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la parra y tortosa-2, Monografías, Ensayos de Teoría Política

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Tipo: Monografías, Ensayos

2024/2025

Subido el 29/05/2025

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Documentación Social 131 (2003)
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Violencia estructural: una
ilustración del concepto
Daniel La Parra
José María Tortosa
GEPYD, Grupo de Estudios de Paz y Desarrollo,
Universidad de Alicante
Sumario
1. Referencias bibliográficas.
RESUMEN
El término violencia estructural es aplicable en aquellas situaciones
en las que se produce un daño en la satisfacción de las necesidades
humanas básicas (supervivencia, bienestar, identidad o libertad)
como resultado de los procesos de estratificación social, es decir, sin
necesidad de formas de violencia directa. El término violencia estruc-
tural remite a la existencia de un conflicto entre dos o más grupos de
una sociedad (normalmente caracterizados en términos de género,
etnia, clase, nacionalidad, edad u otros) en el que el reparto, acceso o
posibilidad de uso de los recursos es resuelto sistemáticamente a
favor de alguna de las partes y en perjuicio de las demás, debido a
los mecanismos de estratificación social. La utilidad del término vio-
lencia estructural radica en el reconocimiento de la existencia de con-
flicto en el uso de los recursos materiales y sociales y, como tal, es útil
para entender y relacionarlo con manifestaciones de violencia direc-
ta (cuando alguno de los grupos quiere cambiar o reforzar su posi-
ción en la situación conflictiva por la vía de la fuerza) o de violencia
cultural (legitimizaciones de las otras dos formas de violencia, como,
por ejemplo, el racismo, sexismo, clasismo o eurocentrismo).
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Violencia estructural: una

ilustración del concepto

Daniel La Parra José María Tortosa GEPYD, Grupo de Estudios de Paz y Desarrollo, Universidad de Alicante

Sumario

  1. Referencias bibliográficas.

RESUMEN

El término violencia estructural es aplicable en aquellas situaciones en las que se produce un daño en la satisfacción de las necesidades humanas básicas (supervivencia, bienestar, identidad o libertad) como resultado de los procesos de estratificación social, es decir, sin necesidad de formas de violencia directa. El término violencia estruc- tural remite a la existencia de un conflicto entre dos o más grupos de una sociedad (normalmente caracterizados en términos de género, etnia, clase, nacionalidad, edad u otros) en el que el reparto, acceso o posibilidad de uso de los recursos es resuelto sistemáticamente a favor de alguna de las partes y en perjuicio de las demás, debido a los mecanismos de estratificación social. La utilidad del término vio- lencia estructural radica en el reconocimiento de la existencia de con- flicto en el uso de los recursos materiales y sociales y, como tal, es útil para entender y relacionarlo con manifestaciones de violencia direc- ta (cuando alguno de los grupos quiere cambiar o reforzar su posi- ción en la situación conflictiva por la vía de la fuerza) o de violencia cultural (legitimizaciones de las otras dos formas de violencia, como, por ejemplo, el racismo, sexismo, clasismo o eurocentrismo).

ABSTRACT

The term structural violence is applicable in those situations in which basic human needs are somehow put in danger or harmed (survival, welfare, identity or freedom) as the result of a process of social stra- tification, and not necessarily through direct violence. Structural vio- lence stems from the existence of two or more groups in society (nor- mally characterized by gender, ethnicity, social class, origin, age, etc.) in which the distribution, access or ability to use resources systema- tically favors some groups to the detriment of others, due to the mechanisms of social stratification. The utility of the term structural violence lies in the fact that by recognizing conflicts in the use of material and social resources we will better understand manifestations of direct violence (when one group wishes to change or reinforce its position in the conflict through the use of force) or cultural violence (legitimization of the other two forms of violence, through racism, sexism, classism or eurocentrism).

Daniel La Parra y José María Tortosa

rotundidad como lo es el acto individual; asesinato disfrazado e intencionado contra el que nadie puede defenderse por sí mismo (...) porque nadie ve al asesino, porque la muerte de la víctima parece natural en tanto que el delito es más por omi- sión que por comisión. Pero asesinato al fin y al cabo.» (ENGELS,

  1. [traducción de los autores].

Si hacemos caso a ENGELS existiría una forma de violencia directa, visible, con un agresor y una víctima claramente identi- ficables y en la cual el daño es infligido directamente por el agresor con ayuda o no de algún instrumento o arma, pero también se puede hablar de una forma de violencia menos directa, más difícil de visualizar, en la que no siempre es senci- llo identificar al agresor ( «la sociedad» ), o llegar a conocer a la víctima (en el caso de Zimbabwe lo que obtenemos es el dato estadístico de la esperanza de vida, pero no podemos visualizar a las víctimas) y en la que es mucho más difícil conocer los mecanismos que la explican ( «condiciones en las que no es posi- ble vivir», «la fuerza de la ley» ).

A esta forma de violencia invisible podemos denominarla violencia estructural, lo que respondería al hecho de que tiene como causa los procesos de estructuración social (desde los que se producen a escala de sistema-mundo, hasta los que se producen en el interior de las familias o en las interacciones interindividuales) y no necesita de ninguna forma de violencia directa para que tenga efectos negativos sobre las oportunida- des de supervivencia, bienestar, identidad y/o libertad de las personas (GALTUNG, 1996).

La denominación violencia estructural no es la única posi- ble. Se puede hablar igualmente de violencia sistémica, oculta- da, indirecta o institucional. Estos términos podrían ser utiliza- dos en la mayoría de los casos como sinónimos, aunque cada

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uno de ellos añade connotaciones y énfasis en elementos dife- renciados (GALTUNG, 1996; TORTOSA, 2002 y 2003; FARMER, 2003, WIEVIORKA, 1992; Shaw et al., 1987).

Otra alternativa es eliminar el término violencia y enmarcar el análisis de los efectos de privación de las necesidades humanas dentro de las explicaciones sobre la injusticia social, la desigualdad, inequidad, pobreza o exclusión social. Esta sería de hecho la pro- puesta de C.A.J. COADY, quien en Oxford Companion to Philosophy (1995) define la violencia estructural de la siguiente manera:

«Popularizada por el sociólogo noruego Johan GALTUNG, la idea de violencia estructural implica una ampliación semántica de la palabra violencia, cuyo objetivo es mostrar que su ame- naza está presente de manera institucional incluso cuando no hay violencia en el sentido literal o “amplio”. La violencia estruc- tural no involucra a actores que infligen daño mediante la fuer- za, sino que es equivalente a injusticia social. Además de su potencialidad para llevar a confusión, el problema clave con el concepto es su dudosa sugestión de una variedad de proble- mas sociales que en apariencia son bastante diferentes son en realidad la misma cosa y tendrían que ser abordados de una única manera.»

Corresponde por tanto argumentar la conveniencia del tér- mino violencia estructural. La preferencia por dicho término, frente a los términos relacionados con la injusticia social o las formas de desigualdad, que también han sido utilizados por los autores del presente artículo en otros trabajos (TORTOSA, 1993), se fundamenta en el hecho de que se gana conocimiento de las interacciones mutuas entre la violencia directa y estructural al ponerlos en relación:

a) Ambos términos son útiles para explicar un problema común. Tanto la violencia estructural como la violencia

Violencia estructural: una ilustración del concepto 3

por citar algunos. Al hablar de violencia nos situamos en el campo semántico del poder con mayor facilidad que cuando se usan términos como pobreza o desigualdad, que frecuentemente han sido abordados desde lo eco- nómico, campo éste que, por supuesto, no puede ser obviado.

d) El término violencia estructural contiene una carga valo- rativa y explicativa determinante: la deprivación se define como el resultado de un conflicto entre dos o más partes en el que el reparto, acceso o posibilidad de uso de los recursos es resuelto sistemáticamente a favor de alguna de las partes y en perjuicio de las demás. Al calificar esta situación como violenta se descarta la posibilidad de bus- car mecanismos de legitimización de la desigualdad en la insatisfacción de las necesidades. Como podría ocurrir cuando en lugar del término violencia se utiliza el térmi- no desigualdad social, ya que se abren (aunque no nece- sariamente) ventanas para la legitimización de una situa- ción en la que un grupo de personas tiene insatisfechas sus necesidades básicas. Un ejemplo de ello es el uso del «argumento basado en el incentivo», según el cual las des- igualdades son funcionales en la medida que sirven como motivación para los seres humanos, o el «argumento de la asimetría operativa», que defiende que la desigualdad en la distribución del poder dentro de cualquier organi- zación social produce más eficiencia. El término violencia estructural sirve por tanto para recordar que la eficiencia se produce en cualquier caso a costa de una forma de reparto que es sistemáticamente desfavorable para algu- nas de las partes, que esto es conflictivo y que existen motivos para pensar que la situación es impuesta por los ganadores y no es deseada por los perdedores.

Violencia estructural: una ilustración del concepto 3

Por supuesto estos argumentos no implican la idea de que los términos desigualdad o injusticia social deban ser sustitui- dos por el término violencia estructural. Lo que indican más bien es que la conceptuación, en términos de violencia, de la insatisfacción de necesidades humanas tiene una utilidad analí- tica de gran aplicabilidad al menos cuando los objetivos de la investigación se muevan dentro de los campos que se acaban de exponer (insatisfacción de necesidades, explicación de la vio- lencia directa, mecanismos de poder social, criticismo de las descripciones legitimadoras de la desigualdad).

Pero definir un fenómeno o enunciar un concepto no es suficiente para demostrar su existencia o relevancia en la expli- cación de la vida de las personas. Sería igualmente necesario describir sus manifestaciones y tratar de explicarlas. En el caso de la violencia estructural podemos encontrar manifestaciones de la misma en los distintos niveles (analíticos) de interacción social. Desde el nivel intergrupal hasta el del sistema mundial. La mayoría de los conflictos registrados en las relaciones entre hombres y mujeres, grupos étnicos, clases sociales, países o cualquier otro tipo de actor social o agrupación de éstos, se caracterizan por niveles relativamente bajos de violencia directa, aunque no de desigualdad manifiesta.

Si tomamos el ejemplo de las desigualdades entre mujeres y hombres observamos situaciones de menor salario a igual traba- jo, acceso a peores trabajos por parte de las mujeres, menos opciones para ellas de construir una carrera profesional ascen- dente, para desarrollar su sexualidad o sencillamente pasear en la noche o de recibir y sentir reconocimiento en las relaciones afec- tivas. Tal y como se argumenta estas situaciones pueden lograr- se con bajos niveles de violencia directa. El tipo de relación pre- dominante no es el acto violento concreto (por muy frecuente

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entre ambos países sería difícilmente explicable en términos de violencia estructural. No es evidente ni claro que entre ambos países existan muchos vínculos económicos, políticos o cultura- les. Por tanto, es aún menos claro que exista entre ambos paí- ses ningún tipo de configuración conflictiva según la cual Espa- ña se vea sistemáticamente beneficiada en la distribución de los recursos en juego entre ambos países y que eso a la postre se convierta en una menor esperanza de vida para el país africano.

Pero ¿y si no se tratara directamente de una cuestión de países? Si vamos hacia atrás en el tiempo la situación en la que se encuen- tra actualmente Zimbabwe se puede relacionar con la transforma- ción en las configuraciones económicas y de poder que se inician con la colonización de América por un Reino que ni siquiera se lla- maba España en aquel momento. La pauta de poder así iniciada acaba expandiéndose a lo largo de estos 500 años a África y Asia, tal y como explica Immanuel WALLERSTEIN (1974-1989). Los Estados hegemónicos que van aprovechando el proceso se empiezan a lla- mar Francia, Holanda, Inglaterra, Alemania o Estados Unidos, entre otros, o quizá habría que hablar en lugar de países y de forma más abstracta (o más concreta, según se mire) de un control del proce- so por parte de unos grupos comerciales, industriales, financieros y armados concentrados en la Europa atlántica (lo que olvidando la geografía, pero no la construcción occidental de la idea de «raza», incluye a Estados Unidos o Australia).

El tipo de estructura económica y de hegemonía que se gene- ra en el sistema mundial tendría de hecho una capacidad explica- tiva muy alta de las pautas epidemiológicas de lugares como Espa- ña y Zimbabwe. Por ejemplo, la distribución, históricamente con- formada, de la producción internacional de bienes y servicios hace que diferentes recursos materiales (agua potable, saneamiento, sis- tema de salud, viviendas, acceso a la energía...) de gran utilidad para la protección de la salud sean más frecuentes en marcos geo-

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gráficos como España que en Zimbabwe. Valga como detalle el siguiente dato: en 1992 se calculaba que menos del 10% del gasto mundial en investigación médica se dedicó a lo que supone el 90% del volumen mundial de enfermedades (PNUD, 2002).

Sin mirar atrás en el tiempo podemos obtener otra pincelada de este cuadro observando la dinámica de creación de las reglas del juego con las que deben participar lo que todavía seguimos llamando España y Zimbabwe. Una de las instituciones que defi- nen las reglas de juego es la Organización Mundial de Comercio (OMC). Las reglas que surgen en este tipo de acuerdos se con- vierten en importantes condicionantes para las posibilidades de incrementar la esperanza de vida de países como Zimbabwe.

Los acuerdos generales sobre comercio ya son una impor- tante barrera a la producción si se tienen en cuenta las «venta- jas» comparativas de Zimbabwe. Una de esas barreras se obser- va al examinar el caso específico del Acuerdo sobre los Dere- chos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC (ADPIC, en inglés, TRIPS). Este tipo de acuerdos dificul- ta la posibilidad de que países como Zimbabwe, en los que se estima que al menos una de cada cuatro personas está infecta- da por el VIH/SIDA, tengan la opción de producir medicamen- tos anti-retrovirales, con grandes efectos en la esperanza y cali- dad de vida, a coste de unos 350 dólares anuales por trata- miento en lugar de los varios miles de dólares que pueden lle- gar a costar comprar los productos equivalentes de las grandes farmacéuticas extranjeras, dándose además la paradoja que en las partes experimentales del desarrollo de esos fármacos se utilizó a la población de África con frecuencia.

Sin embargo, en 1998 el Ministro de Salud de Zimbabwe pre- sentó una resolución ante el Directorio Ejecutivo de la Organiza- ción Mundial de la Salud (OMS) proponiendo garantizar que la

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sos en la igualdad entre niños y niñas en la escolarización pri- maria y secundaria, un empeoramiento de las tasas de mortali- dad infantil, que amplía la distancia en ese indicador entre ricos y pobres, además de importantes aumentos en las tasas de pobreza. Todos estos procesos nos llevan de nuevo a abando- nar la explicación en términos de países.

Dentro de cada país existen grupos sociales que se benefician de una dinámica de incremento de la desigualdad con o sin apoyo del aparato institucional del Estado o del poder económico y la caída resultante en las condiciones de vida se traduce en menores esperanza medias de vida. En términos relativos, en lugares como España, esos fenómenos serían más tenues y eso explica que como media su población presente una mayor esperanza de vida.

Se podrían apuntar otro tipo de procesos para desarrollar este ejemplo: las implicaciones de la protección arancelaria de la Unión Europea, las políticas de los Estados vecinos y las anti- guas metrópolis, las acciones y políticas de instituciones como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional o cual- quiera de las dinámicas en las que de forma indirecta o directa están participando en la configuración de las oportunidades vitales de las dos poblaciones comparadas. De todas ellas se deduce que las relaciones económicas, políticas, militares o cul- turales que se van configurando en la escala del sistema mun- dial y por tanto en la escala local sirven para estructurar el acce- so a los recursos y que esto se traduce en formas involuntarias de privación de las necesidades humanas más básicas (por muy relativistas que seamos se puede reconocer que el deseo de vivir más años es bastante universal).

La argumentación desarrollada sirve para extraer, a modo de conclusión, algunas ideas principales sobre el concepto de violencia estructural:

Violencia estructural: una ilustración del concepto 3

a) Se refiere al daño potencialmente evitable en el que a pesar de que no existe un actor identificable que provo- ca la violencia, éste es explicable a partir de estructuras sociales que producen distribuciones inequitativas del poder y de los recursos (WEIGERT, 1999).

b) El daño al que se hace referencia se produce en las per- sonas y más concretamente en la satisfacción de sus necesidades humanas básicas. En la argumentación se ha hablado fundamentalmente de daños en términos de vida, pero también se podría hablar de daños en térmi- nos de privación de libertad, de aculturación u otros.

c) El componente estructural implica que esta forma de vio- lencia está embebida en las estructuras sociales. Dichas estructuras sociales no son observables directamente, sino que se pueden llegar a explicar y comprender única- mente a partir de abstracciones. Ello implica que la labor de identificación de las situaciones de violencia estructu- ral necesita un trabajo complejo de investigación de la realidad social, el cual estará sometido a procesos inter- pretativos múltiples en función de los marcos teóricos de referencia, las aproximaciones empíricas adoptadas y los esquemas valorativos de los investigadores. En cualquier caso las categorías tradicionales de análisis en las cien- cias sociales (ej., el concepto de país, clase, género, etnia u otros) han de ser revisados para dar una mejor cuenta de estos procesos sociales.

d) La violencia estructural no es la única forma de violencia posible, ni siquiera tiene que ser la más relevante o prio- ritaria en ciertos contextos sociales. Existe de igual modo la violencia directa y la violencia cultural, que aquí no ha sido tratada, pero que hace referencia a las legitimizacio-

Daniel La Parra y José María Tortosa

SHAW, John W.; NORDLIE, Peter G.; SHAPIRO, Richard M. (eds): Strategies for improving race relations. The anglo-american experience. Man- chester: Manchester University Press, 1987.

TORTOSA, José María: La pobreza capitalista : sociedad, empobrecimien- to e intervención. Madrid: Tecnos, 1993.

El largo camino. De la violencia a la paz. Alicante: Publicaciones de la Universidad de Alicante, 2001.

— Violencias ocultadas. Quito: Abya-Yala, ILDIS, CESPLA, 2003.

WALLERSTEIN, Immanuel M.: The Modern World-System I, II and III. Nueva York: Academic Press, 1974-1989.

WEIGERT, Kathleen Maas: Encyclopedia of Violence, Peace and Conflict , vol. 3, Lester A. KURTZ (ed.). San Diego: Academic Press, 1999, págs. 431-440.

WIEVIORKA, Michel: El espacio del racismo. Barcelona: Paidós, 1992.

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