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Orientación Universidad
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participación ejercicio, Ejercicios de Derecho Penal

ejercicio sobre la partes involucradas en delitos

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 06/05/2025

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macarena-dominguez-5 🇲🇽

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TAREA
Responda cada pregunta dando los porqués de su respuesta (motivación) e
invocando los fundamentos legales en los que se sustenta (fundamentación), acorde
al Código Penal de Coahuila.
1. El esposo de Abril Pérez contrató a dos personas para que la mataran. Los
sicarios secuestran a Abril, la golpean y la asfixian. Cuando los sicarios creen
que Abril está muerta, contratan a Pedro para que lance al río para desaparecer
el cuerpo. La autopsia demuestra que la causa de la muerte fue ahogamiento
por sumersión.
En cuanto a la participación:
a. ¿Qué figura actualiza el esposo de Abril?
Determinador, artículo 34, apartado B, fracción I1.
b. ¿Qué figura actualizan los dos sicarios?
Coautores, artículo 34, apartado A, fracción II2.
c. ¿Qué figura actualiza Pedro?
Si Pedro no intervino, ni tuvo conocimiento del hecho sino con
posterioridad a la muerte de Abril, no responde del feminicidio
como cómplice. Para que sea cómplice requiere de Pedro una
promesa anterior, sin participar en el hecho principal3.
Pedro actualizaría algún delito concreto como encubrimiento4 o
inhumación ilícita5.
En todo caso, Pedro tenía un error de tipo, error sobre uno de los
elementos del tipo de homicidio (vida)6.
1 B.Partícipes:
I. (Determinación)
Cuando determine dolosamente a una o más personas a que cometan un delito concreto.
2 A.Autorías:
II. (Coautoría material)
Cuando respecto a un mismo hecho, dos o más personas actuando de manera conjunta y
dolosa, realicen cada una por sí la conducta descrita o implicada en el tipo penal de que se
trate, a todas se les considerará coautoras materiales del hecho típico concretado.
Asimismo, cuando respecto a un mismo hecho, una o más personas, actuando
conjuntamente, empleen dolosamente algún medio que refiera el tipo penal de que se trate,
con inclusión, en su caso, de los previstos en sus modalidades agravantes o atenuantes, y
otra u otras concreten dolosamente la acción del mismo, a todas se les considerará
coautoras materiales.
3 III.(Complicidad por auxilio subsecuente)
Cuando dolosamente y con posterioridad al delito, ayude a la persona autora, en
cumplimiento de promesa anterior al hecho delictuoso cometido.
4 Artículo 350 (Encubrimiento)
Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, a quien estando
informado que alguien cometió un delito o participó en su comisión, sin acuerdo previo a su comisión,
lo oculte o ayude a eludir su detención en flagrancia o por caso urgente, o a esquivar su aprehensión en
virtud de la orden judicial que exista al respecto.
5 Artículo 274 (Inhumación y exhumación ilícitas)
Se impondrá de tres meses a un año de prisión o de doscientos a quinientos días multa, a quien:
I.(Inhumación ilícita)
Sepulte el cadáver de una persona, de un feto o restos humanos, sin orden de la autoridad que
deba darla, o sin los requisitos que exija la ley.
6Artículo 37.
VII.(Intervención y error o ignorancia)
El error o ignorancia respecto a la concreción de alguno o más elementos objetivos de un tipo
penal, sólo favorecerá a quien sufra la falsa representación o el desconocimiento, sin perjuicio del
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TAREA

Responda cada pregunta dando los porqués de su respuesta (motivación) e invocando los fundamentos legales en los que se sustenta (fundamentación), acorde al Código Penal de Coahuila.

  1. El esposo de Abril Pérez contrató a dos personas para que la mataran. Los sicarios secuestran a Abril, la golpean y la asfixian. Cuando los sicarios creen que Abril está muerta, contratan a Pedro para que lance al río para desaparecer el cuerpo. La autopsia demuestra que la causa de la muerte fue ahogamiento por sumersión. En cuanto a la participación: a. ¿Qué figura actualiza el esposo de Abril? Determinador, artículo 34, apartado B, fracción I^1. b. ¿Qué figura actualizan los dos sicarios? Coautores, artículo 34, apartado A, fracción II^2. c. ¿Qué figura actualiza Pedro? Si Pedro no intervino, ni tuvo conocimiento del hecho sino con posterioridad a la muerte de Abril, no responde del feminicidio como cómplice. Para que sea cómplice requiere de Pedro una promesa anterior, sin participar en el hecho principal^3. Pedro actualizaría algún delito concreto como encubrimiento^4 o inhumación ilícita^5. En todo caso, Pedro tenía un error de tipo, error sobre uno de los elementos del tipo de homicidio (vida)^6.

1 B. Partícipes:

I. (Determinación)

Cuando determine dolosamente a una o más personas a que cometan un delito concreto.

2 A. Autorías:

II. (Coautoría material)

Cuando respecto a un mismo hecho, dos o más personas actuando de manera conjunta y

dolosa, realicen cada una por sí la conducta descrita o implicada en el tipo penal de que se

trate, a todas se les considerará coautoras materiales del hecho típico concretado.

Asimismo, cuando respecto a un mismo hecho, una o más personas, actuando

conjuntamente, empleen dolosamente algún medio que refiera el tipo penal de que se trate,

con inclusión, en su caso, de los previstos en sus modalidades agravantes o atenuantes, y

otra u otras concreten dolosamente la acción del mismo, a todas se les considerará

coautoras materiales.

3 III.(Complicidad por auxilio subsecuente)

Cuando dolosamente y con posterioridad al delito, ayude a la persona autora, en

cumplimiento de promesa anterior al hecho delictuoso cometido.

4 Artículo 350 (Encubrimiento)

Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, a quien estando

informado que alguien cometió un delito o participó en su comisión, sin acuerdo previo a su comisión,

lo oculte o ayude a eludir su detención en flagrancia o por caso urgente, o a esquivar su aprehensión en

virtud de la orden judicial que exista al respecto.

5 Artículo 274 (Inhumación y exhumación ilícitas)

Se impondrá de tres meses a un año de prisión o de doscientos a quinientos días multa, a quien:

I.(Inhumación ilícita)

Sepulte el cadáver de una persona, de un feto o restos humanos, sin orden de la autoridad que

deba darla, o sin los requisitos que exija la ley.

6 Artículo 37.

VII.(Intervención y error o ignorancia)

El error o ignorancia respecto a la concreción de alguno o más elementos objetivos de un tipo

penal, sólo favorecerá a quien sufra la falsa representación o el desconocimiento, sin perjuicio del

  1. La Reyna madrasta manda matar a Blanca Nieves, para lo cual le pide a uno de su guardaespaldas que la lleve al bosque, la mate y le traiga el corazón como prueba. El guardaespaldas no puede matar a Blanca Nieves, sino que le dice el plan de su madrasta y la deja libre. Luego mata un cervatillo y le lleva el corazón de éste a la Reyna. En cuanto a la participación: i. ¿Qué figura actualiza la Reyna? Determinador^7. ii. ¿Qué figura actualiza el guardaespaldas? Posible autor material, en grado de tentativa. Sin embargo, en él hay arrepentimiento, y solo responde de los delitos realmente cometidos^8. iii. ¿Hay homicidio tentado? ¿Por qué? No hay homicidio tentado al no existir actos ejecutivos que hayan puesto en peligro a la víctima^9.
  2. Un grupo de 8 personas se coordinan y planean asalta la Casa de Moneda en Madrid, entre los que se encuentran el Profesor, que no ingresa a robar, y Berlín que lidera al grupo dentro, pero bajo el plan trazado y las instrucciones del Profesor. En el plan del robo se establece como regla no lastimar a nadie, salvo que resulte estrictamente necesario, y no lastimar, de forma alguna, a los rehenes. En algún momento del robo y secuestro de las personas que se encuentran en el interior, Berlín viola a una de las rehenes, Mónica; sin que el resto de la banda y el Profesor se enteren. En cuanto a la participación: a. Respecto del robo, ¿Qué figura actualiza el Profesor?

principio de accesoriedad de la conducta de las personas partícipes respecto a la conducta típica

dolosa de la persona autora, previsto en la fracción I de este artículo.

La ignorancia o el error de prohibición o de exigibilidad, sólo favorecerán a quien sufra la falsa

representación o el desconocimiento.

7 B. Partícipes:

I. (Determinación)

Cuando determine dolosamente a una o más personas a que cometan un delito concreto.

(^8) Artículo 52 (Atipicidad de la tentativa, por desistimiento o rectificación) En los supuestos de los artículos 50 y 51 de este código, no será punible la conducta de quien al saber o creer que aún puede consumar el delito, desista de su conducta como persona autora, o bien rectifique impidiendo el resultado a producirse, salvo que sus actos u omisiones constituyan por sí mismos uno o más delitos, en cuyo caso se le impondrán las penas previstas en la ley para los mismos. (^9) Suprema Corte de Justicia de la Nación, Registro digital: 218378, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Octava Época, Materias(s): Penal, Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tomo X, Octubre de 1992, página 463, Tipo: Aislada TENTATIVA INEXISTENTE. ACTOS PREPARATORIOS, AUTOR INTELECTUAL DE LOS. El autor intelectual responde por cualquiera de las fases de la ejecución del delito, precisamente por la autoría intelectual, pero si en el caso el delito que dispuso se cometiera (homicidio) ni siquiera se intentó cometer, por haberse desecho "el trato" entre los coindiciados, no llegando entonces a la primera etapa de ejecución que constituye la tentativa, consistente en la realización directa, inmediata e inequívoca de la realización del delito que conforma la base típica de cada ilícito, pues aun cuando el agente intelectual haya planeado el hecho criminoso de que se trata y proporcionado todos los datos indispensables, así como el dinero para la compra del instrumento del delito, para su comisión, ello no constituye actos de ejecución sino actos preparatorios de naturaleza impune, quedando entonces fuera de la hipótesis normativa que prevé la tentativa; por ende, si no se actualiza la tentativa del injusto por parte del autor material, menos aún por lo que hace al agente intelectual.

RESPUESTA fundada y motivada:

Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, a quien estando

informado que alguien cometió un delito o participó en su comisión, sin acuerdo previo a su comisión,

lo oculte o ayude a eludir su detención en flagrancia o por caso urgente, o a esquivar su aprehensión en

virtud de la orden judicial que exista al respecto.