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los poes que hay en farmacia especificamente, Apuntes de Farmacia

os poes que hay en farmacia especificamente

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 20/06/2025

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PROCEDIMIENTO OPERATIVO ESTANDARIZADO
DE FARMACOVIGILANCIA
NOTIFICACION DE SOSPECHA DE REACCIÓN
ADVERSA A MEDICAMENTOS
CODIGO: POES 016
HOJA: DE:
F.EMISIÓN SUSTITUYE A: REVISION N° VIGENCIA:
2 Años
F. PRÓXIMA
REVISIÓN:
30/10/2018
01/11/2016 00 1
1. OBJETIVO:
Brindar al paciente y/o usuario la atención solicitada a través del expendio
de productos farmacéuticos de venta libre (OTC), dispositivos médicos y
productos sanitarios en condiciones óptimas y cuando sea el caso la
atención bajo la presentación de la Receta Médica.
2. ALCANCE:
El presente documento es de alcance del Representante Legal del
Establecimiento Farmacéutico, Químico Farmacéutico Asistente.
3. RESPONSABILIDAD:
El Representante Legal del Establecimiento Farmacéutico es responsable
de aprovisionar los formatos impresos de Notificación de Reacciones
Adversas de productos farmacéuticos que correspondan a la complejidad
del establecimiento (espontaneas, medicamentos), en cantidades
suficientes que garanticen el cumplimiento del presente procedimiento.
Estos formatos se encuentran en los anexos y en la siguiente dirección
electrónica: www.digemid/farmacovigilancia/descarga20%formatos20%ram.
El profesional Químico Farmacéutico encargado es el responsable de
recepcionar la notificación de la sospecha de Reacción Adversa a
Medicamentos u otros productos farmacéuticos del paciente y de formalizar
dicho evento, debiendo para ello, llenar correctamente el Formato de
Notificación de Reacción Adversa al Medicamento según corresponda.
El Director Técnico es responsable de que los formatos estén
correctamente llenados y de remitirlo por vía oficial y oportunamente a la
Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de
Salud.
4. FRECUENCIA:
Cuando se considere y/o Verifique un posible RAMS
5. REFERENCIAS:
Ley General de Salud – Ley N° 26842
Ley de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios –
Ley N° 29459
Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos D.S. 014-2011-SA y
Modificatorias D.S. N°01-2012-SA.
Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos
Farmacéuticos y Afines D.S. N°016-2011-SA y sus Modificatorias: D.S. 02-2012-
SA.
Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:
QF. QF. QF.
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DE FARMACOVIGILANCIA

NOTIFICACION DE SOSPECHA DE REACCIÓN

ADVERSA A MEDICAMENTOS

CODIGO: POES 016 HOJA: DE: F.EMISIÓN SUSTITUYE A: REVISION N° (^) VIGENCIA: 2 Años F. PRÓXIMA REVISIÓN: 01/11/2016 00 1 30/10/

1. OBJETIVO:  Brindar al paciente y/o usuario la atención solicitada a través del expendio de productos farmacéuticos de venta libre (OTC), dispositivos médicos y productos sanitarios en condiciones óptimas y cuando sea el caso la atención bajo la presentación de la Receta Médica. 2. ALCANCE:  El presente documento es de alcance del Representante Legal del Establecimiento Farmacéutico, Químico Farmacéutico Asistente. 3. RESPONSABILIDAD:  El Representante Legal del Establecimiento Farmacéutico es responsable de aprovisionar los formatos impresos de Notificación de Reacciones Adversas de productos farmacéuticos que correspondan a la complejidad del establecimiento (espontaneas, medicamentos), en cantidades suficientes que garanticen el cumplimiento del presente procedimiento. Estos formatos se encuentran en los anexos y en la siguiente dirección electrónica: www.digemid/farmacovigilancia/descarga20%formatos20%ram.  El profesional Químico Farmacéutico encargado es el responsable de recepcionar la notificación de la sospecha de Reacción Adversa a Medicamentos u otros productos farmacéuticos del paciente y de formalizar dicho evento, debiendo para ello, llenar correctamente el Formato de Notificación de Reacción Adversa al Medicamento según corresponda. El Director Técnico es responsable de que los formatos estén correctamente llenados y de remitirlo por vía oficial y oportunamente a la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Salud. 4. FRECUENCIA:  Cuando se considere y/o Verifique un posible RAMS 5. REFERENCIAS:  Ley General de Salud – Ley N° 26842  Ley de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios – Ley N° 29459  Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos – D.S. 014-2011-SA y Modificatorias D.S. N°01-2012-SA.  Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines D.S. N°016-2011-SA y sus Modificatorias: D.S. 02-2012- SA. Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:

DE FARMACOVIGILANCIA

NOTIFICACION DE SOSPECHA DE REACCIÓN

ADVERSA A MEDICAMENTOS

CODIGO: POES 016 HOJA: DE: F.EMISIÓN SUSTITUYE A: REVISION N° (^) VIGENCIA: 2 Años F. PRÓXIMA REVISIÓN: 01/11/2016 00 1 30/10/  Petitorio Único Nacional de Medicamentos Esenciales – R.M. 599-2012-SA.  Reglamento de Estupefacientes, Psicotrópicas y otras sustancias sujetas de Fiscalización Sanitaria – D.S. 023-2001-SA y su modificatoria D.S. 010-2005- S.A.  Manual de Buenas Practicas de Almacenamiento y Productos Afines – R.M. N° 585-99-SA/DM.

6. DEFINICION: Farmacovigilancia: Es una actividad de salud pública, se define como la ciencia y las actividades relacionadas con la detección, evaluación, compresión y prevención de los efectos adversos de los medicamentos o cualquier otro problema relacionado con ellos. Se ocupa de los efectos indeseados o reacciones adversas medicamentosas (RAM) producidos pos los medicamentos principalmente, aunque no exclusivamente, ya que se ha extendido a hierbas, medicamentos complementarios, productos hemoderivados y biológicos, vacunas y dispositivos médicos, errores de medicación, falta de eficacia y otros. La Farmacovigilancia se ocupa de la detección, evaluación y la prevención de los riesgos asociados a los medicamentos una vez comercializados (OMS2001). Reacción Adversa: es cualquier respuesta a un medicamento que sea nociva y no intencionada, y que tenga lugar a dosis que se apliquen normalmente en el ser humano para la profilaxis, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades, o para la restauración, corrección o modificación de funciones fisiológicas. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) una RAM es cualquier reacción nociva no intencionada que aparece a dosis normalmente usadas en el ser humano para profilaxis, diagnóstico o tratamiento o para modificar funciones fisiológicas 7. PROCEDIMIENTO: DEL QUÍMICO FARMACÉUTICO: Atiende al paciente, directamente o referido por el personal técnico, y recepciona la notificación de sospecha de Reacción Adversa a Medicamentos. 1. Previa evaluación del caso (validación de la información recepcionada), traslada la notificación en un FORMATO OFICIAL por duplicado, en dicho acto de llenado se debe tener en cuenta la información mínima que debe contener éste.  Datos del paciente: peso, edad y sexo.  Descripción del evento adverso: naturaleza, localización e intensidad, Incluye la fecha de comienzo de los signos y síntomas, evolución y desenlace. Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:

DE FARMACOVIGILANCIA

NOTIFICACION DE SOSPECHA DE REACCIÓN

ADVERSA A MEDICAMENTOS

CODIGO: POES 016 HOJA: DE: F.EMISIÓN SUSTITUYE A: REVISION N° (^) VIGENCIA: 2 Años F. PRÓXIMA REVISIÓN: 01/11/2016 00 1 30/10/ Dirección de Salud, con atención a la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas.  Archiva cronológicamente, el cargo de los documentos enviados, debiéndose garantizar la confidencialidad de estos documentos.

8. ANEXOS: Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:

DE FARMACOVIGILANCIA

NOTIFICACION DE SOSPECHA DE REACCIÓN

ADVERSA A MEDICAMENTOS

CODIGO: POES 016 HOJA: DE: F.EMISIÓN SUSTITUYE A: REVISION N° (^) VIGENCIA: 2 Años F. PRÓXIMA REVISIÓN: 01/11/2016 00 1 30/10/

Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: