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Introducción al Iuspositivismo: Origen, Concepto y Características, Ejercicios de Derecho

Este documento ofrece una introducción al iuspositivismo, una corriente filosófica del derecho que se basa en separar y diferenciar el derecho y la moral. Aprende el origen etimológico de la palabra, sus características básicas y las diferencias entre el derecho y la moral según esta doctrina. Además, se mencionan las escuelas jurídicas que conforman el iuspositivismo y algunos de sus autores clave.

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 23/09/2022

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Materia:
Introducción al Derecho
Licenciatura:
Derecho
Alumno:
Pablo Cesar Luna Plascencia
Tarea:
Iuspositivismo escuelas y autores
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¡Descarga Introducción al Iuspositivismo: Origen, Concepto y Características y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity!

Materia:

Introducción al Derecho

Licenciatura:

Derecho

Alumno:

Pablo Cesar Luna Plascencia

Tarea:

Iuspositivismo escuelas y autores

Iuspositivismo

Origen etimológico:

Palabra que deriva del latín. Resultado de la suma de varios componentes léxicos de dicha lengua: El sustantivo ius , que puede traducirse como “ley” o “derecho”. La palabra positivus , que es equivalente a “puesto explícitamente”. El sufijo - ismo , que se usa para indicar “doctrina”. Concepto de iuspositivismo:

Se conoce como iuspositivismo o positivismo jurídico a la corriente filosófica del área jurídica que se basa en separar y diferenciar los términos derecho y moral, por considerar que no existe un vínculo entre ambos

En este sentido, el iuspositivismo no realiza ningún tipo de interpretación moral sobre las leyes o normas, y tampoco les otorga un valor social o moral. Lo que importa es la ley como tal sin sumarle interpretación alguna, mucho menos si es de tendencia metafísica.

Desde el iuspositivismo todas las normas o leyes son objetivas y válidas, más allá de que sean consideradas justas o injustas, ya que han sido creadas para implantar orden y disciplina en la sociedad para generar el bienestar general.

Características

Es importante recordar el que iuspositivismo está conformado por diversas escuelas jurídicas que le dan forma y que por lo tanto hablar de características a secas es complejo; sin embargo, podemos señalar que para identificar estas escuelas es común encontrar las siguientes características:

 El rechazo o desestimación de las teorías metafísicas dentro del derecho.  La desvinculación del derecho valido y el derecho justo.  El iuspositivismo busca la valoración del Estado como fuente del derecho valido.  La aceptación del monismo jurídico.  Busca la reivindicación de la palabra escrita.  La exaltación de la certeza jurídica.  Se suele vincular a estados totalitarios.

El derecho y la moral

Para el iuspositivismo, no hay una interpretación moral ni una consideración acerca de lo justo o injusto al aplicar una norma. Lo importante es la norma en sí misma, establecida por el ser humano en relación directa con ciertos fenómenos sociales.

de personas al organizarse en sociedades complejas crean un estado representativo (estatalismo), para que finalmente ese proceso demuestra que las leyes están al mando de la soberanía del conjunto de individuos integrados en un estado. La escuela alemana (escuela surgida en Alemania el siglo XIX de carácter pedagógico y científico) frente al positivismo jurídico señala.

 Para construir el derecho es necesario conocer la historia de cada pueblo, para conocer el espíritu del pueblo y que este se vea reflejado en su cuerpo normativo.  Para integrar las normas es necesario escuchar a los juristas expertos o llamados profesores científicos.  El derecho está concebido como una unidad lógico-formal y plena.  El derecho desde la base científica se puede construir de lo general a lo particular y puede ser estudiado de forma lógica y ordenada.

La escuela francesa (no exegética) referente al iuspositivismo se caracteriza por lo siguiente:

 Plantea un desencanto con el formalismo. Propicia el relativismo jurídico.  Se alejan del legicentrismo y le otorgan al juez capacidad interpretativa, aunque limitada.  Para construir el derecho se debe observar la teoría del estado.

Se identifica a la escuela inglesa como positivista por algunas características propias del sistema jurídico en el que se desarrolla, y tiene como características las siguientes:

 Entre los autores del iuspositivismo ingles se encuentra Edwad Coke, William Blackstone y Matthew Hale.  La validez de la norma no depende de la voluntad del juzgador, sino en valores que se manifiestan en la historia que se vinculan a las sentencias de otros jueces. creando un sistema de precedentes.  Existen criterios prexistentes que el juez debe aplicar por analogía.  La norma es establecida por y para el juez, de tal modo que el gobernado debe hacer un razonamiento de predictibilidad de su conducta.  La voluntad guía la conducta, por lo tanto el derecho puede ser explicado racionalmente, como un dialogo de voluntades, que poco a poco crean racionalmente ideas, creencias y generalizaciones, que construyen al derecho.  Como característica general del iuspositivismo, la escuela inglesa también separa al derecho de la moral.

Autores iuspositivistas

 Hans Kelsen  Hart  Jeremy Brentham  Fioravanti Maurizio  Savigny  William Blackstone  Edwad Cok

Bibliografía:

https://www.significados.com/iuspositivismo/

https://definicion.de/iuspositivismo/

https://aprendederecho.com/introduccion-al-estudio-del-derecho/iuspositivismo/