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indemnización por lesiones personales, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Penal

procedimiento y tratamiento para ser indemnizado por lesiones personales

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 14/04/2021

ValeriaM97sk
ValeriaM97sk 🇨🇴

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Bogotá D.C 4/03/2021
Señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ ESTUPIÑAN
Ref. CONCEPTO JURIDICO
Apreciado señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ ESTUPIÑAN
Teniendo en cuenta la consulta realizada por usted el día 26 de febrero del presente año, por
el cual solicita asesoría técnica para el procedimiento de indemnización por lesiones
personales de hechos ocurridos el 24 de enero del año 2021.
La normatividad expresa lo siguiente:
A partir de los hechos por usted relatados y de los cuales fue victima de lesiones personales
por accidente automovilístico el cual se encuentra establecido en el artículo 111 del código
penal, por el cual sobre su salud y cuerpo se causaron daños antijuridicos que no tiene por
qué soportar, el daño mencionado ocasiono una incapacidad para trabajar superior a 30 días
adicional a ello consiste en una deformidad física ya que a raíz del accidente se encuentra
una cicatriz entre hombro izquierdo y pecho la cual es evidente y visible en vida cotidiana de
igual manera el hombro izquierdo cuenta con perdida funcional del 50% la cual está siendo
tratada por terapias médicas. Todo lo anterior se encuentra establecido en el articulo 112,
113, 114 del código penal por los cuales se trata la incapacidad para trabajar o enfermedad,
deformidad física y perturbación funcional causados por lesiones personales. Es por ello que
una vez el fiscal acuse y el juez impute el delito de Lesiones personales usted tendrá derecho
a que le sean indemnizados los daños causados conforme los menciona el articulo 94,95,96
y 97 del código penal y a que tenga debida reparación integral conforme a los artículos 102
y 103 del código de procedimiento civil.
Teniendo en cuenta la denuncia puesta por usted el día 18 de febrero del año 2021, puesta
después de 24 días de la ocurrencia del siniestro es decir en términos aun para interponerla,
la cual fue radicada en la fiscalía Local 309 de puente Aranda procede contactar la Fiscalía a
través de la dirección suministrada por ellos, cuenta con la posibilidad de acercarse de manera
física para continuar el tramite de la presente denuncia y hacer el trámite de recolección de
pruebas para que así el Fiscal pueda acusar a el victimario del delito de lesiones personales
del cual usted es victima
Atentamente,
_______________________
LUISA VALENTINA MACIAS NIETO
C.C. No.1193428112 Expedida en Bogotá
Código 2113884
Practicante Adscrito al Consultorio Jurídico
Universidad Católica de Colombia.

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Bogotá D.C 4/03/ Señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ ESTUPIÑAN Ref. CONCEPTO JURIDICO Apreciado señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ ESTUPIÑAN Teniendo en cuenta la consulta realizada por usted el día 26 de febrero del presente año, por el cual solicita asesoría técnica para el procedimiento de indemnización por lesiones personales de hechos ocurridos el 24 de enero del año 2021. La normatividad expresa lo siguiente: A partir de los hechos por usted relatados y de los cuales fue victima de lesiones personales por accidente automovilístico el cual se encuentra establecido en el artículo 111 del código penal, por el cual sobre su salud y cuerpo se causaron daños antijuridicos que no tiene por qué soportar, el daño mencionado ocasiono una incapacidad para trabajar superior a 30 días adicional a ello consiste en una deformidad física ya que a raíz del accidente se encuentra una cicatriz entre hombro izquierdo y pecho la cual es evidente y visible en vida cotidiana de igual manera el hombro izquierdo cuenta con perdida funcional del 50% la cual está siendo tratada por terapias médicas. Todo lo anterior se encuentra establecido en el articulo 112, 113, 114 del código penal por los cuales se trata la incapacidad para trabajar o enfermedad, deformidad física y perturbación funcional causados por lesiones personales. Es por ello que una vez el fiscal acuse y el juez impute el delito de Lesiones personales usted tendrá derecho a que le sean indemnizados los daños causados conforme los menciona el articulo 94,95, y 97 del código penal y a que tenga debida reparación integral conforme a los artículos 102 y 103 del código de procedimiento civil. Teniendo en cuenta la denuncia puesta por usted el día 18 de febrero del año 2021, puesta después de 24 días de la ocurrencia del siniestro es decir en términos aun para interponerla, la cual fue radicada en la fiscalía Local 309 de puente Aranda procede contactar la Fiscalía a través de la dirección suministrada por ellos, cuenta con la posibilidad de acercarse de manera física para continuar el tramite de la presente denuncia y hacer el trámite de recolección de pruebas para que así el Fiscal pueda acusar a el victimario del delito de lesiones personales del cual usted es victima Atentamente,


LUISA VALENTINA MACIAS NIETO C.C. No.1193428112 Expedida en Bogotá Código 2113884 Practicante Adscrito al Consultorio Jurídico Universidad Católica de Colombia.