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ley para estudio, para aprendizaje, Tesis de Contabilidad

Ley que servirá, para tu conocimiento

Tipo: Tesis

2022/2023

Subido el 25/06/2025

cesarlubo1997
cesarlubo1997 🇨🇴

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LEY 62 DE 1993 – RESUMEN POR ARTÍCULOS (FUNCIONES)
🔹 ARTÍCULO 1 – OBJETO
La ley tiene como objeto organizar y determinar las responsabilidades de la Policía
Nacional en el mantenimiento del orden, seguridad ciudadana y conservación de la
tranquilidad.
🔹 ARTÍCULO 2 – NATURALEZA
Define a la Policía como un Cuerpo armado de naturaleza civil, permanente, bajo el mando
del presidente de la República (por medio del ministro de Defensa).
🔹 ARTÍCULO 3 – PRINCIPIOS
La Policía se rige bajo los principios de legalidad, profesionalismo, eficacia, imparcialidad,
solidaridad y participación ciudadana.
🔹 ARTÍCULO 4 – FINALIDAD
Busca garantizar el orden, la seguridad, el pleno disfrute de los derechos y libertades, así
como el mantenimiento de la convivencia ciudadana.
🔹 ARTÍCULO 5 – FUNCIONES GENERALES
Prevenir hechos delictivos o contravenciones.
Mantener el orden, seguridad y tranquilidad en el territorio.
Proteger a las personas, bienes, espacios públicos e infraestructura.
Colaborar con las autoridades en el procedimiento de investigación y captura en hechos
delictivos.
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LEY 62 DE 1993 – RESUMEN POR ARTÍCULOS (FUNCIONES)

🔹 ARTÍCULO 1 – OBJETO

La ley tiene como objeto organizar y determinar las responsabilidades de la Policía Nacional en el mantenimiento del orden, seguridad ciudadana y conservación de la tranquilidad. 🔹 ARTÍCULO 2 – NATURALEZA Define a la Policía como un Cuerpo armado de naturaleza civil, permanente, bajo el mando del presidente de la República (por medio del ministro de Defensa). 🔹 ARTÍCULO 3 – PRINCIPIOS La Policía se rige bajo los principios de legalidad, profesionalismo, eficacia, imparcialidad, solidaridad y participación ciudadana. 🔹 ARTÍCULO 4 – FINALIDAD Busca garantizar el orden, la seguridad, el pleno disfrute de los derechos y libertades, así como el mantenimiento de la convivencia ciudadana. 🔹 ARTÍCULO 5 – FUNCIONES GENERALES Prevenir hechos delictivos o contravenciones. Mantener el orden, seguridad y tranquilidad en el territorio. Proteger a las personas, bienes, espacios públicos e infraestructura. Colaborar con las autoridades en el procedimiento de investigación y captura en hechos delictivos.

Prestar apoyo en desastres o calamidades públicas. 🔹 ARTÍCULO 6 – DIRECCIÓN La Policía está bajo la dirección, mando y control del Presidente de la República, a través del Ministro de Defensa. 🔹 ARTÍCULO 7 – COMANDANTES TERRITORIALES La Policía en cada departamento o ciudad tiene un comandante, sujeto tanto a la autoridad institucional como a la autoridad civil (gobernador o alcalde). 🔹 ARTÍCULO 14 – FUNCIONES ALCALDES/GOBERNADORES Son jefes de policía en sus municipios o departamentos. Pueden impartir instrucciones a la Policía para atender necesidades de seguridad ciudadana en el territorio bajo su mando. 🔹 ARTÍCULO 15 – COORDINACIÓN Gobernador y alcalde están obligados a coordinar con el comandante de policía para ejecutar políticas de seguridad y orden en la jurisdicción. 🔹 ARTÍCULO 16 – CONSEJOS DE SEGURIDAD Creará o presidirá el Consejo de Seguridad para implementar medidas de prevención, evaluación y seguimiento de la seguridad ciudadana en el territorio. 🔹 ARTÍCULO 17 – COLABORACIÓN CIUDADANA La Policía fomentará la participación de la comunidad en actividades de prevención, fortaleciendo así el modelo de seguridad ciudadana.