¡Descarga Teoría del Delito: Concepto, Elementos y Tipos y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!
República bolivariana de Venezuela Universidad Santa María Facultad de derecho Núcleo Amazonas Puerto Ayacucho Profesor: José Gregorio. Estudiante: Diana Paola Reyes CI: 28.269.
La teoría del delito es un instrumento conceptual que permite aclarar todas las cuestiones referentes al hecho punible. Es parte de la ciencia del derecho penal que se encarga de analizar cuáles son los elementos o características que deben de concurrir en una conducta para que sea considerada como delito, o en su caso cuáles son los elementos para que a esta conducta se le niegue la calidad del delito. La teoría del delito determina cuando una conducta es verdaderamente delictiva. De ahí surge la enorme importancia de que los operadores, del sistema de justicia penal, abogados deben tener conciencia sobre la necesidad de consolidar los elementos como son: la definición del delito, su presupuestos, su aspecto positivo (conducta o hecho coma tipicidad antijuricidad culpabilidad y punibilidad) causas de justificación, culpabilidad y excusa absolutoria. Desde el punto de vista de la utilidad, podría decirse que la teoría del delito es una herramienta de la que se sirve el penalista para resolver, a partir de ese sistema, los problemas específicos que plantea la aplicación de los concretos delitos o faltas. Delito : a través del tiempo han existido varias concepciones para tratar de estudiar la composición del delito. Cuatro de ellas han sido consideradas de suma importancia en razón de sus características y composición
- Concepción formal : está estrictamente ligado a una Concepción legal por cuya virtud el delito es toda acción legalmente imputable.
- Concepto sustancial o material: la definición material del delito atiende meramente al hecho, esto confirma que el delito es un daño qué tiene que ser retribuido de una forma por su transgresor mediante acción jurisdiccional del estado, la visión material del delito nos aporta nuevos elementos que nos permiten analizar al delito en cada una de sus partes.
- Concepción totalizadora: esta concepción indica que el delito no admite divisiones en elementos y como tal se debe estudiar el delito.
- Concepción analítica: tiene como base estudiar el delito desde sus elementos, sin dejar de lado que todos ellos forman la unidad del delito qué está formado por parte y esas partes forman el todo, el delito no puede tener elementos aislados. Cómo definición personal puedo decir que el delito es una acción típica antijurídica, imputable, culpable sometido a una sanción penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una infracción de derecho penal es decir acción u omisión tipificada y penado por la ley. El delito es un fenómeno psíquico- físico, pues este nace en la mente del autor y se consuma materialmente a través de la ejecución de una acción que
- Jurídico: son los derechos y garantías protegido por la ley.
- Material: es la cosa persona en la que recae la conducta delictiva.
- Resultado típico: es conocido también como la consumación delictiva, es decir como a la sección plena de la conducta, provocando la lesión del bien jurídico. Elementos secundarios constitutivos del delito.
- Acción : es una conducta voluntaria del ser humano Como fundamento de la estructura del delito, es la denominación acción u omisión.
- Tipicidad : Se trata de una acción humana, antijurídica y descrita por la ley penal y de forma identica.
- Antijuricidad : es la oposición del acto voluntario típico del ordenamiento jurídico.
- Culpabilidad : es la reprochabilidad de la conducta de una persona imputable irresponsable.
- Punibilidad : distingue las infracciones administrativas y penales. El homicidio es un delito que consiste en matar a otra persona, etimológicamente se descompone en homo (hombre) Y cidium, derivado del Caedere, matar. Los delitos de homicidios son delitos de resultado. La muerte de una persona, para que se configure en materia de culpabilidad debe existir una relación de causalidad entre la acción del sujeto y el resultado. Dentro de los delitos contra las personas se protegen varios derechos como la vida, la integridad física, el honor la reputación como entre otros. El homicidio simple intencional es denominado así porque uno de sus elemento es el dolo o la intención.
- Dolo: es la voluntad deliberada de cometer un acto sabiendo que se va a producir un resultado lesivo sobre otra persona.
- Intención: conciencia ilustrada y voluntad libre de transgredir las prescripciones de la ley penal., El homicidio simple tiene su basamento jurídico en el artículo 43 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela “ el derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El estado protegerá la vida de las personas que se encuentran privadas de su libertad, prestando el servicio civil o militar, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma”. Asimismo, el homicidio simple está establecido normativamente en el artículo 405 del código penal vigente “ el que intencionalmente haya dado muerte alguna persona será penado con presidio y 12 a 18 años”, pero esta pena aumentará dependiendo de las circunstancias existentes que califiquen o agrava el delito de homicidio. Es importante recalcar que el delito de homicidio admite tanto el delito
de homicidio en grado de tentativa como en grado de frustración, formas inacabadas. Siempre debe existir el dolor o intención lo que se conoce como “animus necandi”. También debe existir :
- Sujeto activo: persona física natural (no puede ser una persona jurídica) debido a que nuestra legislación no lo acepta.
- Sujeto pasivo: cualquier persona natural, física, humana y el requisito indispensable es que dicha persona esté viva.
- El objeto jurídico: en el delito de homicidio la vida, Como bien jurídico tutelado por la norma.
- Objeto material: es la misma persona que dejó de existir, debido a que sobre ella es quién recae la acción.
- Acción: en cuanto a la acción este delito pueden ser cometido por acción u omisión.
- Medios de comisión: Es la forma de cómo se va ejecutar el acto para producir el acto antijurídico. Este acto puede ser tanto directo como indirecto. Es importante destacar que el homicidio intencional simple permite o acepta la figura del delito imperfecto como:
- Frustración : cuando el sujeto ha realizado con el objeto de cometer un delito todo lo necesario para consumarlo sin embargo no lo ha logrado por causas independientes de su voluntad.
- Tentativa : el ejecución y completa de una infracción, hay tentativa cuando el sujeto con el objeto de cometer un delito comienza su ejecución no culminando el proceso de consumación por causas independientes de su voluntad. El incremento de los homicidios en Venezuela a partir es extraordinario y puede medirse comparado con la tradición histórica de violencia en el país y visto en las cifras absolutas de homicidios como en la comparación que pueda hacerse con otros países de la región que han tenido condiciones sociales y económicas similares a las de Venezuela. El homicidio es un comportamiento que ha estado presente a través de la evolución de la humanidad y quizá figura como un acontecimiento de importancia histórica, ya que se utiliza como un marcador de épocas; se habla de las victoriosas batallas de independencia, de la muerte de los monarcas, de los grandes genocidios en aras de una causa ideológica, etc. Incluso la tendencia actual de los noticieros es reportar el número y la forma de muertes violentas.