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Incumplimiento de Acuerdos en Procesos de Omisión a la Asistencia Familiar - Prof. Ortega, Apuntes de Derecho Mercantil

Este documento analiza las causas del incumplimiento de los acuerdos en la ejecución del principio de oportunidad en los procesos de omisión a la asistencia familiar en el distrito judicial del santa. Examina la aplicación del principio de oportunidad a nivel del derecho comparado y los factores económicos y sociales que influyen en el incumplimiento del principio de oportunidad por parte del obligado. El estudio busca determinar las causas de este incumplimiento y proponer mejoras en la aplicación de las normas penales sustantivas y procesales, así como en la política criminal del estado. El documento aborda temas relacionados con el derecho constitucional, civil y penal en torno a la obligación alimentaria, y analiza la regulación de los alimentos en el ámbito internacional a través de tratados y declaraciones.

Tipo: Apuntes

2010/2011

Subido el 07/05/2023

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Causas para el Incumplimiento de los Acuerdos en
Ejecución del Principio de Oportunidad en los Procesos de
Omisión a la Asistencia Familiar en el Distrito Judicial del
Santa
TEMA:
TESIS PARA OBTENER EL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO
AUTORES:
Br. Ramírez Quevedo, Denis Duay (0000-0002-6661-3104)
Br. Villaroel Marchena, Diana Margot (0000-0001-7973-272X)
FACULTAD DE DERECHO Y HUMANIDADES
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
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¡Descarga Incumplimiento de Acuerdos en Procesos de Omisión a la Asistencia Familiar - Prof. Ortega y más Apuntes en PDF de Derecho Mercantil solo en Docsity!

Causas para el Incumplimiento de los Acuerdos en

Ejecución del Principio de Oportunidad en los Procesos de

Omisión a la Asistencia Familiar en el Distrito Judicial del

Santa

TEMA:

TESIS PARA OBTENER EL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO

AUTORES:

Br. Ramírez Quevedo, Denis Duay (0000-0002-6661-3104)

Br. Villaroel Marchena, Diana Margot (0000-0001-7973-272X)

FACULTAD DE DERECHO Y HUMANIDADES

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

PROBLEMA GENERAL :

¿Cuáles son las Causas para el Incumplimiento de los Acuerdos

en Ejecución del Principio de Oportunidad en los Procesos de

Omisión a la Asistencia Familiar en el Distrito Judicial del Santa?.

PLOBLEMAS ESPECIFICOS :

PRIMERO: ¿Se Aplica el Principio de Oportunidad en los procesos

de Omisión a la Asistencia Familiar a nivel del Derecho

Comparado?.

SEGUNDO : ¿Influyen los Factores Económicos y Sociales como

motivos para la Vulneración en el Cumplimiento del Principio de

Oportunidad por Parte del Obligado en los Procesos de Omisión a

la Asistencia Familiar en el Distrito Judicial del Santa?.

INTRODUCCION

El proceso de alimentos fue diseñado legalmente como un proceso célere que tiene

como finalidad que los beneficiarios obtengan lo indispensable para cubrir sus

necesidades básicas como alimentación, salud, vivienda y educación.

Ante su incumplimiento se configura la Omisión a la Asistencia Familiar que viene a

ser la conducta omisiva de la prestación de alimentos, centrada en el injusto del

abandono económico de los derechos alimentarios, para lo cual es necesario el

reconocimiento judicial de los derechos alimentarios

En este contexto de realidad nace el principio de oportunidad, como una forma de

corregir partes de esas disfunciones que presenta el Sistema de la Administración

de Justicia Penal Peruano.

En el transcurso de la investigación se debe alcanzar resultados válidos y confiables

en este caso, así como evidenciar las fortalezas y debilidades encontradas en

el trámite de proceso de alimentos, así como el nivel de satisfacción o

insatisfacción de los justiciables, lo cual permitirá una mejor aplicación de las

normas penales sustantivas y procesales, además de un mejor manejo sobre

la política criminal del Estado.

MARCO TEORICO

Ámbito Internacional :

  • Investigación de Teresa Armenta Deu, presentada ante la Universidad Pampeu Fabra, Barcelona – España en 1991, cuyo estudio se titula Criminalidad de bagatela y principio de oportunidad: Alemania y España, que concluye: debido a la inconsecuente penalización de conductas de mínima gravedad, se requiere de un mecanismo que simplifique su investigación y juzgamiento, como lo es el principio de oportunidad; caso contrario, el sistema judicial colapsará, y no por hechos de gran importancia, sino por delitos considerados de bagatela.
  • Iza (2017). En su investigación de título: “El Principio de Celeridad en los Procedimiento de los Juicios de Alimentos en la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito primer semestre del 2016”, Universidad Central del Ecuador, Quito, Ecuador. Conto con el fin central de determinar los factores que inciden en la no aplicación del principio de celeridad en los juicios de alimentos en la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. Ámbito Nacional :
  • (^) Investigación de Quispe (2019) en su investigación titulada: “Principio de oportunidad y su relación con el delito de omisión a la asistencia familiar – Huacho – 2018”, presentada en la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión en Huacho (Perú).
  • (^) Carpio (2018) en su investigación titulada: “Principio de Oportunidad y el Delito de Omisión de Asistencia Familiar en la Fiscalía Penal Corporativa de Cusco 2017”, presentada en la Universidad César Vallejo en Cusco (Perú).

 LOS ALIMENTOS EN EL DERECHO CIVIL

EL CC., en los Art. 472 al 487 del Capitulo I: Alimentos, del Título I: Alimentos y

bienes de familia, de la sección cuarta: Amparo familiar, del Libro II, regula lo

concerniente a los Alimentos, en el Art. 472 se prevé que “Se entiende por

alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido,

educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia medica y

psicológica y recreación, según la situación y posibilidades de la familia.

También los gastos del embarazo de la madre desde la etapa de la concepción

hasta la etapa del postparto.

LOS ALIMENTOS EN EL DERECHO PENAL

El incumplimiento de los deberes alimentarios configura un delito, por lo cual ante el incumplimiento de la resolución judicial (sentencia que ordena el pago) en virtud de la Ley Nº 28439 del año 2004 (Ley que simplifica las reglas del proceso de alimentos), la persona agraviada puede solicitar al Juez que conoció la causa emitir las copias certificadas correspondientes y remitirlas a la Fiscalía Provincial Penal, previo apercibimiento con requerimiento, lo cual sustituye el anterior trámite de interposición de denuncia penal por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar que requería los servicios de un abogado para tal fin. (Navarro, 2014, p. 52). Conforme indica la tipificación en el Nuevo Código Penal vigente, en lo que respecta a los Delitos de Omisión a la Asistencia Familiar, estructura 3 párrafos:

  • “El que omite cumplir la obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial, será reprimido con pena privativa 7 de la libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de veinte a cincuenta jornales, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial”.
  • “Si el agente ha simulado otra obligación de alimentos en connivencia con otra persona o renuncia o abandona maliciosamente su trabajo, la pena no será menor de uno ni mayor de cuatro años”.
  • “Si resulta lesión grave o muerte y estas pudieran ser previstas, la pena no será menor de dos años ni mayor de cuatro, en caso de lesiones graves, y no menor de tres ni mayor de seis en caso de muerte”.