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Poder para proceso ejecutivo de alimentos, Ejercicios de Derecho

Un poder especial, amplio y suficiente otorgado por karen alzate zapata a juan josé serna herrera, estudiante de derecho y miembro del consultorio jurídico de la universidad libre seccional pereira, para que continúe y lleve a su culminación el proceso ejecutivo de alimentos en contra de jhon alejandro alzate aguirre. El apoderado cuenta con amplias facultades para realizar peticiones, desistir, recibir, transigir, conciliar, sustituir, reasumir y demás acciones tendientes al buen y fiel cumplimiento de su gestión, de conformidad con el artículo 77 del código general del proceso.

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 16/05/2024

juan-jose-serna-3
juan-jose-serna-3 🇨🇴

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Doctora
MARTHA LUCIA QUINTERO PATIÑO
Juez Tercera de Familia
Pereira Risaralda
Asunto: Poder
Procesos: Ejecutivo de Alimentos
Demandante: Karen Alzate Zapata
Demandado: Jhon Alejandro Alzate Aguirre
Radicado: 66001-31-10-003-2022-00552-00
KAREN ALZATE ZAPATA, mayor de edad y domiciliada en el municipio de Pereira,
Risaralda, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1089932607 de Pereira, me
permito conferir poder especial, amplio y suficiente al señor JUAN JOSÉ SERNA
HERRERA mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No.
1.004.736.354 de Pereira, el cual es estudiante de Derecho y actualmente cursa en
el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre Seccional Pereira, para que en nombre
y representación mía continúe y lleve a su culminación el proceso EJECUTIVO DE
ALIMENTOS, en contra del señor Jhon Alejandro Alzate Aguirre, mayor de
edad, domiciliado en Pereira, Risaralda, identificado con la cédula de ciudadanía No.
9.873.442, a fin de obtener el pago de las cuotas de alimentos adeudadas.
El apoderado tiene como correo electrónico: juanj-sernah@unilibre.edu.co
El apoderado cuenta con amplias facultades y en especial con las de realizar
peticiones, desistir, recibir, transigir, conciliar, sustituir, reasumir, queda revestido
de todas aquellas que tiendan al buen y fiel cumplimiento de su gestión de
conformidad con el artículo 77 del C.G.P.
Atentamente,
KAREN ALZATE ZAPATA
C.C. No 1.089.932.607
Acepto,
JUAN JOSÉ SERNA HERRERA
C. C. No. 1.004.736.354

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Doctora MARTHA LUCIA QUINTERO PATIÑO Juez Tercera de Familia Pereira – Risaralda Asunto: Poder Procesos: Ejecutivo de Alimentos Demandante: Karen Alzate Zapata Demandado: Jhon Alejandro Alzate Aguirre Radicado: 66001 - 31 - 10 - 003 - 2022 - 00552 - 00 KAREN ALZATE ZAPATA, mayor de edad y domiciliada en el municipio de Pereira, Risaralda, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1089932607 de Pereira, me permito conferir poder especial, amplio y suficiente al señor JUAN JOSÉ SERNA HERRERA mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No.

  1. 0 04.736.354 de Pereira, el cual es estudiante de Derecho y actualmente cursa en el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre Seccional Pereira, para que en nombre y representación mía continúe y lleve a su culminación el proceso EJECUTIVO DE ALIMENTOS , en contra del señor Jhon Alejandro Alzate Aguirre , mayor de edad, domiciliado en Pereira, Risaralda, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.873.442, a fin de obtener el pago de las cuotas de alimentos adeudadas. El apoderado tiene como correo electrónico: juanj-sernah@unilibre.edu.co El apoderado cuenta con amplias facultades y en especial con las de realizar peticiones, desistir, recibir, transigir, conciliar, sustituir, reasumir, queda revestido de todas aquellas que tiendan al buen y fiel cumplimiento de su gestión de conformidad con el artículo 77 del C.G.P. Atentamente, KAREN ALZATE ZAPATA C.C. No 1. 089. 932. 607 Acepto, JUAN JOSÉ SERNA HERRERA C. C. No. 1. 0 04.736.