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Orientación Universidad
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PODER DE DERECHO PARA LITIGAR, Resúmenes de Derecho Penal

PODER DE DERECHO PARA REGISTRAR EN NOTARIA

Tipo: Resúmenes

2019/2020

Subido el 23/09/2024

inversiones-tecnologicas-lisandro
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Yo MARINA DEL VALLE PRADO TOVAR, de nacionalidad venezolana.
mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad número.
V-6.732.376 y del pasaporte número 102956279. Por medio de este
documento declaro que: Confiero Poder Especia, puro, amplio y suficiente
cuanto a derecho se requiera y sea necesario a ROBERTO LEON PARILLI,
venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de
Identidad número. V-6.168.625, e inscrito en el Instituto de Previsión Social
de Abogado bajo el número. 29.568, representante legal de ANAUCO
SERVICIOS, S.C., Asociación Civil, domiciliada en Caracas, Venezuela,
inscrita por ante el Registro Público del Municipio Chacao del Estado
Miranda, el 21 de septiembre de 2007, registrado bajo el número 4, tomo
21. Protocolo Primero, entidad con la que he suscrito contrato de
representación a los mismos efectos y objeto de este mandato. Para que
me represente y defienda mis derechos e intereses en cuanto a la
recuperación de los haberes que mantengo en el BANCO DEL ORINOCO,
N.V., institución bancaria domiciliada en Curazao, Estado perteneciente al
Reino de los Países Bajos, la cual se encuentra en régimen de liquidación
judicial por parte de las autoridades de dicho país. En ejercicio de este
mandato, el apoderado queda facultado para representarme ante las
autoridades tanto judiciales como gubernamentales o administrativas de
cualquier tipo de la jurisdicción de Curazao o ante cualquier autoridad
venezolana o extranjera, así como, ante los accionistas y principales
representantes del BANCO DEL ORINOCO, NV del GRUPO FINANCIERO
BOD al cual pertenece, o ante cualquier otra persona natural o jurídica
relacionada, con el fin de realizar todas las gestiones, solicitudes. acciones
judiciales y/o legales, con el fin de recuperar a mi favor los haberes que
legítimamente me pertenecen y se encuentran depositados en dicha entidad
bancaria. Queda igualmente facultado el apoderado para intentar y
contestar demandas judiciales y reconvenciones o adherirme a las que
pudieren cursar ante la jurisdicción de Curazao o la de cualquier otro país
nacional o extranjero, en defensa de mis derechos e intereses, ejercer todas
las acciones que me correspondan ante los organismos jurisdiccionales o
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Yo MARINA DEL VALLE PRADO TOVAR, de nacionalidad venezolana. mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad número. V-6.732.376 y del pasaporte número 102956279. Por medio de este documento declaro que: Confiero Poder Especia, puro, amplio y suficiente cuanto a derecho se requiera y sea necesario a ROBERTO LEON PARILLI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad número. V-6.168.625, e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el número. 29.568, representante legal de ANAUCO SERVICIOS, S.C., Asociación Civil, domiciliada en Caracas, Venezuela, inscrita por ante el Registro Público del Municipio Chacao del Estado Miranda, el 21 de septiembre de 2007, registrado bajo el número 4, tomo

  1. Protocolo Primero, entidad con la que he suscrito contrato de representación a los mismos efectos y objeto de este mandato. Para que me represente y defienda mis derechos e intereses en cuanto a la recuperación de los haberes que mantengo en el BANCO DEL ORINOCO, N.V., institución bancaria domiciliada en Curazao, Estado perteneciente al Reino de los Países Bajos, la cual se encuentra en régimen de liquidación judicial por parte de las autoridades de dicho país. En ejercicio de este mandato, el apoderado queda facultado para representarme ante las autoridades tanto judiciales como gubernamentales o administrativas de cualquier tipo de la jurisdicción de Curazao o ante cualquier autoridad venezolana o extranjera, así como, ante los accionistas y principales representantes del BANCO DEL ORINOCO, NV del GRUPO FINANCIERO BOD al cual pertenece, o ante cualquier otra persona natural o jurídica relacionada, con el fin de realizar todas las gestiones, solicitudes. acciones judiciales y/o legales, con el fin de recuperar a mi favor los haberes que legítimamente me pertenecen y se encuentran depositados en dicha entidad bancaria. Queda igualmente facultado el apoderado para intentar y contestar demandas judiciales y reconvenciones o adherirme a las que pudieren cursar ante la jurisdicción de Curazao o la de cualquier otro país nacional o extranjero, en defensa de mis derechos e intereses, ejercer todas las acciones que me correspondan ante los organismos jurisdiccionales o

administrativos según cada competencia y fase en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela y en territorio extranjero, así mismo, podrá mi apoderado, darse por citado o notificado de cualquier actuación, convalidar o ejercer los recursos necesarios, promover y evacuar pruebas, promover, preguntar y repreguntar testigos, presentar informes, así como, promover excepciones, solicitar y hacer ejecutar toda clase de medidas, tanto preventivas como ejecutivas, inclusive innominadas, seguir y participar en los juicios y procedimientos en todas sus instancias, trámites e incidencias; así mismo, podrá el apoderado suscribir transacciones, convenios o desistimientos judiciales extrajudiciales, en cuyo caso deberá presentarme los términos de cualesquiera de estas figuras de autocomposición procesal y obtener mi conformidad, con anterioridad a la suscripción respectiva según el caso podrá comprometer en árbitros arbitradores a de derecho y solicitar que la causa se decida según la equidad; también podrá el apoderado, recibir cantidades de dinero u otros valores o bienes, siempre en cuentas bancarias a nombre o bajo mi titularidad y dominio, otorgando en dichas caso los correspondientes recibos, documentos o finiquitos. El presente instrumento poder otorga al apoderado, facultades especiales para sustituir en todo o en parte, las facultades aquí contenidas a otro abogado o abogados venezolanos o de cualquier otra nacionalidad, reservándose su pleno ejercicio. En fin, queda el citado apoderado facultado para actuar en mi nombre y representación ante cualquier autoridad, persona natural, jurídica, nacional o extranjera, a fin de realizar todo cuanto yo mismos haría en defensa y protección de mis derechos e intereses facultades que por este medio le otorgo en mi nombre, son meramente enunciativas y no taxativas ni limitativas. En este mismo acto solicito al ciudadano Notario Público, expedir este instrumento poder original una copia certificada adicional.