









Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Este documento analiza la acción de nulidad en el derecho administrativo colombiano, conocida como 'nulidad simple'. Se exploran los antecedentes de esta figura jurídica, su fundamento constitucional y legal, el concepto de nulidad, los aspectos relacionados con la caducidad, la posibilidad de conciliación, la capacidad para interponer la acción y la competencia de los diferentes órganos judiciales. Además, se hace referencia a la jurisprudencia y la doctrina relevante sobre este tema. El documento proporciona una visión general y detallada de esta importante herramienta de control de la legalidad de los actos administrativos en colombia.
Tipo: Apuntes
1 / 16
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
fundamento constitucional
“Los ciudadanos tiene la posibilidad de ejercer acciones públicas cuando las normas están sometidas a un control normativo”
Fundamento legal: Ley 1437 de 2011( CPACA) Artículo 137. Nulidad Toda persona podrá solicitar por sí, o por medio de representante, que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter general. Procederá cuando hayan sido expedidos con: -infracción de las normas en que deberían fundarse -sin competencia -en forma irregular -con desconocimiento del derecho de audiencia y defensa -mediante falsa motivación -desviación de las atribuciones propias de quien los profirió.
La acción de nulidad de una ley se persigue en aras del principio de legalidad y la preservación del principio de legalidad , que es un evidente interés genera l. Es un acto público, por lo que cualquiera puede hacerlo cumplir. Es un medio de control mediante se controvierte por vía judicial todo acto administrativo o decreto del gobierno con el fin de mantener el orden, legalidad y la constitucionalidad.
Caducidad La acción de nulidad no tiene término de caducidad por tal motivo esta se puede formular en cualquier tiempo y no existe fecha límite para poder instaurar la acción. No hay un término para instaurar la acción , ya que esta persigue intereses generales de respecto a la legalidad quebrantada con el acto.
Capacidad: Esta es una acción de carácter público por lo que para interponerla NO necesitará de un apoderado judicial. (El derecho de postulación no comprende una capacidad) sí la persona que adelante la acción se encuentra en sus cinco sentidos y con la facultad de obligarse asimisma comprenderá la capacidad de ejercicio la capacidad para ser parte será viable en todo caso que al tratarse de un acto administrativo con carácter general esta persona puede estar inmersa en el daño causado y por consiguiente tendrá interés dentro de ese proceso. por el simple hecho de ser persona ya se comprende su capacidad de goce adquiriendo así un plexo de derechos y obligaciones Respecto a la capacidad de representación si así lo desea el sujeto o éste no esta condiciones para interponer la acción, alguien más podrá hacer la representación de su voluntad como una suerte de apoyo jurídico.ejm:esposa,hijos
Competencia: 1.cuando el acto administrativo infrinja una norma o sean expedidos por órganos u organismos incompetentes (vicios) 2.Procede usualmente contra actos administrativos de carácter general y respecto a actos particulares este (último fue tema de discusión)” siempre y cuando se excuse en la preservación y salvaguarda del ordenamiento jurídico”
Formulación de demanda:
Jurisprudencia ● (^) Sentencia 30 de 2003- Consejo de Estado ● (^) Sentencia C 199/ ● (^) Sentencia 00002 de 2018.Consejo de Estado ● (^) Sentencia 00010 de 2012 Consejo de Estado