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Lo que necesita saber si recibe beneficios de Seguridad de Ingreso de Seguridad de Ingreso, Apuntes de Bienestar Social

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 09/07/2019

chicachicana
chicachicana 🇲🇽

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Lo que necesita saber
si recibe beneficios
de Seguridad de Ingreso
Suplementario (SSI)
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¡Descarga Lo que necesita saber si recibe beneficios de Seguridad de Ingreso de Seguridad de Ingreso y más Apuntes en PDF de Bienestar Social solo en Docsity!

Lo que necesita saber

si recibe beneficios

de Seguridad de Ingreso

Suplementario (SSI)

SeguroSocial.gov

Introducción

Esta publicación explica algunos de sus derechos y responsabilidades cuando recibe beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés).

Le sugerimos que tome tiempo ahora para leer esta publicación y que después la guarde en un lugar seguro para referirse a ésta en el futuro.

Si recibe beneficios de Seguro Social por jubilación o como sobreviviente, también debe leer nuestra publicación titulada Lo que necesita saber cuándo recibe beneficios de jubilación o sobrevivientes (publicación número 05-10977). Si recibe beneficios de Seguro Social por incapacidad, debe leer nuestra publicación titulada Lo que necesita saber cuándo recibe beneficios de Seguro Social por incapacidad (publicación número 05-10903).

Sobre sus beneficios

Antes de que comiencen sus beneficios de SSI, le enviaremos una carta explicándole cuándo comenzarán y la cantidad que recibirá. (Es posible que esta publicación haya sido incluida con esa carta.)

Su primer pago de SSI se hará por el primer mes calendario completo después que llenó la solicitud o que tuvo el derecho a recibir estos beneficios. Es posible que la cantidad no sea igual cada mes. La cantidad depende de sus otros ingresos y arreglos de vivienda. Le avisaremos por anticipado cada vez que cambiemos la cantidad de sus beneficios.

La cantidad de su primer, segundo y tercer pago mensual está basada en sus ingresos del primer mes. A veces algún tipo de ingreso recibido en el primer mes no se recibe el segundo mes. Esto se conoce como

Su derecho a representación

Usted puede manejar su propio caso de SSI con ayuda gratuita del Seguro Social. No obstante, también tiene el derecho a tener a alguien que lo represente. Hay reglas sobre quién puede representarlo y lo que esa persona puede hacer. Trabajaremos con su representante de la misma manera que lo hacemos con usted. Pregúntenos sobre cómo puede nombrar a alguien para que lo represente. Tenemos más información sobre representación en nuestra publicación titulada Su derecho a representación (publicación número 05-10975) o por internet en nuestro sitio www.segurosocial.gov/representation (solo disponible en inglés).

Pagos por medios electrónicos

El día que solicitó los beneficios de SSI, fue cuando debió haber hecho los arreglos para recibir los beneficios por medios electrónicos.

El servicio de depósito directo de sus beneficios es una manera sencilla y segura de recibirlos. Si desea inscribirse al servicio de depósito directo, comuníquese con su banco o comunicándose con nosotros.

Otra opción que usted tiene es el programa de la tarjeta de débito conocido como Direct Express®. Con la tarjeta de Direct Express®, los beneficios de los programas del gobierno federal son acreditados directamente a la cuenta de la tarjeta. El inscribirse en este programa es fácil y rápido. Simplemente llame gratuitamente al número 1-800-333-1795 del Centro de contacto de soluciones para pagos por medios electrónicos del Departamento del Tesoro. También puede inscribirse por internet visitando https://fiscal.treasury.gov/GoDirect/espanol. Por supuesto, el Seguro Social le puede ayudar a inscribirse en este programa.

Una tercera opción es abrir una cuenta de transferencia electrónica. Esta es una cuenta de bajo costo asegurada por el gobierno federal que le permite disfrutar de la seguridad y conveniencia de recibir los beneficios automáticamente. Para informarse mejor sobre este programa o para informarse sobre bancos e instituciones financieras que ofrecen este servicio en su comunidad, comuníquese con nosotros o visite el sitio de internet en www.eta-find.gov/spanish/index.html.

Si el pago de sus beneficios no es acreditado en el día indicado, llámenos gratuitamente ese mismo día marcando el 1-800-772-.

Si recibe pagos de beneficios por medios electrónicos que usted sabe que no se le deben, pídale a la institución financiera que devuelva el dinero al Departamento del Tesoro de los EE.UU. Porque si a sabiendas usted recibe y usa algún pago que usted sabe que no le pertenece, es posible que tenga que enfrentarse a cargos criminales.

Reembolso de pagos que no le corresponden

Por lo general, sus beneficios de SSI serán emitidos por la cantidad correcta. Pero, si usted entiende que recibió más dinero que la cantidad regular, debe llamar o visitar su oficina local del Seguro Social. Debe devolver cualquier cantidad adicional que no le corresponda, aunque no tenga culpa alguna de haberla recibido.

Llame o visite a su oficina local del Seguro Social. Le diremos cómo puede devolverlo.

Ajustes por el costo de vida

Todos los años en el mes de enero, sus beneficios aumentarán automáticamente, si aumenta el costo de vida. Por ejemplo, si el costo de vida aumenta un 2 por

NOTA ACLARATORIA: Si no nos informa los cambios o nos da información falsa o retiene información, puede recibir una multa o sanción. Si recibe una multa, significa que no nos informó un cambio a tiempo. Con una multa puede perder dinero adicional de sus beneficios. La cantidad de la multa es entre $25 y $100. Si recibe una sanción, significa que nos dio información falsa o retuvo información importante. Si determinamos que dio información falsa o retuvo la información a propósito, podemos suspender sus beneficios de seis a 24 meses.

Las cosas que debe informarnos aparecen en la lista a continuación. Si algunas de estas cosas le afectan, pase a la página indicada para obtener más información. Si vive en California, Hawái, Michigan o Vermont, vea la página 20 para otras cosas que nos debe informar.

Si se muda o cambia de dirección página 6 Si cambia su cuenta de depósito directo página 7 Si alguien se muda a su casa o de su casa página 8 Si comienza o deja de trabajar página 8 Si cambian sus ingresos o los de los miembros de su familia página 8 Si hay un cambio en sus recursos página 13 Si recibe ayuda con los gastos de subsistencia página 14 Si ingresa o sale de una institución (hospital, asilo de ancianos o prisión) página 15 Si se casa, se separa o se divorcia página 16 Si cambia su nombre página 16 Si se convierte en padre o madre página 16 Si viaja fuera de los EE.UU. página 16 Si tiene una orden de detención pendiente para su arresto página 17 Si es confinado en una institución penal página 17 Si es un inmigrante patrocinado página 18 Si está entre los 18 y 22 años de edad y comienza o cesa de asistir a la escuela página 18

Si una persona que recibe SSI no puede administrar su propio dinero página 18 Si una persona que recibe SSI fallece página 19 Si su estado inmigratorio cambia página 19 Reglas especiales para personas en algunos estados página 20

Si se mejora página 20

Si se muda o cambia de dirección

Si piensa mudarse o cambiar su dirección, infórmenos su nueva dirección y número telefónico tan pronto los sepa. Aunque reciba el pago de sus beneficios por medio de depósito directo o Direct Express®, el Seguro Social debe tener su dirección postal correcta para así poder enviarle correspondencia e información importante. Si no podemos comunicarnos con usted, suspenderemos sus beneficios.

Si algún miembro de la familia que recibe beneficios se muda a su casa, por favor háganos saber su nombre.

Además, asegúrese de informar su nueva dirección postal a su oficina de correo.

Si cambia su cuenta de depósito directo

Si cambia de institución financiera o abre una cuenta nueva, asegúrese de indicar que quiere inscribirse en el servicio de depósito directo. También podemos actualizar su información del depósito directo por teléfono. Cuando nos llame, debe tener a su disposición su nuevo número de cuenta y el de la anterior. Estos números están impresos en sus cheques o en su estado de cuenta. Se toma alrededor de 30 a 60 días para que la nueva información entre en vigor. No cierre su cuenta anterior hasta que se asegure que sus beneficios de Seguro Social estén siendo depositados en su nueva cuenta.

que la cantidad de sus beneficios esté correcta y le llegue a tiempo.

  • Si está casado(a), debe hacernos saber cualquier cambio en los ingresos de su cónyuge, incluso cualquier cambio en la cantidad de los beneficios de Seguro Social que su cónyuge recibe. (Si usted también recibe beneficios de Seguro Social, no tiene que informarnos los aumentos en éstos.)
  • Si tiene un niño menor de 18 años que recibe beneficios de SSI y vive con usted, informe cualquier cambio en: —Los ingresos del niño; —Los ingresos suyos; —Los ingresos de su cónyuge; y —Los ingresos de un niño en su hogar que no recibe beneficios de SSI.

Infórmenos también si:

—Se casa un niño que vive en su hogar aunque éste no reciba beneficios de SSI; o —Un niño que trabaja o que tiene entre 18 y 20 años de edad comienza o deja de asistir a la escuela a tiempo completo.

Lo que contamos como ingresos

Bajo el programa de SSI, los ingresos incluyen dinero en efectivo, cheques y otras cosas que recibe y que se pueden usar para alimentos o alojamiento. Estos son ejemplos de ingresos:

  • Salarios devengados en su trabajo, tanto en efectivo como cualquier otro tipo de pago;
  • Ganancias netas de su negocio si trabaja por cuenta propia;
  • El valor de los alimentos o del alojamiento que alguien le provee, o la cantidad de dinero que recibe de otras personas para ayudarle a cubrir esas necesidades;
  • Beneficios del Departamento de Asuntos de Veteranos;
  • Beneficios por jubilación o por desempleo del sistema ferroviario ;
  • Anualidades, pensiones del gobierno o privadas, compensación al trabajador, beneficios de seguro por desempleo, beneficios por enfermedad pulmonar minera y beneficios de Seguro Social;
  • Premios, acuerdos de pagos y adjudicaciones, incluso adjudicaciones ordenadas por un tribunal;
  • Fondos de pólizas de seguro de vida;
  • Regalos y donativos;
  • Pagos de manutención y de pensión alimenticia;
  • Pagos de herencias en efectivo o en propiedad;
  • Ingresos de alquiler; y
  • Pago por huelga y otros beneficios de sindicatos.

Artículos que no cuentan como ingresos

Los siguientes artículos no son ingresos:

  • Cuidado y servicios médicos;
  • Servicios sociales;
  • Dinero obtenido de la venta, cambio, o reemplazo de cosas que posee (aunque es posible que el dinero cuente como un recurso si lo retiene hasta el próximo mes);
  • La mayoría de ingresos en la forma de intereses y dividendos;
  • Reembolso de contribuciones sobre ingresos;
  • Pagos por crédito contributivo por ingresos de trabajo y por crédito contributivo por hijos;
  • Su trabajo empieza o termina;
  • Cambian sus horas de trabajo o tasa de pago; y
  • Comienza a pagar por gastos que necesita para trabajar debido a su incapacidad.

Tiene que informar sus salarios:

  • A través del teléfono o usando la aplicación móvil a no más tardar del día 6 de cada mes. Por favor comuníquese con su oficina local del Seguro Social para determinar si esta opción funcionaría para usted y para recibir instrucciones sobre cómo informar sus salarios por teléfono o la aplicación móvil.
  • Por correo, fax o llevando sus talonarios o colillas de pago a su oficina del Seguro Social todos los meses tan pronto reciba el último talonario o colilla del mes, pero a no más tardar del día 10 del mes siguiente.

Si trabaja por cuenta propia, infórmenos sobre su trabajo por cuenta propia ya sea por teléfono, correo o en persona. Le ayudaremos a determinar sus ganancias netas de trabajo por cuenta propia. Usted tiene que:

  • Informarnos si ocurre un cambio que pueda afectar la cantidad de sus ganancias netas de trabajo por cuenta propia;
  • Mantener registros de negocios; y
  • Presentarnos una copia de su declaración de impuestos federales cuando estén disponibles.

Puede obtener más información sobre cómo informar sus ganancias llamándonos gratuitamente al 1-800-772- o si es sordo o tiene problemas de audición, llame a nuestro número gratis de TTY 1-800-325-0778 , entre las 7 a.m. y las 7 p.m., de lunes a viernes. Puede encontrar su oficina local del Seguro Social en nuestro sitio de internet www.segurosocial.gov/locator (solo disponible en inglés).

Si hay un cambio en sus recursos

Infórmenos si hay algún cambio en las cosas que posee. Una persona soltera puede tener recursos valorados hasta $2,000 y todavía recibir SSI. Una pareja casada puede tener recursos valorados hasta $3,000.

Recursos que no contamos

No contamos muchas de las cosas que posee. Su casa y el terreno donde está ubicada no cuentan si ésta es su residencia primaria. Dependiendo en cómo se usan, se podrían excluir los artículos domésticos, propiedad personal y un automóvil. Pólizas de seguro con un valor nominal de hasta $1,500 o menos por persona, por lo general no cuentan. Tampoco contamos hasta $1,500 en fondos para gastos fúnebres para usted y hasta $1, en fondos de gastos fúnebres para su cónyuge. Los lotes de cementerio para usted y su familia inmediata tampoco cuentan.

Recursos que contamos

  • Algunas de las cosas que sí contamos son:
  • Dinero en efectivo;
  • Sus cuentas de cheques y de ahorros;
  • Cuentas de ahorros para compras de Navidad;
  • Certificados de depósito; y
  • Acciones y bonos de los EE.UU.

Cualquier pago retroactivo de beneficios de SSI o de Seguro Social que reciba no contará como recurso por nueve meses después del mes en que lo recibió. Si después del período de nueve meses todavía sobra algo del beneficio retroactivo, entonces contará como recurso.

públicos, alquiler o hipoteca, o si la cantidad que ellos pagan cambia. Si recibía ayuda con algunos gastos y ahora no la recibe, también debe informárnoslo.

Si ingresa o sale de una institución (hospital, asilo de ancianos o prisión)

Debe hacernos saber si ingresa o sale de una institución residencial, hospital, institución de enfermería especializada, asilo de ancianos, institución de cuidado intermediario, residencia de transición, prisión, cárcel, albergue de emergencia público o cualquier otro tipo de institución. Infórmenos el nombre de la institución y la fecha de ingreso o salida. Si no puede avisarnos, pídale a alguien en la oficina de la institución que le ayude.

Por lo general, no puede recibir SSI mientras está recluido en una institución pública. Si ingresa a una institución médica, es especialmente importante que nos informe sin demoras. Hay reglas especiales que se aplican si permanece en la institución médica por menos de 90 días. En muchos casos, es posible que pueda seguir recibiendo los beneficios de SSI si recibimos su informe a tiempo. Su médico debe firmar una declaración sobre el tiempo de su estadía. También debe firmar una declaración que muestre que aún necesita pagar los gastos de su casa mientras está en la institución. Necesitamos estas declaraciones tan pronto como sea posible — pero no más tarde de 90 días de haber estado recluido en la institución, o el día en que le den de alta si esto ocurre antes.

Si su cónyuge es admitido en una institución, debe informarnos este cambio. Si los beneficios de su cónyuge comienzan a ser enviados a usted para los gastos del hogar, ese dinero cuenta como ingreso suyo y debe informárnoslo.

Si se casa, se separa o se divorcia

Debe informarnos si se casa o si su matrimonio termina. También infórmenos si se separa de su cónyuge. Si al presente están separados, no se olvide de avisarnos si vuelven a vivir juntos.

Si cambia su nombre

Debe informarnos inmediatamente si su nombre cambia — debido a matrimonio, divorcio u orden judicial. Si no nos proporciona esa información, sus beneficios se emitirán bajo su nombre anterior y si tiene depósito directo, es posible que los beneficios no sean acreditados a su cuenta. Si recibe sus beneficios por medio de cheques, es posible que no pueda cambiarlos si el nombre en su identificación es diferente al de su cheque.

Si se convierte en padre o madre

Si se hace padre o madre (incluso de un niño adoptivo) después de empezar a recibir los beneficios de SSI, debe informárnoslo.

Si viaja fuera de los EE.UU.

El viajar fuera de los EE.UU. significa ausentarse de uno de los 50 estados, el Distrito de Columbia, o las Islas Marianas del Norte. Normalmente, si está fuera de los EE.UU. por más de 30 días, no puede recibir SSI.

Para propósitos de SSI solamente, si se muda a Puerto Rico, se considera que está fuera de los EE.UU. Las personas que viven en Puerto Rico no pueden recibir SSI.

Si planifica viajar fuera de los EE.UU., debe informárnoslo antes de salir. Necesitamos saber la fecha en que planifica salir y la fecha en que planifica regresar. De esa manera, podemos hacerle saber si se afectarán sus beneficios de SSI.