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Tipo: Apuntes
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SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE DICE:""""""No. 270
------CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, dos de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.
El Tribunal, CONSIDERANDO: I.- Que para el logro de una pronta y eficaz administración de Justicia, nuestra Constitución establece la Carrera Judicial y determina que la Ley regulará los requisitos y la forma de ingreso a la Carrera Judicial y las demás cuestiones inherentes a dicha carrera; II.- Que la Ley de la Carrera Judicial emitida por Decreto Legislativo No. 536 del doce de julio de mil novecientos noventa, publicado en el Diario Oficial No. 182, Tomo 308 del veinticuatro del mismo mes y año, determina en el artículo 11 que la Corte elaborará y mantendrá un Manual de Clasificación de Cargos, en el que figurará principalmente la denominación de cada cargo, los deberes y los requisitos para su desempeño; III.- Que es necesario aprobar el Manual de Cargos que determina la Ley, a fin de contar con un instrumento técnico administrativo esencial para la administración de la Carrera Judicial que sirva para configurar el ordenamiento lógico de los cargos en categorías laborales, disponiendo de títulos genéricos que abarquen toda la gama de cargos reales existentes y darles el tratamiento que por la misma Ley de la Carrera Judicial, les corresponde;
POR TANTO: En uso de sus facultades y con base en la Ley de la Carrera Judicial,
ACUERDA: 1º Aprobar el Manual de Clasificación de Cargos del Organo Judicial, que define las categorias laborales y títulos genéricos de cargos, como se comtempla a continuación:
INTRODUCCION
El Manual de Clasificación de Cargos del Organo Judicial, se ha elaborado con el propósito de dar en cumplimiento a la exigencia legal de contar con un instrumento técnico administrativo esencial para la Administración de la Carrera Judicial, que sirva para configura r el ordenamiento lógico de los cargos en categorías laborales y disponer de las descripciones genéricas que abarquen la extensa gama de títulos de plazas y cargos reales existente. Estructurado de esta forma, el Manual facilitará la identificación de los cargos pertenecientes a un mismo nivel, permitiendo una ágil administración de salarios y establecimiento del escalafón contemplado en la Ley de la Carrera Judicial, para garantizar la aplicación correcta de las políticas relativas a la incorporación de personal al régimen de la Carrera Judicial, que conlleva la exigencia de requisitos mínimos para el eficiente desempeño de las responsabilidades y atribuciones de cada cargo. Para la elaboración del presente Manual se han tomado en consideración los títulos de plaza que existen actualmente en la Ley de Salarios y Contratos, clasificándolos dentro de títulos genéricos de cargos
correspondientes a cinco grandes categorías laborales, por lo que su manejo y aplicación se volverá más expedita para identificar las especificaciones de dichos cargos. La vigencia y actualidad de esta herramienta técnica administrativa dependerá de las revisiones y actualizaciones que se le hagan, las cuales deberán ser realizadas por la Unidad Técnica para la Administración de la Carrera Judicial con la colaboración de la Dirección General de Administración y todas las Dependencias del Organo Judicial. Para mejor compresión de la terminología técnica utilizada, al final del Manual se incorpora un glosario de definiciones conceptuales.
I- CONTENIDO GENERAL
A- Objetivos del Manual
1- Objetivo General Dar cumplimiento a la exigencia legal de dotar al Organo Judicial con una herramienta técnica- administrativa que reuna los diferentes cargos ordenados de acuerdo a su jerarquía importancia y responsabilidades, para coadyuvar así al buen funcionamiento de la Administración de la Carrera Judicial.
2- Objetivos Específicos a) Definir las Categorías Laborales que engloban a la totalidad de cargos existentes en el Organo Judicial. b) Establecer una clasificación para los títulos de plazas existentes agrupados en títulos genéricos de cargos facilitando su identificación y administración. c) Disponer de la descripción de cargos genéricos fijando sus requisitos mínimos, responsabilidades, atribuciones y relaciones jerárquicas. d) Contar con la orientación requerida para la incorporación de los cargos y el personal a los beneficios derivados de la Ley de la Carrera Judicial. e) Servir de base para la creación del Escalafón Judicial y las Escalas de Remuneración al personal, para configurar una buena administración de salarios.
B- INSTRUCCIONES PARA EL USO Y ACTUALIZACION
1- Disposiciones Administrativas: El Manual será de aplicación obligatoria para la Dirección Superior y aquellas Unidades relacionadas con la planificación, presupuesto, y administración tanto del personal como de la Ley de la Carrera Judicial. Ningún cargo podrá quedar fuera de la clasificación contenida en el presente manual, por lo que al incorporar nuevas plazas a la Ley de Salarios, éstas deberán ser clasificadas atendiendo las descripciones de cargos genéricos. Tambien deberán ser incorporadas a la clasificación las plazas concedidas por contratos de servicios personales. Aunque la Ley de la Carrera Judicial específica los cargos que no gozarán de estabilidad, ello no implica que se dejen fuera de la clasificación general de cargos, para efectos de su identificación, ubicación y retribución salarial.
conocimientos, experiencia y reponsabilidades, así como el grado académico requerido (graduado, egresado o estudiante). Esta categorIa abarca cargos para cuyo desempeño se necesita de conocimientos académicos o técnicos obtenidos por estudios especiales en centros de enseñanza superior universitaria y no universitaria, terminados o en proceso de realización. La categoría comprende los cargos genéricos de: Colaborador Jurídico, Médico Forense, Colaborador Técnico, Colaborador de Medicina Forense y Colaborador Judicial.
4- Secretarial y de Oficina: La forman todos los cargos que colaboran en las diferentes labores administrativas de apoyo, trabajos secretariales y de oficina, entrega de notificaciones y citatorios. Pertenecen a esta categoría laboral los cargos genéricos de: Secretaria, Colaborador de Oficina, Notificador y Citador.
5- Servicios: Se agrupan en esta categoría laboral los cargos que colaboran en las actividades de servicios generales de operación y mantenimiento, de vigilancia y de oficios varios, que requieren las dependencias del Organo Judicial, cubriendo actividades de apoyo logístico y de servicios generales atendidas por: Motoristas, Colaboradores de Servicios Varios, Agentes de Protección Judicial y de Ordenanzas.
B- Contenido de cada título genérico de cargo
1- Título del Cargo Trata de exponer en forma simple pero adecuadamente, el nombre de genérico de cada cargo contemplado en el Manual, el cual puede o no agrupar una gama de titulos de cargos reales con sus rangos.
2- Naturaleza del Cargo Describe en forma sintética el tipo de actividades y reponsabilidades que se abarcan en el cargo genérico indicando el grado de complejidad de las labores desempeñadas y las condiciones ambientales en que se realiza el trabajo.
3- Dependencia Jerárquica Define el nivel inmediato superior al que se reporta o está adscrito el cargo y la respectiva dependencia según la categoría laboral a que pertenece. Esta subordinación se pierde cuando se integran comités o comisiones para efectuar algún trabajo que amerite la participación de un grupo interdisciplinario o de diferentes Unidades de organización.
4- Requisitos Mínimos Estos serán la base de partida para asignar a su ocupante el cargo genérico, el rango y el valor del sueldo devengado dependerá de la política de salarios que determine aplicar la Dirección Superior en armonía con la calificación de méritos, evaluación del desempeño y tiempo de servicio dentro del Organo Judicial. Como requisitos mínimos en cada cargo se consideran los siguientes:
a-) Educación y Conocimientos: Establece el nivel intelectual de preparación adquirida mediante la realización de estudios regulares, especializados y no formales, asI como los conocimientos necesarios para el desempeño de las labores dentro de cada cargo, que deberá poseer la persona que los ocupe.En algunos casos, este requisito ya está regulado en el marco legal vigente que norma al Organo Judicial, por lo que se respetará dicho contexto.
b-) Experiencia: Se refiere al nivel de preparación adquirida mediante la realización de trabajos similares a través del tiempo, dentro o fuera del Organo Judicial.
c-) Habilidades y Destrezas: Se refiere a la identificación de características especiales, manifiestas o potenciales, que deberá satisfacer la persona que ocupe un determinado cargo, en cada uno de sus rangos, si los tuviera.
d-) Otros: Estos se relacionan con aspectos de edad, sexo, estado civil, actitudes, etc., que caractericen a los individuos para que ocupen un cargo, así como de exigencias particulares para el desempeño del mismo.
5- Responsabilidades y Atribuciones Dentro de cada título genérico de cargos, en este Apartado se presenta una descripción general de las tareas y actividades que se deben ejecutar en los puestos de trabajo, correspondientes a las responsabilidades y atribuciones asignadas en cada caso particular.También se indican en forma lógica clara y sencilla todo tipo de actividades que puedan abarcarse en un determinado cargo genérico, considerando los rangos de los cargos de acuerdo con la cantidad de personas bajo su dirección o supervisión, responsabilidad por procesos encomendados, personas, dinero o documentos que maneja, esfuerzo mental visual o físico,y los riesgos que se implican; así como por la complejidad e importancia de las actividades que se desarrollan.
III- CLASIFICACION DE PLAZAS EN TITULOS GENERICOS DE CARGOS
Con el fin de administrar la Carrera Judicial de la manera más fácil y expedita, se hace necesario adoptar una clasificación de cargos conformada por 30 títulos genéricos distribuidos en cinco categorias laborales. Los 113 títulos de plaza existentes en la Ley de Salarios de 1994 y los contratos vigentes al mes de marzo del presente año son los que se clasificarán en los cargos genéricos, conjugándose su naturaleza, importancia, complejidad y nivel de sueldos, para dar paso a la clasificación general ordenada en grupos ocupacionales y facilitar su incorporación a la Carrera Judicial. Esta clasificación de plazas actuales en los títulos genéricos de cargos servirá para identificar los cargos que se han de incorporar a la ley de la Carrera Judicial; asi como también, será la base de sustentación para estructurar la Ley General de Salarios para 1995. Un resumen de las plazas clasificadas en los cargos genéricos se muestra en el cuadro siguiente:
TOTAL DE CARGOS POR CATEGORIA LABORAL
15- Secretario de Cámara () 16- Secretario Juzgado de Primera Instancia () 17- Secretario de Juzgado de Paz (*)
C. PROFESIONALES Y TECNICOS 18- Colaborador JurIdico 19- Médico Forense 20- Colaborador Técnico 21- Colaborador de Medicina Forense 22- Colaborador Judicial
D. SECRETARIAL Y DE OFICINA 23- Secretaria 24- Colaborador de Oficina 25- Notificador 26- Citador
E. SERVICIOS. 27- Motorista 28- Colaborador de Servicios Varios 29- Agente de Protección Judicial 30- Ordenanza
(*) Cargos en los que no se amerita hacer su descripción.
A. CATEGORIA DE FUNCIONARIOS Y EJECUTIVOS.
NATURALEZA DEL CARGO Como funcionario del más alto nivel, actúa como Secretario de la Corte Suprema de Justicia en el cumplimiento de las obligaciones que la Ley Orgánica le establece; por lo que su labor se considera de gran responsabilidad y amplio conocimiento del marco legal, realizando sus labores en condiciones ambientales normales.
DEPENDENCIA JERARQUICA:
Depende directamente del Magistrado Presidente del Organo Judicial de la Corte Suprema de Justicia, a quien reporta el cumplimiento de los acuerdos emitidos por Corte Plena. Tiene a su cargo personal de jefaturas, profesionales y de oficina.
REQUISITOS MINIMOS:
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
a) De moralidad y competencia notorias b) Mayor de 30 años de edad c) Haber servido una Judicatura en el caso de comandar una área jurídica d) Alta discreción y confidencialidad e) Disposición al trabajo fuera de la jornada laboral
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
6.- TITULO DEL CARGO: SECRETARIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA() 7.- TITULO DE CARGO: JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA () 8.- TITULO DE CARGO: ASESOR Y/O ASISTENTE
NATURALEZA DEL CARGO Brinda asesoría y asistencia técnica específica en una disciplina, profesión o campo especializado de conocimientos, aconsejando a funcionarios judiciales y ejecutivos del más alto nivel de dirección del Organo Judicial; por lo que su labor requiere de conocimientos especializados y gran experiencia en el campo en el que se le contraten sus servicios. Sus labores las realiza en condiciones ambientales normales.
Depende directamente del funcionario o ejecutivo a quien le han sido asignados sus servicios y no tiene personal a su cargo; aunque eventualmente pueda coordinar grupos especializados de trabajo.
REQUISITOS MINIMOS:
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
d) Capacidad para redactar y presentar informes e) Disposición a laborar fuera de la jornada laboral
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
10.- TITULO DE CARGO: SECRETARIO DE SALA
NATURALEZA DEL CARGO Pertenece a la categorIa de Funcionarios y Ejecutivos, en el que sus labores acompañan las resoluciones de los Magistrados sobre los procesos jurídicos que se conocen en cada una de las Salas; por lo que el trabajo se considera de alta responsabilidad, esfuerzo intelectual y amplio conocimiento del marco legal.
DEPENDENCIA JERARQUICA: Depende directamente del Magistrado Presidente de Sala y tiene a su cargo personal de colaboradores jurídicos, secretarial y de oficina.
REQUISITOS MINIMOS:
Grado académico en Jurisprudencia y Ciencias Sociales, o en Ciencias Jurídicas; recibido y autorizado como Abogado de la República y amplio conocimiento del marco legal salvadoreño.
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
13.- TITULO DEL CARGO: JEFE DE SECCION
NATURALEZA DEL CARGO Cargo que reviste gran responsabilidaad dada la labor realizada en secciones u oficinas específicas de trabajo, que pertenece a la categoría laboral de jefes intermedios; su desempeño implica el desarrollo de labores técnico operativas y un amplio conocimiento de la sección asignada. Las labores se realizan en condiciones ambientales normales.
DEPENDENCIA JERARQUICA: Depende directamente del Jefe de Departamento o del Director de área según el caso, a quien reporta los resultaados de su trbajo y tiene a su cargo personal profesional, técnico, de oficina y de servicios.
REQUISITOS MINIMOS:
Haber trabajado en cargos de jefatura intermedia de uno a tres años y contar con experiencia laboral de dos años en el campo de la administración de Justicia.
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
14.- TITULO DE CARGO: ADMINISTRADOR DE CENTRO JUDICIAL
NATURALEZA DEL CARGO Pertenece a la categoría de Jefes Intermedios, con responsabilidades por la administración y servicios de apoyo en un Centro Judicial Regional, por lo que su trabajo se relaciona con la aplicación de manuales y reglamentos y demás disposiciones administrativas, constituyéndose en el enlace de coordinación de la atención de los requerimientos financieros, materiales y de servicio demandados por los Magistrados y Jueces. Sus labores las desempeña en condiciones ambientales normales.
15.-TITULO DEL CARGO: SECRETARIO DE CAMARA() 16.-TITULO DEL CARGO: SECRETARIO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA() 17.-TITULO DEL CARGO: SECRETARIO DE PAZ (*)
C.- CATEGORIA DE PROFESIONALES Y TECNICOS
18.- TITULO DE CARGO: COLABORADOR JURIDICO
NATURALEZA DEL CARGO Trabajo de tipo profesional que aplica la abogacía para brindar apoyo y asesoría jurídica para realizar el trabajo de diferentes Dependencias del Organo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, relacionado con los procesos judiciales ventilados; por lo que se requiere del conocimiento del marco jurídico nacional y del sistema de Administración de Justicia, desarrollando sus labores en condiciones ambientales normales.
DEPENDENCIA JERARQUICA: Depende directamente del funcionario judicial del Tribunal o Dependencia en donde presta sus servicios, a quien reporta los resultados de su gestión. No tiene personal a su cargo.
REQUISITOS MINIMOS:
Poseer grado académico en Ciencias Jurídicas o Derecho y conocimientos sobre el marco jurídico nacional, así como del sistema de Administración de Justicia.
RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES:
19.- TITULO DE CARGO: MEDICO FORENSE