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Materiales de estudio de procesal laboral y administrativo colombiano 2
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!
De lo contencioso administrativo – vía judicial ¿Cómo está compuesta la jurisdicción? Juzgados administrativos Tribunales administrativos: 3 magistrados Consejo de Estado (cuerpo consultivo del gobierno – máxima autoridad de lo contencioso administrativo): 31 magistrados SALAS:
1. Nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho. 2. Recursos de apelación en asuntos de su competencia. 3. Recurso extraordinario de revisión en asuntos de su competencia. 4. Recurso extraordinario de unificación de la jurisprudencia en asuntos de su competencia. 5. Procedimiento de extensión de la jurisprudencia en asuntos de su competencia. 6. Acciones de tutela. 7. Controversias ambientales. 8. Acciones populares distintas a las de la sección 3. 9. Apelación por procesos de pérdida de investidura de concejales y diputados.
**3. En asuntos lab.
7.** Demandas de reconocimiento pago de cesantías, y primas de los servidores públicos. 8. Reconocimiento de pensiones de maestros, policías, congresista, cualquier servidor público. 9. Actos administrativos expedidos por el Min.Trabajo. 6.
**2. En asuntos
**2. En asuntos
7.** Demandas contras actos administrativos, distintos de los de carácter laboral, expedidos por superfinanciera, min. de relaciones exteriores y banco de la república, fogafin, CONPES. 8. Demandas relacionadas con procedimiento de cobro coactivo. 9. Demanda de la venta de participación del Estado, en una sociedad y empresa.
7. 7. Acciones de cumplimiento.
1. Caducidad: 2 años 2. Interposición: Las partes del contrato. Estado – particular. 3. Causa: desacuerdo o irregularidad en el contrato, ya sea en la celebración, ejecución, terminación o liquidación, (etapa contractual y postcontractual) 4. Pretensión: Que se declare la nulidad absoluta del contrato, la revisión, declaración de incumplimiento, existencia del contrato, indemnización y liquidación. **LA REPETICIÓN
Procedencia: Sentencias ejecutoriadas por la sala plena de lo contencioso en secciones y subsecciones; tribunales administrativos y juzgados administrativos. Competencia: Superior jerárquico.
Requisitos: Designación de las partes y apoderado. Nombre y domicilio. Hechos y omisiones que sirven de fundamento. Causal invocada. Interposición: Dentro del año siguiente a la ejecutoria de la sentencia. Hay excepciones. Trámite: Admisión-inadmisión, rechazo. Admitido, corre traslado para contestar, pedir y aportar pruebas, 10 días. Inadmitido, 5 días para subsanar. Periodo probatorio: 30 días. Decisión.
Procedencia: sentencia ejecutoriada de única o segunda instancia de los tribunales administrativos. La cuantía debe ser igual o superior a 20 SMLMV Competencia: Sala plena de lo contencioso administrativo. Secciones y subsecciones. Causal: La sentencia contradiga una sentencia de unificación. Requisitos: Designación de las partes. Indicación de la providencia impugnada. Relación concreta, breve y suscrita de los hechos que dan lugar al recurso. Indicación de la sentencia de unificación contrariada. Interposición: Dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la sentencia. Trámite: Admisión-inadmisión, rechazo. Admitido, corre traslado para contestar, pedir y aportar pruebas, 15 días. Inadmitido, 5 días para subsanar. Dentro de los 10 días siguientes al vencimiento del traslado, se fijará audiencia que se llevará a cabo dentro de los 30 días siguientes al auto que la fija, donde se le dará la palabra a las partes, por 20 mins. Proyecto de decisión: 40 días. Decisión.
Procedencia: Autos. Trámite: Audiencia: Se interpone y se sustenta en audiencia, se corre traslado a las partes en la audiencia y se decide en la audiencia. Estados: Se interpone y se sustenta dentro de los 3 días siguientes, se corre traslado a las partes por 3 días y posteriormente se decidirá.
2. APELACIÓN Procedencia: Contra sentencias y autos de primea instancia. 1. Rechaza la demanda, reforma, mandamiento ejecutivo. 2. Ponga fin al proceso. 3. Aprueba – imprueba conciliaciones judiciales y extrajudiciales. 4. Incidente de liquidación de la codena en abstracto/concreto. 5. Medidas cautelares. 6. Niega intervención de terceros. 7. Niega práctica de pruebas. APELACIÓN DE AUTOS: Audiencia: Se interpone y se sustenta en audiencia, se corre traslado a las partes en la audiencia y se concede en la audiencia. Estados: Se interpone y se sustenta dentro de los 3 días siguientes, se corre traslado a las partes por 3 días y se concede. APELACIÓN DE SENTENCIA PRIMERA INSTANCIA. 1. Interposición: 10 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia. 2. Sentencia de primera instancia, es condenatoria se realizará una audiencia de conciliación. EFECTO SUSPENSIVO EFECTO D EVOLU TIVO