 8.567.861 fallecido en fecha 04/07/2017. En consecuencia, en el ejercicio del presente mandato, el prenombrado apoderado podrá efectuar aquellos actos de administración y de disposición que juzgue conveniente, y efectuar la venta de un inmueble de mi propiedad constituido por un lote de terreno con una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (377,20M^2 ) el cual se encuentra ubicado en EL Sector El Macaro, Urb. Villas del Rosario, Calle José Casanova Godoy, Casa 19, del Fundo el Macaro, Municipio Santiago Mariño, Turmero Estado Aragua, cuyos linderos particulares son: NORTE: con la Calle Casanova Godoy que es su frente; SUR: Con el Rio de Turmero; ESTE: Con Propiedad que es o Fue del Sr.

Oscar Machado; OESTE: Con propiedad que es o fue del Sr. Omar Orduño, el inmueble aquí referido me

pertenece según consta en documento debidamente registrado por ante las Oficina de Registro

Inmobiliario de los Municipios Mariño, Libertador y francisco Linares Alcántara del Estado

Aragua, bajo el Numero 12, Folios del 60 al folio 65, Protocolo Primero, Tomo 9, del Tercer

Trimestre del Año Dos Mil Siete en consecuencia podrá gestionar ante todas las Autoridades de la

República o fuera de la misma; bien sean Judiciales, Civiles, Administrativas o fiscales cobrar y recibir cantidades de dinero que me adeuden, otorgar y firmar finiquitos y cancelaciones, pudiendo extenderlos en documentos públicos o privados, constituyendo este instrumento la autorización para incorporar la firma, otorgar toda clase de documentos públicos o privados, firmando los originales y los protocolos

correspondientes ante cualesquiera funcionario u oficinas de registro. En Turmero a la fecha de su presentación.