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LAVADO DE DINERO EN LA CIUDAD DE MEXICO, Resúmenes de Contabilidad Financiera

SE TRATA DE LOS METODOS DE LAVADO DE DINERO Y FUNCIONES Y SANCIONES Y LAS INSTITUCIONES A CARGO

Tipo: Resúmenes

2019/2020

Subido el 31/07/2020

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guadalupe-ramirez-13 🇲🇽

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NOMBRE DE LA MATERIA: DERECHO FISCAL
NOMBRE DEL PROFESOR: C.P. CARLOS ANTONIO RAMIREZ TEJEDA
CARRERA: LICENCIATURA EN CONTADURIA Y FINANZAS
CUATRIMESTRE: TERCERO
NOMBRE DE LA TAREA: LA PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO
NOMBRE DEL ALUMNO: RAMIREZ GONZALEZ GUADALUPE
H.H. CUAUTLA, MORELOS A 24 DE JULIO DEL 2020
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¡Descarga LAVADO DE DINERO EN LA CIUDAD DE MEXICO y más Resúmenes en PDF de Contabilidad Financiera solo en Docsity!

NOMBRE DE LA MATERIA: DERECHO FISCAL

NOMBRE DEL PROFESOR: C.P. CARLOS ANTONIO RAMIREZ TEJEDA

CARRERA: LICENCIATURA EN CONTADURIA Y FINANZAS

CUATRIMESTRE: TERCERO

NOMBRE DE LA TAREA: LA PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO

NOMBRE DEL ALUMNO: RAMIREZ GONZALEZ GUADALUPE

H.H. CUAUTLA, MORELOS A 24 DE JULIO DEL 2020

INDICE

  • INTRODUCCION
  • DONDE NACE LA LEY DE LAVADO DE DINERO
  • QUE ES LO QUE CONSIDERA COMO LAVADO DE DINERO
  • SANCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO (PLD)
  • ¿COMO IDENTIFICAR ELLAVADO DE DINERO EN MEXICO?
  • ¿QUE ACTIVIDADES SON VULNERABLES AL LAVADO DE DINERO?
  • TENDRAN LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 18 DE LA LEY EN COMENTO SE
  • ¿COMO SE HACE EL LAVADO DE DINERO EN MEXICO?
  • ETAPAS DEL LAVADO DE DINERO
  • ¿COMO DENUNCIAR ELLAVADO DE DINERO EN MEXICO?
  • LAVADO DE DINERO? ¿QUE FUNCION REALIZA LA SHCP RESPETO A LA PREVENCION DE
  • PELIGRO: EMPRESAS VULNERABLES A LAVADO DE DINERO
  • ROBO DE IDENTIDAD
  • BIBLIOGRAFIA

DONDE NACE LA LEY DE LAVADO DE DINERO

En octubre del 2012 se publicó en el DOF la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPRIORPI), coloquialmente conocida como ley antilavado. Esta ley inició su vigencia en septiembre del 2013, apoyándose en un reglamento y en reglas de carácter general que facilitan su interpretación y uso. Aun cuando el nombre del ordenamiento sugiere alcances penales, el fondo es prevenir e identificar a los probables participantes en procesos de lavado de dinero.

QUE ES LO QUE CONSIDERA COMO LAVADO DE DINERO

El lavado de dinero es el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o criminales (tráfico de drogas o estupefacientes, contrabando de armas, corrupción, fraude, prostitución, extorsión, piratería y últimamente terrorismo). El objetivo de la operación, que generalmente se realiza en varios niveles, consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en el sistema financiero. En nuestro país, el tipo penal del delito de Lavado de Dinero se encuentra previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal.

SANCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE

DINERO (PLD)

Quien realice actividades vulnerables conforme a La ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) vigente, se encuentran obligados a observar dicha Ley, así como sus Disposiciones Secundarias para el cumplimiento de la misma, por otra parte, la propia Ley establece diversas sanciones por el incumplimiento a las obligaciones en materia de Prevención de Lavado de Dinero (PLD). El artículo 52 de la LFPIORPI, establece que las multas impuestas por la Ley, tendrán el carácter de créditos fiscales, las cuales se fijarán en cantidad liquida, sujetándose al procedimiento administrativo de ejecución que establece el Código Fiscal de la Federación. Las infracciones podrán ser:

  1. Incumplimiento en Identificar a los clientes o usuarios de manera adecuada conforme a las Ley y Disposiciones de Carácter General.
  2. Por no presentar los avisos en tiempo y forma.
  3. Aviso presentado con datos incorrectos o incompletos.
  4. Aviso presentado en forma extemporánea (aplicable excepción conforme el segundo párrafo del artículo 53 de la LFPIORPI)
  5. No conservar el expediente Administrativo del Cliente y/o Usuario (documentación del cliente y/o usuario)
  6. Por dejar de atender las visitas de verificación y por no atender los requerimientos de la autoridad.
  7. Por dejar de realizar las restricciones del uso de efectivo y de metales preciosos.

¿COMO IDENTIFICAR ELLAVADO DE DINERO EN MEXICO?

Uno de los avances más importantes que nuestro país ha registrado en materia de controles de prevención de lavado de dinero es la adopción de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, mejor conocida como “Ley Anti lavado”. Lo novedoso de esta legislación es que establece nuevas obligaciones para las empresas y las personas que llevan a cabo actividades vulnerables o actividades susceptibles de que se lleve a cabo el lavado de dinero, como la compra-venta de vehículos, de inmuebles, de joyas o de metales preciosos, entre otras. La Ley Anti lavado genera información que permite hacer cruces mediante la cooperación interinstitucional con el objetivo de identificar actividades que podrían facilitar o permitir el lavado de dinero. Al respecto la ley y su reglamento faculta a la Unidad de inteligencia financiera para recabar elementos útiles con el objeto de prevenir e identificar operaciones presuntamente vinculados con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con éstos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de esos recursos para su financiamiento.

¿QUE ACTIVIDADES SON VULNERABLES AL LAVADO DE

DINERO?

❖ Las vinculadas con juegos y sorteos. ❖ Emisión y comercialización de tarjetas de servicio, crédito, prepago y cupones. ❖ Emisión y comercialización de cheques de viajero. ❖ Ofrecimiento de operaciones de mutuo, préstamo o crédito. ❖ Desarrollo inmobiliario.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 18 DE LA LEY EN

COMENTO SE TENDRAN LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES

1. Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen actividades

vulnerables basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la documentación.

2. Solicitar al cliente o usuario su actividad u ocupación, basándose en los avisos

de inscripción y actualización al RFC.

3. Solicitar al cliente o usuario que participe en actividades vulnerables

información del dueño beneficiario.

4. Proteger y evitar la destrucción u ocultamiento de la información que sirva de

soporte a la actividad vulnerable por un plazo de 5 años contando a partir de la fecha de la realización de la actividad.

5. Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de

verificaciones.

6. Presentar los avisos en la secretaría en los tiempos y bajo la forma prevista

en la ley.

¿COMO SE HACE EL LAVADO DE DINERO EN MEXICO?

Las autoridades definen el lavado de dinero como el acto de encubrir el origen de los recursos generados mediante el ejercicio de actividades ilícitas y consiste en hacer que esos recursos ilícitos se integren al sistema financiero como dinero lícito.

ETAPAS DEL LAVADO DE DINERO

Colocación. La disposición física del dinero en efectivo proveniente de actividades delictivas; es decir, introducir sus fondos ilegales en el sistema financiero. Estratificación u Ocultamiento. ... Integración.

El 80% de las empresas que están obligadas a cumplir con la regulación de prevención de lavado de dinero establecida en el Artículo 18 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita desconocen su obligación de hacerlo, por lo que incurren en omisiones que implican multas que van de 12,000 a 4 millones de pesos (mdp). La disposición antes citada establece que las compañías que realizan préstamos o créditos (con o sin garantía), otorgamiento de tarjetas prepagadas, y distribución y comercialización de vehículos, entre otras actividades, están sujetas a elaborar reportes de estas acciones ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como a resguardar la información durante cinco años. Lo anterior tiene vigencia cuando las organizaciones llevan a cabo estos servicios, tanto con clientes, como con sus empleados. “Pocas empresas saben que cuentan con obligaciones similares a las del sector financiero, y el cumplimiento requiere, en realidad, un esfuerzo que no es extraordinario”, comenta Alejandro Ponce, director de la firma Consultoría en Actividades Vulnerables. Las obligaciones Desde 2012, en México existen compañías consideradas vulnerables al lavado de dinero, mismas que deben notificar las transacciones citadas en el Artículo 18, las cuales, incluso, pueden ser sujetas a revisión. Las empresas que deben tener mayor control son las del sistema financiero, pero también las que otorguen financiamientos a sus empleados a través de créditos de nómina; en este caso, se debe emitir un reporte cuando uno o la suma de varios préstamos hechos a un mismo trabajador alcancen 135,000 pesos.

De ahí que la regulación también contemple al outsourcing como actividad vulnerable. “Son empresas que típicamente no habían sido relacionadas con el lavado de dinero; sin embargo, sí representan un frente que debe cubrirse en materia de prevención”, dice Iván Aleksei Alemán, socio del despacho legal Alemán, Santiago y Asociados. La ley establece que, quienes ofrezcan servicios o productos considerados actividades vulnerables, están obligados a identificar a sus clientes y usuarios mediante la solicitud de una copia de sus credenciales o documentación oficial. También se exige el resguardo hasta por cinco años de toda la documentación de cada cliente, desde su identificación oficial, CURP y RFC, hasta los documentos soporte de cada operación. “Si bien hay acciones de gobierno para combatir el lavado de dinero, urge que los sujetos obligados al régimen de prevención sepan cómo cumplir con la ley; de otro modo, seguirá habiendo fallas, huecos y omisiones que abran la puerta al blanqueo de capitales”, explica Ponce.

No debemos proporcionar nuestros datos a personas que nos llaman por teléfono o que nos solicitan esos datos por correo electrónico muchas veces los delincuentes nos hacen creer que detectaron actividad fraudulenta en nuestras cuentas y que están llevando a cabo verificaciones de seguridad y por eso necesitan nuestros datos. Consultar nuestros estados de cuenta e identificar oportunamente y reportar actividades no reconocidas es otra buena práctica. Solicitar que los avisos de operaciones sean enviados a nuestros dispositivos móviles. No llevar a cabo operaciones bancarias en línea mientras estamos conectados a una red de acceso público.

BIBLIOGRAFIA

https://www2.deloitte.com/mx/es/pages/dnoticias/articles/prevencion-de-lavado-de- dinero.html# https://auren.com/mx/blog/sanciones-en-materia-de-prevencion-de-lavado-de- dinero-pld/ https://www2.deloitte.com/mx/es/pages/dnoticias/articles/prevencion-de-lavado-de- dinero.html#