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431 capítulo Viii ORGANISMOS DE CONTROL Y APOYO AL COMERCIO EXTERIOR El comercio exterior mexicano ha transitado de un proteccionismo bu- rocrático, a un liberalismo que finca en los mercados extranjeros todo el proyecto económico y social hacia el futuro. El proceso desregulador y de apertura se ha reflejado con nitidez en el ámbito de las funciones estatales, por ello dedicamos el presente capítulo a describir las dependencias y organizaciones que directa o indirectamen- te participan en el comercio exterior. Para ello, estudiaremos a los organismos de la administración pública federal, los organismos del sector privado y las comisiones gubernamen- tales competentes en materia de comercio exterior. En principio debemos señalar que la Ley Orgánica de la Administra- ción Pública Federal^1 (publicada en el DOF , el 29 de diciembre de 1976), estructura a la administración pública federal centralizada y paraestatal (o descentralizada). La administración pública centralizada está consti- tuida por la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica, en tanto que la administración pública paraestatal se conforma de organismos descen- tralizados, empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares de crédito, instituciones nacionales de se- guros y fianzas y los fideicomisos públicos. I. organisMos públicos centralizaDos En materia de comercio exterior, diversas Secretarías de Estado parti- cipan regulando y supervisando las actividades relacionadas con la mate- ria, las cuales presentaremos en este capítulo. (^1) Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, última reforma publicada en el DOF , el 2 de junio de 2006.
432 DERECHO DEL COMERCIO EXTERIOR Cabe señalar que para efectos de este estudio únicamente se tomaron en cuenta las atribuciones de la dependencia relacionadas con la materia de comercio exterior, pues cada Secretaría tiene una función específica y diversas atribuciones para lograr la consecución de sus objetivos. Por lo que la persona que desee información más específica sobre las atribu- ciones y facultades de alguna dependencia de las que aquí presentamos, deberá remitirse a las fuentes originales.
- Secretaría de Economía Puede ser considerada como la autoridad más importante en materia de comercio exterior. Sus actividades se fundamentan en el artículo 34 de la LOAPF, de las cuales destacan: a) Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exte- rior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal (fracción I). b) Fomentar, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exterio- res, el comercio exterior del país (fracción IV). c) Estudiar, proyectar y determinar los aranceles y fijar los precios ofi- ciales, escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada Secreta- ría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior (fracción V). d) Estudiar y determinar mediante reglas generales, conforme a los montos globales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédi- to Público, los estímulos fiscales necesarios para el fomento indus- trial, el comercio interior y exterior y el abasto, incluyendo los sub- sidios sobre impuestos de importación, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados (fracción VI). e) Normar y registrar la propiedad industrial y mercantil; así como re- gular y orientar la inversión extranjera y la transferencia de tecnolo- gía (fracción XII). f) Establecer y vigilar las normas de calidad, pesas y medidas necesa- rias para la actividad comercial; así como las normas y especifica- ciones industriales (fracción XIII).
434 DERECHO DEL COMERCIO EXTERIOR XI. Establecer los programas y mecanismos de promoción y fomento de las exportaciones, así como las disposiciones que los rijan, es- cuchando a los sectores productivos e instituciones promotoras del sector público y privado;* XII. Emitir reglas que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordena- mientos generales de su competencia, y* XIII. Las demás que le encomienden expresamente las leyes y los regla- mentos.^3 Sus objetivos principales son: a) Apoyar a las empresas comerciales e industriales, en sus inicia- tivas para modernizarse y elevar su competitividad. b) Mantener el dinamismo de las exportaciones, incorporando nue- vas empresas a la exportación directa e indirecta. c) Impulsar la cultura del consumidor, que privilegie la toma de de- cisiones informada y selectiva para proteger el poder adquisitivo de las familias. Cuenta con la siguiente estructura orgánica básica: (^3) Las fracciones señaladas (*) sufrieron reformas publicadas en el DOF el 24 de enero de 2006. SECRETARIO Subsecretaría para la pequeña y mediana empresa Subsecretaría de competitividad y normatividad Subsecretaría de comercio exterior Subsecretaría de industria y comercio
ORGANISMOS DE CONTROL Y APOYO AL COMERCIO EXTERIOR 435 El Reglamento Interior de esta Secretaría^4 señala las atribuciones de cada subsecretaría. Las principales atribuciones en materia de comercio exterior que ma- neja esta Secretaría son ejercidas a través de las siguientes dependencias: A. Subsecretaría de Comercio Exterior a. Unidad de Coordinación de Negociaciones Internacionales Sus principales atribuciones son:^5 a) Coordinar estrategias para la participación de México en las nego- ciaciones comerciales internacionales y coordinar las negociacio- nes respectivas, en el ámbito de su competencia; las negociaciones comerciales internacionales en las que México participe, en el ám- bito de su competencia; en los procesos de negociación comercial internacional la participación de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, y las consultas con éstas y los sectores involucrados, en el ámbito de su competencia; la adminis- tración a los tratados de libre comercio en vigor en el ámbito de su competencia; b) Atender las relaciones comerciales con otros países, bloques econó- micos y organismos comerciales internacionales en el ámbito de su competencia, y coordinar la participación de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, y c) Fungir como enlace con las representaciones permanentes de Méxi- co ante organismos comerciales internacionales, en el ámbito de su competencia. b. Dirección General de Negociaciones Multilaterales y Regionales^6 Sus atribuciones principales son: (^4) Publicado en el DOF , el 2 de octubre de 1995 (última reforma publicada DOF 22 de noviembre del 2002). (^5) Artículo 17 del RISE. (^6) Idem.
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- Dar seguimiento a los compromisos adquiridos por México en los tratados internacionales en materia comercial, dentro del ámbito de su competencia;
- Coordinar la defensa en los procedimientos de solución de contro- versias instaurados conforme a los tratados comerciales internacio- nales de los que México sea parte, con la participación de la Se- cretaría de Relaciones Exteriores y otras dependencias y entidades, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales y a la Representación de México ante la Organización Mundial del Comercio, y participar en los procedi- mientos cuya coordinación corresponda a estas unidades. d. Dirección General de Evaluación y Seguimiento de Negociaciones^8 Sus funciones principales son:
- Establecer el adecuado funcionamiento y difusión del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, acorde con los intereses nacionales y del sector industrial, negociar las disposiciones en ma- teria de prácticas desleales, salvaguardas políticas de competencia, medidas de normalización, laboral y ambiental dentro de los acuer- dos o tratados comerciales internacionales que México disponga y respecto de los sectores textil y de acero, coordinar en los procesos de negociación comercial internacional y atender las relaciones co- merciales con otros países.
- Diseñar estrategias para la participación de México en las negocia- ciones comerciales internacionales y coordinar las negociaciones res- pectivas en materia de prácticas desleales, salvaguardas, política de competencia, medidas de normalización, laboral y ambiental. Condu- cir las negociaciones comerciales internacionales en las que México participe, en materia de prácticas desleales, salvaguardas, política de competencia, medidas de normalización, laboral y ambiental.
- Coordinar los procesos de negociación comercial internacional, la participación de otras dependencias y entidades, y las consultas con (^8) Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
438 DERECHO DEL COMERCIO EXTERIOR éstas y los sectores involucrados, en materia de prácticas desleales, salvaguardas, política de competencia, medidas de normalización, laboral y ambiental y respecto de los sectores textil y de acero.
- Dar seguimiento y supervisar la administración de tratados de libre comercio en vigor, en materia de prácticas desleales, salvaguardas, política de competencia, medidas de normalización, laboral y am- biental. Atender las relaciones comerciales con otros países, blo- ques económicos y organismos comerciales internacionales en ma- teria de prácticas desleales, salvaguardas, política de competencia, medidas de normalización, laboral y ambiental y respecto de los sectores textil y de acero. e. Dirección General de Política Comercial^9 Sus funciones principales son:
- Planear, organizar y dirigir las negociaciones de acuerdos comer- ciales internacionales, en materia de acceso a mercados de bienes agropecuarios, pesqueros e industriales; reglas de origen, procedi- mientos aduaneros y en materia de medidas sanitarias y fitosani- tarias, así como administrar, evaluar y difundir los resultados de los compromisos adquiridos a través de dichos acuerdos en estas materias, para contribuir así al desarrollo económico de México.
- Coordinar el diseño de estrategias para la participación de México en las negociaciones de acuerdos comerciales internacionales, en mate- ria de acceso a mercados de bienes, reglas de origen, procedimientos aduaneros, así como de las medidas sanitarias y fitosanitarias.
- Coordinar la elaboración de mecanismos para la instrumentación de las disposiciones y normas que se establecen en los acuerdos comerciales internacionales de los que México es parte, en materia de acceso a mercados de bienes, reglas de origen, procedimientos aduaneros y medidas sanitarias y fitosanitarias.
- Dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por México, mediante dichos acuerdos, en materias de acceso a mercados de bienes, reglas de origen, procedimientos aduaneros y (^9) Idem.
440 DERECHO DEL COMERCIO EXTERIOR b. Dirección General de Desarrollo Empresarial y Oportunidades de Negocio^11 Dentro de sus principales atribuciones se encuentran:
- Promover la integración de las micro, pequeñas y medianas empre- sas a las cadenas productivas para propiciar un desarrollo económi- co regional y sectorial, procurando que sea sustentable;
- Diseñar, desarrollar, coordinar y ejecutar programas que promuevan la cultura de asociación entre las micro, pequeñas y medianas em- presas, impulsando la formación y/o consolidación de agrupamien- tos empresariales, empresas integradoras y parques industriales, en- tre otros, con el fin de coadyuvar al desarrollo sectorial y regional;
- Diseñar y aplicar mecanismos para la identificación de oportunidades de negocios en beneficio de las micro, pequeñas y medianas empresas;
- Diseñar y aplicar mecanismos de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas para detonar proyectos vinculados con el desa- rrollo empresarial y la integración de cadenas productivas. c. Dirección General de Oferta Exportable^12 Sus principales atribuciones son:
- Definir, coordinar, concertar y evaluar las políticas públicas y accio- nes institucionales para la promoción y consolidación de la oferta exportable de las micro, pequeñas y medianas empresas;
- Concertar y promover el diseño, operación, control y evaluación de mecanismos e instrumentos de promoción de la competitividad expor- tadora, la consolidación de proyectos de exportación y el incremento de las exportaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas;
- Coordinar acciones en materia de promoción del comercio exterior con las instituciones y dependencias de la administración pública federal, así como con los gobiernos estatales y municipales, además de concertar la conjugación de esfuerzos con organismos e institu- ciones del sector privado para la aplicación de programas de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas; (^11) Idem. (^12) Idem.
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- Promover con las instituciones financieras el desarrollo de estrate- gias, programas y acciones orientadas a la consolidación e interna- cionalización de las micro, pequeñas y medianas empresas;
- Coadyuvar en la creación de una cultura empresarial para la forma- ción de alianzas estratégicas para la exportación y comercialización de productos en el exterior que posibilite el posicionamiento com- petitivo de las micro, pequeñas y medianas empresas en los merca- dos internacionales;
- Fomentar el desarrollo y operación de organismos estatales de pro- moción al comercio exterior que generen una cultura exportadora que propicie una mayor competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y permita consolidar su presencia en el mercado internacional;
- Promover y concertar convenios y acuerdos, en materia de competi- tividad exportadora, consolidación de proyectos y fomento a las ex- portaciones con las dependencias y entidades de la administración pública federal y organismos del sector privado, social y educativo, además de las entidades federativas y los municipios, que sean ne- cesarios en beneficio de la competitividad exportadora y promoción del comercio exterior de las micro, pequeñas y medianas empresas;
- Diseñar, implementar y operar sistemas de información que opti- micen el aprovechamiento de las potencialidades de cada sector económico y región, consolidando la comercialización de la oferta exportable de las micro, pequeñas y medianas empresas;
- Desarrollar acciones que faciliten las exportaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas y propiciar la venta de sus productos en el extranjero, mediante la organización y promoción de eventos, así como la vinculación con el sector empresarial y las instituciones académicas de investigación y desarrollo;
- Identificar, promover y facilitar, en coordinación con las autorida- des competentes, el desarrollo de proyectos de exportación, inver- sión, conversiones y alianzas estratégicas, así como oportunidades de negocio tendientes a incrementar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y aumentar el volumen de sus ex- portaciones, atendiendo la demanda internacional;
- Fomentar la creación de una red de consultores especializados en comercio exterior que apoyen a las empresas nacionales en el desa- rrollo de proyectos de exportación;
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- Propiciar la celebración de audiencias conciliatorias, con el fin de avenir a las partes interesadas en los procedimientos de su competen- cia, así como aprobar las propuestas de solución que se formulen;
- Aprobar los compromisos de precios y cualquier otra propuesta que pretenda eliminar prácticas desleales de comercio internacional o restringir exportaciones a territorio nacional y, en su caso, revisar periódicamente su cumplimiento;
- Comunicar a las autoridades aduaneras y unidades administrativas competentes las resoluciones de los procedimientos de su compe- tencia y los criterios normativos conforme a los cuales deberán apli- carse las cuotas compensatorias o medidas de salvaguarda;
- Emitir, en coordinación con las unidades administrativas compe- tentes, los criterios relativos a reglas de origen relacionadas con la aplicación de cuotas compensatorias;
- Dar a conocer a la Comisión Federal de Competencia los actos o actividades que puedan constituir prácticas monopólicas en los tér- minos de la Ley Federal de Competencia Económica, conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior;
- Fungir como unidad técnica de consulta en las materias de su com- petencia y en las negociaciones comerciales internacionales en que la Secretaría intervenga;
- Asistir y coordinar a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones instruidas en y por otros países sobre prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, así como en su caso, la participación del Gobierno de México en dichos procedimientos, para la adecuada defensa de sus intereses;
- Asistir técnicamente a las unidades administrativas de las depen- dencias y entidades paraestatales de la administración pública fede- ral y las de los gobiernos de los estados y municipios, en las inves- tigaciones instruidas en y por otros países sobre subvenciones, para la adecuada defensa de los intereses nacionales, así como coordinar su participación en dichas investigaciones;
- Coordinar la defensa de los procedimientos de solución de contro- versias conforme al capítulo XIX del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, sin perjuicio de la participación que corresponda a la Dirección General de Consultoría Jurídica de Negociaciones;
- Participar en los procedimientos de solución de controversias cuya coordinación corresponda a la Dirección General de Consultoría
444 DERECHO DEL COMERCIO EXTERIOR Jurídica de Negociaciones, en materia de prácticas desleales de co- mercio internacional y salvaguardas, instaurados conforme a los tra- tados comerciales internacionales de los que México sea parte;
- Autorizar, modificar, revocar o negar a los servidores públicos de la Secretaría, a los miembros de los grupos arbitrales, a sus asistentes, a los integrantes de los Secretariados equivalentes de otros países y a los participantes que intervengan en las instancias de solución de controversias, el acceso a la información confidencial contenida en los expedientes, en los procedimientos de su competencia, confor- me a los tratados o convenios comerciales internacionales suscritos por el gobierno mexicano y demás disposiciones aplicables;
- Formular, promover y aplicar en coordinación con las autoridades aduaneras competentes los programas de actividades para compro- bar el cumplimiento de las cuotas compensatorias y de las medidas de salvaguarda, así como evaluar sus resultados;
- Conocer, proponer y, en su caso, sancionar las infracciones estableci- das en la Ley de Comercio Exterior en el ámbito de su competencia;
- Formular, promover y aplicar los programas de actividades para el adecuado funcionamiento y difusión del sistema de defensa en ma- teria de prácticas desleales de comercio internacional y salvaguar- das, así como evaluar sus resultados;
- Realizar estudios e investigaciones sobre prácticas desleales de co- mercio internacional y de salvaguardas, que redunden en el mejor desempeño de sus atribuciones. b. Dirección General de Inversión Extranjera^14 Sus atribuciones principales son:
- Facilitar y brindar certidumbre a los flujos de inversión extranjera productiva, mediante el diseño y aplicación de instrumentos jurídi- cos y estadísticos, a fin de fortalecer la economía nacional.
- Elaborar las estrategias para la participación de México en las ne- gociaciones comerciales internacionales en lo relacionado con in- versión extranjera, así como realizar su promoción a nivel nacional como internacional. (^14) Idem.
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- Autorizar, previa opinión de las dependencias competentes, a las entidades de acreditación, así como recibir las reclamaciones que se presenten en contra de ellas, requerirles información, vigilar y verificar su actuación, opinar sobre la suspensión o cancelación de las acreditaciones que otorguen y, en su caso, requerir la revisión de dichas acreditaciones.
- Participar en la celebración de acuerdos con instituciones oficiales extranjeras e internacionales para el reconocimiento mutuo de los resultados de la evaluación de la conformidad que se lleve a cabo por las dependencias, personas acreditadas y las mencionadas ins- tituciones, así como de las acreditaciones otorgadas, emitir el visto bueno y, en su caso, la aprobación de los acuerdos que en esta ma- teria celebren las entidades de acreditación y personas acreditadas. D. Subsecretaría de Industria y Comercio a. Dirección General de Inversión Extranjera^16 Sus atribuciones principales son:
- Facilitar y brindar certidumbre a los flujos de inversión extranjera productiva, mediante el diseño y aplicación de instrumentos jurídi- cos y estadísticos, a fin de fortalecer la economía nacional.
- Elaborar las estrategias para la participación de México en las ne- gociaciones comerciales internacionales en lo relacionado con in- versión extranjera, así como realizar su promoción a nivel nacional como internacional.
- Conducir las negociaciones comerciales internacionales en lo rela- cionado con inversión extranjera. Fungir como enlace con las repre- sentaciones permanentes de México ante organismos internaciona- les en materia de inversión extranjera.
- Operar el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
- Atender los asuntos relativos a la Comisión Nacional de Inversio- nes Extranjeras. Emitir resoluciones administrativas de conformi- dad con las disposiciones jurídicas previstas en materia de inversión extranjera. (^16) Idem.
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- Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
- Publicar oportunamente información en materia de inversión ex- tranjera. b. Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales^17 Sus atribuciones principales son:
- Regular el comercio de mercancías que ingresan al país en condi- ciones de prácticas desleales de comercio internacional, a través de la imposición de las cuotas compensatorias resultantes de las inves- tigaciones correspondientes, además de las investigaciones relativas a medidas de salvaguarda, brindando protección a la planta produc- tiva nacional mediante la aplicación de un sistema de defensa, que prevenga y, en su caso, elimine los efectos causados a la industria nacional por dichas prácticas, asegurando de esta manera, la estabi- lidad de la planta productiva.
- Elaborar proyectos, proponer, acordar y resolver, conjuntamente con las autoridades competentes de la Secretaría de Economía y de otras dependencias del Gobierno Federal y Estatal, los procedimientos ad- ministrativos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda que procedan.
- Solicitar a las Partes involucradas y relacionadas con los procesos de investigación, la información y documentación necesaria para llevar a cabo los procedimientos conforme a lo establecido en la unidad.
- Ordenar, notificar y efectuar las visitas de verificación, a las empre- sas involucradas en los procesos de investigación, con el objeto de comprobar que la información y pruebas presentadas por la parte interesada en el curso de la investigación y que obren en el expe- diente administrativo, sean correctas, completas y provengan de sus registros contables, así como cotejar los documentos que obren en el expediente administrativo.
- Convocar a las partes involucradas en los procesos de investigación, a las audiencias conciliatorias, que se inicien de oficio o a solicitud (^17) Idem.
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- Secretaría de Hacienda y Crédito Público A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) corresponde el despacho de los siguientes asuntos:^18
- Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal (fracción III).
- Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los secto- res correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría (fracción IX).
- Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, pro- ductos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales (fracción XI).
- Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera (fracción XII).
- Representar el interés de la Federación en controversias fiscales (fracción XIII).
- Formular el programa del gasto público federal y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y presentarlos, junto con el del Departamento del Distrito Federal, a la consideración del Pre- sidente de la República (fracción XV). Mediante Decreto publicado en el DOF , el 15 de diciembre de 1995, se expidió la Ley del Servicio de Administración Tributaria, misma que en su Transitorio Primero estableció su entrada en vigor a partir del 1o. de julio de 1997, por lo que el 11 de septiembre de 1996 se publica en el DOF el nuevo Reglamento interior de la SHCP, a efecto de adaptar las modificaciones y la nueva estructura orgánica básica de esta Secretaría.^19 (^18) Artículo 31, LOAPF. (^19) Reformado mediante decretos publicados en el DOF , el 24 de diciembre de 1996, 30 de junio de 1997 (se publica el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y un nuevo Acuerdo de adscripción de unidades administrativas de la Secreta- ría), el 4 de julio de 1997 y finalmente, el 10 de junio de 1998 (última reforma publicada en el DOF , 6 de mayo de 2009).
450 DERECHO DEL COMERCIO EXTERIOR La estructura orgánica básica actual de la SHCP, queda conformada por: un secretario, tres subsecretarios, un procurador fiscal de la fede- ración, un tesorero de la federación, un oficial mayor, un coordinador general, 37 direcciones generales o unidades equivalentes y dos órganos desconcentrados. A continuación se exponen los asuntos fundamentales que dicha Se- cretaría atiende con relación a cuestiones de comercio exterior: A. Unidad de Crédito Público^20 Tiene como una de sus atribuciones coordinar la relación del go- bierno federal e instrumentar la contratación de financiamiento con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el Banco Interame- ricano de Desarrollo y los organismos y fondos similares y, conjunta- mente con la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública y el Banco de México, coordinar la relación con el Fondo Monetario Internacional. Ello a través de las siguientes direcciones: a. Dirección de Comercio Exterior^21 Sus atribuciones principales son:
- Proponer, para aprobación superior, la política de comercio exterior y aduanera, en congruencia con la política de la hacienda pública y la política económica y social del país, en coordinación con otras unidades administrativas competentes de la Secretaría y del Servi- cio de Administración Tributaria;
- Evaluar el impacto recaudatorio de la política de comercio exterior y aduanera;
- Realizar estudios económicos y estadísticos en materia de comercio exterior y aduanera;
- Participar en la elaboración de los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, reglas de carácter general y demás dis- (^20) Artículo 17, RI. (^21) Ibidem , art. 44.