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Introducción al Derecho del Trabajo, Apuntes de Derecho y Religión en Europa

Introducción al Derecho del Trabajo

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 11/08/2021

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M10. U2. S5. Actividad 1. Metodología en la repartición de utilidades.
Estudiante: Fernando Avila Castro. Matrícula: ES162000250 Escuela: UnADM. Programa educativo:
Licenciatura en Derecho. Nivel: Licenciatura. Módulo 10: Relaciones individuales de trabajo.
Unidad 2: Condiciones y relaciones individuales de trabajo. Sesión 5: Derechos y obligaciones de
los trabajadores y patrones. Actividad 1: Metodología en la repartición de utilidades. Docente: Lic.
Mauricio Sosa Gómez Fecha: 12 de febrero del 2018
Desarrollo SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS 2017 (SAT, 2017)
PRINCPIOS GENERALES
PLAZOS ESTABLECIDOS PARA EL PAGO DE UTILIDADES
Objetivos. Fundamento legal. Sujetos a repartir utilidades a sus trabajadores. Sujetos exentos de
repartir utilidades a sus trabajadores. Trabajadores con derecho a participar en las utilidades.
Trabajadores considerados en servicio activo. Personas excluidas del reparto de utilidades. Renta
gravable base del reparto.
como
Porcentaje por aplicar como participación de utilidades.
Protección a las cantidades recibidas por concepto de utilidades. Descuentos permitidos a las
utilidades. Plazos para el cobro de las utilidades. Plazos legales para efectos de participación de
utilidades.
INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FACULTADES DE LA COMISIÓN MIXTA DE PARTICIPACIÓN DE
UTILIDADES
Funciones.
PROCEDIEMIENTO PARA FORMULAR EL PROYECTO DE REPARTO DE UTILIDADES
Proyecto de reparto de utilidades
Obligaciones. Información que se debe proporcionar a la Comisión Mixta. Bases para calcular la
participación de los trabajadores. Inconformidades de los trabajadores con el proyecto individual
de utilidades.
Proyecto de reparto de utilidades de los trabajadores de la empresa X por el ejercicio fiscal
correspondiente. Procedimiento de reparto individual de utilidades.
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M10. U2. S5. Actividad 1. Metodología en la repartición de utilidades. Estudiante: Fernando Avila Castro. Matrícula: ES162000250 Escuela: UnADM. Programa educativo: Licenciatura en Derecho. Nivel: Licenciatura. Módulo 10: Relaciones individuales de trabajo. Unidad 2: Condiciones y relaciones individuales de trabajo. Sesión 5: Derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones. Actividad 1: Metodología en la repartición de utilidades. Docente: Lic. Mauricio Sosa Gómez Fecha: 12 de febrero del 2018 Desarrollo SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS 2017 (SAT, 2017) PRINCPIOS GENERALES PLAZOS ESTABLECIDOS PARA EL PAGO DE UTILIDADES Objetivos. Fundamento legal. Sujetos a repartir utilidades a sus trabajadores. Sujetos exentos de repartir utilidades a sus trabajadores. Trabajadores con derecho a participar en las utilidades. Trabajadores considerados en servicio activo. Personas excluidas del reparto de utilidades. Renta gravable base del reparto. como Porcentaje por aplicar como participación de utilidades. Protección a las cantidades recibidas por concepto de utilidades. Descuentos permitidos a las utilidades. Plazos para el cobro de las utilidades. Plazos legales para efectos de participación de utilidades. INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FACULTADES DE LA COMISIÓN MIXTA DE PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES Funciones. PROCEDIEMIENTO PARA FORMULAR EL PROYECTO DE REPARTO DE UTILIDADES Proyecto de reparto de utilidades Obligaciones. Información que se debe proporcionar a la Comisión Mixta. Bases para calcular la participación de los trabajadores. Inconformidades de los trabajadores con el proyecto individual de utilidades. Proyecto de reparto de utilidades de los trabajadores de la empresa X por el ejercicio fiscal correspondiente. Procedimiento de reparto individual de utilidades.

PROCEDIEMIENTO PARA PRESENTAR EL ESCRITO DE OBJECIONES

Derecho de información de los trabajadores. Declaración complementaria Objeción a la Declaración Anual. Naturaleza escrito objeciones. del de RESOLUCIONES EMITIDAS POR LAS AUTORIDADES FISCALES Resoluciones derivadas del escrito de objeciones. Resoluciones emitidas que no derivan del escrito de objeciones. Dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Procedimiento y requisitos para presentar el escrito de objeciones. Dictadas por entidades federativas. Entrega de la copia de la declaración. Caso en que se suspende el pago adicional de utilidades. Requisitos de tiempo y forma para la presentación. las Efecto del incumplimiento en el pago de utilidades a los trabajadores. Sanciones por incumplimiento en el pago de utilidades. ASPECTOS IMPORTANTES DE LA DECLARACIÓN DEL EJERCICIO Personas morales. RENGLONES O PARTIDAS DE LA DECLARACIÓN DEL EJERCICIO Ingresos. CÁLCULO DEL IMPUESTO APLICABLE A LA PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES Utilidades gravadas. no Gastos. Procedimiento para el cálculo del impuesto (art. 174 del Reglamento de la Ley del ISR).

https://resuelvetudeuda.com/blog/administracion-financiera/reparto-de-utilidades-y-como-se- calculan-2020/ Reparto de utilidades y cómo se calculan (2021) Muchos esperan el reparto de utilidades 2019 , así como lo hacen con el aguinaldo en diciembre. Sin embargo, generalmente se desconocen los detalles de cómo se calculan, quiénes tienen derecho a recibirlo o qué se puede aprovechar mejor este dinero. Por ello, es importante que tengas toda la información tanto para asegurar que recibirás el pago en el periodo que te corresponde, como para detectar si tu empresa evade esta prestación. Pero primero... ¿Qué es el Reparto de Utilidades? También conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) , es un derecho constitucional que tienen los empleados para recibir una parte de las ganancias que logra una empresa o patrón. Dependiendo de algunos criterios que veremos más adelante, se puede determinar si el lugar donde trabajas califica para la entrega de utilidades o no Además, te enseñaremos cómo calcular lo que te corresponde en utilidades, cuándo se deben depositar en tu cuenta y qué hacer en caso de no ser recibir el pago de utilidades. ¿Por qué se hace el reparto de utilidades? Toda empresa que declara ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ganancias netas por arriba de los 300 mil pesos, está obligada a repartir utilidades a sus trabajadores. De acuerdo con la autoridad fiscal, el reparto de utilidades, además de ser un reconocimiento a la labor de los empleados, impulsa la productividad como resultado del trabajo en equipo. Tanto trabajadores como empresarios se unen bajo el objetivo de alcanzar una prosperidad común. ¿Cuál es el fundamento legal del Reparto de Utilidades? En caso de que quieras revisar el sustento legal que respalda esta prestación lo podrás encontrar en las siguientes fuentes:  Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sección A, IX.  Artículos del 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo.  Publicación del Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 1996. ¿Qué empresas deben realizar el Reparto de Utilidades? Aunque el reparto de utilidades es un derecho constitucional, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece ciertas características bajo las cuales una empresa puede estar exenta de realizar el

pago a sus trabajadores. Por lo tanto, si el lugar donde laboras cumple con uno de los siguientes puntos, no es obligatorio cumplir con el PTU.  Se encuentra en su primer año de funcionamiento.  Ha creado un producto nuevo en el mercado y se ubica en sus primeros dos años de operación.  Es una empresa de la industria extractiva en la etapa de exploración. En cuanto realice la primera extracción se verá obligada a declarar impuestos.  Es una institución sin propósitos de lucro y descentralizadas.  Es una empresa que obtuvo una ganancia neta anual menor a los 300 mil pesos. ¿El Reparto de Utilidades es para todos los trabajadores? Si el lugar en donde laboras no coincide con las características anteriores, entonces tú y el resto de los empleados tienen derecho al reparto de utilidades. Sin embargo, existen términos y condiciones para establecer si por tus actividades o antigüedad eres candidato para recibirlo este año. Se toman en cuenta los siguientes puntos:  Para los trabajadores de planta Recibirán utilidades quienes tienen un contrato indefinido en la empresa, sin importar el número de días que llevan contratados.  Cuando se trata de trabajadores eventuales Se les otorgan utilidades siempre y cuando hayan laborado mínimo 60 días en un solo ejercicio fiscal (ejercicio fiscal se divide en períodos contables mensuales o trimestrales).Para los ex trabajadores de planta Ya sea que fueron despedidos o que hayan renunciado voluntariamente, tienen derecho a recibir utilidades de acuerdo al número de días laborados durante el año fiscal (un año fiscal inicia el 1° de enero y termina el 31 de diciembre).  Si se trata de ex trabajadores eventuales Ya sea que fueron despedidos o que hayan renunciado voluntariamente y que el tiempo laborado fue cuando menos de 60 días de manera continua o discontinua.  Riesgo de trabajo Si durante el año pasado se tuvo algún percance que fue calificado y generó una incapacidad, o bien por períodos pre y post-natales, entonces no afecta el total del monto que recibirás como utilidad. Pero si la incapacidad temporal no calificó como riesgo de trabajo, entonces no serán considerados como días efectivamente laborados. ¿Quiénes no recibirán el Reparto de Utilidades?

Tal vez no se liquida la deuda por completo, pero verás que a futuro esa ayudadita tendrá mucho sentido para tus finanzas.  Prepárate para días de austeridad y compra despensa Cuida que sean únicamente productos NO perecederos, para que puedan mantenerse guardados. Aprovecha los clubes de precios, la idea es que con este abastecimiento extra, tu despensa no esté nunca vacía.  Repara tu casa, auto o cualquier bien que necesite atención Recuerda que más vale poner atención ahora que solo son reparaciones pequeñas.  Invierte en tu educación o en la de tus hijos Pagar un curso en línea no es mala idea, sobre todo si te brindan una certificación. También puedes comprar libros interesantes para ti o tus pequeños. Aumentar la lectura en México es todo un reto, sé parte de él.  Emprende o invierte tu dinero No vas a lanzar un negocio así nada más, pero sí puedes construir las bases. Por ejemplo, aprovecha este dinero para invertir, existen plataformas como La Tasa que ofrece rendimientos mejores a la banca. Si te inclinas por emprender, es un excelente momento para contratar un servicio de contabilidad digital que te ayude a comenzar con el pie derecho. Ahora que conoces la información más indispensable sobre el Reparto de Utilidades, ya puedes evaluar cuál es tu estatus como trabajador, así como el de tu empresa, y actuar en caso de que tus derechos no se cumplan. ACTUALIZACIÓN 2020 Sobre el reparto de utilidades de 2020, ¿cuándo debo recibirlas? ¿cómo se calcula el reparto de utilidades 2020? ¿reparto de utilidades coronavirus? ¿Qué hacer en caso de no recibirlas? ¿Habrá reparto de utilidades 2020 por Coronavirus? Recuerda que el reparto de utilidades son de las ganancias de 2019, por lo que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) anunció que este año no pararán el reparto de utilidades. ¿Cuál es la fecha máxima para recibir pago de las Utilidades? Según el comunicado de la PROFEDET, el plazo máximo para recibirlas es el 30 mayo para trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), Y los que trabajar para una persona física (patrón), tienen que recibir el pago el 29 de junio. ¿Qué hacer si no recibo reparto de utilidades 2020?

Puedes hacer un reclamo de utilidades con la conciliadora que pone a tu disposición la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador, en sus diferentes canales: 800 71 72 942 y 800 911 78 77 o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx Relaciones individuales de trabajo. Derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones. Unidad 2, Actividad integradora S5. Profesor: Lic. Keiko Alejandra Casillas De La Vega. Alumno: José Rubén Morales Solorio. Agosto 19. Introducción: En las sesiones anteriores hemos trabajado con el conocimiento de los derechos y las obligaciones de los trabajadores y los patrones, ahora vamos a analizar el reparto de utilidades PTU (Participación del Trabajador en las Utilidades de la empresa), desde su fundamentación jurídica, hasta la metodología que se utiliza para calcular el monto de este derecho del trabajador. Desarrollo:

  1. Ingresa al sitio oficial del Servicio de Administración Tributaria. Localiza y revisa el manual que el sitio facilita para reparto de utilidades y sintetiza la metodología elaborando un esquema. Antes de conocer cómo se determina el cálculo de PTU, debes saber que el porcentaje que le corresponde a los trabajadores por su participación en las utilidades es del 10%. (www.nomilinea.mx, 2018)

Realiza el cálculo correspondiente, basándote en el manual metodológico de la actividad anterior y fundamentando con la Ley Federal del Trabajo.

  1. Actividad integradora Ahora que sabes cómo resolver esta prestación, es momento de solucionar un caso en el que indiques los derechos y obligaciones del patrón y el trabajador, señalando las prestaciones del trabajador de acuerdo con lo que establece la ley de la materia, determinando además la cantidad que le corresponde de utilidades de la empresa en donde labora. Caso. El Banco del Valle obtuvo utilidades por $50,000,000.00 durante el ejercicio 2018. Tuvo gastos e inversiones por treinta millones de pesos en el mismo periodo de tiempo. Fernanda Arellano Colón laboró durante la totalidad de ese ejercicio fiscal, con el puesto operativo más alto, recibiendo un salario anual de $168,000.00 ella es una de las 1000 personas que laboran en el mencionado Banco. Es de resaltar que estuvo de incapacidad por maternidad. La trabajadora Fernanda Arellano Colón tiene derecho a lo siguiente: · Jornada de trabajo de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 60 de la Ley Federal del Trabajo) · Días de descanso de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 690 al 75 de la Ley Federal del Trabajo) · Vacaciones de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo) · Prima vacacional de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo) · Aguinaldo de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo) · Utilidades de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo) · Salario de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo) incluyendo los días considerados para su maternidad · Capacitación y adiestramiento de acuerdo con lo que marca la ley (artículo 153-A de la Ley Federal del Trabajo)

Obligaciones del patrón: “Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones: I.- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos. II.- Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento. III.- Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquéllos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo. IV.- Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, siempre que deban permanecer en el lugar en que prestan los servicios, sin que sea lícito al patrón retenerlos a título de indemnización, garantía o cualquier otro. El registro de instrumentos o útiles de trabajo deberá hacerse siempre que el trabajador lo solicite. V.- Mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos. La misma disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo. VI.- Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato de palabra o de obra. VII.- Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido. VIII.- Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios. IX.- Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, a que se refiere el artículo 5o., de la Constitución, cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo. X.- Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o del Estado, siempre que avisen con la oportunidad debida y que el número de trabajadores comisionados no sea tal que perjudique la buena marcha del establecimiento. El tiempo perdido podrá descontarse al trabajador a no ser que lo compense con un tiempo igual de trabajo efectivo. Cuando la comisión sea de carácter permanente, el trabajador o trabajadores podrán volver al puesto que ocupaban, conservando todos sus derechos, siempre y cuando regresen a su trabajo dentro del término de seis años. Los substitutos tendrán el carácter de interinos, considerándolos como de planta después de seis años.

XI.- Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse. XII.- Establecer y sostener las escuelas Artículo 123 Constitucional, de conformidad con lo que dispongan las leyes y la Secretaría de Educación Pública. XIII.- Colaborar con las Autoridades del Trabajo y de Educación, de conformidad con las leyes y reglamentos, a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores. XIV.- Hacer por su cuenta, cuando empleen más de cien y menos de mil trabajadores, los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios técnicos, industriales o prácticos, en centros especiales, nacionales o extranjeros, de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de éstos, designado en atención a sus aptitudes, cualidades y dedicación, por los mismos trabajadores y el patrón. Cuando tengan a su servicio más de mil trabajadores deberán sostener tres becarios en las condiciones señaladas. El patrón sólo podrá cancelar la beca cuando sea reprobado el becario en el curso de un año o cuando observe mala conducta; pero en esos casos será substituido por otro. Los becarios que hayan terminado sus estudios deberán prestar sus servicios al patrón que los hubiese becado, durante un año, por lo menos. XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, en los términos del Capítulo III Bis de este Título. XVI. Instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales. Asimismo, deberán adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral. XVI Bis. Contar, en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad. XVII. Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios. XVIII. Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa; asimismo, se deberá difundir a los trabajadores la información sobre los riesgos y peligros a los que están expuestos. XIX.- Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilácticos que determine la autoridad sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales o endémicas, o cuando exista peligro de epidemia. XIX Bis. Cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, así como proporcionar a sus trabajadores los elementos que señale dicha autoridad, para prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia sanitaria.

XXIX Bis.- Otorgar las facilidades conducentes a los trabajadores respecto de las licencias expedidas por el Instituto según lo establece el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social. XXX. Entregar a sus trabajadores de manera gratuita un ejemplar impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión dentro de los quince días siguientes a que dicho contrato sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; esta obligación se podrá acreditar con la firma de recibido del trabajador.

Legislación: Online Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados, México, última Reforma 02 de julio de 2019, consultado el 09 de julio de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf Online Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados, México, última Reforma 06 de junio de 2019, consultado el 09 de julio de 2019, recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060619.pdf Referencias: Online Diputados, C. d. (2019). http://www.diputados.gob.mx/. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf www.nomilinea.mx. (2018). https://www.nomilinea.mx. Obtenido de https://www.nomilinea.mx/portal/mssn/portal/descargas/reparto_utilidades.pdf http://rubenmoralessolorio.blogspot.com/2020/04/