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trabajo de derecho tributario noveno semestre usm sobre impuesto sobre actividades economicas
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Impuesto Sobre Actividades Económicas de índole comercial, industrial de servicios o similares. Marietta Ranieri, Yeniffer Rebolledo, Rubi Aguilarte Y Rebecca Escobar Facultad de Derecho, Universidad Santa María Núcleo Oriente 9no Semestre Noche Derecho Tributario I Prof: Carlos Roman Lechería, Estado Anzoátegui 13 de Junio del 2025
Definición y Naturaleza Antecedentes: De la Patente de Industria y Comercio al Impuesto Confusión del Término "Patente" Aclaración de la Corte Suprema de Justicia BASAMENTO LEGAL Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Ley Orgánica del Poder Público Municipal Independencia del Impuesto Municipal Aplicación del Impuesto según el Terreno GENERACIÓN Y CÁLCULO DEL IMPUESTO ¿Cómo se Causa este Impuesto? Requisitos de la Actividad Económica ¿Cómo se Calcula este Impuesto? ACTIVIDADES GRAVADAS Definición de Actividades
Pagos Trimestrales o Mensuales CARACTERÍSTICAS DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS SANCIONES Y RECURSOS Sanciones Aplicables Recursos Recurso Jerárquico Recurso Contencioso Tributario CONCLUSIÓN BIBLIOGRAFÍA
El Impuesto a las Actividades Económicas grava el ejercicio de las actividades comerciales, industriales, de servicio o de índole similar con fines de lucro realizadas en la jurisdicción de determinado municipio, por lo que es un tributo de carácter municipal, lo que significa que su regulación y recaudación corresponden a cada uno de los municipios del país. Este impuesto representa una fuente fundamental de ingresos permitiendo así a las alcaldías de los municipios financiar obras públicas, servicios básicos entre otros servicios que beneficien a la comunidad. Cabe destacar que este impuesto se causa por el simple ejercicio de la actividad económica, y grava los ingresos brutos que se originan de toda actividad económica, de industria, comercio, servicios o de índole similar, realizada de forma habitual o eventual en la jurisdicción de un determinado municipio, y que pueda estar sometido a un establecimiento comercial, local, oficina u otro lugar físico y cuyo fin sea el lucro.
de índole similar, con las limitaciones establecidas en esta Constitución; los impuestos sobre inmuebles urbanos, vehículos, espectáculos públicos, juegos y apuestas lícitas, propaganda y publicidad comercial; y la contribución especial sobre plusvalías de las propiedades generadas por cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística.” Ahora bien, debemos tomar en cuenta lo establecido en el Artículo 206 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el cual habla de la independencia de este impuesto municipal, y establece textualmente “ Articulo 206. Este impuesto es distinto a los tributos que corresponden al Poder Nacional o Estadal sobre la producción o el consumo específico de un bien, o al ejercicio de una actividad en particular y se causará con independencia de éstos. En estos casos, al establecer las alícuotas de su impuesto sobre actividades económicas, los municipios deberán ponderar la incidencia del tributo nacional o estadal en la actividad económica de que se trate. Este impuesto se causa con independencia de los tributos previstos en la legislación general o la dictada por la Asamblea Nacional”.” Esto nos quiere decir que este impuesto es distinto a los tributos correspondientes al poder nacional o estadal, eso significa que, aunque una empresa o persona pague impuestos nacionales o estadales por sus actividad, ya sea ejemplo, Impuesto al Valor Agregado (IVA) el Municipio tiene potestad de cobrar su Impuesto Sobre las Actividades Económicas sobre el ejercicio de esas mismas actividades dentro de su jurisdicción, en resumen El pago de un impuesto nacional o estadal no excluye la obligación de pagar el impuesto municipal por la misma actividad económica.
Ahora si nos vamos a la aplicación del impuesto según el Terreno para evitar confusiones el legislador lo abarco en el siguiente artículo: “ Articulo 208. El impuesto sobre actividades económicas se causara con independencia de que el territorio o espacio en el cual se desarrolle la actividad económica sea del dominio público o del dominio privado de otra entidad territorial o se encuentre cubierto por aguas” El cual tiene como propósito principal asegurar que los municipios puedan cobrar el Impuesto sobre Actividades Económicas sin importar la naturaleza jurídica o física del lugar donde se ejerce la actividad. Esto fortalece la capacidad de los municipios para generar ingresos de todas las actividades económicas que se benefician de su infraestructura y servicios, asegurando que el Impuesto sobre Actividades Económicas se aplique de manera uniforme, sin que la particularidad legal (público/privado de otra entidad) o física (terrestre/acuático) del espacio donde se desarrolla la actividad sirva como impedimento para su cobro. Este impuesto se genera o se causa con la realización de una actividad económica, sin embargo esta actividad económica debe estar sujeta a unos requisitos
que deban reputarse como ocurridas en esa jurisdicción de acuerdo a los criterios previstos en esta ley o en los acuerdos o convenios celebrados a tales efectos.” No forma parte de la base imponible lo establecido en el Artículo 214 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal “ Artículo 214. No forman parte de la base imponible:
_1. El Impuesto al Valor Agregado o similar, ni sus reintegros cuando sean procedentes en virtud de la ley.
_1. Las devoluciones de bienes o anulaciones de contratos de servicio, siempre que se haya reportado como ingreso la venta o servicio objeto de la devolución.
siguiente inmediato, determinado, auto liquidado y pagando el impuesto por ante la Hacienda Pública Municipal, por cada una de las actividades del ramo que se describe en el Clasificador de actividades Económicas. Existen municipios que exigen el pago del impuesto en forma trimestral otros de forma mensual; esto va depender de lo que establezca la ordenanza respectiva. CARACTERISTICAS. Ya sabiendo lo anterior podemos deducir Las características del Impuesto sobre actividades económicas como las siguientes:
Orgánico Tributario. El Recurso Jerárquico se interpone ante el Alcalde o Alcaldesa y agota la vía administrativa. Igualmente se puede interponer Recurso Contencioso Tributario sin agotar la vía administrativa.
De lo anterior se deduce que se le ha dado mayor importancia al poder público municipal en lo relativo a su autonomía y en cuanto sus ingresos propios, definiendo la competencia de la Nación, los Estados y Municipios. La norma constitucional abarca el régimen regulador del municipio sobre el ejercicio de las actividades económicas que se realizan desde su ámbito territorial; ampliando la potestad tributaria atribuida a estos entes. De allí se lo atribuye a los municipios como ingreso el impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, consolidándose como un sistema tributario local. De esta forma todas las personas que lleven a cabo una actividad industrial, comercial o de naturaleza similar están obligadas a obtener una licencia municipal y pagar el impuesto sobre actividades económicas en la jurisdicción municipal donde se ejerzan sus actividades. En fin el impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar constituye la principal fuente de ingresos tributarios de los municipios en Venezuela, se trata de un impuesto directo, consagrado en la normativa venezolana, establecido en principio en la norma constitucional y regido además por los preceptos y características establecidas en la ley orgánica del poder público municipal. Por lo tanto es importante anexar que el pago de un impuesto nacional o estadal no lo excluye de la obligación de pagar el impuesto municipal por la misma actividad económica. Es decir el propósito principal de los municipios es asegurar que estos puedan cobrar el impuesto sobre actividades económicas sin importar la naturaleza jurídica o física del lugar donde se ejerce la actividad. Debido a que esto fortalece la capacidad de los municipios para generar ingresos de todas las actividades económicas que se benefician de su infraestructura y
https://mariaadubuc.wordpress.com/2018/03/13/impuesto-sobre-actividades-economicas- en-venezuela/?hl=es-US https://es.scribd.com/document/416093708/Impuesto-Sobre-Actividades-Economicas Ley Orgánica del Poder Público Municipal Constitución de la República Bolivariana de Venezuela