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Investigación realizada sobre el Matrimonio Igualitario en México.
Tipo: Resúmenes
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Eduardo de Jesús Salas Caballero^1 EL MATRIMONIO IGUALITARIO. Para el Derecho, el matrimonio es una de las figuras más antiguas e importantes, que ha ido evolucionando con el pasar de los años, modificando las formalidades para poder realizarse. Uno de los personajes más trascendentes de la historia de la humanidad, es Santo Tomas de Aquino, que expresaba que el matrimonio es un sacramento, añadiendo que “es un signo sensible, instituido perennemente por Jesucristo para significar la gracias y para conferirla”.^2 Partamos desde Europa, con la caída del Imperio Romano, fue la época en que la Iglesia Católica de la edad media, tomó las riendas de la moral de la sociedad. Se impuso la monogamia formal, así como la consaguinidad y también que el matrimonio es indisoluble mencionando la frase solemne “hasta que la muerte nos separe”. Luego pasamos a la Revolución Francesa en 1789, donde los principios de igualdad y libertad fueron una corriente innovadora del pensamiento. El matrimonio es considerado como un acto puramente civil, donde el Estado será el encargado de los registros de todos los matrimonios. El 27 de enero de 1857, el registro civil se crea, separando a la Iglesia del Estado. Dos años después le dan la personalidad de laico al matrimonio, asi como también se constituiría meramente contractual y civil, expidiendose la Ley del Matrimonio Civil y la Ley Orgánica del Registro Civil. En ese sentido, el matrimonio es una institución que ha venido transformándose conforme a la realidad social y que va más allá de un vinculo entre dos personas, sino que debemos conocer diversos aspectos que lo rodean y que actualmente han sido materia de estudio y opiniones, tal como el caso del denominado matrimonio entre personas del mismo sexo o igualitario. Bajo ese contexto, el matrimonio igualitario es un tema que causa debates, tan es así que inclusive ha llegado hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación para efecto de pronunciarse respecto de su constitucionalidad vinculado a los preceptos legales de la legislación civil que establecen la figura del matrimonio, de ahí que, este tópico y otros serán abordados a lo largo de este artículo, esperando que sea de gran interés y provoque en el lector el ánimo de seguir indagando y analizando este tema. (^1) Alumno de la Academia de Derecho Civil y Familiar de la Facultad Libre de Derecho de Chiapas (^2) Santo Tomas de Aquino. Suma de Teleología. Madrid, 4ª Edición, Biblioteca de Autores Cristianos, 2001, pág. 822.
El matrimonio igualitario en México se refiere al reconocimiento legal entre las parejas del mismo sexo a contrar matrimonio y tener los mismos derechos y obligaciones que las parejas heterosexuales. En nuestro país, esta lucha se remonta a la década de los años 2000´s, cuando diversas organizaciones de la sociedad civil empezaron a promover la igualdad de derechos entre las parejas del mismo sexo. Fue en 2006, que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) aprobó una ley que permitía el matrimonio entre las personas del mismo sexo, llegando a ser la primera entidad federativa en hacerlo en Latinoamerica. Es ahí, que los demás estados del país comenzaron a debatir la posibilidad de permitir el matrimonio igualitario. En 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación llegó a emitió una jurisprudencia 1a./J. 46/2015^3 en la que se estableció que no existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio igualitario, destacando que, es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio de las parejas homosexuales, quienes deben gozar de los mismo beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio de las parejas heterosexuales, tales como: beneficios fiscales; beneficios de solidaridad; beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; beneficios de propiedad; beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. Es importante destacar que, dentro de la jurisprudencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2015, se sentó el precedente del respeto al principio de igualdad y no discriminación en México. Esta jurisprudencia llegó a establecer que la orientación sexual es una caracterísitca que se encuentra protegida por la misma Constitución, y que cualquier ley que discrimine a las personas por su orientación sexual sería tratada como inconstitucional, aunado a que, la exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad. La acción de inconstitucionalidad 32/2016 se refiere a la demanda presentada por el entonces Procurador General de la República, Raúl Cervantes Andrade, en contra de diversas disposiciones del Código Civil del Estado de Chiapas que establecían prohibiciones con relación al matrimonio igualitario. Se impugnaron los artículos 145 (en la porción normativa “el hombre y la mujer”); y en vía de consecuencia, la invalidez del artículo 144, ambos del Código Civil para el Estado de Chiapas, publicado mediante Decreto 188 en el Periódico Oficial del Estado, el seis de abril de dos mil dieciséis; los cuales establecían que el matrimonio era la unión entre un hombre y la mujer, y que solo ellos podían contraerlo. Añadiendo que, se violaba el derecho a la igualdad y a la no discriminación, así como el derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la protección de la familia. (^3) 1a./J. 46/2015, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima época, Libro 19, junio de 2015, Tomo I, pág. 534.
Existen varios expertos y activistas que han hablado sobre la discriminación hacia los matrimonios igualitarios en México. Algunos ejemplos de estos personajes incluyen: Alejandra Sardá-Chandiramani, experta en derechos humanos y género, quien ha señalado que aún existe discriminación hacia las parejas del mismo sexo en México, en particular en el acceso a derechos como la adopción y la fecundación asistida. El activista de derechos LGBTTTIQ+ y fundador de la organización México Igualitario, Fernando Uriarte, quien ha señalado que aunque se ha avanzado en el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTTTIQ+ en México, aún persisten actitudes de discriminación y estigmatización hacia estas personas. El investigador de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y experto en temas de género y diversidad sexual, Gilberto Guevara Niebla, quien ha señalado que aunque el matrimonio igualitario es legal en todo el país, aún existen desafíos en términos de su reconocimiento y respeto efectivo por parte de las autoridades y la sociedad en general. El matrimonio entre personas del mismo sexo es una realidad en al menos 30 países de los 193 estados miembros de la ONU, según un reporte de 2020 de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA, por sus siglas en inglés) y la suma de aquellos que aprobaron la norma en los últimos dos años.^5 Según el artículo publicado en CNN en Español en septiembre de 2022, los países donde es legal el matrimonio entre personas del mismo sexo son los siguientes: Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, Ecuador, España, Estados Unidos (en algunos estados), Finlandia, Francia, Alemania, Islandia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, México (en todo el país). Nueva Zelanda, Noruega, Países Bajos, Portugal, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Taiwán, Uruguay El artículo menciona que el primer país en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo fue los Países Bajos en el año 2001, y desde entonces, ha habido una creciente ola de países que han seguido su ejemplo. Del mismo modo menciona algunos países que, aunque no han legalizado el matrimonio igualitario, sí reconocen otras formas de unión entre personas del mismo sexo, como la unión civil o el contrato de convivencia. Esto incluye países como Italia, que aprobó el matrimonio igualitario en el año 2016, y Costa Rica, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó en 2018 que se legalice el matrimonio igualitario. Además, se destaca que aunque la legalización del matrimonio igualitario ha sido un gran paso en la lucha por la igualdad LGBTTTIQ+, aún hay muchas luchas pendientes en materia de derechos, como la adopción por parte de parejas del mismo sexo, la educación sexual inclusiva y la lucha contra la discriminación en el ámbito laboral. (^5) CNN Español, ¿En qué países es legal el matrimonio homosexual? ¿Dónde fue legal primero?, 26 de septiembre de 2022, disponible en: https://cnnespanol.cnn.com/2022/09/26/paises-legal-personas-del-mismo-sexo-matrimonio- igualitario-union-civil-orix/
Después de investigar sobre el matrimonio igualitario en México y las jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, puedo concluir que el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo es un avance significativo en la protección de los derechos humanos en México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido un actor clave en la promoción y protección de los derechos de las personas LGBTTTIQ+,, al declarar inconstitucionales diversas disposiciones que limitaban el acceso al matrimonio igualitario en los diferentes estados del país. El matrimonio igualitario no solo reconoce la igualdad y no discriminación de las personas LGBTTTIQ+,, sino que también les otorga el acceso a una serie de derechos y beneficios que antes solo estaban disponibles para las parejas heterosexuales. Esto incluye el derecho a la seguridad social, la protección jurídica en caso de separación o divorcio, y la posibilidad de formar una familia legalmente reconocida.A pesar de los avances en la materia, aún existen retos importantes que enfrentar. Por ejemplo, la discriminación y la violencia hacia las personas LGBTTTIQ+, siguen siendo una realidad en muchos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para erradicar estas prácticas. Es importante que un estudiante de derecho estudie sobre el matrimonio igualitario porque se trata de una figura que involucra varios aspectos del derecho, incluyendo el derecho a la igualdad y no discriminación, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la protección de la familia y el derecho a la seguridad social, entre otros. El matrimonio igualitario es un tema de gran relevancia en la sociedad actual, ya que su reconocimiento implica el acceso a una serie de derechos y beneficios para las parejas del mismo sexo que antes solo estaban disponibles para las parejas heterosexuales. Además, su reconocimiento ha sido objeto de debate y controversia en muchos países, incluyendo México, y ha sido analizado por diversas instancias jurídicas y políticas. Por lo tanto, estudiar sobre el matrimonio igualitario permite a los estudiantes de derecho profundizar en temas fundamentales del derecho y su impacto en la sociedad. Además, les brinda la oportunidad de analizar y entender la evolución de las leyes y las jurisprudencias relacionadas con este tema, así como los argumentos legales y sociales que se han utilizado para defender o atacar su reconocimiento. El derecho debe estar un paso adelante en el tema del matrimonio igualitario porque es su función principal garantizar la protección de los derechos humanos y la igualdad ante la ley para todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género. El reconocimiento del matrimonio igualitario es un avance significativo en la lucha contra la discriminación y la protección de los derechos humanos, y el derecho tiene la responsabilidad de promover y garantizar este reconocimiento. Además, el derecho debe estar en constante evolución para adaptarse a los cambios sociales y las demandas de la sociedad. El matrimonio igualitario es una realidad en