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El plan estratégico de seguridad vial 2022 de la superintendencia de vigilancia y seguridad privada, que se enfoca en prevenir accidentes de tránsito y proteger la vida humana mediante una serie de acciones, mecanismos y estrategias. El documento incluye objetivos, responsables, acciones y fichas técnicas para fortalecer el plan y promover la socialización y participación de funcionarios y colaboradores.
Tipo: Monografías, Ensayos
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Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Centro de Información al Ciudadano: Calle 24ª No. 59 – 42 Torre 4 Piso 3 Sede Administrativa: Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 - Piso 11 PBX: (571) 3078038 Línea Gratuita Nacional: 01 8000 119703
De acuerdo con lo revelado por la OMS (Organización Mundial para la Salud) con respecto al nivel de accidentalidad vial mundial. El Gobierno Nacional y el Ministerio de Transporte, en cumplimiento de los lineamientos y políticas trazadas en materia de seguridad vial, con el propósito de disminuir la tasa de muertes registradas por accidentes de tránsito y lo que conlleva esta problemática, expiden la Ley 1503 de 2011 (mediante la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones) y la Resolución 1565 del 2014 (Guía metodológica para la implementación y elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV). En el caso particular de la SUPERVIGILANCIA, como entidad gubernamental que propende por el mantenimiento del orden constitucional, la convivencia democrática y de la ciudadanía, asume el compromiso de trabajar por una cultura de seguridad vial sostenible y por la prevención de los siniestros viales. Aunque a la fecha, la SVSP no cuenta con el número de vehículos automotores mínimo requerido en la Ley para elaborar el PESV, pensando en el bienestar de todos sus funcionarios, contratistas y prestadores de servicios tercerizados. La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se suma al objetivo común de salvar vidas. fomenta y participa de manera activa y efectiva en la reducción de las víctimas fatales y lesionados por accidentes de tránsito e imparte instrucciones para que todas las personas que hagan parte de la institución desarrollen e implementen el Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV (en el marco de la ley 1503 de 2011) contribuyendo a la disminución de los altos índices de accidentalidad vial registrados a nivel nacional. Etimológicamente los vocablos Seguridad – Vial, provienen del latín Seguritas que se refiere a todo aquello que está exento de peligro, daño o riesgo y Vial que traduce lo relativo a la Vía. En consecuencia, podría inferirse que el concepto de seguridad vial hace referencia a todos aquellos comportamientos que los actores viales (peatones, conductores de vehículos y bicicletas, pasajeros) deben tener en la vía con el objetivo de prevenir accidentes de tránsito y/o la anulación o disminución de los efectos causados por estos; con el fin de proteger, en primera instancia, la vida humana, mediante la realización de un conjunto de acciones, mecanismos y estrategias, orientadas a propiciar su seguridad integral y la de los demás. Asimismo, podemos decir que la seguridad vial también está determinada por las señales de tránsito y del respeto que los actores de la vía (peatones, conductores de vehículos y bicicletas, pasajeros) deben tener hacia ellas. Estas señales actúan como guía en la vía pública y marcan ciertos patrones y/o conductas que se deben adoptar tanto al volante de un vehículo como en el rol de peatón o pasajero para evitar la ocurrencia de un accidente (por ejemplo, frenar, ceder el paso o tener especial precaución al cruzar las zonas demarcadas, usar los cinturones de seguridad). De otra parte, la educación vial consiste en acciones educativas iniciales y permanentes cuyo objetivo es favorecer y garantizar el desarrollo integral de los actores de la vía tanto a nivel de conocimientos normativos, reglamentarios, de señalización vial, como a nivel de hábitos, comportamientos, conductas y valores individuales o colectivos; de tal manera que permita desenvolverse en el ámbito de la movilización y el tránsito en perfecta armonía entre las personas y su relación con el medio ambiente; a través de actuaciones legales y pedagógicas, implementadas de forma global y sistémica sobre todos los ámbitos implicados y utilizando los recursos tecnológicos más apropiados.
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Centro de Información al Ciudadano: Calle 24ª No. 59 – 42 Torre 4 Piso 3 Sede Administrativa: Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 - Piso 11 PBX: (571) 3078038 Línea Gratuita Nacional: 01 8000 119703 El impacto de los accidentes de tránsito y sus consecuencias hacen necesario abordar esta problemática con políticas y acciones concretas, articuladas y medibles, teniendo en cuenta que involucran la salud pública, la seguridad de los ciudadanos y funcionarios de la Supervigilancia y la movilidad del país. El presente documento, nos invita a definir e implementar lineamientos de políticas públicas que impulsen y faciliten la coordinación institucional e intersectorial de acciones en seguridad vial, para la consecución de objetivos comunes que prevengan y mitiguen el impacto de los accidentes asociados al tránsito. En el marco del cumplimiento a la normatividad emitida por el Gobierno de Colombia que definió como una prioridad y como una política de Estado la Seguridad Vial, la cual se concreta en el Plan Nacional de Seguridad Vial (PNSV) 2011 – 2021 generado por el Ministerio de Transporte. En ese sentido, el presente Plan se convierte en una carta de navegación que orienta y propicia medidas concertadas, indicativas e integrales en función de la Supervigilancia, con el objetivo de reducir el número de víctimas fatales y no. Este documento muestra el proceso que involucra medidas y orientaciones integrales en función de la seguridad vial de la Supervigilancia y de los ciudadanos que involucra, sociedad civil, al sector público y privado en su realización. Dicho proceso de ajuste consistió en un trabajo consensuado de los funcionarios y colaboradores, así como de los principales agentes y actores de la seguridad vial, lo cual permitió delinear un documento contextualizado que da respuesta a las mayores problemáticas generadas por accidentes asociados al tránsito.
- Accidente de trabajo: Ver definición G-TH-06 Guía para la Identificación de peligros, Valoración de Riesgos y Determinación de Controles. (Ley 1562 de 2012). - Accidente de tránsito: Evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en él, e igualmente afecta la normal
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- Estado del comparendo: Pendiente, en resolución, acuerdo de pago, cancelado, exonerado, cambio de contraventor y cobro coactivo. - Estrategia: Comprende las principales orientaciones y acciones encaminadas a lograr los objetivos de un plan. En un proceso regulable, conjunto de las reglas que aseguran una decisión óptima en cada momento. - Formato de Reporte de Actos y Condiciones Inseguras – FACI : Tarjeta donde se registran los accidentes o incidentes laborales y los riesgos asociados al quehacer diario. - Licencia de transito: Es el documento público que identifica un vehículo automotor, acredita su propiedad e identifica a su propietario y autoriza a dicho vehículo para circular por las vías públicas y por las privadas abiertas al público. - Mantenimiento correctivo: Son las operaciones técnicas, donde se cambian partes, piezas, insumos o sistemas que fallan por desgaste o por un suceso, dicha operación se debe efectuar de manera inmediata para garantizar el correcto funcionamiento del automotor. - Mantenimiento preventivo: Son las operaciones técnicas establecidas por el fabricante en kilómetros o tiempo, donde se cambian de manera programada partes e insumos para garantizar el correcto funcionamiento del automotor. - Manejo defensivo o preventivo: Consiste en una serie de buenos hábitos, mediante los cuales se llega a evitar colisiones, atropellos, caídas, y en general, todo accidente de tránsito. También se define como comunicarse efectivamente con los otros conductores, haciendo que estos y nosotros comuniquemos mediante nuestra forma de manejo, nuestras intenciones, de manera que cada quien sepa los que los otros pretenden hacer y todos al final lo logremos. - Manejo ofensivo, evasivo o táctico: Técnicas de manejo para prevenir, reaccionar, enfrentar o huir de una situación de riesgo a bordo de un vehículo. En los tiempos actuales, este tipo de conducciones es indispensable tanto para enfrentar simples agresiones de tránsito como para escapar ante una situación de riesgo delictivo. - Parque Automotor: Conjunto de vehículos de propiedad y/o los asignados por autoridad o entidad competente, mediante acto administrativo debidamente formalizado. (G-GA-01 Guía para prevenir eventos de responsabilidad extracontractual del estado por accidentes de tránsito con vehículos al servicio de la SUPERVIGILANCIA - Pasajero: Persona distinta del conductor que se transporta en un vehículo público o privado (Ley 769 de 2002). - Peatón: Persona que transita a pie por una vía (Ley 769 de 2002). - PESV: Plan Estratégico de Seguridad Vial. - Plan de acción: corresponde al conjunto de actividades específicas, los recursos y los plazos necesarios para alcanzar los objetivos de un proyecto, así como las orientaciones sobre la forma de realizar, supervisar y evaluar las actividades - Plan estratégico de seguridad vial: Es el instrumento de planificación que consignado en un documento contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas que deberán adoptar las diferentes entidades, organizaciones o empresas del sector público y privado existentes en Colombia. Dichas acciones están
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Centro de Información al Ciudadano: Calle 24ª No. 59 – 42 Torre 4 Piso 3 Sede Administrativa: Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 - Piso 11 PBX: (571) 3078038 Línea Gratuita Nacional: 01 8000 119703 encaminadas a alcanzar la seguridad vial como algo inherente al ser humano y así reducir la accidentalidad vial de los integrantes de las organizaciones mencionadas y de no ser posible evitar, o disminuir los efectos que puedan generar los accidentes de tránsito.
- Riesgo: Posibilidad que se produzca un contratiempo o una desgracia que alguien o algo sufra prejuicio o daño. - Seguridad activa: Se refiere al conjunto de mecanismos o dispositivos del vehículo automotor destinados a proporcionar una mayor eficacia en la estabilidad y control del vehículo en marcha para disminuir el riesgo de que se produzca un accidente de tránsito. (Res. 1565 de 2014, Ministerio de Transporte). - Seguridad pasiva: Son los elementos del vehículo automotor que reducen los daños que se pueden producir cuando un accidente de tránsito es inevitable y ayudan a minimizar los posibles daños a los ocupantes del vehículo. (Res. 1565 de 2014, Ministerio de Transporte). - Seguridad vial: Se refiere al conjunto de acciones, mecanismos, estrategias y medidas orientadas a la prevención de accidentes de tránsito, o a anular o disminuir los efectos de los mismos, con el objetivo de proteger la vida de los usuarios de las vías. (Res. 1565 de 2014, Ministerio de Transporte). - Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo: Consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoria, y las acciones de mejora con el objeto de anticipar, reconocer, evaluar, y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo (Decreto 1072 2015). - SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, el cual ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito e indemniza a los beneficiarios o las víctimas por muerte o incapacidad médica según el caso. (Res. 1565 de 2014, Ministerio de Transporte). - Vehículo: Todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público (Ley 769 de 2002). - Vehículo no automotor: Vehículo que se desplaza por el esfuerzo de su conductor. (Res. 1565 de 2014, Ministerio de Transporte) - Vulnerabilidad: Es la probabilidad de afectación, o susceptibilidad de ser afectado por una amenaza y su capacidad de sobreponerse a los efectos causados.
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Establecer buenas prácticas de seguridad vial entre los funcionarios, contratistas y colaboradores de la entidad, con el fin de prevenir accidentes de tránsito en el marco de cumplimiento de la normativa legal vigente y el Plan Vial Nacional establecida por el Ministerio de Trasporte.
Contribuir al fortalecimiento de la Gestión Institucional mediante la estandarización y creación de lineamientos en materia de Seguridad Vial para funcionarios, contratistas y visitantes de acuerdo a la normativa legal vigente, para el cumplimiento de las normas de tránsito y directrices plasmados en el PESV. Contribuir en el desarrollo e implementación del PESV. Establecer procedimiento para una oportuna atención a víctimas en accidentes de tránsito donde se encuentren involucrados funcionarios, contratistas y/o vehículos (propios o contratados), durante el cumplimiento de sus funciones. Generar una cultura y buenas prácticas que contribuyan a la reducción de los índices de accidentalidad vial mediante la participación permanente de todos los actores viales, creando conciencia y cambios de actitud frente a los diferentes riesgos viales. Impulsar el uso de medios de transporte alterno. Plantear las acciones que permitan mitigar los riesgos asociados a la seguridad vial.
El Plan Estratégico de Seguridad Vial está dirigido a todos los actores viales que hacen parte de la Supervigilancia a nivel nacional, de acuerdo a la normatividad vigente (Ley 1503 de 2011).
El Comité de Seguridad Vial de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada está sujeto a lo que dicta la resolución: 2020 —0008067, del 20 de febrero de 2020, que indica : Que el Ministerio de Transporte mediante la Resolución No. 1565 del 6 de junio de 2014 expidió la guía metodológica para la elaboración de Planes Estratégicos de Seguridad Vial a cargo de cada Entidad, organización o empresa pública o privada. En esta guía metodológica en su punto 7.1 señala que para la implementación del Plan Estratégico de Segundad Vial (PESV) se debe conformar un equipo de trabajo cuya iniciativa de creación debe ser liderada por la persona o personas que dirigen y controlan la organización.
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ARTÍCULO 62: FUNCIONES: Las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada son las siguientes: t) Analizar los resultados obtenidos en el diagnóstico inicial de la situación de la Entidad con respecto a la seguridad vial y formular la hoja de ruta a seguir, conducente a reforzar los aspectos favorables encontrados, mitigar los riesgos y diseñar acciones para garantizar un cambio de actitud en los diversos actores de la movilidad en la Supervigilancia u) Identificar los factores de riesgo correspondientes a la seguridad vial y establecer un plan de acción personalizado para cada uno de ellos. v) Presentar y determinar los programas de capacitación y/o sensibilización a desarrollar con los distintos actores sobre la seguridad vial. w) Formular acciones que propendan por la integridad y bienestar de los colaboradores y minimice los riesgos de un accidente de tránsito. x) Brindar capacitación en materia de seguridad vial a los conductores, servidores y colaboradores de la Entidad. y) Formular campañas y acciones de prevención sobre seguridad vial a desarrollar durante todo el año. z) Establecer el cronograma de las diversas actividades a ejecutar para el cumplimiento del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Entidad y hacer el respectivo seguimiento. aa) Elaborar informes periódicos para el Ministerio de Transporte, organismo de tránsito u otros interesados, que den cuenta de los programas, las acciones adelantadas y por ejecutar, analizando el impacto, costo- beneficio y aporte en la generación de hábitos, comportamientos y conductas favorables a la seguridad vial del país. bb) Definir la visión, los objetivos y alcances del Plan Estratégico de Seguridad Vial para la Supervigilancia, acorde con los mínimos establecidos por la autoridad correspondiente.
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La Supervigilancia es un organismo del orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con autonomía administrativa y financiera. Le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada. SEDES: La Supervigilancia tienes sus instalaciones en las siguientes direcciones Calle 24A # 59-42 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 Piso 11 Centro Empresarial Sarmiento Angulo - Bogotá D.C., Colombia. Bodega: Calle 20B # 43 A 60 - Bogotá D.C., Colombia
De conformidad con la Ley 1503 de 2011, el Decreto 2851 de 2013, la Resolución 1565 de 2014 y el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011- 2021(Mintransporte), se contemplan cinco pilares de acción sobre las cuales se establecerán los lineamientos a seguir para el desarrollo del PESV. En cada uno de los pilares estratégicos, se plantean diversos programas, que a su vez contienen una serie de acciones de la misma línea. Estos programas y acciones son el resultado de la priorización llevada a cabo por medio de las mesas técnicas y reuniones, validadas por el Ministerio de Defensa y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, a través de lineamientos dados para la elaboración y actualización del respectivo plan. Adicionalmente, las propuestas responden coherentemente a las conclusiones obtenidas de la situación y los antecedentes estadísticos que se analizaron en años anteriores, donde se identificaron los actores del tránsito más vulnerables, así como los factores contribuyentes de los accidentes asociados a las actividades de la Supervigilancia.
El pilar estratégico de Gestión Institucional busca impulsar el desarrollo de las acciones en seguridad vial de la Supervigilancia mediante una gestión institucional adecuada, dando así, una respuesta proporcional a la magnitud de los retos que deberá afrontar para cumplir con los objetivos y metas propuestos en el presente plan. Por este motivo, el pilar estratégico de gestión institucional es fundamental, ya que asegura el liderazgo y la institucionalidad y, por ende, el cumplimiento efectivo y eficiente de las funciones asociadas a la seguridad vial. Para la Supervigilancia es clave crear y fortalecer institucionalidad, ya que con ello se acelera el proceso de transferencia de conocimiento, se logra una inversión a largo plazo y se genera un entorno favorable para hacer dichas medidas sostenibles en el tiempo.
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Este plan busca el fortalecimiento institucional de la seguridad vial, por medio del cual se implementan actividades que incentiven las buenas prácticas de seguridad vial entre los funcionarios, contratistas y colaboradores de la entidad. La Supervigilancia en cabeza del Comité de Seguridad Vial, ejercerá este liderazgo, asumirá responsabilidades y buscará resultados positivos impactantes. Adicionalmente, este fortalecimiento incluye la participación del Ministerio de Defensa y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, así como el fortalecimiento y la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV 2020 – , sin dejar de lado la institucionalización de los Comités Internos de Seguridad Vial, tema clave para el buen funcionamiento del sistema de gestión de la seguridad vial de la Supervigilancia. ACCIONES: Implementar actividades que incentiven las buenas prácticas de seguridad vial entre los funcionarios, contratistas y colaboradores de la entidad. Fortalecer el Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV 2020.
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Implementar actividades que incentiven las buenas prácticas de seguridad vial entre los funcionarios, contratistas y colaboradores de la entidad. Fortalecer el Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV 2020 SOCIALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL PESV Promover la socialización, la divulgación y la participación de funcionarios y colaboradores de la entidad del Plan Estratégico de Seguridad Vial
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La Supervigilancia y el comité Interno de seguridad Vial propone actividades de divulgación y participación ciudadana con el fin de hacer público el Plan Estratégico de Seguridad vial de la entidad en concordancia con el Plan Vial Nacional. ACCIONES: Promover la socialización, la divulgación, la participación y la implementación de las acciones del Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV 2020 – FICHAS TÉCNICAS II. ACCIONES DEL PLAN: SOCIALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL PESV
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Centro de Información al Ciudadano: Calle 24ª No. 59 – 42 Torre 4 Piso 3 Sede Administrativa: Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 - Piso 11 PBX: (571) 3078038 Línea Gratuita Nacional: 01 8000 119703 La protección de la vida al movilizarse debe basarse en el papel activo y reflexivo del ser humano, como único actor de los procesos de transformación cultural y social. Al respecto, el cambio hacia un comportamiento que respete constantemente la vida y la integridad física se da en un proceso largo y requiere del compromiso personal de cada sujeto unido a un refuerzo a nivel colectivo. Sin embargo, el cambio de comportamiento no se da únicamente por medio de una mirada reflexiva que parte desde la sensibilización y la educación, sino que se debe fortalecer a través de acciones que regulen el comportamiento en la vía, en donde confluyen la autoridad institucional y la autorregulación humana. Con este fin el pilar de Comportamiento Humano busca una aproximación holística e integral que no solo contenga el desarrollo de un plan de cultura ciudadana desarrollado por medio de acciones formativas, informativas y comunicacionales y medidas de control al comportamiento, sino que se adecue procedimentalmente la normativa asociada e incorpore la seguridad vial en los entornos laborales, así como en establecimientos con usos relacionados al consumo de alcohol. 15.2 PLAN: INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN EN SEGURIDAD VIAL
Formular lineamientos de bienestar institucional para la prevención vial. Proporcionar herramientas para establecer la movilidad segura en la entidad. Diseñar e implementar un plan de apoyo y seguimiento a las capacitaciones y sensibilizaciones del personal.
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El plan de emergencias en accidentes de tránsito busca definir e implementar rutas de atención en salud por accidentes de tránsito, las cuales deben ser socializadas al personal de apoyo en conducción y en general a los funcionarios y colaboradores interesados; por lo anterior se pretende realizar capacitaciones respectivas con el fin de prevenir accidentes de tránsito. ACCIÓN: Definir e implementar las rutas de atención en salud por accidentes de tránsito Desarrollar capacitaciones con el fin de prevenir accidentes relacionados con el tránsito. FICHA TÉCNICA N° 8
Definir e implementar las rutas de atención en salud por accidentes de tránsito. Realizar capacitaciones con el fin de prevenir accidentes relacionados con el tránsito.