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Incautación legal de los bienes de una persona para que pague una deuda o cumpla con una obligación. Tipos de Embargos:
Es la figura jurídica utilizada para proteger bienes o derechos en un litigio, no resuelve el fondo del asunto, pero asegura el cumplimiento de una futura sentencia. Es aplicado en bienes muebles e inmuebles, cuentas de banco, etc. Ejemplo: supongamos que, en un contrato, María debía entregarle a Juan una serie de maquinaria industrial, pero no lo hizo. Juan, demanda a María por incumplimiento de contrato y a su vez interpone una solicitud de secuestro como medida preventiva para que María no venda ni ocultarlos bienes. El juez decreta el secuestro sobre: 1° De la cosa mueble sobre la cual verse la demanda, cuando no tenga responsabilidad el demandado o se tema con fundamento que éste la oculte, enajene o deteriore. 2° De la cosa litigiosa, cuando sea dudosa su posesión. 3° De los bienes de la comunidad conyugal, o en su defecto del cónyuge administrador, que sean suficiente para cubrir aquéllos, cuando el cónyuge
administrador malgaste los bienes de la comunidad. 4° De bienes suficientes de la herencia o, en su defecto, del demandado, cuando aquél a quien se haya privado de su legítima, la reclame de quienes hubieren tomado o tengan los bienes hereditarios. 5° De la cosa que el demandado haya comprado y esté gozando sin haber pagado su precio. 6° De la cosa litigiosa, cuando, dictada la sentencia definitiva contra el poseedor de ella, éste apelare sin dar fianza para responder de la misma cosa y sus frutos, aunque sea inmueble. 7° De la cosa arrendada, cuando el demandado lo fuere por falta de pago de pensiones de arrendamiento, por estar deteriorada la cosa, o por haber dejado de hacer las mejoras a que esté obligado según el Contrato. También se decretará el secuestro de la cosa arrendada, por vencimiento del término del arrendamiento, siempre que el vencimiento de dicho término conste del documento público o privado que contenga el contrato.
Naturaleza Jurídica: Objetivo: Él secuestro implica la retención física de un bien. El secuestro conservar el estado del bien. El embargo es la restricción sobre la disposición de un bien. El embargo asegura que el bien este disponible para cubrir una posible sentencia.
Enajenar: Vender o ceder la propiedad de algo u otros derechos. Gravar: Imponer un gravamen, es decir, un impuesto sobre una propiedad o bien. En definitiva, decimos que la prohibición de la gira de grabar es aquella medida preventiva que impide vender traspasar transferir ceder adjudicar o hipotecar un bien inmueble. Ejemplo: la prohibición en un testamento; un padre deja en su testamento una propiedad a su hijo, pero con la condición de que no puede venderla o hipotecarla durante 5 años.